Impugnación del Valor de Referencia (Catastro) y Devolución de Ingresos
Impugnación del Valor de Referencia (Catastro) y Devolución de Ingresos se presenta ante Punto de Acceso General de la Administración. Con Managora lo hace 100% online: responde unas preguntas, firma un mandato digital y nosotros redactamos, firmamos y presentamos su solicitud por usted. Coste total orientativo: 302 €. Tasa oficial: Trámite gratuito: la impugnación del valor de referencia se presenta como rectificación de la autoliquidación ante la Administración tributaria (y, si procede, como reclamación económico-administrativa) y no devenga ninguna tasa. Usted solo abona nuestros honorarios de gestión.
Recupere el exceso de impuestos pagados si le obligaron a tributar en ITP o Sucesiones por un Valor de Referencia superior al precio real de su inmueble. Preparamos y presentamos la rectificación de su autoliquidación para solicitar la devolución de ingresos indebidos.
Guía práctica: Impugnar el valor de referencia del Catastro y la tasación pericial contradictoria. Requisitos, plazos y pasos, explicados.
- Lo que le cobramos
- 302 €
- Honorario Managora
- 302,00 € (IVA 21% incl.)
- Tasa oficial
- Trámite gratuito: la impugnación del valor de referencia se presenta como rectificación de la autoliquidación ante la Administración tributaria (y, si procede, como reclamación económico-administrativa) y no devenga ninguna tasa. Usted solo abona nuestros honorarios de gestión. (suplido, sin IVA)
- Plazo de resolución
- El plazo de resolución lo fija la normativa del procedimiento; se lo confirmamos al abrir su expediente.
- Dónde se presenta
- Punto de Acceso General de la Administración ↗
- Qué recibe
- Solicitud
Desglose del coste: Gestión profesional y preparación del escrito de impugnación: 302,00 € (IVA 21% incl.)..
Impugnación del Valor de Referencia (Catastro) y Devolución de Ingresos: ¿cómo se tramita?
- 11. Complete el formulario con los datos de su escritura, el impuesto pagado y sus datos bancarios.
- 22. Suba los documentos solicitados. Cuantas más pruebas del estado real del inmueble aporte, mayores probabilidades de éxito.
- 33. Redactaremos el escrito técnico-jurídico fundamentado de solicitud de rectificación de autoliquidación.
- 44. Presentaremos la solicitud ante la Administración Tributaria autonómica correspondiente.
- 55. Haremos seguimiento del expediente hasta la resolución de la solicitud de devolución de ingresos indebidos.
¿Qué documentos necesita?
- •Escritura notarial de la operación (compraventa, herencia o donación)
- •Autoliquidación del impuesto pagada (modelo 600, 650 o 651)
- •Pruebas del valor real (tasación pericial, fotografías del estado del inmueble, actas notariales, etc.)
Requisitos previos que también hacemos nosotros
Para este trámite necesita documentos que también tramitamos. Si le falta alguno, pídanoslo aquí y vuelva cuando lo tenga:
Y lo que preste un tercero, se lo organizamos
- Notaría: firma de escritura o acta notarial
- Tasación o informe pericial
No tiene que buscar a nadie: lo coordinamos nosotros. Al prestarlo un tercero se presupuesta aparte y no va dentro del precio de este trámite, y le decimos el importe antes de encargarlo.
Base legal y a tener en cuenta
- La vía legal para impugnar el Valor de Referencia es presentar primero la autoliquidación pagando según dicho valor (para evitar sanciones y recargos) y, posteriormente, solicitar su rectificación.
- Este trámite cubre la primera fase administrativa (solicitud de rectificación). Si la Administración desestima la solicitud inicial, el siguiente paso sería acudir al Tribunal Económico-Administrativo Regional (TEAR).
Impugnación del Valor de Referencia (Catastro) y Devolución de Ingresos: preguntas frecuentes
Impugnación del Valor de Referencia (Catastro) y Devolución de Ingresos: ¿cuánto cuesta?
Le cobramos 302 €: nuestra gestión y, si la hay, la tasa oficial fija que adelantamos. Gestión profesional y preparación del escrito de impugnación: 302,00 € (IVA 21% incl.).. El honorario de Managora es 302,00 €, IVA 21% incluido (249,59 € de base + 52,41 € de IVA). La tasa oficial del organismo (suplido, sin IVA) es: Trámite gratuito: la impugnación del valor de referencia se presenta como rectificación de la autoliquidación ante la Administración tributaria (y, si procede, como reclamación económico-administrativa) y no devenga ninguna tasa. Usted solo abona nuestros honorarios de gestión..
Impugnación del Valor de Referencia (Catastro) y Devolución de Ingresos: ¿cuánto tarda?
El plazo de resolución lo fija la normativa del procedimiento; se lo confirmamos al abrir su expediente.
Impugnación del Valor de Referencia (Catastro) y Devolución de Ingresos: ¿qué documentos necesito?
Necesita tener a mano: Escritura notarial de la operación (compraventa, herencia o donación), Autoliquidación del impuesto pagada (modelo 600, 650 o 651), Pruebas del valor real (tasación pericial, fotografías del estado del inmueble, actas notariales, etc.). No los sube aquí: recogemos los datos por el chat guiado.
¿Quién presenta el trámite?
Lo presenta Managora en su nombre ante Punto de Acceso General de la Administración. Usted solo aporta los datos por el chat y firma un mandato; nosotros preparamos, firmamos y registramos.
¿Se puede hacer online?
Sí. Todo el proceso es online: responde unas preguntas en el chat guiado, firma un mandato simple en pantalla y recibe el acuse y los documentos oficiales por email, con plena validez legal.
Trámites relacionados
Información basada en la normativa vigente y en la sede oficial del organismo competente: Punto de Acceso General de la Administración ↗.
¿Empezamos con «Impugnación del Valor de Referencia (Catastro) y Devolución de Ingresos»?
Lo presentamos por usted, de principio a fin.
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