ISD Donaciones — Modelo 651
Calculamos y presentamos su autoliquidación del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (modalidad donaciones, modelo 651) ante la Hacienda autonómica del donatario. Aplicamos las reducciones estatales (empresa familiar 95 %) y las bonificaciones autonómicas vigentes (Madrid/Andalucía/Extremadura/Murcia 99 % I-II en escritura pública, Valencia 75 %/50 %, Baleares 50-90 %, Aragón 100 % <500K€, etc.). Detectamos régimen foral (Navarra/País Vasco) y validamos el plazo de 30 días hábiles del art. 67.b RISD.
- Precio Managora
- 29,00 €
- Tasa oficial
- Sin tasa
- Plazo
- Plazo legal: 30 días hábiles desde el devengo (art. 67.b RISD). Sin posibilidad de prórroga (a diferencia de sucesiones). Pasado el plazo: recargos art. 27 LGT.
- Dónde se presenta
- Hacienda autonómica de residencia del donatario
- Qué recibe
- Solicitud
Cómo lo hacemos
- 1Conteste las preguntas del chat (~10 minutos).
- 2Calculamos base imponible, reducciones estatales (empresa familiar 95 % grupos I-II si donante >=65 o discapaz), tarifa estatal art. 21, coeficiente multiplicador art. 22 y bonificaciones autonómicas (Madrid/Andalucía 99 %, Valencia 75 %, Baleares 50-90 %, etc.).
- 3Pago de 29 €.
- 4Firma del mandato desde su móvil.
- 5Presentamos el modelo 651 en plazo (30 días hábiles del art. 67.b RISD). Si fuera de plazo, calculamos el recargo art. 27 LGT y presentamos con el escrito correspondiente.
- 6Recibe el justificante con la cuota a ingresar y la copia diligenciada del modelo 651.
Qué necesita tener a mano
- •Escritura pública de donación (recomendada para aplicar bonificación autonómica).
- •DNI/NIE en vigor del donante y del donatario.
- •Justificación del valor del bien donado (tasación, certificado bancario, nota simple registral).
- •Acreditación de discapacidad permanente del donante si procede (para reducción empresa familiar art. 20.6).
- •Acreditación de la edad del donante (>=65 años) si invoca reducción de empresa familiar.
- •Acreditación de empadronamiento del donatario en la CCAA competente (residencia habitual >=5 años).
- •Si donación a menor: documento de aceptación con representación legal y, si hay cargas, autorización judicial.
A tener en cuenta
- Sujeto pasivo: el DONATARIO (quien recibe). Modelo 651 individual por cada donatario y donación.
- Plazo: 30 días HÁBILES desde el devengo (art. 67.b RISD). NO hay prórroga de 6 meses como en sucesiones. Recargos extemporáneos art. 27 LGT: 1 % + 1 %/mes (hasta 12), 15 % desde el año.
- Diferencias clave con sucesiones (modelo 650): NO se aplica ajuar 3 % (es solo mortis causa); NO aplica reducción de seguros vida; la reducción de vivienda habitual del 95 % con tope 122.606,47 € es exclusiva de sucesiones.
- Reducción empresa familiar (art. 20.6 LISD): 95 % grupos I-II si donante >=65 o con discapacidad permanente, mantener participación 5 años (no 10), donante cesa en funciones directivas.
- Tarifa estatal (art. 21) y coeficiente multiplicador (art. 22) compartidos con sucesiones.
- Bonificaciones autonómicas en donaciones (esquema simplificado, exigen casi todas escritura pública): Madrid/Andalucía/Extremadura/Murcia 99 % I-II; Canarias 99,9 %; Cantabria 90 %; Valencia 75 %/50 %; Baleares 50-90 %; Aragón 100 % cónyuge/descendientes <500K€; La Rioja 99 % <400K€; Castilla-La Mancha 80-95 %; Asturias/Castilla y León sin bonificación relevante; Cataluña/Galicia tarifa específica reducida; Ceuta/Melilla 50 %.
- Cataluña y Galicia tienen tarifas reducidas específicas para donaciones grupos I-II (no bonificación sobre cuota): se aplican directamente desde el primer euro.
- Forma: escritura pública obligatoria para inmuebles (arts. 633 CC + 14 LH). En la mayoría de CCAA es necesaria también para aplicar la bonificación autonómica.
- Régimen foral (Navarra y País Vasco): aplican normativa propia. Coordinamos con gestoría foral.
- El cálculo es indicativo. La liquidación final puede variar por reformas legislativas autonómicas recientes.
Preguntas frecuentes
¿Cuánto cuesta tramitar isd donaciones — modelo 651 con Managora?
El precio del servicio de Managora es 29,00 €. Este trámite no tiene tasa oficial del organismo.
¿Cuánto tarda?
Plazo legal: 30 días hábiles desde el devengo (art. 67.b RISD). Sin posibilidad de prórroga (a diferencia de sucesiones). Pasado el plazo: recargos art. 27 LGT.
¿Qué documentos necesito?
Necesita tener a mano: Escritura pública de donación (recomendada para aplicar bonificación autonómica)., DNI/NIE en vigor del donante y del donatario., Justificación del valor del bien donado (tasación, certificado bancario, nota simple registral)., Acreditación de discapacidad permanente del donante si procede (para reducción empresa familiar art. 20.6)., Acreditación de la edad del donante (>=65 años) si invoca reducción de empresa familiar., Acreditación de empadronamiento del donatario en la CCAA competente (residencia habitual >=5 años)., Si donación a menor: documento de aceptación con representación legal y, si hay cargas, autorización judicial.. No los sube aquí: recogemos los datos por el chat guiado.
¿Quién presenta el trámite?
Lo presenta Managora en su nombre ante Hacienda autonómica de residencia del donatario. Usted solo aporta los datos por el chat y firma un mandato; nosotros preparamos, firmamos y registramos.
¿Es válido legalmente?
Sí. Usted firma un mandato simple en pantalla que nos autoriza a actuar en su nombre. Recibe el acuse y los documentos oficiales por email, con plena validez.
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¿Empezamos con isd donaciones — modelo 651?
Lo presentamos por usted, de principio a fin.
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