Proceso europeo de escasa cuantía (Reglamento CE 861/2007)
Proceso europeo de escasa cuantía (Reglamento CE 861/2007) se presenta ante Juzgado de Primera Instancia / e-Justice. Con Managora lo hace 100% online: responde unas preguntas, firma un mandato digital y nosotros redactamos, firmamos y presentamos su demanda por usted. Lo que le cobramos: 350 €.
Proceso simplificado UE para créditos transfronterizos civiles/mercantiles de hasta 5.000 €. Formulario A → 30 días contestación → 30 días respuesta → 30 días sentencia. Sentencia ejecutiva en cualquier Estado miembro UE sin exequátur (art. 15). Modificado por Reg. UE 2015/2421 que amplió límite y permitió notificación electrónica.
Guía práctica: Cobrar deudas en Europa: monitorio europeo, escasa cuantia y título ejecutivo europeo. Requisitos, plazos y pasos, explicados.
- Lo que le cobramos
- 350 €
- Honorario Managora
- 350,00 € (IVA 21% incl.)
- Tasa oficial
- Sin tasa
- Plazo de resolución
- Aprox. 3 meses desde admisión hasta sentencia (30+30+30 días)
- Dónde se presenta
- Juzgado de Primera Instancia / e-Justice ↗
- Qué recibe
- Demanda
Desglose del coste: Gestión 350,00 € (IVA 21% incl.). La persona física esta exenta de tasa judicial en España, sin costes oficiales fijos adicionales para el formulario A..
Proceso europeo de escasa cuantía (Reglamento CE 861/2007): ¿cómo se tramita?
- 1Conteste las preguntas (~10 minutos).
- 2Pago de 350,00 € (IVA 21% incl.).
- 3Le entregamos formulario A listo para presentación.
¿Qué documentos necesita?
- •Documentos acreditativos del crédito (contrato, factura, etc.).
- •Prueba del carácter transfronterizo (domicilio en otro Estado miembro).
- •Eventuales pruebas adicionales en el formulario A.
Base legal y a tener en cuenta
- Marco: Reglamento (CE) 861/2007 + Reglamento (UE) 2015/2421 + LEC DA 22ª.
- Importe máximo: 5.000 € sin intereses ni costas.
- Sentencia directamente ejecutiva en toda UE sin exequátur (art. 15).
- Conexiones: proceso_monitorio_europeo, reglamento_805_2004_titulo_ejecutivo_europeo.
Proceso europeo de escasa cuantía (Reglamento CE 861/2007): preguntas frecuentes
Proceso europeo de escasa cuantía (Reglamento CE 861/2007): ¿cuánto cuesta?
Le cobramos 350 €: nuestra gestión y, si la hay, la tasa oficial fija que adelantamos. Gestión 350,00 € (IVA 21% incl.). La persona física esta exenta de tasa judicial en España, sin costes oficiales fijos adicionales para el formulario A.. El honorario de Managora es 350,00 €, IVA 21% incluido (289,26 € de base + 60,74 € de IVA). Este trámite no tiene tasa oficial del organismo.
Proceso europeo de escasa cuantía (Reglamento CE 861/2007): ¿cuánto tarda?
Aprox. 3 meses desde admisión hasta sentencia (30+30+30 días)
Proceso europeo de escasa cuantía (Reglamento CE 861/2007): ¿qué documentos necesito?
Necesita tener a mano: Documentos acreditativos del crédito (contrato, factura, etc.)., Prueba del carácter transfronterizo (domicilio en otro Estado miembro)., Eventuales pruebas adicionales en el formulario A.. No los sube aquí: recogemos los datos por el chat guiado.
¿Quién presenta el trámite?
Lo presenta Managora en su nombre ante Juzgado de Primera Instancia / e-Justice. Usted solo aporta los datos por el chat y firma un mandato; nosotros preparamos, firmamos y registramos.
¿Se puede hacer online?
Sí. Todo el proceso es online: responde unas preguntas en el chat guiado, firma un mandato simple en pantalla y recibe el acuse y los documentos oficiales por email, con plena validez legal.
Trámites relacionados
Información basada en la normativa vigente y en la sede oficial del organismo competente: Juzgado de Primera Instancia / e-Justice ↗.
Managora Gestion SL (CIF B88823893) es una empresa privada. No somos Juzgado de Primera Instancia / e-Justice, ni estamos vinculados, autorizados ni aprobados por ningún organismo público, y este sitio no es una sede electrónica. Lo que usted paga en esta página es nuestro honorario por preparar, firmar y presentar el trámite en su nombre: es distinto de la tasa oficial, que cuando la hay es del organismo y se le muestra por separado. Puede realizar este trámite usted mismo, directamente ante Juzgado de Primera Instancia / e-Justice.
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