Proteccion de datos: derechos RGPD y reclamar ante la AEPD
Actualizada el 16 de julio de 2026 · Revisado por Jaime Piñeira Pardo, colegiado ICAM nº 138826
El RGPD y la Ley Orgánica 3/2018 (LOPDGDD) le reconocen derechos sobre sus datos personales: acceso, rectificación, supresión (derecho al olvido), oposición, limitación y portabilidad. La empresa debe atenderle en un mes. Si no responde o usa mal sus datos, puede reclamar gratis ante la AEPD. Managora prepara su solicitud y presenta la reclamación por usted.
Se lo tramitamos nosotros de principio a fin.
Usted lo describe en un chat y firma; nosotros lo presentamos ante la Administración. Precio fijo desde 157,00 € (IVA incluido), más la tasa oficial si la hay.
Novedades y normativa aplicable
- Norma vigente: Reglamento (UE) 2016/679 (RGPD), aplicable desde el 25 de mayo de 2018, y Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre (LOPDGDD), en vigor desde el 7 de diciembre de 2018. A 17 de julio de 2026 siguen siendo el marco vigente, sin cambios estructurales.
- El procedimiento de reclamación ante la AEPD se rige por la LOPDGDD y la Ley 39/2015. La AEPD mantiene un formulario general y varios formularios específicos según el motivo (derechos, publicidad, morosidad, videovigilancia).
- Reclamar ante la AEPD es gratuito: no existe tasa por presentar una reclamación ni por ejercer sus derechos ante una empresa.
¿Qué derechos le da el RGPD sobre sus datos personales?
El Reglamento General de Protección de Datos (RGPD, Reglamento UE 2016/679) y la Ley Orgánica 3/2018 (LOPDGDD) le reconocen un conjunto de derechos que puede ejercer frente a cualquier empresa u organismo que trate sus datos. Son gratuitos y personales: los ejerce usted o un representante que autorice.
Los principales son: acceso (saber qué datos tienen sobre usted y para qué), rectificación (corregir datos inexactos), supresión o derecho al olvido (que los borren), oposición (que dejen de usarlos para una finalidad, por ejemplo publicidad), limitación del tratamiento (que los conserven pero no los usen mientras se resuelve una discrepancia) y portabilidad (recibir sus datos en un formato reutilizable y llevárselos a otra empresa).
Debe dirigir la solicitud al responsable del tratamiento (la empresa). Por regla general no hace falta motivarla: la oposición al tratamiento con fines de publicidad o mercadotecnia directa es incondicional y no exige alegar motivo alguno (artículo 21.2 RGPD), mientras que la oposición basada en el interés legítimo del responsable o en una misión de interés público sí requiere que exprese motivos relacionados con su situación particular (artículo 21.1 RGPD). La empresa está obligada a responderle y no puede cobrarle, salvo que la petición sea manifiestamente infundada o excesiva (artículo 12.5 RGPD).
¿Cómo reclamar ante la AEPD si una empresa no responde o usa mal sus datos?
Si ha ejercido un derecho y la empresa no le contesta en plazo, o la respuesta es insatisfactoria, puede presentar una reclamación por falta de atención al ejercicio de sus derechos ante la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD), que la Agencia tramita como procedimiento de derechos. También puede reclamar por un uso indebido de sus datos: publicidad no deseada, cesión sin consentimiento, inclusión en un fichero de morosidad o videovigilancia.
La reclamación se presenta preferentemente por vía telemática, cumplimentando el formulario de la sede electrónica de la AEPD (sedeaepd.gob.es), identificándose con certificado digital, DNIe o Cl@ve. También cabe en papel conforme a la Ley 39/2015. Reclamar ante la AEPD es gratuito.
Debe aportar pruebas o indicios de la vulneración: en la reclamación por derechos no atendidos, la copia de la solicitud que envió a la empresa y la respuesta recibida (o la constancia de que no la hubo). La AEPD examina la admisión a trámite y, en su caso, abre actuaciones de investigación frente a la empresa.
Managora redacta su reclamación, reúne las pruebas y la presenta por usted en la sede de la AEPD. Puede ver el importe actualizado en la ficha del trámite reclamacion_aepd.
¿Qué es el derecho al olvido y cómo se ejerce?
El derecho al olvido es la vertiente digital del derecho de supresión: permite pedir que se eliminen sus datos personales cuando ya no son necesarios, cuando ha retirado el consentimiento, cuando se opone y no hay motivo legítimo prevalente, o cuando se han tratado de forma ilícita (artículo 17 RGPD).
En buscadores, puede solicitar la retirada de resultados asociados a su nombre cuando la información sea inadecuada, no pertinente o excesiva. El buscador debe valorar su petición y, si la deniega o no responde, puede reclamar ante la AEPD. La supresión no es absoluta: puede ceder ante la libertad de información, obligaciones legales de conservación o el interés público.
Managora prepara la solicitud de supresión ante la empresa o el buscador y, si no atienden, la reclamación ante la AEPD. Puede ver el importe en la ficha derecho_olvido_aepd.
¿Qué pasa si hay una brecha de seguridad de datos?
Una brecha de seguridad es cualquier incidente que provoque la destrucción, pérdida, alteración o el acceso o comunicación no autorizados de datos personales: un ciberataque, el envío de datos a destinatarios erróneos, la pérdida de un dispositivo o el robo de una base de datos.
La empresa (responsable del tratamiento) debe notificar la brecha a la AEPD sin dilación indebida y, a más tardar, en 72 horas desde que tiene conocimiento de ella, salvo que sea improbable que suponga un riesgo para los derechos de las personas (artículo 33 RGPD). Si la brecha entraña un alto riesgo, además debe comunicarla sin dilación a los afectados (artículo 34 RGPD).
No notificar en plazo es una infracción sancionable. Si usted es la empresa afectada, Managora prepara y presenta la notificación de la brecha en la sede de la AEPD dentro de las 72 horas. Puede ver el importe en la ficha denuncia_aepd_brecha_seguridad. Si es un particular afectado por una brecha, puede reclamar ante la AEPD por el uso indebido de sus datos.
¿Cuándo debe una empresa nombrar un Delegado de Protección de Datos (DPD)?
El Delegado de Protección de Datos (DPD, o DPO) es la persona que supervisa el cumplimiento del RGPD en la organización. Es obligatorio en tres supuestos del artículo 37 RGPD: cuando el tratamiento lo realiza una autoridad u organismo público; cuando la actividad principal exige una observación habitual y sistemática de personas a gran escala; y cuando se tratan a gran escala categorías especiales de datos (salud, ideología, biometría) o datos penales.
La LOPDGDD (artículo 34) amplía la obligación a numerosos sectores: colegios profesionales, centros docentes y universidades, entidades de crédito y financieras, aseguradoras, empresas de inversión, distribuidores de energía, prestadores de servicios de la sociedad de la información que elaboren perfiles a gran escala, centros sanitarios, empresas de publicidad y prospección comercial, empresas de seguridad privada y operadores de juego, entre otros.
Una vez designado, hay que comunicar sus datos de contacto a la AEPD en el plazo de diez días (artículo 34.3 LOPDGDD). Managora comunica e inscribe a su DPD ante la AEPD. Puede ver el importe en la ficha aepd_inscripcion_dpd.
¿Cuánto cuesta y cuánto tarda?
Ejercer sus derechos ante una empresa es gratuito y presentar una reclamación ante la AEPD también lo es: la Agencia no cobra tasa. El coste de Managora por preparar y presentar el trámite figura en cada ficha (reclamacion_aepd, derecho_olvido_aepd, denuncia_aepd_brecha_seguridad, aepd_inscripcion_dpd): puede ver el importe actualizado allí.
Los plazos legales son claros: la empresa dispone de un mes para responder a su solicitud (ampliable a dos meses más si es compleja); la notificación de una brecha a la AEPD es de 72 horas; y la comunicación del DPD, de diez días. La tramitación posterior de la AEPD tras una reclamación depende de cada caso.
Paso a paso
- 1
Ejerza primero su derecho ante la empresa(La empresa debe responder en 1 mes (ampliable a 2 meses más si es compleja))
Envíe la solicitud por escrito al responsable del tratamiento (acceso, rectificación, supresión, oposición, limitación o portabilidad). Identifíquese y conserve copia y justificante de envío. Este paso previo es obligatorio para poder reclamar después por falta de atención al ejercicio de los derechos.
- 2
Espere la respuesta o el fin del plazo
Si la empresa no contesta dentro del mes o le da una respuesta insatisfactoria, queda abierta la vía de reclamación ante la AEPD.
- 3
Reúna las pruebas
Prepare la copia de la solicitud que envió a la empresa y la respuesta recibida (o la constancia de que no hubo respuesta), más cualquier otra prueba del mal uso de sus datos.
- 4
Acceda a la sede electrónica de la AEPD e identifíquese
Entre en sedeaepd.gob.es e identifíquese con certificado digital, DNIe o Cl@ve. También puede presentarla en papel conforme a la Ley 39/2015.
- 5
Cumplimente el formulario de reclamación
Elija el formulario según el motivo (derechos no atendidos, publicidad, morosidad, videovigilancia u otros), describa los hechos y adjunte las pruebas. La presentación es gratuita.
- 6
Presente la reclamación y guarde el justificante(La tramitación posterior de la AEPD depende del caso)
Registre la reclamación y conserve el justificante. La AEPD estudiará su admisión a trámite y, en su caso, abrirá actuaciones frente a la empresa.
Los derechos RGPD y el plazo de respuesta de la empresa
| Derecho | Qué le permite | Plazo de la empresa |
|---|---|---|
| Acceso | Saber qué datos tienen sobre usted, para qué los usan y a quién se los ceden | 1 mes (+2 meses si es complejo) |
| Rectificación | Corregir datos inexactos o completar los incompletos | 1 mes (+2 meses si es complejo) |
| Supresión (derecho al olvido) | Que borren sus datos cuando ya no son necesarios o el tratamiento es ilícito | 1 mes (+2 meses si es complejo) |
| Oposición | Que dejen de tratar sus datos para una finalidad (por ejemplo, publicidad) | 1 mes (+2 meses si es complejo) |
| Limitación | Que conserven pero no usen sus datos mientras se resuelve una discrepancia | 1 mes (+2 meses si es complejo) |
| Portabilidad | Recibir sus datos en formato reutilizable y transmitirlos a otra empresa | 1 mes (+2 meses si es complejo) |
Plazos clave en protección de datos
| Actuación | Quién | Plazo legal | Norma |
|---|---|---|---|
| Responder a su solicitud de derechos | La empresa (responsable) | 1 mes, ampliable a 3 en total | Art. 12.3 RGPD |
| Notificar una brecha de seguridad a la AEPD | La empresa (responsable) | 72 horas desde que la conoce | Art. 33 RGPD |
| Comunicar la brecha a los afectados (alto riesgo) | La empresa (responsable) | Sin dilación indebida | Art. 34 RGPD |
| Comunicar los datos de contacto del DPD a la AEPD | Responsable o encargado | 10 días desde la designación | Art. 34.3 LOPDGDD |
| Presentar reclamación ante la AEPD | El ciudadano afectado | Sin plazo estricto (recomendable pronto) | LOPDGDD / Ley 39/2015 |
¿Quién está obligado a designar un DPD?
| Base legal | Supuestos |
|---|---|
| Art. 37 RGPD | Autoridades y organismos públicos; observación habitual y sistemática a gran escala; tratamiento a gran escala de categorías especiales o datos penales |
| Art. 34 LOPDGDD | Colegios profesionales, centros docentes y universidades, entidades de crédito y financieras, aseguradoras, empresas de inversión, distribuidoras de energía, prestadores que elaboren perfiles a gran escala, centros sanitarios, publicidad y prospección comercial, seguridad privada y operadores de juego, entre otros |
Reclamación por derechos no atendidos vs. reclamación por infracción
| Derechos no atendidos | Reclamación por infracción | |
|---|---|---|
| Cuándo se usa | La empresa no atendió su solicitud de acceso, supresión, rectificación, oposición, limitación o portabilidad | La empresa hizo un uso indebido de sus datos: spam, cesión sin consentimiento, morosidad, videovigilancia, brecha |
| Paso previo obligatorio | Sí: haber ejercido antes el derecho ante la empresa | No es imprescindible, pero conviene aportar pruebas del uso indebido |
| Qué aportar | Copia de su solicitud y de la respuesta (o su ausencia) | Pruebas o indicios de la infracción (correos, capturas, contratos) |
| Coste ante la AEPD | Gratuito | Gratuito |
| Resultado posible | La AEPD ordena atender su derecho | La AEPD puede investigar y sancionar a la empresa |
Formularios y dónde se presenta
- Formulario de reclamación ante la AEPD (derechos no atendidos, publicidad, morosidad, videovigilancia u otros) ↗
- Modelos de solicitud de ejercicio de derechos ante el responsable (acceso, rectificación, supresión, oposición, limitación, portabilidad) ↗
- Formulario de notificación de brechas de seguridad (art. 33 RGPD) ↗
- Comunicación de datos de contacto del Delegado de Protección de Datos (art. 34.3 LOPDGDD) ↗
Preguntas frecuentes
¿Cuánto tarda una empresa en contestar a mi solicitud?
Un mes desde que recibe su solicitud. Si es compleja o hay muchas peticiones, puede ampliar el plazo a dos meses más, pero debe avisarle dentro del primer mes. Si no responde, puede reclamar ante la AEPD.
¿Cuánto cuesta reclamar ante la AEPD?
La AEPD no cobra tasa: reclamar es gratuito, igual que ejercer sus derechos ante una empresa. El coste de que Managora lo prepare y lo presente por usted figura en la ficha del trámite.
¿Qué hago si una web no borra mis datos (derecho al olvido)?
Primero solicítelo por escrito a la empresa o al buscador. Si lo deniegan o no responden en un mes, puede reclamar ante la AEPD aportando la copia de su solicitud. Managora prepara y presenta la reclamación por usted.
Como empresa, ¿me pueden sancionar si no notifico una brecha en 72 horas?
Sí. El artículo 33 del RGPD obliga a notificar la brecha a la AEPD en un máximo de 72 horas desde que se conoce, salvo que sea improbable que suponga un riesgo. No hacerlo es una infracción sancionable.
¿Mi pequeña empresa necesita un Delegado de Protección de Datos?
No siempre. Solo es obligatorio en los supuestos del artículo 37 RGPD (tratamiento a gran escala, seguimiento sistemático o datos sensibles) y en los sectores del artículo 34 LOPDGDD. Muchas pymes no están obligadas, aunque pueden designarlo de forma voluntaria.
¿Puedo reclamar a la AEPD y además pedir una indemnización?
Sí. La reclamación ante la AEPD es administrativa y busca corregir o sancionar la infracción. La indemnización por daños se reclama por vía civil ante los tribunales, y ambas vías son compatibles.
Se lo tramitamos nosotros de principio a fin.
Usted lo describe en un chat y firma; nosotros lo presentamos ante la Administración. Precio fijo desde 157,00 € (IVA incluido), más la tasa oficial si la hay.
Trámites relacionados
El precio, la tasa oficial y los plazos actualizados están en cada ficha.
- Reclamación ante la AEPD por uso indebido de sus datosReclamamos ante la Agencia Española de Protección de Datos por videovigilancia ilegal, ficheros de morosos,...
- Derecho de supresión / olvido (RGPD art. 17)Le redactamos la solicitud al responsable del tratamiento para ejercer el derecho de supresión / olvido (ar...
- Notificación / denuncia AEPD por brecha de seguridad de datos (RGPD art. 33)Le redactamos la notificación de violación de seguridad de datos personales a la AEPD dentro del plazo de 7...
- AEPD — Inscripción / comunicación del Delegado de Protección de Datos (DPD)Tramitamos la inscripción inicial, modificación, sustitución o baja del Delegado de Protección de Datos (DP...