Licencia / autorización de terraza y velador en vía pública (ordenanza municipal)
Licencia / autorización de terraza y velador en vía pública (ordenanza municipal) se presenta ante Ayuntamiento del establecimiento. Con Managora lo hace 100% online: responde unas preguntas, firma un mandato digital y nosotros redactamos, firmamos y presentamos su solicitud por usted. Lo que le cobramos: 350 €. Tasa oficial: La tasa la fija cada ayuntamiento en su ordenanza fiscal y depende de los metros cuadrados que ocupe, de la categoría fiscal de la calle y de si la terraza es de temporada o de todo el año, así que no va incluida en el precio. En Madrid, por ejemplo, la temporada de ocho meses va de 10,83 EUR a 73,98 EUR por metro cuadrado según la calle, con recargos por toldos, tarimas o cerramientos. Comprobamos la ordenanza de su municipio, se la calculamos y se la comunicamos por escrito antes de que la abone.
Le redactamos la solicitud al Ayuntamiento de licencia de terraza/velador (mesas, sillas, sombrillas, jardineras, calefactores) sobre dominio público. Verificamos plano técnico, seguro RC, autorización de la comunidad si afecta a fachada, accesibilidad / paso peatonal, zona acústicamente sensible y tasa municipal. Aviso de horario y elementos según ordenanza.
Guía práctica: Licencias municipales de negocio: terraza, vado y ocupación de vía pública. Requisitos, plazos y pasos, explicados.
- Lo que le cobramos
- 350 €
- Honorario Managora
- 350,00 € (IVA 21% incl.)
- Tasa oficial
- La tasa la fija cada ayuntamiento en su ordenanza fiscal y depende de los metros cuadrados que ocupe, de la categoría fiscal de la calle y de si la terraza es de temporada o de todo el año, así que no va incluida en el precio. En Madrid, por ejemplo, la temporada de ocho meses va de 10,83 EUR a 73,98 EUR por metro cuadrado según la calle, con recargos por toldos, tarimas o cerramientos. Comprobamos la ordenanza de su municipio, se la calculamos y se la comunicamos por escrito antes de que la abone.
- Plazo de resolución
- Resolución habitualmente 1-3 meses según ordenanza y zona.
- Dónde se presenta
- Ayuntamiento del establecimiento ↗
- Qué recibe
- Solicitud
Desglose del coste: Gestión 350,00 € (IVA 21% incl.) más tasa municipal por ocupación de vía pública, variable según ordenanza, metros y días de aprovechamiento..
Licencia / autorización de terraza y velador en vía pública (ordenanza municipal): ¿cómo se tramita?
- 1Conteste las preguntas (~7 minutos).
- 2Pago de 350,00 € (IVA 21% incl.).
- 3Le entregamos solicitud lista para Ayuntamiento.
¿Qué documentos necesita?
- •DNI/CIF.
- •Licencia de actividad.
- •Plano técnico de la terraza.
- •Seguro RC.
- •Autorización comunidad (si afecta).
- •Tasa municipal.
Base legal y a tener en cuenta
- Marco: LBRL + Ley 33/2003 + ordenanza municipal de terrazas.
- Garantice accesibilidad y paso peatonal.
- Zonas acústicas: limitación horaria.
- Conexiones naturales: declaracion_responsable_actividad, licencia_obras_municipal, registro_animal_ppp.
Licencia / autorización de terraza y velador en vía pública (ordenanza municipal): preguntas frecuentes
Licencia / autorización de terraza y velador en vía pública (ordenanza municipal): ¿cuánto cuesta?
Le cobramos 350 €: nuestra gestión y, si la hay, la tasa oficial fija que adelantamos. Gestión 350,00 € (IVA 21% incl.) más tasa municipal por ocupación de vía pública, variable según ordenanza, metros y días de aprovechamiento.. El honorario de Managora es 350,00 €, IVA 21% incluido (289,26 € de base + 60,74 € de IVA). La tasa oficial del organismo (suplido, sin IVA) es: La tasa la fija cada ayuntamiento en su ordenanza fiscal y depende de los metros cuadrados que ocupe, de la categoría fiscal de la calle y de si la terraza es de temporada o de todo el año, así que no va incluida en el precio. En Madrid, por ejemplo, la temporada de ocho meses va de 10,83 EUR a 73,98 EUR por metro cuadrado según la calle, con recargos por toldos, tarimas o cerramientos. Comprobamos la ordenanza de su municipio, se la calculamos y se la comunicamos por escrito antes de que la abone..
Licencia / autorización de terraza y velador en vía pública (ordenanza municipal): ¿cuánto tarda?
Resolución habitualmente 1-3 meses según ordenanza y zona.
Licencia / autorización de terraza y velador en vía pública (ordenanza municipal): ¿qué documentos necesito?
Necesita tener a mano: DNI/CIF., Licencia de actividad., Plano técnico de la terraza., Seguro RC., Autorización comunidad (si afecta)., Tasa municipal.. No los sube aquí: recogemos los datos por el chat guiado.
¿Quién presenta el trámite?
Lo presenta Managora en su nombre ante Ayuntamiento del establecimiento. Usted solo aporta los datos por el chat y firma un mandato; nosotros preparamos, firmamos y registramos.
¿Se puede hacer online?
Sí. Todo el proceso es online: responde unas preguntas en el chat guiado, firma un mandato simple en pantalla y recibe el acuse y los documentos oficiales por email, con plena validez legal.
Trámites relacionados
Información basada en la normativa vigente y en la sede oficial del organismo competente: Ayuntamiento del establecimiento ↗.
Managora Gestion SL (CIF B88823893) es una empresa privada. No somos Ayuntamiento del establecimiento, ni estamos vinculados, autorizados ni aprobados por ningún organismo público, y este sitio no es una sede electrónica. Lo que usted paga en esta página es nuestro honorario por preparar, firmar y presentar el trámite en su nombre: es distinto de la tasa oficial, que cuando la hay es del organismo y se le muestra por separado. Puede realizar este trámite usted mismo, directamente ante Ayuntamiento del establecimiento.
¿Empezamos con «Licencia / autorización de terraza y velador en vía pública (ordenanza municipal)»?
Lo presentamos por usted, de principio a fin.
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