Monitorio — Reclamación judicial de deuda dineraria

Tramitamos su procedimiento monitorio civil con el abogado civil colegiado para reclamar deudas dinerarias, líquidas, vencidas y exigibles (facturas no pagadas, honorarios, cuotas de comunidad, préstamos civiles). Sin tope de cuantía desde Ley 42/2015. Validamos prescripción (5 años contractual / 3 años profesional), documentación admisible (art. 812 LEC) y postulación (abogado y procurador obligatorios desde 2.000 €). Si el deudor no paga ni se opone en 20 días, se despacha ejecución directa.

Precio Managora
49,00 €
Tasa oficial
Sin tasa
Plazo
Plazo de prescripción 5 años (art. 1964 CC, contratos post Ley 42/2015) o 3 años (art. 1967 CC, honorarios profesionales). Una vez presentado, el deudor tiene 20 días para pagar u oponerse.
Dónde se presenta
Juzgado de 1ª instancia del domicilio del deudor
Qué recibe
Demanda

Cómo lo hacemos

  1. 1Conteste las preguntas del chat (~10 minutos).
  2. 2Validamos prescripción, documentación admisible y postulación obligatoria si la cuantía supera 2.000 €.
  3. 3Pago de 49 €.
  4. 4Firma del mandato desde su móvil.
  5. 5Le asignamos abogado civil colegiado y procurador si la deuda supera 2.000 €.
  6. 6Presentación telemática de la petición inicial vía LexNET ante el juzgado de 1ª instancia del domicilio del deudor.
  7. 7Seguimiento del requerimiento al deudor (20 días para pagar u oponerse).
  8. 8Si silencio: solicitud de despacho de ejecución (art. 816 LEC). Si oposición: tránsito a juicio verbal (≤6.000 €) o juicio ordinario (>6.000 €).

Qué necesita tener a mano

  • Copia de las facturas, albaranes, contratos o certificaciones que documenten la deuda (art. 812 LEC).
  • Burofax o requerimiento extrajudicial previo si se realizó (interrumpe prescripción art. 1973 CC).
  • Extracto bancario que acredite el impago si lo hay.
  • Identificación completa del deudor (NIF, domicilio, provincia).

A tener en cuenta

  • Sin tope de cuantía desde Ley 42/2015 (antes era 250.000 €).
  • Postulación: <2.000 € autotutela posible; ≥2.000 € abogado y procurador obligatorios (art. 814.2 LEC).
  • Prescripción: 5 años contractual común post-Ley 42/2015 (art. 1964 CC); 3 años honorarios profesionales (art. 1967 CC).
  • Documentación admisible amplia (art. 812 LEC): facturas firmadas o no, albaranes, contratos, certificaciones de comunidad de propietarios, etc.
  • Tasa judicial: persona física exenta (Ley 25/1986 + STC 140/2016); persona jurídica 100 € fijo + 0,5 % variable (DA Ley 10/2012).
  • Si la deuda es de arrendamiento sometido a LAU, el cauce idóneo es el desahucio por falta de pago (art. 250.1.1 LEC), no el monitorio común.

Preguntas frecuentes

¿Cuánto cuesta tramitar monitorio — reclamación judicial de deuda dineraria con Managora?

El precio del servicio de Managora es 49,00 €. Este trámite no tiene tasa oficial del organismo.

¿Cuánto tarda?

Plazo de prescripción 5 años (art. 1964 CC, contratos post Ley 42/2015) o 3 años (art. 1967 CC, honorarios profesionales). Una vez presentado, el deudor tiene 20 días para pagar u oponerse.

¿Qué documentos necesito?

Necesita tener a mano: Copia de las facturas, albaranes, contratos o certificaciones que documenten la deuda (art. 812 LEC)., Burofax o requerimiento extrajudicial previo si se realizó (interrumpe prescripción art. 1973 CC)., Extracto bancario que acredite el impago si lo hay., Identificación completa del deudor (NIF, domicilio, provincia).. No los sube aquí: recogemos los datos por el chat guiado.

¿Quién presenta el trámite?

Lo presenta Managora en su nombre ante Juzgado de 1ª instancia del domicilio del deudor. Usted solo aporta los datos por el chat y firma un mandato; nosotros preparamos, firmamos y registramos.

¿Es válido legalmente?

Sí. Usted firma un mandato simple en pantalla que nos autoriza a actuar en su nombre. Recibe el acuse y los documentos oficiales por email, con plena validez.

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