Contrato de arras (precontrato de compraventa)
Le redactamos el contrato de arras previo a la compraventa de inmueble en sus 3 modalidades: CONFIRMATORIAS (anticipo de precio + acción art. 1124 CC, presunción legal), PENALES (cláusula penal por incumplimiento) o PENITENCIALES (art. 1454 CC - facultad de desistir perdiendo arras o devolviéndolas duplicadas, exige pacto expreso). Validamos importe (5-15 % del precio típico), plazo razonable hasta compraventa (1-4 meses), descripción registral del inmueble y cargas. No devenga ITP ni IVA hasta la compraventa final.
- Precio Managora
- 29,00 €
- Tasa oficial
- Sin tasas. ITP/IVA se devenga con la compraventa definitiva sobre el precio total.
- Plazo
- Firma inmediata del documento privado. Plazo típico hasta compraventa: 1-4 meses.
- Dónde se presenta
- Documento privado entre las partes (no precisa notario; sí en la compraventa final)
- Qué recibe
- Solicitud
Cómo lo hacemos
- 1Conteste las preguntas del chat (~10 minutos).
- 2Detectamos el tipo de arras adecuado y validamos importe (5-15 % típico) y plazo (1-4 meses).
- 3Validamos cargas declaradas y hipoteca subrogable; si faltan datos, le encadenamos con nota_simple_rp.
- 4Pago de 29 € por la gestión. Sin AJD ni ITP en arras (se devenga en compraventa final).
- 5Firma del mandato desde su móvil.
- 6Le redactamos el contrato privado completo con cláusulas de defensa para ambas partes.
- 7Firma del contrato y entrega del importe acordado al vendedor (preferible transferencia para trazabilidad).
- 8Calendario hasta compraventa: gestión de financiación, tasación, verificación de cargas.
- 9Compraventa definitiva ante notario antes de la fecha límite. Liquidación de ITP o IVA + AJD según vivienda.
- 10Si la operación se frustra: aplicamos los efectos del tipo de arras pactado.
Qué necesita tener a mano
- •DNI / NIE / CIF de comprador y vendedor.
- •Nota simple registral actualizada del inmueble (use nota_simple_rp si no la tiene).
- •Recibo IBI último ejercicio.
- •Si vivienda en propiedad horizontal: certificado de la comunidad de propietarios sobre derramas pendientes.
- •Si hipoteca subrogable: certificado del banco con capital pendiente.
- •Comprobante del medio de pago de las arras (transferencia, cheque).
A tener en cuenta
- Marco: arts. 1124, 1255, 1450, 1454, 1281-1289 CC + jurisprudencia TS (especialmente STS 24-3-2009 sobre presunción de confirmatorias).
- Tipos de arras: CONFIRMATORIAS (presunción legal en defecto de pacto: anticipo + art. 1124 CC), PENALES (cláusula penal por incumplimiento), PENITENCIALES (art. 1454 CC: facultad de desistir; comprador pierde arras, vendedor las devuelve duplicadas; exige pacto expreso).
- Importe típico: 5-15 % del precio. Demasiado bajo (< 5 %) = compromiso débil; demasiado alto (> 20 %) = riesgo excesivo en penitenciales/penales.
- Plazo razonable: 1-4 meses. Permite gestión de financiación, tasación y verificación de cargas. Plazos > 1 año son inusuales y arriesgados (mercado y financiación cambian).
- Las arras NO devengan ITP ni IVA. El impuesto se devenga con la compraventa definitiva sobre el precio total (incluida la parte ya entregada como arras).
- Las arras NO se inscriben en RP (sólo la compraventa final). Si quiere oponer la pretensión a terceros, valore la anotación preventiva (poco habitual).
- Compraventa final: vivienda segunda mano = ITP a cargo del comprador (6-10 % según CCAA); vivienda nueva del promotor = IVA 10 % + AJD a cargo del comprador.
- Conexiones naturales: nota_simple_rp (verificar cargas antes de firmar), novacion_hipoteca_rp en su modalidad subrogación de deudor (asunción de hipoteca por el comprador), cancelacion_hipoteca_rp (si vendedor cancela primero), cambio_titularidad_catastro (tras compraventa).
- Documento privado SUFICIENTE entre las partes. La elevación a escritura pública no es habitual en arras (sí en la compraventa final). Si el inmueble se vende con asunción de hipoteca, la escritura conjunta de compraventa + subrogación es la práctica.
- AVISO: si las partes quieren PENITENCIALES, deben pactarlo EXPRESAMENTE. La presunción legal (STS 24-3-2009) son las CONFIRMATORIAS, que no permiten desistimiento libre.
Preguntas frecuentes
¿Cuánto cuesta tramitar contrato de arras (precontrato de compraventa) con Managora?
El precio del servicio de Managora es 29,00 €. La tasa oficial del organismo es: Sin tasas. ITP/IVA se devenga con la compraventa definitiva sobre el precio total..
¿Cuánto tarda?
Firma inmediata del documento privado. Plazo típico hasta compraventa: 1-4 meses.
¿Qué documentos necesito?
Necesita tener a mano: DNI / NIE / CIF de comprador y vendedor., Nota simple registral actualizada del inmueble (use nota_simple_rp si no la tiene)., Recibo IBI último ejercicio., Si vivienda en propiedad horizontal: certificado de la comunidad de propietarios sobre derramas pendientes., Si hipoteca subrogable: certificado del banco con capital pendiente., Comprobante del medio de pago de las arras (transferencia, cheque).. No los sube aquí: recogemos los datos por el chat guiado.
¿Quién presenta el trámite?
Lo presenta Managora en su nombre ante Documento privado entre las partes (no precisa notario; sí en la compraventa final). Usted solo aporta los datos por el chat y firma un mandato; nosotros preparamos, firmamos y registramos.
¿Es válido legalmente?
Sí. Usted firma un mandato simple en pantalla que nos autoriza a actuar en su nombre. Recibe el acuse y los documentos oficiales por email, con plena validez.
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Lo presentamos por usted, de principio a fin.
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