Contrato de prestación de servicios profesionales
Contrato de prestación de servicios profesionales se presenta ante Documento privado entre las partes + AEAT (modelos 303, 111, 190, 347 según corresponda). Con Managora lo hace 100% online: responde unas preguntas, firma un mandato digital y nosotros redactamos, firmamos y presentamos su solicitud por usted. Coste total orientativo: 60 €. Tasa oficial: IVA 21 % + retención IRPF 15 % (7 % los 3 primeros años de actividad).
Le redactamos el contrato de prestación de servicios profesionales (art. 1544 CC) entre profesional autónomo (abogado, médico, consultor, freelance) y cliente. Validamos riesgo de RECALIFICACIÓN LABORAL detectando notas de ajenidad y dependencia (medios propios, horario, exclusividad, retribución fija, integración) - 5 notas analizadas. Configuramos régimen fiscal: IVA 21 % obligatorio (salvo exenciones), retención IRPF del 15 % (7 % nuevos profesionales primeros 3 años, art. 95 RIRPF). Incluimos cláusulas de confidencialidad, no competencia, propiedad intelectual y entregables.
Guía práctica: Contratos entre particulares: prestamo, donacion, obra y servicios. Requisitos, plazos y pasos, explicados.
- Coste total orientativo
- 60 €
- Honorario Managora
- 60,00 € (IVA 21% incl.)
- Tasa oficial
- IVA 21 % + retención IRPF 15 % (7 % los 3 primeros años de actividad). (suplido, sin IVA)
- Plazo de resolución
- Firma inmediata. IVA y retenciones: trimestral.
- Dónde se presenta
- Documento privado entre las partes + AEAT (modelos 303, 111, 190, 347 según corresponda) ↗
- Qué recibe
- Solicitud
Desglose del coste: Gestión 60,00 € (IVA 21% incl.). Sin tasas ni costes de terceros: el IVA y la retención de IRPF se aplican despues en la facturación entre las partes..
Contrato de prestación de servicios profesionales: ¿cómo se tramita?
- 1Conteste las preguntas del chat (~10 minutos).
- 2Detectamos riesgo de recalificación laboral (5 notas: medios, horario, exclusividad, retribución fija, integración). Si ≥ 3 notas: alerta crítica.
- 3Configuramos IVA y retención IRPF: 15 % general, 7 % los 3 primeros años (art. 95 RIRPF).
- 4Pago de 60,00 € (IVA 21% incl.) por la gestión.
- 5Firma del mandato desde su móvil.
- 6Le redactamos el contrato completo con cláusulas de objeto, plazos, precio, confidencialidad, no competencia, propiedad intelectual y resolución.
- 7Recomendamos eliminar las notas de laboralidad si están presentes.
- 8Cumplimiento fiscal periódico: prestador modelo 303 (IVA) + cliente modelo 111 (retenciones) + ambos modelo 347 si > 3.005 €/año.
¿Qué documentos necesita?
- •DNI / NIE / CIF de prestador y cliente.
- •Alta del prestador en RETA (si autónomo) o constitución de la sociedad si PJ.
- •Modelo 036 alta de actividad del prestador.
- •Lista detallada de entregables y calendario.
- •Si confidencialidad o IP: descripción de la información protegida.
Base legal y a tener en cuenta
- Marco: art. 1544 CC + ET art. 1.1 (deslindes laboralidad) + jurisprudencia TS + LIVA arts. 4 y 90 + LIRPF arts. 95-101 + RIRPF art. 95.
- DIFERENCIA CON CONTRATO LABORAL: si concurren AJENIDAD (en frutos, en riesgos, en titularidad de medios) y DEPENDENCIA (instrucciones, horario, integración), la relación es laboral aunque se haya formalizado como civil. La Inspección de Trabajo o el TS pueden recalificar (STS Glovo, Deliveroo).
- DIFERENCIA CON CONTRATO DE OBRA (art. 1588 CC): el contrato de servicios obliga a prestar medios; el de obra obliga a entregar un resultado. Implicaciones: responsabilidad, plazos, retribución por éxito.
- IVA: tipo general 21 % (art. 90.1 LIVA). Algunos servicios al 10 % (transporte de viajeros, hostelería) o 4 % (servicios sociales) o exentos (sanidad, educación, financieros).
- RETENCIÓN IRPF: si cliente es empresario o PJ y prestador es PERSONA FÍSICA, retención obligatoria. 15 % general; 7 % los 3 primeros años de actividad (art. 95.1.b RIRPF).
- MODELO 111 trimestral (cliente que retiene) + MODELO 190 anual + MODELO 303 trimestral (prestador IVA) + MODELO 390 anual + MODELO 347 anual de operaciones con terceros si > 3.005,06 €.
- Conexiones naturales: alta_autonomo (alta RETA del prestador), modelo_036 (alta censal), iva_303, modelo_111, modelo_180/190, modelo_347.
- Pactos típicos: confidencialidad, no competencia (con duración limitada y compensación), cesión de propiedad intelectual al cliente (en servicios creativos).
Contrato de prestación de servicios profesionales: preguntas frecuentes
Contrato de prestación de servicios profesionales: ¿cuánto cuesta?
El coste total orientativo (gestión + tasas e impuestos oficiales) es 60 €: Gestión 60,00 € (IVA 21% incl.). Sin tasas ni costes de terceros: el IVA y la retención de IRPF se aplican despues en la facturación entre las partes.. El honorario de Managora es 60,00 €, IVA 21% incluido (49,59 € de base + 10,41 € de IVA). La tasa oficial del organismo (suplido, sin IVA) es: IVA 21 % + retención IRPF 15 % (7 % los 3 primeros años de actividad)..
Contrato de prestación de servicios profesionales: ¿cuánto tarda?
Firma inmediata. IVA y retenciones: trimestral.
Contrato de prestación de servicios profesionales: ¿qué documentos necesito?
Necesita tener a mano: DNI / NIE / CIF de prestador y cliente., Alta del prestador en RETA (si autónomo) o constitución de la sociedad si PJ., Modelo 036 alta de actividad del prestador., Lista detallada de entregables y calendario., Si confidencialidad o IP: descripción de la información protegida.. No los sube aquí: recogemos los datos por el chat guiado.
¿Quién presenta el trámite?
Lo presenta Managora en su nombre ante Documento privado entre las partes + AEAT (modelos 303, 111, 190, 347 según corresponda). Usted solo aporta los datos por el chat y firma un mandato; nosotros preparamos, firmamos y registramos.
¿Se puede hacer online?
Sí. Todo el proceso es online: responde unas preguntas en el chat guiado, firma un mandato simple en pantalla y recibe el acuse y los documentos oficiales por email, con plena validez legal.
Trámites relacionados
Información basada en la normativa vigente y en la sede oficial del organismo competente: Documento privado entre las partes + AEAT (modelos 303, 111, 190, 347 según corresponda) ↗.
¿Empezamos con «Contrato de prestación de servicios profesionales»?
Lo presentamos por usted, de principio a fin.
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