Liquidación en España de Herencia Internacional (Bienes en el extranjero o Trust)

Liquidación en España de Herencia Internacional (Bienes en el extranjero o Trust) se presenta ante Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT). Con Managora lo hace 100% online: responde unas preguntas, firma un mandato digital y nosotros redactamos, firmamos y presentamos su solicitud por usted. Coste total orientativo: 908 €. Tasa oficial: La presentación del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones ante la Agencia Tributaria no devenga ninguna tasa administrativa. El impuesto que resulte a pagar (modelo 650) es un tributo variable, que depende del valor heredado, de su parentesco con la persona fallecida y de la normativa de su Comunidad Autónoma; se lo calculamos y se lo comunicamos por escrito antes de presentar nada.

Declaración y liquidación del Impuesto de Sucesiones para residentes en España que heredan bienes, seguros o trusts en el extranjero. Maximizamos el ahorro fiscal aplicando la normativa autonómica y las deducciones por doble imposición internacional.

Guía práctica: Herencia con bienes en el extranjero: que hacer y como tributa. Requisitos, plazos y pasos, explicados.

Lo que le cobramos
908 €
Honorario Managora
908,00 € (IVA 21% incl.)
Tasa oficial
La presentación del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones ante la Agencia Tributaria no devenga ninguna tasa administrativa. El impuesto que resulte a pagar (modelo 650) es un tributo variable, que depende del valor heredado, de su parentesco con la persona fallecida y de la normativa de su Comunidad Autónoma; se lo calculamos y se lo comunicamos por escrito antes de presentar nada. (suplido, sin IVA)
Plazo de resolución
El plazo de resolución lo fija la normativa del procedimiento; se lo confirmamos al abrir su expediente.
Qué recibe
Solicitud

Desglose del coste: Honorarios de gestión 908,00 € (IVA 21% incl.). No incluye posibles impuestos a liquidar, traducciones juradas ni apostillas..

Liquidación en España de Herencia Internacional (Bienes en el extranjero o Trust): ¿cómo se tramita?

  1. 11. Complete el formulario con los detalles del causante y la estimación de los bienes heredados.
  2. 22. Adjunte la documentación internacional requerida (testamentos, actas, justificantes de impuestos extranjeros).
  3. 33. Estudiaremos la procedencia de aplicar Tratados Internacionales vigentes o la normativa de su Comunidad Autónoma para reducir el coste fiscal.
  4. 44. Calcularemos la cuota del Impuesto sobre Sucesiones (ISD) minorando lo ya tributado fuera mediante la deducción por doble imposición internacional.
  5. 55. Tramitaremos la liquidación ante el Departamento de Sucesiones de no Residentes de la AEAT o el órgano autonómico correspondiente.

¿Qué documentos necesita?

  • Certificado de defunción debidamente legalizado o apostillado
  • Testamento extranjero, 'Deed of Variation' u otro título sucesorio
  • Justificante de pago de impuestos en origen (para aplicar deducción por doble imposición)
  • Póliza del seguro de vida extranjero (si se hereda un seguro)

Requisitos previos que también hacemos nosotros

Para este trámite necesita documentos que también tramitamos. Si le falta alguno, pídanoslo aquí y vuelva cuando lo tenga:

Y lo que preste un tercero, se lo organizamos

  • Traducción jurada al español
  • Apostilla o legalización de un documento extranjero

No tiene que buscar a nadie: lo coordinamos nosotros. Al prestarlo un tercero se presupuesta aparte y no va dentro del precio de este trámite, y le decimos el importe antes de encargarlo.

Base legal y a tener en cuenta

  • Al ser residente en España, está sujeto al impuesto por obligación personal sobre la totalidad de sus bienes mundiales (con independencia de que el causante residiera en el extranjero y de dónde se ubiquen los bienes).
  • La normativa permite optar por la legislación de la Comunidad Autónoma donde resida, lo que a menudo posibilita la aplicación de importantes bonificaciones.
  • Para corregir la doble tributación, podrá deducirse en España la cantidad menor entre: el impuesto pagado efectivamente en el extranjero o el resultado de aplicar el tipo medio del impuesto español al valor de esos bienes foráneos.

Liquidación en España de Herencia Internacional (Bienes en el extranjero o Trust): preguntas frecuentes

Liquidación en España de Herencia Internacional (Bienes en el extranjero o Trust): ¿cuánto cuesta?

Le cobramos 908 €: nuestra gestión y, si la hay, la tasa oficial fija que adelantamos. Honorarios de gestión 908,00 € (IVA 21% incl.). No incluye posibles impuestos a liquidar, traducciones juradas ni apostillas.. El honorario de Managora es 908,00 €, IVA 21% incluido (750,41 € de base + 157,59 € de IVA). La tasa oficial del organismo (suplido, sin IVA) es: La presentación del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones ante la Agencia Tributaria no devenga ninguna tasa administrativa. El impuesto que resulte a pagar (modelo 650) es un tributo variable, que depende del valor heredado, de su parentesco con la persona fallecida y de la normativa de su Comunidad Autónoma; se lo calculamos y se lo comunicamos por escrito antes de presentar nada..

Liquidación en España de Herencia Internacional (Bienes en el extranjero o Trust): ¿cuánto tarda?

El plazo de resolución lo fija la normativa del procedimiento; se lo confirmamos al abrir su expediente.

Liquidación en España de Herencia Internacional (Bienes en el extranjero o Trust): ¿qué documentos necesito?

Necesita tener a mano: Certificado de defunción debidamente legalizado o apostillado, Testamento extranjero, 'Deed of Variation' u otro título sucesorio, Justificante de pago de impuestos en origen (para aplicar deducción por doble imposición), Póliza del seguro de vida extranjero (si se hereda un seguro). No los sube aquí: recogemos los datos por el chat guiado.

¿Quién presenta el trámite?

Lo presenta Managora en su nombre ante Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT). Usted solo aporta los datos por el chat y firma un mandato; nosotros preparamos, firmamos y registramos.

¿Se puede hacer online?

Sí. Todo el proceso es online: responde unas preguntas en el chat guiado, firma un mandato simple en pantalla y recibe el acuse y los documentos oficiales por email, con plena validez legal.

Trámites relacionados

Información basada en la normativa vigente y en la sede oficial del organismo competente: Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT).

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Lo presentamos por usted, de principio a fin.

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