Bono Alquiler Joven (RD 42/2022)

Bono Alquiler Joven (RD 42/2022) se presenta ante Consejería / Departamento de Vivienda de la CCAA competente. Con Managora lo hace 100% online: responde unas preguntas, firma un mandato digital y nosotros redactamos, firmamos y presentamos su solicitud por usted. Coste total orientativo: 36 €. Tasa oficial: Sin tasa.

Le redactamos la solicitud del Bono Alquiler Joven ante la CCAA competente: 250 €/mes durante 24 meses (hasta 6.000 € en total) para jóvenes de 18 a 35 años con contrato de arrendamiento de vivienda habitual o habitación. Validamos edad, nacionalidad/residencia, fuente regular de ingresos, umbrales en IPREM (3 IPREM general; 4 IPREM familia numerosa o discapacidad; 5 IPREM familia numerosa especial o discapacidad ≥ 65%) y renta máxima del alquiler (600 €/mes vivienda, 300 €/mes habitación, ampliada en zonas tensionadas). Detección de incompatibilidades con otras ayudas del Plan Estatal y antecedente de bono ya percibido (no prorrogable).

Guía práctica: Ayudas al alquiler: Bono Joven y Plan Estatal de Vivienda. Requisitos, plazos y pasos, explicados.

Coste total orientativo
36 €
Honorario Managora
36,00 € (IVA 21% incl.)
Tasa oficial
Sin tasa. (suplido, sin IVA)
Plazo de resolución
Resolución expresa: 6 meses (silencio NEGATIVO, art. 25 LPACAP). Cobro mensual o trimestral durante 24 meses tras la concesión.
Qué recibe
Solicitud

Desglose del coste: Gestión 36,00 € (IVA 21% incl.), sin tasa. Es una ayuda que usted cobra, no un coste..

Bono Alquiler Joven (RD 42/2022): ¿cómo se tramita?

  1. 1Conteste las preguntas del chat (~10 minutos).
  2. 2Validamos edad, ingresos vs IPREM y límites de renta del alquiler.
  3. 3Detectamos incompatibilidades con otras ayudas del Plan Estatal.
  4. 4Pago de 36,00 € (IVA 21% incl.) por la asesoría y redacción.
  5. 5Le entregamos solicitud lista para la CCAA correspondiente.

¿Qué documentos necesita?

  • DNI/NIE.
  • Contrato de arrendamiento conforme a la LAU.
  • Justificantes de ingresos: declaración IRPF, certificado de retribuciones, vida laboral.
  • Certificado empadronamiento en vivienda arrendada.
  • Certificado familia numerosa o discapacidad si procede.
  • Justificante depósito fianza.
  • IBAN del solicitante.

Base legal y a tener en cuenta

  • Marco: RD 42/2022, de 18 de enero (BOE 19/01/2022) + convocatorias autonómicas.
  • Cuantía: 250 €/mes durante 24 meses (no prorrogable).
  • Edad: 18-35 años inclusive a fecha de solicitud.
  • Umbrales IPREM 2026: 3 IPREM general, 4 en familia numerosa/discapacidad, 5 en supuestos especiales.
  • Renta alquiler máx: 600 € vivienda / 300 € habitación (ampliable a 900/450 en zonas tensionadas).
  • Silencio NEGATIVO a los 6 meses (art. 25 LPACAP).
  • Conexiones naturales: arrendamiento_vivienda_lau, ingreso_minimo_vital, complemento_ayuda_infancia, reclamacion_fianza_arrendatario.

Bono Alquiler Joven (RD 42/2022): preguntas frecuentes

Bono Alquiler Joven (RD 42/2022): ¿cuánto cuesta?

El coste total orientativo (gestión + tasas e impuestos oficiales) es 36 €: Gestión 36,00 € (IVA 21% incl.), sin tasa. Es una ayuda que usted cobra, no un coste.. El honorario de Managora es 36,00 €, IVA 21% incluido (29,75 € de base + 6,25 € de IVA). La tasa oficial del organismo (suplido, sin IVA) es: Sin tasa..

Bono Alquiler Joven (RD 42/2022): ¿cuánto tarda?

Resolución expresa: 6 meses (silencio NEGATIVO, art. 25 LPACAP). Cobro mensual o trimestral durante 24 meses tras la concesión.

Bono Alquiler Joven (RD 42/2022): ¿qué documentos necesito?

Necesita tener a mano: DNI/NIE., Contrato de arrendamiento conforme a la LAU., Justificantes de ingresos: declaración IRPF, certificado de retribuciones, vida laboral., Certificado empadronamiento en vivienda arrendada., Certificado familia numerosa o discapacidad si procede., Justificante depósito fianza., IBAN del solicitante.. No los sube aquí: recogemos los datos por el chat guiado.

¿Quién presenta el trámite?

Lo presenta Managora en su nombre ante Consejería / Departamento de Vivienda de la CCAA competente. Usted solo aporta los datos por el chat y firma un mandato; nosotros preparamos, firmamos y registramos.

¿Se puede hacer online?

Sí. Todo el proceso es online: responde unas preguntas en el chat guiado, firma un mandato simple en pantalla y recibe el acuse y los documentos oficiales por email, con plena validez legal.

Trámites relacionados

Información basada en la normativa vigente y en la sede oficial del organismo competente: Consejería / Departamento de Vivienda de la CCAA competente.

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