Divorcio de mutuo acuerdo (notarial o judicial)

Tramitamos su divorcio de mutuo acuerdo con el abogado civil. Determinamos automáticamente la vía aplicable (notarial si no hay hijos menores, judicial si los hay) según la Ley 15/2015 de Jurisdicción Voluntaria. Validamos los puntos del convenio regulador (custodia, alimentos, uso vivienda, pensión compensatoria, liquidación de gananciales) y detectamos cláusulas potencialmente lesivas que el juez/notario pueda rechazar.

Precio Managora
99,00 €
Tasa oficial
Sin tasa de organismo. Por vía notarial (sin hijos menores) se otorga escritura de divorcio con arancel notarial a su cargo. Si el convenio liquida los gananciales o adjudica la vivienda, puede devengar AJD (la liquidación de gananciales suele estar exenta) y aranceles del Registro de la Propiedad. La vía judicial de mutuo acuerdo está exenta de tasa para personas físicas.
Plazo
Vía notarial: 15-30 días desde la redacción del convenio hasta la escritura pública. Vía judicial: 2-6 meses hasta la sentencia (LEC art. 777).
Dónde se presenta
Notario / Juzgado de Primera Instancia o Familia
Qué recibe
Solicitud

Cómo lo hacemos

  1. 1Conteste las preguntas del chat (~15 minutos): datos de cónyuges, matrimonio, hijos, régimen económico, convenio regulador.
  2. 2Determinamos vía (notarial o judicial), validamos el convenio y detectamos cláusulas potencialmente lesivas.
  3. 3Pago de 99 €.
  4. 4Firma del mandato desde su móvil.
  5. 5Coordinamos con el abogado civil la redacción definitiva del convenio y la presentación: vía notarial concertando cita con notario, vía judicial preparando demanda conjunta.
  6. 6Recibe el convenio regulador firmado, escritura pública (notarial) o sentencia (judicial), mandato y factura.

Qué necesita tener a mano

  • Certificación literal del matrimonio del Registro Civil (vigencia 6 meses).
  • Certificación literal de nacimiento de cada hijo común.
  • DNI/NIE en vigor de ambos cónyuges.
  • Volante de empadronamiento de cada cónyuge (si distintos domicilios).
  • Convenio regulador firmado por ambos cónyuges (lo redactamos con el abogado).
  • Si vía notarial: documento de identidad de cada cónyuge ante el notario el día de la firma.
  • Si vía judicial: poder de representación al procurador (apud acta o notarial).
  • Si hay vivienda familiar: nota simple registral, escritura, IBI o contrato de alquiler.
  • Si hay liquidación de gananciales: inventario de bienes y deudas conjuntos.

A tener en cuenta

  • Vía notarial (Ley 15/2015): solo si NO hay hijos menores no emancipados ni personas con capacidad modificada judicialmente. Plazo 15-30 días, coste arancel notarial 150-300 €.
  • Vía judicial (LEC 777): obligatoria si hay menores. Demanda conjunta al Juzgado de Familia. Abogado y procurador obligatorios. Audiencia del Ministerio Fiscal cuando hay menores. Plazo 2-6 meses.
  • Plazo mínimo desde el matrimonio: 3 meses (art. 81.2 CC). Excepción: violencia de género o familiar.
  • Convenio regulador (art. 90 CC): debe contener custodia, alimentos, uso vivienda, contribución cargas, compensaciones y liquidación del régimen económico cuando proceda.
  • Pensión de alimentos: las tablas orientativas del CGPJ aplican el % sobre rentas netas según número de hijos y custodia. La AP suele exigir mínimo 10-25% por hijo.
  • Pensión compensatoria desproporcionada (>40% rentas pagador): el juez puede declararla revisable o reducirla.
  • Nuestros 399 € cubren la gestión completa con el abogado civil: redacción del convenio, validación legal, asistencia notarial o demanda judicial, hasta resolución.

Preguntas frecuentes

¿Cuánto cuesta tramitar divorcio de mutuo acuerdo (notarial o judicial) con Managora?

El precio del servicio de Managora es 99,00 €. La tasa oficial del organismo es: Sin tasa de organismo. Por vía notarial (sin hijos menores) se otorga escritura de divorcio con arancel notarial a su cargo. Si el convenio liquida los gananciales o adjudica la vivienda, puede devengar AJD (la liquidación de gananciales suele estar exenta) y aranceles del Registro de la Propiedad. La vía judicial de mutuo acuerdo está exenta de tasa para personas físicas..

¿Cuánto tarda?

Vía notarial: 15-30 días desde la redacción del convenio hasta la escritura pública. Vía judicial: 2-6 meses hasta la sentencia (LEC art. 777).

¿Qué documentos necesito?

Necesita tener a mano: Certificación literal del matrimonio del Registro Civil (vigencia 6 meses)., Certificación literal de nacimiento de cada hijo común., DNI/NIE en vigor de ambos cónyuges., Volante de empadronamiento de cada cónyuge (si distintos domicilios)., Convenio regulador firmado por ambos cónyuges (lo redactamos con el abogado)., Si vía notarial: documento de identidad de cada cónyuge ante el notario el día de la firma., Si vía judicial: poder de representación al procurador (apud acta o notarial)., Si hay vivienda familiar: nota simple registral, escritura, IBI o contrato de alquiler., Si hay liquidación de gananciales: inventario de bienes y deudas conjuntos.. No los sube aquí: recogemos los datos por el chat guiado.

¿Quién presenta el trámite?

Lo presenta Managora en su nombre ante Notario / Juzgado de Primera Instancia o Familia. Usted solo aporta los datos por el chat y firma un mandato; nosotros preparamos, firmamos y registramos.

¿Es válido legalmente?

Sí. Usted firma un mandato simple en pantalla que nos autoriza a actuar en su nombre. Recibe el acuse y los documentos oficiales por email, con plena validez.

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