Catastro - Alteración de titularidad de inmueble (modelo 901-N)
Catastro - Alteración de titularidad de inmueble (modelo 901-N) se presenta ante Sede Electrónica del Catastro / Gerencias Territoriales. Con Managora lo hace 100% online: responde unas preguntas, firma un mandato digital y nosotros redactamos, firmamos y presentamos su solicitud por usted. Lo que le cobramos: 99 €.
Tramitamos la actualización del titular catastral de un inmueble tras compraventa, donación, herencia, sentencia, etc. (modelo 901-N, RDLeg 1/2004 LCI). Plazo legal CRÍTICO 2 meses desde la transmisión - sanción art. 70 LCI 60-200 € por inmueble si fuera de plazo. AVISO clave: si hubo escritura pública + inscripción en RP, la comunicación notarial automática del art. 14 LCI ya actualiza el Catastro - en muchos casos NO necesita presentar nada. Detectamos automáticamente cuándo procede declarar y cuándo no.
Guía práctica: Obra nueva, división horizontal y otras inscripciones en el Registro de la Propiedad. Requisitos, plazos y pasos, explicados.
- Lo que le cobramos
- 99 €
- Honorario Managora
- 99,00 € (IVA 21% incl.)
- Tasa oficial
- Sin tasa
- Plazo de resolución
- 2 meses desde el hecho que origina la alteración (art. 16.1 LCI). Sanción 60-200 € por inmueble si fuera de plazo (art. 70 LCI).
- Dónde se presenta
- Sede Electrónica del Catastro / Gerencias Territoriales ↗
- Qué recibe
- Solicitud
Desglose del coste: Gestión 99,00 € (IVA 21% incl.). Sin tasas: la actualización del titular catastral (modelo 901-N) es gratuita..
Catastro - Alteración de titularidad de inmueble (modelo 901-N): ¿cómo se tramita?
- 1Conteste las preguntas del chat (~7 minutos).
- 2Detectamos automáticamente si su transmisión está cubierta por la comunicación notarial automática del art. 14 LCI (si hay escritura + RP, en muchos casos NO hace falta presentar nada).
- 3Validamos la referencia catastral, plazo de 2 meses y completitud de la documentación.
- 4Pago de 99,00 € (IVA 21% incl.) por la gestión (sin tasa Catastro - trámite gratuito).
- 5Firma del mandato desde su móvil.
- 6Le redactamos el modelo 901-N / 902-N / 903-N / 904-N según corresponda.
- 7Presentación telemática vía sede.catastro.gob.es con certificado digital, Cl@ve PIN o miDNI.
- 8Recepción del nuevo certificado catastral con la titularidad actualizada (4-12 semanas según oficina).
- 9Verificamos que el IBI del próximo ejercicio se gira al titular correcto.
¿Qué documentos necesita?
- •DNI / NIE / CIF del titular nuevo y del anterior.
- •Escritura pública de la transmisión (si aplica) o documento privado / sentencia / cuaderno particional.
- •Si herencia: certificado de defunción, certificado de últimas voluntades, escritura de aceptación y partición.
- •Si donación: escritura de donación.
- •Si subasta: testimonio judicial o escritura de adjudicación.
- •Identificación de cada inmueble: referencia catastral (20 caracteres) o, si no la conoce, dirección completa.
Requisitos previos que también hacemos nosotros
Para este trámite necesita documentos que también tramitamos. Si le falta alguno, pídanoslo aquí y vuelva cuando lo tenga:
- Certificado del Registro Civil (nacimiento, matrimonio o defunción)99 €
- Certificado de Actos de Última Voluntad (Mº Justicia)103 €
Y lo que preste un tercero, se lo organizamos
- Notaría: firma de escritura o acta notarial
No tiene que buscar a nadie: lo coordinamos nosotros. Al prestarlo un tercero se presupuesta aparte y no va dentro del precio de este trámite, y le decimos el importe antes de encargarlo.
Base legal y a tener en cuenta
- Marco: RDLeg 1/2004 LCI arts. 11, 13, 14, 16, 70 + RD 417/2006.
- Plazo CRÍTICO: 2 meses desde el hecho (art. 16.1 LCI). Pasado el plazo, sanción art. 70 LCI 60-200 € por inmueble.
- AVISO CLAVE - art. 14 LCI: si la transmisión se otorgó en escritura pública e inscribió en el Registro de la Propiedad, el notario y el RP ya comunican el cambio al Catastro automáticamente. NO es necesario presentar el 901-N salvo que detecte que la comunicación no se produjo (verificable en sede.catastro.gob.es 4-6 meses después de la escritura).
- Si la transmisión fue en documento privado, herencia sin escritura, o por aportación a sociedad sin RM/RP: SÍ es necesario presentar el 901-N expresamente.
- Modelos disponibles: 901-N (jurídica/titular), 902-N (naturaleza), 903-N (física), 904-N (cultivos).
- Trámite GRATUITO (sin tasa Catastro).
- Conexiones: tras la actualización catastral, el IBI del próximo ejercicio se gira al nuevo titular. Si compraventa: el vendedor debe presentar plusvalia_iivtnu en 30 días hábiles. Si herencia: el heredero debe presentar isd_sucesiones (6 meses) y plusvalia_iivtnu.
- Cuotas indivisas: si adquiere un porcentaje, indique el porcentaje exacto en cada inmueble.
- Comunidades de bienes / pro indiviso: presentación con NIF de la comunidad y relación de comuneros.
Catastro - Alteración de titularidad de inmueble (modelo 901-N): preguntas frecuentes
Catastro - Alteración de titularidad de inmueble (modelo 901-N): ¿cuánto cuesta?
Le cobramos 99 €: nuestra gestión y, si la hay, la tasa oficial fija que adelantamos. Gestión 99,00 € (IVA 21% incl.). Sin tasas: la actualización del titular catastral (modelo 901-N) es gratuita.. El honorario de Managora es 99,00 €, IVA 21% incluido (81,82 € de base + 17,18 € de IVA). Este trámite no tiene tasa oficial del organismo.
Catastro - Alteración de titularidad de inmueble (modelo 901-N): ¿cuánto tarda?
2 meses desde el hecho que origina la alteración (art. 16.1 LCI). Sanción 60-200 € por inmueble si fuera de plazo (art. 70 LCI).
Catastro - Alteración de titularidad de inmueble (modelo 901-N): ¿qué documentos necesito?
Necesita tener a mano: DNI / NIE / CIF del titular nuevo y del anterior., Escritura pública de la transmisión (si aplica) o documento privado / sentencia / cuaderno particional., Si herencia: certificado de defunción, certificado de últimas voluntades, escritura de aceptación y partición., Si donación: escritura de donación., Si subasta: testimonio judicial o escritura de adjudicación., Identificación de cada inmueble: referencia catastral (20 caracteres) o, si no la conoce, dirección completa.. No los sube aquí: recogemos los datos por el chat guiado.
¿Quién presenta el trámite?
Lo presenta Managora en su nombre ante Sede Electrónica del Catastro / Gerencias Territoriales. Usted solo aporta los datos por el chat y firma un mandato; nosotros preparamos, firmamos y registramos.
¿Se puede hacer online?
Sí. Todo el proceso es online: responde unas preguntas en el chat guiado, firma un mandato simple en pantalla y recibe el acuse y los documentos oficiales por email, con plena validez legal.
Trámites relacionados
Información basada en la normativa vigente y en la sede oficial del organismo competente: Sede Electrónica del Catastro / Gerencias Territoriales ↗.
Managora Gestion SL (CIF B88823893) es una empresa privada. No somos Sede Electrónica del Catastro / Gerencias Territoriales, ni estamos vinculados, autorizados ni aprobados por ningún organismo público, y este sitio no es una sede electrónica. Lo que usted paga en esta página es nuestro honorario por preparar, firmar y presentar el trámite en su nombre: es distinto de la tasa oficial, que cuando la hay es del organismo y se le muestra por separado. Puede realizar este trámite usted mismo, directamente ante Sede Electrónica del Catastro / Gerencias Territoriales.
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