Contrato de permuta
Contrato de permuta se presenta ante Notario (si inmueble) + AEAT/CCAA (modelo 600 ITP por cada parte) + Ayuntamiento (IIVTNU si urbano). Con Managora lo hace 100% online: responde unas preguntas, firma un mandato digital y nosotros redactamos, firmamos y presentamos su solicitud por usted. Coste total orientativo: 36 €. Tasa oficial: ITP por cada parte sobre el bien que adquiere (4-10 % según CCAA y bien). IIVTNU si es urbano. Sin AJD adicional. Si la permuta recae sobre inmueble, se añaden los aranceles de notaría (escritura pública) y de inscripción en el Registro de la Propiedad, a su cargo.
Le redactamos el contrato de permuta (arts. 1538-1541 CC) entre dos partes que intercambian bienes (inmueble por inmueble, vehículo por vehículo, mixtos, con o sin compensación dineraria). Se rige supletoriamente por las reglas de la compraventa (art. 1540 CC) - saneamiento por evicción y vicios. Cada permutante tributa por ITP sobre el valor de lo que ADQUIERE (no de lo que entrega - art. 23 LITP). Si inmueble: escritura pública obligatoria + IIVTNU urbano. Si la compensación dineraria supera el bien, se RECALIFICA fiscalmente como compraventa.
Guía práctica: Contratos civiles: permuta, cesion de creditos, mandato, deposito y comodato. Requisitos, plazos y pasos, explicados.
- Coste total orientativo
- 36 €
- Honorario Managora
- 36,00 € (IVA 21% incl.)
- Tasa oficial
- ITP por cada parte sobre el bien que adquiere (4-10 % según CCAA y bien). IIVTNU si es urbano. Sin AJD adicional. Si la permuta recae sobre inmueble, se añaden los aranceles de notaría (escritura pública) y de inscripción en el Registro de la Propiedad, a su cargo. (suplido, sin IVA)
- Plazo de resolución
- Modelo 600 ITP: 30 días hábiles desde la permuta (cada parte). Inscripción RP: 15-30 días.
- Dónde se presenta
- Notario (si inmueble) + AEAT/CCAA (modelo 600 ITP por cada parte) + Ayuntamiento (IIVTNU si urbano) ↗
- Qué recibe
- Solicitud
Desglose del coste: Gestión 36,00 € (IVA 21% incl.). ITP 4 a 10 % del valor de cada bien adquirido (variable por CCAA). Si recae sobre inmueble, escritura y registro (varios cientos de euros) e IIVTNU si es urbano..
Contrato de permuta: ¿cómo se tramita?
- 1Conteste las preguntas del chat (~10 minutos).
- 2Validamos valores de mercado, ratio de compensación (si > 100 % del bien menor, recalificable como compraventa), forma exigida (escritura pública si inmueble).
- 3Calculamos ITP por cada parte sobre el valor de lo adquirido + IIVTNU si urbano.
- 4Pago de 36,00 € (IVA 21% incl.) por la gestión + ~200-500 € notaría si inmueble + 250 € registro + ITP de cada parte + IIVTNU.
- 5Firma del mandato desde su móvil.
- 6Le redactamos el contrato/escritura completo con las cláusulas necesarias (saneamiento, evicción, fechas de entrega).
- 7Coordinamos cita notarial.
- 8Cada parte presenta su modelo 600 ITP en su CCAA dentro de 30 días hábiles.
- 9Si urbano: cada permutante de inmueble urbano liquida la plusvalía municipal (use plusvalia_iivtnu).
- 10Inscripción de cada inmueble a favor del nuevo titular.
- 11IRPF: cada parte declara la ganancia/pérdida patrimonial en su próxima declaración (modelo 100).
¿Qué documentos necesita?
- •DNI / NIE de ambas partes.
- •Si inmueble: nota simple registral + referencia catastral de cada inmueble + último IBI pagado.
- •Si vehículo: permiso de circulación + ficha técnica + informe DGT sin cargas.
- •Si participaciones: certificación libro registro de socios.
- •Tasaciones independientes si hay duda sobre el valor de mercado de los bienes.
Base legal y a tener en cuenta
- Marco: arts. 1538-1541 CC + art. 1540 CC (remisión a compraventa) + LITP-AJD art. 23 + LIRPF arts. 33-34 + LIIVTNU.
- TRIBUTACIÓN: cada parte tributa por ITP sobre el valor de lo que ADQUIERE (no de lo que entrega). Esto es clave: una permuta entre dos inmuebles supone DOS liquidaciones de ITP, una por cada parte.
- Si la compensación dineraria es muy alta, la operación pierde naturaleza de permuta y se recalifica como compraventa (ITP sobre el valor mayor, una sola liquidación).
- Forma: inmueble exige escritura pública (art. 1280.1 CC). Bienes muebles: documento privado.
- Saneamiento: aplican las reglas de la compraventa por remisión del art. 1540 CC. Evicción + vicios ocultos 6 meses (art. 1490).
- PERMUTA SOLAR POR OBRA FUTURA: muy frecuente en construcción. El propietario del solar lo permuta por unas fincas a construir. STS y doctrina han desarrollado reglas específicas sobre el devengo del IVA y el momento de imputación de la ganancia patrimonial.
- Si el permutante es empresario o profesional: puede tributar por IVA en lugar de ITP cuando entrega bien afecto a actividad.
- IRPF: ganancia/pérdida patrimonial por la diferencia entre el valor de adquisición del bien entregado y el MAYOR entre el valor de mercado del bien recibido y el del entregado.
- Conexiones naturales: contrato_compraventa_inmueble, contrato_compraventa_vehiculo, plusvalia_iivtnu, nota_simple_rp, cambio_titularidad_vehiculo, cambio_titularidad_catastro.
Contrato de permuta: preguntas frecuentes
Contrato de permuta: ¿cuánto cuesta?
El coste total orientativo (gestión + tasas e impuestos oficiales) es 36 €: Gestión 36,00 € (IVA 21% incl.). ITP 4 a 10 % del valor de cada bien adquirido (variable por CCAA). Si recae sobre inmueble, escritura y registro (varios cientos de euros) e IIVTNU si es urbano.. El honorario de Managora es 36,00 €, IVA 21% incluido (29,75 € de base + 6,25 € de IVA). La tasa oficial del organismo (suplido, sin IVA) es: ITP por cada parte sobre el bien que adquiere (4-10 % según CCAA y bien). IIVTNU si es urbano. Sin AJD adicional. Si la permuta recae sobre inmueble, se añaden los aranceles de notaría (escritura pública) y de inscripción en el Registro de la Propiedad, a su cargo..
Contrato de permuta: ¿cuánto tarda?
Modelo 600 ITP: 30 días hábiles desde la permuta (cada parte). Inscripción RP: 15-30 días.
Contrato de permuta: ¿qué documentos necesito?
Necesita tener a mano: DNI / NIE de ambas partes., Si inmueble: nota simple registral + referencia catastral de cada inmueble + último IBI pagado., Si vehículo: permiso de circulación + ficha técnica + informe DGT sin cargas., Si participaciones: certificación libro registro de socios., Tasaciones independientes si hay duda sobre el valor de mercado de los bienes.. No los sube aquí: recogemos los datos por el chat guiado.
¿Quién presenta el trámite?
Lo presenta Managora en su nombre ante Notario (si inmueble) + AEAT/CCAA (modelo 600 ITP por cada parte) + Ayuntamiento (IIVTNU si urbano). Usted solo aporta los datos por el chat y firma un mandato; nosotros preparamos, firmamos y registramos.
¿Se puede hacer online?
Sí. Todo el proceso es online: responde unas preguntas en el chat guiado, firma un mandato simple en pantalla y recibe el acuse y los documentos oficiales por email, con plena validez legal.
Trámites relacionados
Información basada en la normativa vigente y en la sede oficial del organismo competente: Notario (si inmueble) + AEAT/CCAA (modelo 600 ITP por cada parte) + Ayuntamiento (IIVTNU si urbano) ↗.