Ejecución de título judicial (arts. 517-565 LEC)

Le redactamos la demanda ejecutiva por título judicial (arts. 517-565 LEC) para hacer efectiva una sentencia firme, laudo arbitral, transacción judicial o acuerdo de mediación. Verificamos plazo de 5 años desde firmeza (art. 518 LEC), caducidad, y procedimiento: auto despacho de ejecución, embargo telemático de cuentas, salarios (con escala art. 607 LEC), inmuebles, vehículos. Posibilidad de ejecución provisional (arts. 524-537), tercerías de dominio o de mejor derecho, oposición del ejecutado en 10 días con motivos tasados (art. 556). Para sentencias UE: ejecución directa (Reglamento Bruselas I bis); extra-UE: exequátur previo (Ley 29/2015).

Precio Managora
49,00 €
Tasa oficial
Persona física exenta. PJ con facturación >1M €: tasa LEC.
Plazo
Plazo caducidad: 5 años desde firmeza (art. 518). Auto despacho 5-10 días. Procedimiento variable según bienes.
Dónde se presenta
Mismo Juzgado que dictó la sentencia (art. 545 LEC)
Qué recibe
Demanda

Cómo lo hacemos

  1. 1Conteste las preguntas del chat (~10 minutos).
  2. 2Verificamos plazo de 5 años y modalidad de ejecución.
  3. 3Identificamos bienes para embargo y forma de embargo telemático.
  4. 4Pago de 49 € por la asesoría y redacción.
  5. 5Le entregamos demanda ejecutiva lista para presentación.

Qué necesita tener a mano

  • Poder general para pleitos.
  • Demanda ejecutiva.
  • Copia auténtica del título ejecutivo.
  • Certificación de firmeza expedida por el órgano.
  • Liquidación detallada de cantidades.
  • Identificación de bienes (cuentas, inmuebles, vehículos).
  • Vida laboral del ejecutado si embargo de salario.
  • Si extranjera: traducción jurada y, en su caso, exequátur previo.

A tener en cuenta

  • Marco: arts. 517-565 LEC + Reglamento UE 1215/2012 (Bruselas I bis) + Ley 29/2015 (exequátur).
  • Plazo 5 años desde firmeza (art. 518 LEC).
  • Competencia: mismo juzgado del proceso (art. 545 LEC).
  • Auto despacho ejecución por LAJ (art. 551).
  • Embargo telemático: cuentas, AEAT, salarios.
  • Embargo salarios escala progresiva art. 607 LEC.
  • Subasta arts. 643-654 LEC.
  • Oposición ejecutado: 10 días, motivos tasados (art. 556).
  • Tercerías: dominio (arts. 595-604), mejor derecho (arts. 614-619).
  • Ejecución provisional: arts. 524-537 con caución.
  • Intereses procesales: legal + 2 puntos (art. 576).
  • Sentencias UE: ejecución directa con certificado art. 53 Bruselas I bis.
  • Sentencias extra-UE: exequátur previo Ley 29/2015.
  • Conexiones naturales: medidas_cautelares, demanda_responsabilidad_civil, demanda_alimentos, ejecucion_hipotecaria.

Preguntas frecuentes

¿Cuánto cuesta tramitar ejecución de título judicial (arts. 517-565 lec) con Managora?

El precio del servicio de Managora es 49,00 €. La tasa oficial del organismo es: Persona física exenta. PJ con facturación >1M €: tasa LEC..

¿Cuánto tarda?

Plazo caducidad: 5 años desde firmeza (art. 518). Auto despacho 5-10 días. Procedimiento variable según bienes.

¿Qué documentos necesito?

Necesita tener a mano: Poder general para pleitos., Demanda ejecutiva., Copia auténtica del título ejecutivo., Certificación de firmeza expedida por el órgano., Liquidación detallada de cantidades., Identificación de bienes (cuentas, inmuebles, vehículos)., Vida laboral del ejecutado si embargo de salario., Si extranjera: traducción jurada y, en su caso, exequátur previo.. No los sube aquí: recogemos los datos por el chat guiado.

¿Quién presenta el trámite?

Lo presenta Managora en su nombre ante Mismo Juzgado que dictó la sentencia (art. 545 LEC). Usted solo aporta los datos por el chat y firma un mandato; nosotros preparamos, firmamos y registramos.

¿Es válido legalmente?

Sí. Usted firma un mandato simple en pantalla que nos autoriza a actuar en su nombre. Recibe el acuse y los documentos oficiales por email, con plena validez.

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