Contrato de arrendamiento de local de negocio (LAU uso distinto)
Contrato de arrendamiento de local de negocio (LAU uso distinto) se presenta ante Documento privado entre las partes + organismo autonómico de fianzas. Con Managora lo hace 100% online: responde unas preguntas, firma un mandato digital y nosotros redactamos, firmamos y presentamos su solicitud por usted. Coste total orientativo: 120 €. Tasa oficial: IVA 21 % obligatorio. Retención 19 % por arrendatario al arrendador empresarial (modelo 115/180). ITP variable por CCAA.
Le redactamos el contrato de arrendamiento de local de negocio, oficina, almacén o cualquier uso distinto al de vivienda según LAU 29/1994 arts. 29-35. Régimen de LIBERTAD DE PACTO (sin prórroga obligatoria 5/7 años, sin Ley 12/2023). Validamos fianza legal de 2 mensualidades (art. 36), incluimos cláusulas de cesión y subarriendo (art. 32 LAU - elevaciones del 10/20 % de la renta), indemnización por clientela (art. 34 LAU si actividad comercial > 5 años) y régimen fiscal (IVA 21 % obligatorio + retención 19 % si arrendador empresarial).
Guía práctica: Alquilar una vivienda: el contrato de arrendamiento (LAU). Requisitos, plazos y pasos, explicados.
- Coste total orientativo
- 120 €
- Honorario Managora
- 120,00 € (IVA 21% incl.)
- Tasa oficial
- IVA 21 % obligatorio. Retención 19 % por arrendatario al arrendador empresarial (modelo 115/180). ITP variable por CCAA. (suplido, sin IVA)
- Plazo de resolución
- Firma inmediata. Depósito de fianza 1-2 meses ante organismo autonómico.
- Qué recibe
- Solicitud
Desglose del coste: Gestión 120,00 € (IVA 21% incl.). Alquiler de local con IVA del 21 % sobre la renta y retención del 19 % a cargo del arrendatario; además ITP variable según comunidad autónoma..
Contrato de arrendamiento de local de negocio (LAU uso distinto): ¿cómo se tramita?
- 1Conteste las preguntas del chat (~10 minutos).
- 2Detectamos régimen LAU uso distinto: libertad de pacto, sin prórroga obligatoria.
- 3Validamos fianza mínima de 2 mensualidades, IVA al 21 % y retención (si arrendador empresarial).
- 4Le incluimos cláusulas estándar: cesión y subarriendo art. 32 LAU, indemnización clientela art. 34, mejoras y obras.
- 5Pago de 120,00 € (IVA 21% incl.) por la gestión.
- 6Firma del mandato desde su móvil.
- 7Le redactamos el contrato completo con todas las cláusulas y reparto fiscal.
- 8Coordinamos depósito de fianza en organismo autonómico.
- 9Si el arrendador es empresarial: el arrendatario practicará retención del 19 % e ingresará trimestralmente con modelo 115 (use modelo_115).
¿Qué documentos necesita?
- •DNI / NIE / CIF de arrendador y arrendatario.
- •Nota simple registral del local.
- •Licencia de actividad municipal (si exigible para el destino).
- •Modelo 036 del arrendatario (alta de actividad económica).
- •Justificante de IBI último ejercicio.
Base legal y a tener en cuenta
- Marco: LAU 29/1994 arts. 29-35 (Título III - uso distinto al de vivienda) + art. 4.3 LAU (libertad de pacto).
- PRINCIPIO DE LIBERTAD DE PACTO: las partes regulan duración, renta, actualización y demás condiciones. La LAU sólo aplica supletoriamente.
- FIANZA (art. 36 LAU): 2 mensualidades de obligatorio depósito en organismo autonómico. Garantías adicionales libres (sin tope).
- CESIÓN Y SUBARRIENDO (art. 32 LAU): el arrendatario puede ceder a un tercero o subarrendar SIN consentimiento del arrendador. Éste tiene derecho a elevar la renta el 10 % en cesión, 20 % en subarriendo total y 10 % en parcial. Las partes pueden EXCLUIR esta facultad por pacto.
- SUBROGACIÓN MORTIS CAUSA (art. 33 LAU): los descendientes que continúen la actividad pueden subrogarse en los 2 meses siguientes al fallecimiento del arrendatario.
- INDEMNIZACIÓN POR CLIENTELA (art. 34 LAU): si el arrendatario lleva > 5 años con actividad comercial al público y el arrendador NO renueva al término, tiene derecho a indemnización. Las partes pueden excluirla expresamente.
- FISCALIDAD: IVA 21 % obligatorio (art. 11 LIVA). Si el arrendador es empresario o persona jurídica, el arrendatario practica RETENCIÓN del 19 % al pagar la renta y la ingresa trimestralmente con modelo 115 + resumen anual modelo 180.
- Régimen del arrendador en IRPF/IS: rendimiento de capital inmobiliario; en algunos casos rendimiento de actividad económica si tiene local + empleado dedicado al alquiler.
- Conexiones naturales: nota_simple_rp, modelo_115, modelo_180, iva_303, alta_autonomo / constitucion_sl (alta de la actividad del arrendatario).
- Diferencias clave con vivienda: LIBERTAD DE PACTO (sin prórrogas obligatorias), FIANZA 2 MESES, IVA + RETENCIÓN, cesión y subarriendo legalmente permitidos. El régimen es radicalmente más flexible.
Contrato de arrendamiento de local de negocio (LAU uso distinto): preguntas frecuentes
Contrato de arrendamiento de local de negocio (LAU uso distinto): ¿cuánto cuesta?
El coste total orientativo (gestión + tasas e impuestos oficiales) es 120 €: Gestión 120,00 € (IVA 21% incl.). Alquiler de local con IVA del 21 % sobre la renta y retención del 19 % a cargo del arrendatario; además ITP variable según comunidad autónoma.. El honorario de Managora es 120,00 €, IVA 21% incluido (99,17 € de base + 20,83 € de IVA). La tasa oficial del organismo (suplido, sin IVA) es: IVA 21 % obligatorio. Retención 19 % por arrendatario al arrendador empresarial (modelo 115/180). ITP variable por CCAA..
Contrato de arrendamiento de local de negocio (LAU uso distinto): ¿cuánto tarda?
Firma inmediata. Depósito de fianza 1-2 meses ante organismo autonómico.
Contrato de arrendamiento de local de negocio (LAU uso distinto): ¿qué documentos necesito?
Necesita tener a mano: DNI / NIE / CIF de arrendador y arrendatario., Nota simple registral del local., Licencia de actividad municipal (si exigible para el destino)., Modelo 036 del arrendatario (alta de actividad económica)., Justificante de IBI último ejercicio.. No los sube aquí: recogemos los datos por el chat guiado.
¿Quién presenta el trámite?
Lo presenta Managora en su nombre ante Documento privado entre las partes + organismo autonómico de fianzas. Usted solo aporta los datos por el chat y firma un mandato; nosotros preparamos, firmamos y registramos.
¿Se puede hacer online?
Sí. Todo el proceso es online: responde unas preguntas en el chat guiado, firma un mandato simple en pantalla y recibe el acuse y los documentos oficiales por email, con plena validez legal.
Trámites relacionados
Información basada en la normativa vigente y en la sede oficial del organismo competente: Documento privado entre las partes + organismo autonómico de fianzas ↗.
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