Exención del impuesto de matriculación de embarcación (modelo 05)

Exención del impuesto de matriculación de embarcación (modelo 05) se presenta ante Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT). Con Managora lo hace 100% online: responde unas preguntas, firma un mandato digital y nosotros redactamos, firmamos y presentamos su solicitud por usted. Lo que le cobramos: 150 €. Tasa oficial: Sin tasa: ni la solicitud de reconocimiento previo (modelo 05) ni la declaración sin reconocimiento previo (modelo 06) devengan tasa alguna ante la Agencia Tributaria. Lo que se evita con este trámite es el impuesto de matriculación, que es el 12 % del valor de la embarcación (el 11 % en Canarias).

Le pedimos a la Agencia Tributaria el reconocimiento previo de la exención del impuesto de matriculación de su embarcación, que es el paso que hay que dar ANTES de matricularla. Es el trámite que permite inscribir en la 6.ª lista una embarcación destinada al alquiler sin pagar el 12 % del impuesto sobre su valor, y también el que resuelve los demás supuestos con reconocimiento previo. Verificamos que su actividad encaja en el supuesto, preparamos el modelo 05 con la memoria de la explotación y se lo presentamos en su nombre; si su caso es de los que no exigen reconocimiento previo, presentamos el modelo 06 y se lo decimos antes de cobrarle nada. Le avisamos por escrito del compromiso de los cuatro años: si la embarcación cambia de destino antes, hay que ingresar el impuesto.

Lo que le cobramos
150 €
Honorario Managora
150,00 € (IVA 21% incl.)
Tasa oficial
Sin tasa: ni la solicitud de reconocimiento previo (modelo 05) ni la declaración sin reconocimiento previo (modelo 06) devengan tasa alguna ante la Agencia Tributaria. Lo que se evita con este trámite es el impuesto de matriculación, que es el 12 % del valor de la embarcación (el 11 % en Canarias).
Plazo de resolución
Resolución habitual 1-2 meses. Hay que pedirlo ANTES de matricular: sin el reconocimiento, el Distrito Marítimo no inscribe la embarcación en la 6.ª lista sin el impuesto pagado.
Qué recibe
Solicitud

Desglose del coste: 150,00 €: nuestra gestión 150,00 € (IVA 21% incl.), sin tasa oficial. Es un trámite previo e independiente de la matriculación de la embarcación, que se contrata aparte..

Exención del impuesto de matriculación de embarcación (modelo 05): ¿cómo se tramita?

  1. 1Conteste las preguntas (~6 minutos).
  2. 2Comprobamos si su caso exige reconocimiento previo (modelo 05) o basta con declararlo (modelo 06).
  3. 3Pago de 150,00 € (IVA 21% incl.).
  4. 4Firma del mandato y presentación ante la Agencia Tributaria.

¿Qué documentos necesita?

  • Factura o contrato de compraventa de la embarcación.
  • Declaración de conformidad CE de la embarcación y del motor.
  • Alta censal en la actividad (modelo 036) si el motivo es el alquiler.
  • Memoria de la explotación o contratos de alquiler previstos, si los tiene.
  • DNI/NIF/CIF del titular.

Base legal y a tener en cuenta

  • Marco: art. 66.1.g de la Ley 38/1992 (exención de las embarcaciones destinadas exclusivamente al alquiler) y art. 65.3 de la misma ley (compromiso de cuatro años).
  • El reconocimiento previo se pide ANTES de la matriculación definitiva: sin él, la embarcación no se puede inscribir en la 6.ª lista sin ingresar el impuesto.
  • Si la embarcación deja de destinarse al alquiler antes de cuatro años, hay que autoliquidar el impuesto sobre su valor de mercado en ese momento.
  • Conexiones naturales: inscripcion_buque_recreo, declaracion_responsable_charter_nautico, modelo_036.

Exención del impuesto de matriculación de embarcación (modelo 05): preguntas frecuentes

Exención del impuesto de matriculación de embarcación (modelo 05): ¿cuánto cuesta?

Le cobramos 150 €: nuestra gestión y, si la hay, la tasa oficial fija que adelantamos. 150,00 €: nuestra gestión 150,00 € (IVA 21% incl.), sin tasa oficial. Es un trámite previo e independiente de la matriculación de la embarcación, que se contrata aparte.. El honorario de Managora es 150,00 €, IVA 21% incluido (123,97 € de base + 26,03 € de IVA). La tasa oficial del organismo (suplido, sin IVA) es: Sin tasa: ni la solicitud de reconocimiento previo (modelo 05) ni la declaración sin reconocimiento previo (modelo 06) devengan tasa alguna ante la Agencia Tributaria. Lo que se evita con este trámite es el impuesto de matriculación, que es el 12 % del valor de la embarcación (el 11 % en Canarias)..

Exención del impuesto de matriculación de embarcación (modelo 05): ¿cuánto tarda?

Resolución habitual 1-2 meses. Hay que pedirlo ANTES de matricular: sin el reconocimiento, el Distrito Marítimo no inscribe la embarcación en la 6.ª lista sin el impuesto pagado.

Exención del impuesto de matriculación de embarcación (modelo 05): ¿qué documentos necesito?

Necesita tener a mano: Factura o contrato de compraventa de la embarcación., Declaración de conformidad CE de la embarcación y del motor., Alta censal en la actividad (modelo 036) si el motivo es el alquiler., Memoria de la explotación o contratos de alquiler previstos, si los tiene., DNI/NIF/CIF del titular.. No los sube aquí: recogemos los datos por el chat guiado.

¿Quién presenta el trámite?

Lo presenta Managora en su nombre ante Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT). Usted solo aporta los datos por el chat y firma un mandato; nosotros preparamos, firmamos y registramos.

¿Se puede hacer online?

Sí. Todo el proceso es online: responde unas preguntas en el chat guiado, firma un mandato simple en pantalla y recibe el acuse y los documentos oficiales por email, con plena validez legal.

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Información basada en la normativa vigente y en la sede oficial del organismo competente: Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT).

Managora Gestion SL (CIF B88823893) es una empresa privada. No somos Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT), ni estamos vinculados, autorizados ni aprobados por ningún organismo público, y este sitio no es una sede electrónica. Lo que usted paga en esta página es nuestro honorario por preparar, firmar y presentar el trámite en su nombre: es distinto de la tasa oficial, que cuando la hay es del organismo y se le muestra por separado. Puede realizar este trámite usted mismo, directamente ante Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT).

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