Nacionalidad española por residencia

Nacionalidad española por residencia se presenta ante Ministerio de Justicia - Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública. Con Managora lo hace 100% online: responde unas preguntas, firma un mandato digital y nosotros redactamos, firmamos y presentamos su solicitud por usted. Coste total orientativo: 555 €. Tasa oficial: 104,05

Le tramitamos la solicitud de nacionalidad española por residencia ante el Ministerio de Justicia. Verificamos el plazo legal según su supuesto (10 años general, 5 refugiado, 2 iberoamericano/sefardí/Andorra/Filipinas/Guinea Ecuatorial/Portugal, 1 casado con español/nacido en España/hijo o nieto de español de origen), comprobamos pruebas Cervantes (DELE A2 + CCSE) y antecedentes penales en España y país de origen apostillados.

Guía práctica: Nacionalidad espanola por residencia: requisitos, plazos y examenes. Requisitos, plazos y pasos, explicados.

Coste total orientativo
555 €
Honorario Managora
450,00 € (IVA 21% incl.)
Tasa oficial
104,05 (suplido, sin IVA)
Plazo de resolución
Plazo legal de resolución: 1 año desde la presentación. Silencio NEGATIVO. Plazos reales actuales: 2-3 años por sobrecarga del Ministerio.
Qué recibe
Solicitud

Desglose del coste: 555,00 € en un solo pago: nuestra gestión 450,00 € (IVA 21% incl.) y la tasa de Justicia (modelo 790-026, 104,05 €), que adelantamos nosotros. Si aún no ha aprobado los exámenes del Instituto Cervantes y no está exento, sus tasas son un suplido aparte: DELE A2 unos 138 € y CCSE unos 85 €. No incluye traducciones ni legalizaciones de sus documentos si fueran necesarias..

Nacionalidad española por residencia: ¿cómo se tramita?

  1. 1Conteste las preguntas del chat (~10 minutos).
  2. 2Comprobamos requisitos de residencia, exámenes y antecedentes. Le indicamos qué falta antes de presentar.
  3. 3Pago de 555,00 €: nuestra gestión (450,00 €, IVA 21% incl.) y la tasa de Justicia (modelo 790-026, 104,05 €), que abonamos nosotros.
  4. 4Firma del mandato desde su móvil.
  5. 5Presentamos la solicitud telemáticamente en sede.mjusticia.gob.es en su representación: usted firma el mandato y no necesita certificado ni Cl@ve.
  6. 6Recibe acuse del Ministerio, copia íntegra de la solicitud, mandato firmado y factura.

¿Qué documentos necesita?

  • Pasaporte completo en vigor (todas las páginas).
  • NIE/TIE en vigor (anverso y reverso).
  • Certificación literal de nacimiento del país de origen, traducida y apostillada.
  • Certificado de antecedentes penales en España (sede.mjusticia.gob.es), vigencia 6 meses.
  • Certificado de antecedentes penales del país de origen, traducido y apostillado, vigencia 6 meses.
  • Certificado de empadronamiento en España (vigencia 3 meses).
  • Diploma DELE A2 del Instituto Cervantes (excepto exentos).
  • Diploma CCSE del Instituto Cervantes (excepto exentos).
  • Si casado con español/a: certificado de matrimonio + certificado de convivencia (literal del Registro Civil).
  • Si hijo o nieto de español de origen: árbol genealógico documentado y certificado literal del progenitor o abuelo español.
  • Si refugiado: tarjeta de identidad de refugiado (azul) y resolución de concesión.

Base legal y a tener en cuenta

  • Si su nacionalidad NO es iberoamericana, de Andorra, Filipinas, Guinea Ecuatorial, Portugal ni sefardí, al obtener la española deberá renunciar a la suya ante el Registro Civil. El resto conserva la doble nacionalidad.
  • Tras la concesión dispone de 180 días para jurar o prometer ante el Registro Civil. Si no lo hace, la concesión caduca.

Nacionalidad española por residencia: preguntas frecuentes

Nacionalidad española por residencia: ¿cuánto cuesta?

El coste total orientativo (gestión + tasas e impuestos oficiales) es 555 €: 555,00 € en un solo pago: nuestra gestión 450,00 € (IVA 21% incl.) y la tasa de Justicia (modelo 790-026, 104,05 €), que adelantamos nosotros. Si aún no ha aprobado los exámenes del Instituto Cervantes y no está exento, sus tasas son un suplido aparte: DELE A2 unos 138 € y CCSE unos 85 €. No incluye traducciones ni legalizaciones de sus documentos si fueran necesarias.. El honorario de Managora es 450,00 €, IVA 21% incluido (371,90 € de base + 78,10 € de IVA). La tasa oficial del organismo (suplido, sin IVA) es: 104,05.

Nacionalidad española por residencia: ¿cuánto tarda?

Plazo legal de resolución: 1 año desde la presentación. Silencio NEGATIVO. Plazos reales actuales: 2-3 años por sobrecarga del Ministerio.

Nacionalidad española por residencia: ¿qué documentos necesito?

Necesita tener a mano: Pasaporte completo en vigor (todas las páginas)., NIE/TIE en vigor (anverso y reverso)., Certificación literal de nacimiento del país de origen, traducida y apostillada., Certificado de antecedentes penales en España (sede.mjusticia.gob.es), vigencia 6 meses., Certificado de antecedentes penales del país de origen, traducido y apostillado, vigencia 6 meses., Certificado de empadronamiento en España (vigencia 3 meses)., Diploma DELE A2 del Instituto Cervantes (excepto exentos)., Diploma CCSE del Instituto Cervantes (excepto exentos)., Si casado con español/a: certificado de matrimonio + certificado de convivencia (literal del Registro Civil)., Si hijo o nieto de español de origen: árbol genealógico documentado y certificado literal del progenitor o abuelo español., Si refugiado: tarjeta de identidad de refugiado (azul) y resolución de concesión.. No los sube aquí: recogemos los datos por el chat guiado.

¿Quién presenta el trámite?

Lo presenta Managora en su nombre ante Ministerio de Justicia - Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública. Usted solo aporta los datos por el chat y firma un mandato; nosotros preparamos, firmamos y registramos.

¿Se puede hacer online?

Sí. Todo el proceso es online: responde unas preguntas en el chat guiado, firma un mandato simple en pantalla y recibe el acuse y los documentos oficiales por email, con plena validez legal.

Trámites relacionados

Información basada en la normativa vigente y en la sede oficial del organismo competente: Ministerio de Justicia - Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública.

¿Empezamos con «Nacionalidad española por residencia»?

Lo presentamos por usted, de principio a fin.

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