Aceptación de herencia a beneficio de inventario / derecho a deliberar / renuncia (CC arts. 988, 998-1034 + LJV 67-69)

Aceptación de herencia a beneficio de inventario / derecho a deliberar / renuncia (CC arts. 988, 998-1034 + LJV 67-69) se presenta ante Notaría / Juzgado. Con Managora lo hace 100% online: responde unas preguntas, firma un mandato digital y nosotros redactamos, firmamos y presentamos su solicitud por usted. Coste total orientativo: 423 €. Tasa oficial: Sin tasa de organismo. La aceptación a beneficio de inventario se formaliza ante notario (arancel notarial a su cargo) y la herencia tributa por el Impuesto sobre Sucesiones (ISD); si incluye inmuebles urbanos, también por la plusvalía municipal (IIVTNU).

Declaración notarial (o judicial) en la sucesión: (i) ACEPTACIÓN a beneficio de inventario (CC 1010) - el heredero responde sólo con bienes del caudal hereditario (CC 1023); (ii) derecho a deliberar (CC 1010.2); (iii) aceptación pura y simple (no recomendada - CC 1003); (iv) renuncia (CC 988). Plazo de 30 días desde el conocimiento o emplazamiento (CC 1014-1015). Evitar actos de aceptación tácita (CC 999).

Guía práctica: Pasos al fallecer: seguros, particion, renuncia y beneficio de inventario. Requisitos, plazos y pasos, explicados.

Coste total orientativo
423 €
Honorario Managora
423,00 € (IVA 21% incl.)
Tasa oficial
Sin tasa de organismo. La aceptación a beneficio de inventario se formaliza ante notario (arancel notarial a su cargo) y la herencia tributa por el Impuesto sobre Sucesiones (ISD); si incluye inmuebles urbanos, también por la plusvalía municipal (IIVTNU). (suplido, sin IVA)
Plazo de resolución
30 días desde emplazamiento o conocimiento (CC 1014-1015)
Dónde se presenta
Notaría / Juzgado
Qué recibe
Solicitud

Desglose del coste: Gestión 423,00 € (IVA 21% incl.) más el acta notarial de aceptación a beneficio de inventario (desde unos 60 euros). Además el Impuesto de Sucesiones, variable según caudal y CCAA, y la plusvalía..

Aceptación de herencia a beneficio de inventario / derecho a deliberar / renuncia (CC arts. 988, 998-1034 + LJV 67-69): ¿cómo se tramita?

  1. 1Conteste las preguntas (~12 minutos).
  2. 2Pago de 423,00 € (IVA 21% incl.).
  3. 3Le entregamos el escrito de declaración listo para notario.

¿Qué documentos necesita?

  • Certificado de defunción.
  • Certificado de últimas voluntades.
  • Testamento (si lo hay).
  • Inventario provisional del caudal.
  • Justificantes de deudas conocidas.

Base legal y a tener en cuenta

  • Marco: CC 988-1034 + LJV 67-69.
  • Cuidado con actos de aceptación tácita.
  • Conexiones: declaracion_herederos, aceptacion_herencia, particion_herencia, isd_sucesiones.

Aceptación de herencia a beneficio de inventario / derecho a deliberar / renuncia (CC arts. 988, 998-1034 + LJV 67-69): preguntas frecuentes

Aceptación de herencia a beneficio de inventario / derecho a deliberar / renuncia (CC arts. 988, 998-1034 + LJV 67-69): ¿cuánto cuesta?

El coste total orientativo (gestión + tasas e impuestos oficiales) es 423 €: Gestión 423,00 € (IVA 21% incl.) más el acta notarial de aceptación a beneficio de inventario (desde unos 60 euros). Además el Impuesto de Sucesiones, variable según caudal y CCAA, y la plusvalía.. El honorario de Managora es 423,00 €, IVA 21% incluido (349,59 € de base + 73,41 € de IVA). La tasa oficial del organismo (suplido, sin IVA) es: Sin tasa de organismo. La aceptación a beneficio de inventario se formaliza ante notario (arancel notarial a su cargo) y la herencia tributa por el Impuesto sobre Sucesiones (ISD); si incluye inmuebles urbanos, también por la plusvalía municipal (IIVTNU)..

Aceptación de herencia a beneficio de inventario / derecho a deliberar / renuncia (CC arts. 988, 998-1034 + LJV 67-69): ¿cuánto tarda?

30 días desde emplazamiento o conocimiento (CC 1014-1015)

Aceptación de herencia a beneficio de inventario / derecho a deliberar / renuncia (CC arts. 988, 998-1034 + LJV 67-69): ¿qué documentos necesito?

Necesita tener a mano: Certificado de defunción., Certificado de últimas voluntades., Testamento (si lo hay)., Inventario provisional del caudal., Justificantes de deudas conocidas.. No los sube aquí: recogemos los datos por el chat guiado.

¿Quién presenta el trámite?

Lo presenta Managora en su nombre ante Notaría / Juzgado. Usted solo aporta los datos por el chat y firma un mandato; nosotros preparamos, firmamos y registramos.

¿Se puede hacer online?

Sí. Todo el proceso es online: responde unas preguntas en el chat guiado, firma un mandato simple en pantalla y recibe el acuse y los documentos oficiales por email, con plena validez legal.

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Información basada en la normativa vigente y en la sede oficial del organismo competente: Notaría / Juzgado.

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