Proceso monitorio europeo: peticion inicial (formulario A, Reg. CE 1896/2006)

Proceso monitorio europeo: peticion inicial (formulario A, Reg. CE 1896/2006) se presenta ante Juzgado de Primera Instancia competente (España) o equivalente en otros EM UE. Con Managora lo hace 100% online: responde unas preguntas, firma un mandato digital y nosotros redactamos, firmamos y presentamos su demanda por usted. Coste total orientativo: 60 €. Tasa oficial: PF/autónomo: exenta. PJ: 100 € fijo + 0,5 % variable hasta 10.000 € (Ley 10/2012)

Preparamos y presentamos la peticion inicial de proceso monitorio europeo (formulario A del Reg. CE 1896/2006) para reclamar cantidades liquidas, vencidas y exigibles a un deudor de otro pais de la UE. Este procedimiento NO exige abogado ni procurador (art. 24 del Reglamento y disposicion final 23a LEC): por eso podemos llevarlo integramente por usted. Si el deudor no se opone en 30 dias, el juzgado emite la declaracion de fuerza ejecutiva (formulario G), directamente ejecutable en cualquier Estado miembro sin exequatur. Util cuando un cliente de Alemania, Francia, Italia, Portugal, Paises Bajos, etc. no le paga. NO aplica a Dinamarca, ni a materia fiscal, aduanera, administrativa, de familia, sucesiones, concursal o laboral. Alcance del encargo: formulario A, presentacion, seguimiento del requerimiento y obtencion del formulario G. Si el deudor se opone, el asunto pasa a juicio declarativo, que exige procurador y NO esta incluido en este tramite.

Coste total orientativo
60 €
Honorario Managora
60,00 € (IVA 21% incl.)
Tasa oficial
PF/autónomo: exenta. PJ: 100 € fijo + 0,5 % variable hasta 10.000 € (Ley 10/2012) (suplido, sin IVA)
Plazo de resolución
Deudor: 30 dias desde la notificacion del formulario E para pagar u oponerse (formulario F). Si guarda silencio, el juzgado emite el formulario G, ejecutable sin exequatur en cualquier Estado miembro de la UE. Nuestro encargo llega hasta la obtencion de ese formulario G.
Qué recibe
Demanda

Desglose del coste: Gestión 60,00 € (IVA 21% incl.). Particular o autónomo: tasa exenta. Persona jurídica: tasa judicial de 100 € fijos más 0,5 % variable hasta 10.000 €..

Proceso monitorio europeo: peticion inicial (formulario A, Reg. CE 1896/2006): ¿cómo se tramita?

  1. 1Conteste las preguntas del chat (~10 minutos).
  2. 2Validamos que la materia sea apta (no fiscal, administrativa, de familia, concursal ni laboral), que la reclamacion sea transfronteriza dentro de la UE (excluida Dinamarca) y que el organo elegido sea competente.
  3. 3Calculamos cuantía total (principal + intereses + costes) y tasa judicial según solicitante.
  4. 4Pago de 60,00 € (IVA 21% incl.) por la gestión + tasa judicial (0 € PF/autónomo, ~140 € PJ para 8.500 €).
  5. 5Firma del mandato desde su móvil.
  6. 6Le redactamos el FORMULARIO A (petición de monitorio europeo) en español + apoyo bilingüe si lo necesita.
  7. 7Presentamos la peticion en el Juzgado de Primera Instancia competente en su nombre, al amparo del mandato firmado. Al no ser preceptivos abogado ni procurador en esta fase, no necesita contratar a nadie mas.
  8. 8El juzgado notifica el formulario E (requerimiento de pago) al deudor en su Estado miembro. Tiene 30 dias para pagar u oponerse. Le avisamos de cada movimiento.
  9. 9Si el deudor paga o guarda silencio: solicitamos y le entregamos el formulario G (declaracion de fuerza ejecutiva), valido en cualquier Estado miembro de la UE sin exequatur. Aqui termina nuestro encargo.
  10. 10Si el deudor se opone (formulario F), el asunto continua como juicio verbal (hasta 6.000 euros) o juicio ordinario (mas de 6.000 euros). Esa fase judicial exige procurador y NO esta incluida en este tramite: se lo comunicamos, le entregamos el expediente completo y le devolvemos la parte de la gestion no prestada.
  11. 11La ejecucion forzosa del formulario G en el pais del deudor (embargo de bienes o de cuentas) es un procedimiento judicial distinto, con procurador, y NO forma parte de este tramite. En la practica, la mayoria de deudores paga al recibir el requerimiento del juzgado.

¿Qué documentos necesita?

  • DNI / NIE / CIF / VAT del solicitante.
  • Identificación completa del demandado (nombre, NIF/VAT, domicilio, Estado miembro).
  • Documentos que acrediten la deuda: facturas, contrato firmado, albaranes, correspondencia.
  • Justificante de la reclamación extrajudicial previa (burofax, mail certificado, requerimiento notarial).
  • Si la moneda original no es €: tipo de cambio del Banco Central Europeo del día de la reclamación.
  • Justificante de la competencia (Bruselas I bis): cláusula contractual, factura con lugar de pago, etc.

Base legal y a tener en cuenta

  • Marco: Reglamento CE 1896/2006 + Reg. UE 2015/2421 + Reg. UE 1215/2012 (Bruselas I bis) + Ley 4/2011 (España).
  • Aplicable a TODOS los Estados miembros UE EXCEPTO Dinamarca (art. 2.3 del Reg.).
  • Materias EXCLUIDAS (art. 2.2): fiscal, aduanero, administrativo, responsabilidad del Estado, régimen económico matrimonial, sucesiones, concursal, seguridad social.
  • Requisitos: credito liquido, vencido y exigible (igual que el monitorio nacional). Sin tope de cuantia.
  • Postulacion: la peticion de monitorio europeo NO exige abogado ni procurador (art. 24 del Reg. CE 1896/2006 y disposicion final 23a LEC). Por eso este tramite lo prestamos integramente nosotros, de principio a fin.
  • Procedimiento: formulario A (peticion) -> formulario E (requerimiento al deudor, 30 dias para pagar u oponerse) -> formulario G (declaracion de fuerza ejecutiva si hay silencio) o formulario F (oposicion, que traslada el asunto a la via civil declarativa, con procurador, fuera del alcance de este tramite).
  • VENTAJA CLAVE: el formulario G es DIRECTAMENTE EJECUTABLE en cualquier Estado miembro UE sin necesidad de exequátur (art. 19 del Reg.). Frente al monitorio nacional, evita un nuevo juicio de reconocimiento en el país del deudor.
  • Competencia: regla general el domicilio del demandado (Bruselas I bis). Excepciones: lugar de cumplimiento, fuero contractual, consumidores (siempre tribunal del consumidor).
  • Idioma: formulario A en idioma del juzgado donde se interpone. El demandado puede exigir traducción al idioma de su EM en la fase de ejecución.
  • Tasa judicial España (Ley 10/2012): persona física y autónomo profesional EXENTOS; persona jurídica 100 € fijo + 0,5 % variable hasta 10.000 €.
  • Si NO hay reclamación extrajudicial previa: aunque no es requisito legal, la práctica judicial recomienda haberla hecho para evitar oposición fácil del demandado por desconocimiento.
  • Si quiere reforzar la prueba antes de pedir el monitorio, podemos preparar un acta notarial de remision de documentos: ponemos notario propio.

Proceso monitorio europeo: peticion inicial (formulario A, Reg. CE 1896/2006): preguntas frecuentes

Proceso monitorio europeo: peticion inicial (formulario A, Reg. CE 1896/2006): ¿cuánto cuesta?

El coste total orientativo (gestión + tasas e impuestos oficiales) es 60 €: Gestión 60,00 € (IVA 21% incl.). Particular o autónomo: tasa exenta. Persona jurídica: tasa judicial de 100 € fijos más 0,5 % variable hasta 10.000 €.. El honorario de Managora es 60,00 €, IVA 21% incluido (49,59 € de base + 10,41 € de IVA). La tasa oficial del organismo (suplido, sin IVA) es: PF/autónomo: exenta. PJ: 100 € fijo + 0,5 % variable hasta 10.000 € (Ley 10/2012).

Proceso monitorio europeo: peticion inicial (formulario A, Reg. CE 1896/2006): ¿cuánto tarda?

Deudor: 30 dias desde la notificacion del formulario E para pagar u oponerse (formulario F). Si guarda silencio, el juzgado emite el formulario G, ejecutable sin exequatur en cualquier Estado miembro de la UE. Nuestro encargo llega hasta la obtencion de ese formulario G.

Proceso monitorio europeo: peticion inicial (formulario A, Reg. CE 1896/2006): ¿qué documentos necesito?

Necesita tener a mano: DNI / NIE / CIF / VAT del solicitante., Identificación completa del demandado (nombre, NIF/VAT, domicilio, Estado miembro)., Documentos que acrediten la deuda: facturas, contrato firmado, albaranes, correspondencia., Justificante de la reclamación extrajudicial previa (burofax, mail certificado, requerimiento notarial)., Si la moneda original no es €: tipo de cambio del Banco Central Europeo del día de la reclamación., Justificante de la competencia (Bruselas I bis): cláusula contractual, factura con lugar de pago, etc.. No los sube aquí: recogemos los datos por el chat guiado.

¿Quién presenta el trámite?

Lo presenta Managora en su nombre ante Juzgado de Primera Instancia competente (España) o equivalente en otros EM UE. Usted solo aporta los datos por el chat y firma un mandato; nosotros preparamos, firmamos y registramos.

¿Se puede hacer online?

Sí. Todo el proceso es online: responde unas preguntas en el chat guiado, firma un mandato simple en pantalla y recibe el acuse y los documentos oficiales por email, con plena validez legal.

Trámites relacionados

Información basada en la normativa vigente y en la sede oficial del organismo competente: Juzgado de Primera Instancia competente (España) o equivalente en otros EM UE.

¿Empezamos con «Proceso monitorio europeo: peticion inicial (formulario A, Reg. CE 1896/2006)»?

Lo presentamos por usted, de principio a fin.

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