Nacionalidad española por residencia

Le tramitamos la solicitud de nacionalidad española por residencia ante el Ministerio de Justicia. Verificamos el plazo legal según su supuesto (10 años general, 5 refugiado, 2 iberoamericano/sefardí/Andorra/Filipinas/Guinea Ecuatorial/Portugal, 1 casado con español/nacido en España/hijo o nieto de español de origen), comprobamos pruebas Cervantes (DELE A2 + CCSE) y antecedentes penales en España y país de origen apostillados.

Precio Managora
79,00 €
Tasa oficial
104,05
Plazo
Plazo legal de resolución: 1 año desde la presentación (art. 11 RD 1004/2015). Silencio NEGATIVO. Plazos reales actuales: 2-3 años por sobrecarga del Ministerio.
Dónde se presenta
Ministerio de Justicia - Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública
Qué recibe
Solicitud

Cómo lo hacemos

  1. 1Conteste las preguntas del chat (~10 minutos).
  2. 2Comprobamos requisitos de residencia, exámenes y antecedentes. Le indicamos qué falta antes de presentar.
  3. 3Pago de 79 €.
  4. 4Firma del mandato desde su móvil.
  5. 5Presentamos la solicitud telemáticamente en sede.mjusticia.gob.es con su certificado digital o Cl@ve.
  6. 6Recibe acuse del Ministerio, copia íntegra de la solicitud, mandato firmado y factura.

Qué necesita tener a mano

  • Pasaporte completo en vigor (todas las páginas).
  • NIE/TIE en vigor (anverso y reverso).
  • Certificación literal de nacimiento del país de origen, traducida y apostillada.
  • Certificado de antecedentes penales en España (sede.mjusticia.gob.es), vigencia 6 meses.
  • Certificado de antecedentes penales del país de origen, traducido y apostillado, vigencia 6 meses.
  • Certificado de empadronamiento en España (vigencia 3 meses).
  • Diploma DELE A2 del Instituto Cervantes (excepto exentos).
  • Diploma CCSE del Instituto Cervantes (excepto exentos).
  • Si casado con español/a: certificado de matrimonio + certificado de convivencia (literal del Registro Civil).
  • Si hijo o nieto de español de origen: árbol genealógico documentado y certificado literal del progenitor o abuelo español.
  • Si refugiado: tarjeta de identidad de refugiado (azul) y resolución de concesión.
  • Justificante de pago de la tasa modelo 026 (104,05 €).

A tener en cuenta

  • Plazos del art. 22 CC: 10 años (general), 5 (refugiado), 2 (iberoamericano, sefardí, Andorra, Filipinas, Guinea Ecuatorial, Portugal), 1 (casado con español, nacido en España, hijo o nieto de español de origen).
  • Iberoamericanos, Andorra, Filipinas, Guinea Ecuatorial, Portugal y sefardíes CONSERVAN su nacionalidad de origen (doble nacionalidad). Resto debe RENUNCIAR ante el Registro Civil al jurar.
  • Las pruebas DELE A2 y CCSE las gestiona el Instituto Cervantes (https://examenes.cervantes.es), convocatorias mensuales. Países hispanohablantes están exentos del DELE A2 pero NO del CCSE.
  • Tras la concesión, hay 180 días para jurar/prometer ante el Registro Civil. Si no, la concesión caduca.
  • Plazo legal 1 año, plazo real 2-3 años. Use comunicación al Defensor del Pueblo si supera 18 meses sin resolver para acelerar.
  • Tasa oficial 026: 104,05 €. Nuestros 149 € cubren la gestión, comprobación de requisitos y presentación con sus certificados.

Preguntas frecuentes

¿Cuánto cuesta tramitar nacionalidad española por residencia con Managora?

El precio del servicio de Managora es 79,00 €. La tasa oficial del organismo es: 104,05.

¿Cuánto tarda?

Plazo legal de resolución: 1 año desde la presentación (art. 11 RD 1004/2015). Silencio NEGATIVO. Plazos reales actuales: 2-3 años por sobrecarga del Ministerio.

¿Qué documentos necesito?

Necesita tener a mano: Pasaporte completo en vigor (todas las páginas)., NIE/TIE en vigor (anverso y reverso)., Certificación literal de nacimiento del país de origen, traducida y apostillada., Certificado de antecedentes penales en España (sede.mjusticia.gob.es), vigencia 6 meses., Certificado de antecedentes penales del país de origen, traducido y apostillado, vigencia 6 meses., Certificado de empadronamiento en España (vigencia 3 meses)., Diploma DELE A2 del Instituto Cervantes (excepto exentos)., Diploma CCSE del Instituto Cervantes (excepto exentos)., Si casado con español/a: certificado de matrimonio + certificado de convivencia (literal del Registro Civil)., Si hijo o nieto de español de origen: árbol genealógico documentado y certificado literal del progenitor o abuelo español., Si refugiado: tarjeta de identidad de refugiado (azul) y resolución de concesión., Justificante de pago de la tasa modelo 026 (104,05 €).. No los sube aquí: recogemos los datos por el chat guiado.

¿Quién presenta el trámite?

Lo presenta Managora en su nombre ante Ministerio de Justicia - Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública. Usted solo aporta los datos por el chat y firma un mandato; nosotros preparamos, firmamos y registramos.

¿Es válido legalmente?

Sí. Usted firma un mandato simple en pantalla que nos autoriza a actuar en su nombre. Recibe el acuse y los documentos oficiales por email, con plena validez.

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Lo presentamos por usted, de principio a fin.

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