Recurso de alzada administrativo

Recurso de alzada administrativo se presenta ante Órgano que dictó el acto + Órgano superior jerárquico. Con Managora lo hace 100% online: responde unas preguntas, firma un mandato digital y nosotros redactamos, firmamos y presentamos su solicitud por usted. Coste total orientativo: 36 €. Tasa oficial: Sin tasas administrativas. La interposición del recurso es gratuita.

Le redactamos y presentamos el recurso de alzada (Ley 39/2015 LPACAP arts. 121-122) contra resoluciones administrativas que no agotan la vía. Plazo: 1 MES desde notificación expresa o 3 MESES desde silencio. Lo resuelve el órgano superior jerárquico en plazo máximo de 3 meses (silencio negativo). Tras la alzada se agota la vía administrativa y queda abierta la contencioso-administrativa (2 meses por resolución expresa, 6 meses por silencio - LJCA art. 46). Incluye solicitud de suspensión cautelar de la ejecución.

Guía práctica: Recurrir a la Administracion: recurso de reposicion y de alzada. Requisitos, plazos y pasos, explicados.

Coste total orientativo
36 €
Honorario Managora
36,00 € (IVA 21% incl.)
Tasa oficial
Sin tasas administrativas. La interposición del recurso es gratuita. (suplido, sin IVA)
Plazo de resolución
Plazo de interposición: 1 mes (resolución expresa) o 3 meses (silencio). Resolución: 3 meses.
Qué recibe
Solicitud

Desglose del coste: Gestión 36,00 € (IVA 21% incl.). Sin tasas: la interposición del recurso de alzada es gratuita..

Recurso de alzada administrativo: ¿cómo se tramita?

  1. 1Conteste las preguntas del chat (~10 minutos).
  2. 2Validamos plazo (1 mes resolución expresa / 3 meses silencio) - si caducado, alerta crítica con vías alternativas.
  3. 3Pago de 36,00 € (IVA 21% incl.) por la gestión.
  4. 4Firma del mandato desde su móvil.
  5. 5Le redactamos el recurso completo con hechos, fundamentos de derecho, súplica y prueba documental.
  6. 6Si solicita suspensión: justificación específica de daños de imposible reparación.
  7. 7Presentación electrónica o presencial ante el órgano que dictó el acto o directamente ante el superior jerárquico.
  8. 8Vigilancia del plazo de 3 meses para resolución expresa. Si silencio: cierre de la vía administrativa para acudir al contencioso-administrativo (6 meses).

¿Qué documentos necesita?

  • DNI / NIE / CIF del recurrente.
  • Copia de la resolución recurrida con su notificación.
  • Documentación que acredite la representación si interviene representante.
  • Prueba documental que apoye los fundamentos.
  • Si solicita suspensión: justificación de daños de imposible reparación.

Base legal y a tener en cuenta

  • Marco: Ley 39/2015 LPACAP arts. 121-122 + LJCA arts. 25, 46.
  • RECURSO DE ALZADA: contra actos que NO agotan la vía. Resuelve el ÓRGANO SUPERIOR JERÁRQUICO. Plazo de interposición 1 mes (resolución expresa) o 3 meses (silencio).
  • Plazo de RESOLUCIÓN del recurso: 3 MESES máximos (art. 122.2 LPACAP). Sin notificación: SILENCIO NEGATIVO desestimatorio.
  • AGOTAMIENTO DE LA VÍA ADMINISTRATIVA: tras la resolución del recurso de alzada (o silencio), se agota la vía. Solo cabe contencioso-administrativo o, excepcionalmente, recurso extraordinario de revisión.
  • PLAZO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO (LJCA art. 46): 2 MESES desde notificación expresa de la resolución del recurso, o 6 MESES desde silencio.
  • DIFERENCIA con recurso de REPOSICIÓN (arts. 123-124 LPACAP): la reposición es POTESTATIVA contra actos que SÍ agotan la vía. Resuelve el MISMO órgano. Plazo 1 mes.
  • SUSPENSIÓN CAUTELAR (art. 117 LPACAP): el recurso de alzada NO suspende automáticamente la ejecución. Hay que solicitarla expresamente y justificar daños de imposible reparación.
  • Conexiones naturales: recurso_multa_dgt (recurso específico de tráfico), reclamacion_aeat (vía económico-administrativa AEAT) / si pasa a vía judicial.
  • Tras la alzada: si se desestima, se puede acudir al contencioso-administrativo (Juzgado Contencioso o TSJ según cuantía).

Recurso de alzada administrativo: preguntas frecuentes

Recurso de alzada administrativo: ¿cuánto cuesta?

El coste total orientativo (gestión + tasas e impuestos oficiales) es 36 €: Gestión 36,00 € (IVA 21% incl.). Sin tasas: la interposición del recurso de alzada es gratuita.. El honorario de Managora es 36,00 €, IVA 21% incluido (29,75 € de base + 6,25 € de IVA). La tasa oficial del organismo (suplido, sin IVA) es: Sin tasas administrativas. La interposición del recurso es gratuita..

Recurso de alzada administrativo: ¿cuánto tarda?

Plazo de interposición: 1 mes (resolución expresa) o 3 meses (silencio). Resolución: 3 meses.

Recurso de alzada administrativo: ¿qué documentos necesito?

Necesita tener a mano: DNI / NIE / CIF del recurrente., Copia de la resolución recurrida con su notificación., Documentación que acredite la representación si interviene representante., Prueba documental que apoye los fundamentos., Si solicita suspensión: justificación de daños de imposible reparación.. No los sube aquí: recogemos los datos por el chat guiado.

¿Quién presenta el trámite?

Lo presenta Managora en su nombre ante Órgano que dictó el acto + Órgano superior jerárquico. Usted solo aporta los datos por el chat y firma un mandato; nosotros preparamos, firmamos y registramos.

¿Se puede hacer online?

Sí. Todo el proceso es online: responde unas preguntas en el chat guiado, firma un mandato simple en pantalla y recibe el acuse y los documentos oficiales por email, con plena validez legal.

Trámites relacionados

Información basada en la normativa vigente y en la sede oficial del organismo competente: Órgano que dictó el acto + Órgano superior jerárquico.

¿Empezamos con «Recurso de alzada administrativo»?

Lo presentamos por usted, de principio a fin.

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