Contrato de permuta

Contrato de permuta se presenta ante Notario (si inmueble) + AEAT/CCAA (modelo 600 ITP por cada parte) + Ayuntamiento (IIVTNU si urbano). Con Managora lo hace 100% online: responde unas preguntas, firma un mandato digital y nosotros redactamos, firmamos y presentamos su solicitud por usted. Coste total orientativo: 36 €. Tasa oficial: ITP por cada parte sobre el bien que adquiere (4-10 % según CCAA y bien). IIVTNU si es urbano. Sin AJD adicional. Si la permuta recae sobre inmueble, se añaden los aranceles de notaría (escritura pública) y de inscripción en el Registro de la Propiedad, a su cargo.

Le redactamos el contrato de permuta (arts. 1538-1541 CC) entre dos partes que intercambian bienes (inmueble por inmueble, vehículo por vehículo, mixtos, con o sin compensación dineraria). Se rige supletoriamente por las reglas de la compraventa (art. 1540 CC) - saneamiento por evicción y vicios. Cada permutante tributa por ITP sobre el valor de lo que ADQUIERE (no de lo que entrega - art. 23 LITP). Si inmueble: escritura pública obligatoria + IIVTNU urbano. Si la compensación dineraria supera el bien, se RECALIFICA fiscalmente como compraventa.

Guía práctica: Contratos civiles: permuta, cesion de creditos, mandato, deposito y comodato. Requisitos, plazos y pasos, explicados.

Coste total orientativo
36 €
Honorario Managora
36,00 € (IVA 21% incl.)
Tasa oficial
ITP por cada parte sobre el bien que adquiere (4-10 % según CCAA y bien). IIVTNU si es urbano. Sin AJD adicional. Si la permuta recae sobre inmueble, se añaden los aranceles de notaría (escritura pública) y de inscripción en el Registro de la Propiedad, a su cargo. (suplido, sin IVA)
Plazo de resolución
Modelo 600 ITP: 30 días hábiles desde la permuta (cada parte). Inscripción RP: 15-30 días.
Qué recibe
Solicitud

Desglose del coste: Gestión 36,00 € (IVA 21% incl.). ITP 4 a 10 % del valor de cada bien adquirido (variable por CCAA). Si recae sobre inmueble, escritura y registro (varios cientos de euros) e IIVTNU si es urbano..

Contrato de permuta: ¿cómo se tramita?

  1. 1Conteste las preguntas del chat (~10 minutos).
  2. 2Validamos valores de mercado, ratio de compensación (si > 100 % del bien menor, recalificable como compraventa), forma exigida (escritura pública si inmueble).
  3. 3Calculamos ITP por cada parte sobre el valor de lo adquirido + IIVTNU si urbano.
  4. 4Pago de 36,00 € (IVA 21% incl.) por la gestión + ~200-500 € notaría si inmueble + 250 € registro + ITP de cada parte + IIVTNU.
  5. 5Firma del mandato desde su móvil.
  6. 6Le redactamos el contrato/escritura completo con las cláusulas necesarias (saneamiento, evicción, fechas de entrega).
  7. 7Coordinamos cita notarial.
  8. 8Cada parte presenta su modelo 600 ITP en su CCAA dentro de 30 días hábiles.
  9. 9Si urbano: cada permutante de inmueble urbano liquida la plusvalía municipal (use plusvalia_iivtnu).
  10. 10Inscripción de cada inmueble a favor del nuevo titular.
  11. 11IRPF: cada parte declara la ganancia/pérdida patrimonial en su próxima declaración (modelo 100).

¿Qué documentos necesita?

  • DNI / NIE de ambas partes.
  • Si inmueble: nota simple registral + referencia catastral de cada inmueble + último IBI pagado.
  • Si vehículo: permiso de circulación + ficha técnica + informe DGT sin cargas.
  • Si participaciones: certificación libro registro de socios.
  • Tasaciones independientes si hay duda sobre el valor de mercado de los bienes.

Base legal y a tener en cuenta

  • Marco: arts. 1538-1541 CC + art. 1540 CC (remisión a compraventa) + LITP-AJD art. 23 + LIRPF arts. 33-34 + LIIVTNU.
  • TRIBUTACIÓN: cada parte tributa por ITP sobre el valor de lo que ADQUIERE (no de lo que entrega). Esto es clave: una permuta entre dos inmuebles supone DOS liquidaciones de ITP, una por cada parte.
  • Si la compensación dineraria es muy alta, la operación pierde naturaleza de permuta y se recalifica como compraventa (ITP sobre el valor mayor, una sola liquidación).
  • Forma: inmueble exige escritura pública (art. 1280.1 CC). Bienes muebles: documento privado.
  • Saneamiento: aplican las reglas de la compraventa por remisión del art. 1540 CC. Evicción + vicios ocultos 6 meses (art. 1490).
  • PERMUTA SOLAR POR OBRA FUTURA: muy frecuente en construcción. El propietario del solar lo permuta por unas fincas a construir. STS y doctrina han desarrollado reglas específicas sobre el devengo del IVA y el momento de imputación de la ganancia patrimonial.
  • Si el permutante es empresario o profesional: puede tributar por IVA en lugar de ITP cuando entrega bien afecto a actividad.
  • IRPF: ganancia/pérdida patrimonial por la diferencia entre el valor de adquisición del bien entregado y el MAYOR entre el valor de mercado del bien recibido y el del entregado.
  • Conexiones naturales: contrato_compraventa_inmueble, contrato_compraventa_vehiculo, plusvalia_iivtnu, nota_simple_rp, cambio_titularidad_vehiculo, cambio_titularidad_catastro.

Contrato de permuta: preguntas frecuentes

Contrato de permuta: ¿cuánto cuesta?

El coste total orientativo (gestión + tasas e impuestos oficiales) es 36 €: Gestión 36,00 € (IVA 21% incl.). ITP 4 a 10 % del valor de cada bien adquirido (variable por CCAA). Si recae sobre inmueble, escritura y registro (varios cientos de euros) e IIVTNU si es urbano.. El honorario de Managora es 36,00 €, IVA 21% incluido (29,75 € de base + 6,25 € de IVA). La tasa oficial del organismo (suplido, sin IVA) es: ITP por cada parte sobre el bien que adquiere (4-10 % según CCAA y bien). IIVTNU si es urbano. Sin AJD adicional. Si la permuta recae sobre inmueble, se añaden los aranceles de notaría (escritura pública) y de inscripción en el Registro de la Propiedad, a su cargo..

Contrato de permuta: ¿cuánto tarda?

Modelo 600 ITP: 30 días hábiles desde la permuta (cada parte). Inscripción RP: 15-30 días.

Contrato de permuta: ¿qué documentos necesito?

Necesita tener a mano: DNI / NIE de ambas partes., Si inmueble: nota simple registral + referencia catastral de cada inmueble + último IBI pagado., Si vehículo: permiso de circulación + ficha técnica + informe DGT sin cargas., Si participaciones: certificación libro registro de socios., Tasaciones independientes si hay duda sobre el valor de mercado de los bienes.. No los sube aquí: recogemos los datos por el chat guiado.

¿Quién presenta el trámite?

Lo presenta Managora en su nombre ante Notario (si inmueble) + AEAT/CCAA (modelo 600 ITP por cada parte) + Ayuntamiento (IIVTNU si urbano). Usted solo aporta los datos por el chat y firma un mandato; nosotros preparamos, firmamos y registramos.

¿Se puede hacer online?

Sí. Todo el proceso es online: responde unas preguntas en el chat guiado, firma un mandato simple en pantalla y recibe el acuse y los documentos oficiales por email, con plena validez legal.

Trámites relacionados

Información basada en la normativa vigente y en la sede oficial del organismo competente: Notario (si inmueble) + AEAT/CCAA (modelo 600 ITP por cada parte) + Ayuntamiento (IIVTNU si urbano).

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