Cambio de titularidad de vehículo (DGT)
Tramitamos íntegramente la transferencia de su vehículo ante la DGT (compraventa, herencia, donación, sentencia o subasta). Validamos la documentación obligatoria (permiso de circulación, ITV en vigor, ITP modelo 600 al 4 % entre particulares, IVTM al corriente), aplicamos la bonificación del 50 % por familia numerosa y le avisamos del plazo de 30 días naturales del art. 32 RGV con la sanción de 200 € por presentación extemporánea.
- Precio Managora
- 19,00 €
- Tasa oficial
- Tasa DGT 4.4: 55,70 € turismo o 28,30 € ciclomotor/moto <=125 cc (50 % bonificación familia numerosa). Además, entre particulares se paga el ITP (4-8 % del valor fiscal del vehículo según su comunidad autónoma); en herencia o donación se tributa por ISD, no por ITP.
- Plazo
- 30 días naturales desde la adquisición (art. 32 RGV). Pasado el plazo: sanción 200 € + responsabilidad civil del transmitente.
- Dónde se presenta
- Dirección General de Tráfico — sede electrónica / Mi DGT
- Qué recibe
- Solicitud
Cómo lo hacemos
- 1Conteste las preguntas del chat (~5 minutos).
- 2Validamos documentación obligatoria, calculamos la tasa DGT 4.4 (con bonificación del 50 % si familia numerosa) y comprobamos el plazo de 30 días naturales.
- 3Pago de 19 € (incluye la gestión y la presentación telemática).
- 4Firma del mandato desde su móvil. Abonamos la tasa de la DGT por su cuenta.
- 5Presentamos la transferencia telemáticamente en sede.dgt.gob.es / Mi DGT con DNI electrónico, Cl@ve PIN o firma digital.
- 6Recibe el nuevo permiso de circulación con su nombre como titular en 7-15 días naturales.
Qué necesita tener a mano
- •Permiso de circulación original (firmado por el vendedor en el reverso) o duplicado.
- •Ficha técnica con ITV en vigor (o justificante de cita ITV si caducada).
- •DNI/NIE en vigor del comprador y del vendedor.
- •Justificante del modelo 600 (ITP 4 %) sellado por la Hacienda autonómica (compraventa entre particulares).
- •Último recibo del IVTM al corriente o certificado de exención del ayuntamiento.
- •Contrato de compraventa o factura del profesional.
- •Si herencia: certificado de defunción + escritura de aceptación / acta notarial de declaración de herederos.
- •Si donación: escritura pública de donación + ISD modelo 651 pagado.
- •Si familia numerosa: título en vigor.
A tener en cuenta
- Sujeto obligado: el ADQUIRENTE (comprador, donatario, heredero). Plazo 30 días naturales (art. 32 RGV).
- Sin transferencia, las multas y sanciones del vehículo siguen recayendo sobre el titular registral. Si está vendiendo, además use notificacion_venta_dgt para protegerse.
- Tasa DGT 4.4: 55,70 € turismo / motocicleta >125 cc / camión / remolque >750 kg. 28,30 € ciclomotor, motocicleta <=125 cc, remolque <=750 kg, vehículo histórico.
- Bonificación 50 % por familia numerosa categoría general / general especial (RD 1621/2005 + Ley 40/2003).
- Sanción art. 76.s LTVMSV: 200 € por presentación extemporánea.
- Compraventa entre particulares: requiere ITP modelo 600 al 4 % previo (use itp_ajd_600). Compraventa a profesional: ya facturado con IVA, sin ITP.
- Herencia: sin ITP (es ISD), pero sí tasa DGT. Acompañar acta notarial de declaración de herederos o escritura.
- Vehículo histórico (>30 años + RD 1247/1995): tasa reducida + bonificación ITP en algunas CCAA.
- Vehículo de empresa o leasing: documentación adicional (escritura/poder, contrato de leasing extinguido).
Preguntas frecuentes
¿Cuánto cuesta tramitar cambio de titularidad de vehículo (dgt) con Managora?
El precio del servicio de Managora es 19,00 €. La tasa oficial del organismo es: Tasa DGT 4.4: 55,70 € turismo o 28,30 € ciclomotor/moto <=125 cc (50 % bonificación familia numerosa). Además, entre particulares se paga el ITP (4-8 % del valor fiscal del vehículo según su comunidad autónoma); en herencia o donación se tributa por ISD, no por ITP..
¿Cuánto tarda?
30 días naturales desde la adquisición (art. 32 RGV). Pasado el plazo: sanción 200 € + responsabilidad civil del transmitente.
¿Qué documentos necesito?
Necesita tener a mano: Permiso de circulación original (firmado por el vendedor en el reverso) o duplicado., Ficha técnica con ITV en vigor (o justificante de cita ITV si caducada)., DNI/NIE en vigor del comprador y del vendedor., Justificante del modelo 600 (ITP 4 %) sellado por la Hacienda autonómica (compraventa entre particulares)., Último recibo del IVTM al corriente o certificado de exención del ayuntamiento., Contrato de compraventa o factura del profesional., Si herencia: certificado de defunción + escritura de aceptación / acta notarial de declaración de herederos., Si donación: escritura pública de donación + ISD modelo 651 pagado., Si familia numerosa: título en vigor.. No los sube aquí: recogemos los datos por el chat guiado.
¿Quién presenta el trámite?
Lo presenta Managora en su nombre ante Dirección General de Tráfico — sede electrónica / Mi DGT. Usted solo aporta los datos por el chat y firma un mandato; nosotros preparamos, firmamos y registramos.
¿Es válido legalmente?
Sí. Usted firma un mandato simple en pantalla que nos autoriza a actuar en su nombre. Recibe el acuse y los documentos oficiales por email, con plena validez.
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¿Empezamos con cambio de titularidad de vehículo (dgt)?
Lo presentamos por usted, de principio a fin.
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