Cambio de titularidad de vehículo (DGT)

Tramitamos íntegramente la transferencia de su vehículo ante la DGT (compraventa, herencia, donación, sentencia o subasta). Validamos la documentación obligatoria (permiso de circulación, ITV en vigor, ITP modelo 600 al 4 % entre particulares, IVTM al corriente), aplicamos la bonificación del 50 % por familia numerosa y le avisamos del plazo de 30 días naturales del art. 32 RGV con la sanción de 200 € por presentación extemporánea.

Precio Managora
19,00 €
Tasa oficial
Tasa DGT 4.4: 55,70 € turismo o 28,30 € ciclomotor/moto <=125 cc (50 % bonificación familia numerosa). Además, entre particulares se paga el ITP (4-8 % del valor fiscal del vehículo según su comunidad autónoma); en herencia o donación se tributa por ISD, no por ITP.
Plazo
30 días naturales desde la adquisición (art. 32 RGV). Pasado el plazo: sanción 200 € + responsabilidad civil del transmitente.
Dónde se presenta
Dirección General de Tráfico — sede electrónica / Mi DGT
Qué recibe
Solicitud

Cómo lo hacemos

  1. 1Conteste las preguntas del chat (~5 minutos).
  2. 2Validamos documentación obligatoria, calculamos la tasa DGT 4.4 (con bonificación del 50 % si familia numerosa) y comprobamos el plazo de 30 días naturales.
  3. 3Pago de 19 € (incluye la gestión y la presentación telemática).
  4. 4Firma del mandato desde su móvil. Abonamos la tasa de la DGT por su cuenta.
  5. 5Presentamos la transferencia telemáticamente en sede.dgt.gob.es / Mi DGT con DNI electrónico, Cl@ve PIN o firma digital.
  6. 6Recibe el nuevo permiso de circulación con su nombre como titular en 7-15 días naturales.

Qué necesita tener a mano

  • Permiso de circulación original (firmado por el vendedor en el reverso) o duplicado.
  • Ficha técnica con ITV en vigor (o justificante de cita ITV si caducada).
  • DNI/NIE en vigor del comprador y del vendedor.
  • Justificante del modelo 600 (ITP 4 %) sellado por la Hacienda autonómica (compraventa entre particulares).
  • Último recibo del IVTM al corriente o certificado de exención del ayuntamiento.
  • Contrato de compraventa o factura del profesional.
  • Si herencia: certificado de defunción + escritura de aceptación / acta notarial de declaración de herederos.
  • Si donación: escritura pública de donación + ISD modelo 651 pagado.
  • Si familia numerosa: título en vigor.

A tener en cuenta

  • Sujeto obligado: el ADQUIRENTE (comprador, donatario, heredero). Plazo 30 días naturales (art. 32 RGV).
  • Sin transferencia, las multas y sanciones del vehículo siguen recayendo sobre el titular registral. Si está vendiendo, además use notificacion_venta_dgt para protegerse.
  • Tasa DGT 4.4: 55,70 € turismo / motocicleta >125 cc / camión / remolque >750 kg. 28,30 € ciclomotor, motocicleta <=125 cc, remolque <=750 kg, vehículo histórico.
  • Bonificación 50 % por familia numerosa categoría general / general especial (RD 1621/2005 + Ley 40/2003).
  • Sanción art. 76.s LTVMSV: 200 € por presentación extemporánea.
  • Compraventa entre particulares: requiere ITP modelo 600 al 4 % previo (use itp_ajd_600). Compraventa a profesional: ya facturado con IVA, sin ITP.
  • Herencia: sin ITP (es ISD), pero sí tasa DGT. Acompañar acta notarial de declaración de herederos o escritura.
  • Vehículo histórico (>30 años + RD 1247/1995): tasa reducida + bonificación ITP en algunas CCAA.
  • Vehículo de empresa o leasing: documentación adicional (escritura/poder, contrato de leasing extinguido).

Preguntas frecuentes

¿Cuánto cuesta tramitar cambio de titularidad de vehículo (dgt) con Managora?

El precio del servicio de Managora es 19,00 €. La tasa oficial del organismo es: Tasa DGT 4.4: 55,70 € turismo o 28,30 € ciclomotor/moto <=125 cc (50 % bonificación familia numerosa). Además, entre particulares se paga el ITP (4-8 % del valor fiscal del vehículo según su comunidad autónoma); en herencia o donación se tributa por ISD, no por ITP..

¿Cuánto tarda?

30 días naturales desde la adquisición (art. 32 RGV). Pasado el plazo: sanción 200 € + responsabilidad civil del transmitente.

¿Qué documentos necesito?

Necesita tener a mano: Permiso de circulación original (firmado por el vendedor en el reverso) o duplicado., Ficha técnica con ITV en vigor (o justificante de cita ITV si caducada)., DNI/NIE en vigor del comprador y del vendedor., Justificante del modelo 600 (ITP 4 %) sellado por la Hacienda autonómica (compraventa entre particulares)., Último recibo del IVTM al corriente o certificado de exención del ayuntamiento., Contrato de compraventa o factura del profesional., Si herencia: certificado de defunción + escritura de aceptación / acta notarial de declaración de herederos., Si donación: escritura pública de donación + ISD modelo 651 pagado., Si familia numerosa: título en vigor.. No los sube aquí: recogemos los datos por el chat guiado.

¿Quién presenta el trámite?

Lo presenta Managora en su nombre ante Dirección General de Tráfico — sede electrónica / Mi DGT. Usted solo aporta los datos por el chat y firma un mandato; nosotros preparamos, firmamos y registramos.

¿Es válido legalmente?

Sí. Usted firma un mandato simple en pantalla que nos autoriza a actuar en su nombre. Recibe el acuse y los documentos oficiales por email, con plena validez.

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