Matriculación y abanderamiento de embarcación de recreo (RD 1435/2010)
Matriculación y abanderamiento de embarcación de recreo (RD 1435/2010) se presenta ante Distrito Marítimo / Capitanía Marítima competente (DGMM). Con Managora lo hace 100% online: responde unas preguntas, firma un mandato digital y nosotros redactamos, firmamos y presentamos su solicitud por usted. Lo que le cobramos: 400 €. Tasa oficial: La tasa de la Dirección General de la Marina Mercante se liquida con el modelo 790, código 025, y se calcula sobre el arqueo de la embarcación en GT y sobre las actuaciones registrales que solicite, de modo que no hay un importe único y no va incluida en el precio: se la calculamos y se la comunicamos por escrito antes de que la abone. Tenga en cuenta además que la primera matriculación de una embarcación de recreo de más de 8 metros de eslora, y la de cualquier moto náutica sea cual sea su eslora, tributa por el Impuesto Especial sobre Determinados Medios de Transporte (art. 65.1.b de la Ley 38/1992), que se presenta con el modelo 576 y se calcula sobre el valor de la embarcación.
Le tramitamos el alta de su embarcación de recreo en el Registro de Matrícula de Buques ante el Distrito Marítimo: matriculación y abanderamiento en la lista 7.ª (uso particular) o en la 6.ª (alquiler). Si su embarcación mide 12 metros o menos y lleva marcado CE en el casco y en el motor, la ley la exime de abanderamiento y matriculación (art. 8 RD 1435/2010): en ese caso pedimos por usted el certificado de inscripción, que es lo que sí le corresponde y que el Distrito Marítimo expide en 15 días. Verificamos la declaración UE de conformidad, el certificado de navegabilidad cuando procede, el seguro de responsabilidad civil obligatorio (RD 607/1999) y, si la eslora supera los 8 metros o se trata de una moto náutica, la liquidación previa del impuesto de matriculación (modelo 576). Vela, motor (intra o fueraborda), neumática, moto náutica o tabla a vela.
Guía práctica: Carnets especiales: AM (ciclomotor), B+E, ADR y título nautico. Requisitos, plazos y pasos, explicados.
- Lo que le cobramos
- 400 €
- Honorario Managora
- 400,00 € (IVA 21% incl.)
- Tasa oficial
- La tasa de la Dirección General de la Marina Mercante se liquida con el modelo 790, código 025, y se calcula sobre el arqueo de la embarcación en GT y sobre las actuaciones registrales que solicite, de modo que no hay un importe único y no va incluida en el precio: se la calculamos y se la comunicamos por escrito antes de que la abone. Tenga en cuenta además que la primera matriculación de una embarcación de recreo de más de 8 metros de eslora, y la de cualquier moto náutica sea cual sea su eslora, tributa por el Impuesto Especial sobre Determinados Medios de Transporte (art. 65.1.b de la Ley 38/1992), que se presenta con el modelo 576 y se calcula sobre el valor de la embarcación.
- Plazo de resolución
- Resolución habitual 1-2 meses tras documentación completa.
- Dónde se presenta
- Distrito Marítimo / Capitanía Marítima competente (DGMM) ↗
- Qué recibe
- Solicitud
Desglose del coste: 400,00 €: nuestra gestión 400,00 € (IVA 21% incl.). La tasa oficial se liquida aparte y se la repercutimos exacta, sin recargo. Aparte pagará, si le corresponden, el Impuesto de Matriculación de la embarcación (modelo 576) y el seguro obligatorio de responsabilidad civil..
Matriculación y abanderamiento de embarcación de recreo (RD 1435/2010): ¿cómo se tramita?
- 1Conteste las preguntas (~9 minutos).
- 2Comprobamos si su embarcación está exenta de matriculación por medir 12 metros o menos con marcado CE.
- 3Pago de 400,00 € (IVA 21% incl.).
- 4Firma del mandato y presentación ante el Distrito Marítimo competente.
¿Qué documentos necesita?
- •Factura o título de propiedad.
- •Declaración UE de conformidad de la embarcación y del motor (marcado CE) u homologación.
- •Certificado de navegabilidad cuando proceda.
- •Póliza del seguro de responsabilidad civil.
- •Justificante del modelo 576 si la eslora supera los 8 metros o es una moto náutica.
- •DNI/NIF/CIF.
Base legal y a tener en cuenta
- Marco: RD 1435/2010 (abanderamiento y matriculación en las listas 6.ª y 7.ª) y RD 607/1999 (seguro obligatorio).
- Exención del art. 8 RD 1435/2010: las embarcaciones de eslora igual o inferior a 12 metros con marcado CE en casco y motor NO se abanderan ni se matriculan; se les expide un certificado de inscripción en un plazo máximo de 15 días.
- Impuesto de matriculación (modelo 576) para embarcaciones de recreo de más de 8 metros de eslora y para las motos náuticas sea cual sea su eslora (art. 65.1.b Ley 38/1992).
- Conexiones naturales: despacho_embarcacion_recreo, impuesto_especial_de_matriculacion_modelo_576, titulo_nautico_per.
Matriculación y abanderamiento de embarcación de recreo (RD 1435/2010): preguntas frecuentes
Matriculación y abanderamiento de embarcación de recreo (RD 1435/2010): ¿cuánto cuesta?
Le cobramos 400 €: nuestra gestión y, si la hay, la tasa oficial fija que adelantamos. 400,00 €: nuestra gestión 400,00 € (IVA 21% incl.). La tasa oficial se liquida aparte y se la repercutimos exacta, sin recargo. Aparte pagará, si le corresponden, el Impuesto de Matriculación de la embarcación (modelo 576) y el seguro obligatorio de responsabilidad civil.. El honorario de Managora es 400,00 €, IVA 21% incluido (330,58 € de base + 69,42 € de IVA). La tasa oficial del organismo (suplido, sin IVA) es: La tasa de la Dirección General de la Marina Mercante se liquida con el modelo 790, código 025, y se calcula sobre el arqueo de la embarcación en GT y sobre las actuaciones registrales que solicite, de modo que no hay un importe único y no va incluida en el precio: se la calculamos y se la comunicamos por escrito antes de que la abone. Tenga en cuenta además que la primera matriculación de una embarcación de recreo de más de 8 metros de eslora, y la de cualquier moto náutica sea cual sea su eslora, tributa por el Impuesto Especial sobre Determinados Medios de Transporte (art. 65.1.b de la Ley 38/1992), que se presenta con el modelo 576 y se calcula sobre el valor de la embarcación..
Matriculación y abanderamiento de embarcación de recreo (RD 1435/2010): ¿cuánto tarda?
Resolución habitual 1-2 meses tras documentación completa.
Matriculación y abanderamiento de embarcación de recreo (RD 1435/2010): ¿qué documentos necesito?
Necesita tener a mano: Factura o título de propiedad., Declaración UE de conformidad de la embarcación y del motor (marcado CE) u homologación., Certificado de navegabilidad cuando proceda., Póliza del seguro de responsabilidad civil., Justificante del modelo 576 si la eslora supera los 8 metros o es una moto náutica., DNI/NIF/CIF.. No los sube aquí: recogemos los datos por el chat guiado.
¿Quién presenta el trámite?
Lo presenta Managora en su nombre ante Distrito Marítimo / Capitanía Marítima competente (DGMM). Usted solo aporta los datos por el chat y firma un mandato; nosotros preparamos, firmamos y registramos.
¿Se puede hacer online?
Sí. Todo el proceso es online: responde unas preguntas en el chat guiado, firma un mandato simple en pantalla y recibe el acuse y los documentos oficiales por email, con plena validez legal.
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- Identificación del conductor responsable: DGT / órgano denunciante
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- DGT - Cambio de domicilio (vehículo y/o permiso de conducir)
Información basada en la normativa vigente y en la sede oficial del organismo competente: Distrito Marítimo / Capitanía Marítima competente (DGMM) ↗.
Managora Gestion SL (CIF B88823893) es una empresa privada. No somos Distrito Marítimo / Capitanía Marítima competente (DGMM), ni estamos vinculados, autorizados ni aprobados por ningún organismo público, y este sitio no es una sede electrónica. Lo que usted paga en esta página es nuestro honorario por preparar, firmar y presentar el trámite en su nombre: es distinto de la tasa oficial, que cuando la hay es del organismo y se le muestra por separado. Puede realizar este trámite usted mismo, directamente ante Distrito Marítimo / Capitanía Marítima competente (DGMM).
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