Contrato de prestación de servicios profesionales

Le redactamos el contrato de prestación de servicios profesionales (art. 1544 CC) entre profesional autónomo (abogado, médico, consultor, freelance) y cliente. Validamos riesgo de RECALIFICACIÓN LABORAL detectando notas de ajenidad y dependencia (medios propios, horario, exclusividad, retribución fija, integración) - 5 notas analizadas. Configuramos régimen fiscal: IVA 21 % obligatorio (salvo exenciones), retención IRPF del 15 % (7 % nuevos profesionales primeros 3 años, art. 95 RIRPF). Incluimos cláusulas de confidencialidad, no competencia, propiedad intelectual y entregables.

Precio Managora
49,00 €
Tasa oficial
IVA 21 % + retención IRPF 15 % (7 % los 3 primeros años de actividad).
Plazo
Firma inmediata. IVA y retenciones: trimestral.
Dónde se presenta
Documento privado entre las partes + AEAT (modelos 303, 111, 190, 347 según corresponda)
Qué recibe
Solicitud

Cómo lo hacemos

  1. 1Conteste las preguntas del chat (~10 minutos).
  2. 2Detectamos riesgo de recalificación laboral (5 notas: medios, horario, exclusividad, retribución fija, integración). Si ≥ 3 notas: alerta crítica.
  3. 3Configuramos IVA y retención IRPF: 15 % general, 7 % los 3 primeros años (art. 95 RIRPF).
  4. 4Pago de 49 € por la gestión.
  5. 5Firma del mandato desde su móvil.
  6. 6Le redactamos el contrato completo con cláusulas de objeto, plazos, precio, confidencialidad, no competencia, propiedad intelectual y resolución.
  7. 7Recomendamos eliminar las notas de laboralidad si están presentes.
  8. 8Cumplimiento fiscal periódico: prestador modelo 303 (IVA) + cliente modelo 111 (retenciones) + ambos modelo 347 si > 3.005 €/año.

Qué necesita tener a mano

  • DNI / NIE / CIF de prestador y cliente.
  • Alta del prestador en RETA (si autónomo) o constitución de la sociedad si PJ.
  • Modelo 036 alta de actividad del prestador.
  • Lista detallada de entregables y calendario.
  • Si confidencialidad o IP: descripción de la información protegida.

A tener en cuenta

  • Marco: art. 1544 CC + ET art. 1.1 (deslindes laboralidad) + jurisprudencia TS + LIVA arts. 4 y 90 + LIRPF arts. 95-101 + RIRPF art. 95.
  • DIFERENCIA CON CONTRATO LABORAL: si concurren AJENIDAD (en frutos, en riesgos, en titularidad de medios) y DEPENDENCIA (instrucciones, horario, integración), la relación es laboral aunque se haya formalizado como civil. La Inspección de Trabajo o el TS pueden recalificar (STS Glovo, Deliveroo).
  • DIFERENCIA CON CONTRATO DE OBRA (art. 1588 CC): el contrato de servicios obliga a prestar medios; el de obra obliga a entregar un resultado. Implicaciones: responsabilidad, plazos, retribución por éxito.
  • IVA: tipo general 21 % (art. 90.1 LIVA). Algunos servicios al 10 % (transporte de viajeros, hostelería) o 4 % (servicios sociales) o exentos (sanidad, educación, financieros).
  • RETENCIÓN IRPF: si cliente es empresario o PJ y prestador es PERSONA FÍSICA, retención obligatoria. 15 % general; 7 % los 3 primeros años de actividad (art. 95.1.b RIRPF).
  • MODELO 111 trimestral (cliente que retiene) + MODELO 190 anual + MODELO 303 trimestral (prestador IVA) + MODELO 390 anual + MODELO 347 anual de operaciones con terceros si > 3.005,06 €.
  • Conexiones naturales: alta_autonomo (alta RETA del prestador), modelo_036 (alta censal), iva_303, modelo_111, modelo_180/190, modelo_347.
  • Pactos típicos: confidencialidad, no competencia (con duración limitada y compensación), cesión de propiedad intelectual al cliente (en servicios creativos).

Preguntas frecuentes

¿Cuánto cuesta tramitar contrato de prestación de servicios profesionales con Managora?

El precio del servicio de Managora es 49,00 €. La tasa oficial del organismo es: IVA 21 % + retención IRPF 15 % (7 % los 3 primeros años de actividad)..

¿Cuánto tarda?

Firma inmediata. IVA y retenciones: trimestral.

¿Qué documentos necesito?

Necesita tener a mano: DNI / NIE / CIF de prestador y cliente., Alta del prestador en RETA (si autónomo) o constitución de la sociedad si PJ., Modelo 036 alta de actividad del prestador., Lista detallada de entregables y calendario., Si confidencialidad o IP: descripción de la información protegida.. No los sube aquí: recogemos los datos por el chat guiado.

¿Quién presenta el trámite?

Lo presenta Managora en su nombre ante Documento privado entre las partes + AEAT (modelos 303, 111, 190, 347 según corresponda). Usted solo aporta los datos por el chat y firma un mandato; nosotros preparamos, firmamos y registramos.

¿Es válido legalmente?

Sí. Usted firma un mandato simple en pantalla que nos autoriza a actuar en su nombre. Recibe el acuse y los documentos oficiales por email, con plena validez.

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