Solicitud de acceso a información pública (Ley 19/2013)
Solicitud de acceso a información pública (Ley 19/2013) se presenta ante Sede electrónica de la entidad obligada + Consejo de Transparencia y Buen Gobierno (reclamación). Con Managora lo hace 100% online: responde unas preguntas, firma un mandato digital y nosotros redactamos, firmamos y presentamos su solicitud por usted. Coste total orientativo: 36 €. Tasa oficial: Gratuito. Sólo tasas si requiere reproducción material en soporte físico.
Le redactamos la solicitud de acceso a información pública conforme a la Ley 19/2013 de transparencia y buen gobierno. Aplicable a Administración General del Estado, autonómica, local, organismos públicos, casa real y otros sujetos obligados (arts. 2-3). Sin necesidad de motivar (art. 17). Plazo de resolución 1 mes (prorrogable a 2). SILENCIO NEGATIVO. Reclamación ante el Consejo de Transparencia y Buen Gobierno (CTBG, art. 24): 1 mes. Detectamos límites del art. 14 (defensa, seguridad, propiedad intelectual, etc.) y la cláusula de protección de datos del art. 15.
Guía práctica: Derechos frente a la Administracion: informacion publica, peticion y Defensor. Requisitos, plazos y pasos, explicados.
- Coste total orientativo
- 36 €
- Honorario Managora
- 36,00 € (IVA 21% incl.)
- Tasa oficial
- Gratuito. Sólo tasas si requiere reproducción material en soporte físico. (suplido, sin IVA)
- Plazo de resolución
- Plazo resolución 1 mes (prorrogable). Reclamación CTBG 1 mes. CTBG resuelve en 3 meses. Contencioso 2 meses.
- Dónde se presenta
- Sede electrónica de la entidad obligada + Consejo de Transparencia y Buen Gobierno (reclamación) ↗
- Qué recibe
- Solicitud
Desglose del coste: Gestión 36,00 € (IVA 21% incl.), acceso gratuito. Solo pagaria una pequena tasa si pide reproducción en soporte fisico (variable)..
Solicitud de acceso a información pública (Ley 19/2013): ¿cómo se tramita?
- 1Conteste las preguntas del chat (~5 minutos).
- 2Verificamos sujeto obligado y delimitamos la solicitud.
- 3Detectamos posibles límites (art. 14) o causas de inadmisión (art. 18).
- 4Pago de 36,00 € (IVA 21% incl.) por la asesoría y redacción.
- 5Le entregamos solicitud lista para presentación telemática.
¿Qué documentos necesita?
- •DNI / NIE del solicitante.
- •Si persona jurídica: CIF + escritura representación.
- •Identificación clara de la información (texto detallado).
- •Dirección electrónica preferente para notificaciones.
Base legal y a tener en cuenta
- Marco: Ley 19/2013 + RD 919/2014 (Estatuto CTBG).
- Sin obligación de motivar (art. 17).
- Plazo resolución 1 mes (prorrogable a 2).
- Silencio negativo (art. 20.4).
- Reclamación CTBG en 1 mes (art. 24); resuelve en 3 meses con silencio negativo.
- Contencioso-administrativo posterior 2 meses.
- Límites: arts. 14 (15 supuestos) y 15 (datos personales).
- Inadmisión: art. 18 (información en elaboración, auxiliar, repetitiva, reelaboración).
- Autonómicas: cada CCAA tiene normativa propia y consejo de transparencia autonómico.
- Conexiones naturales: derecho_peticion, recurso_reposicion_administrativo, demanda_contencioso_administrativa.
Solicitud de acceso a información pública (Ley 19/2013): preguntas frecuentes
Solicitud de acceso a información pública (Ley 19/2013): ¿cuánto cuesta?
El coste total orientativo (gestión + tasas e impuestos oficiales) es 36 €: Gestión 36,00 € (IVA 21% incl.), acceso gratuito. Solo pagaria una pequena tasa si pide reproducción en soporte fisico (variable).. El honorario de Managora es 36,00 €, IVA 21% incluido (29,75 € de base + 6,25 € de IVA). La tasa oficial del organismo (suplido, sin IVA) es: Gratuito. Sólo tasas si requiere reproducción material en soporte físico..
Solicitud de acceso a información pública (Ley 19/2013): ¿cuánto tarda?
Plazo resolución 1 mes (prorrogable). Reclamación CTBG 1 mes. CTBG resuelve en 3 meses. Contencioso 2 meses.
Solicitud de acceso a información pública (Ley 19/2013): ¿qué documentos necesito?
Necesita tener a mano: DNI / NIE del solicitante., Si persona jurídica: CIF + escritura representación., Identificación clara de la información (texto detallado)., Dirección electrónica preferente para notificaciones.. No los sube aquí: recogemos los datos por el chat guiado.
¿Quién presenta el trámite?
Lo presenta Managora en su nombre ante Sede electrónica de la entidad obligada + Consejo de Transparencia y Buen Gobierno (reclamación). Usted solo aporta los datos por el chat y firma un mandato; nosotros preparamos, firmamos y registramos.
¿Se puede hacer online?
Sí. Todo el proceso es online: responde unas preguntas en el chat guiado, firma un mandato simple en pantalla y recibe el acuse y los documentos oficiales por email, con plena validez legal.
Trámites relacionados
Información basada en la normativa vigente y en la sede oficial del organismo competente: Sede electrónica de la entidad obligada + Consejo de Transparencia y Buen Gobierno (reclamación) ↗.
¿Empezamos con «Solicitud de acceso a información pública (Ley 19/2013)»?
Lo presentamos por usted, de principio a fin.
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