Nacionalidad española de origen por Ley de Memoria Democrática (nietos)
Nacionalidad española de origen por Ley de Memoria Democrática (nietos). Este trámite ya no se puede presentar. La ventana para pedir la nacionalidad por la Ley de Memoria Democrática (DA 8.ª de la Ley 20/2022) se CERRÓ el 22 de octubre de 2025, tras la prórroga de un año. Ya no se puede presentar esta opción: quien no la pidió a tiempo, no puede hacerlo ahora. La vía vigente es «Nacionalidad española por residencia», y se la tramitamos nosotros.
Tramitamos la solicitud de nacionalidad española DE ORIGEN por la DA 8ª de la Ley 20/2022 (Ley de Memoria Democrática / Ley de Nietos) para descendientes de españoles exiliados o de españolas que perdieron la nacionalidad por matrimonio. Marco: Ley 20/2022 DA 8ª + Instr. DGSJyFP 25/10/2022 + CC arts. 17, 22, 23 + LO 1/2008. 3 supuestos.
Guía práctica: Nacionalidad espanola por opcion y por Memoria Democratica. Requisitos, plazos y pasos, explicados.
- Estado
- Figura suprimida: no admite solicitudes nuevas
- Por qué
- La ventana para pedir la nacionalidad por la Ley de Memoria Democrática (DA 8.ª de la Ley 20/2022) se CERRÓ el 22 de octubre de 2025, tras la prórroga de un año. Ya no se puede presentar esta opción: quien no la pidió a tiempo, no puede hacerlo ahora.
- Vía vigente
- Nacionalidad española por residencia ↗
Desglose del coste: Gestión 36,00 € (IVA 21% incl.). La solicitud de nacionalidad por la Ley de Memoria Democratica es gratuita: sin tasa de tramitación..
Nacionalidad española de origen por Ley de Memoria Democrática (nietos): ¿cómo se tramita?
- 1Conteste las preguntas (~10 minutos).
- 2Validamos plazo, supuesto y documentación.
- 3Pago 36,00 € (IVA 21% incl.).
- 4Le entregamos solicitud + checklist + alertas.
¿Qué documentos necesita?
- •Documento de identidad del solicitante.
- •Certificación literal de nacimiento del solicitante apostillada/legalizada.
- •Certificación literal de nacimiento del ascendiente español.
- •Certificación literal del matrimonio de los ascendientes (supuesto B).
- •Prueba documental del exilio (pasaporte refugio, CIME, OIR, alta consular...).
- •Certificado de antecedentes penales (mayor 14 años).
- •Formulario MJ + foto.
Base legal y a tener en cuenta
- Marco: Ley 20/2022 DA 8ª + Instr. DGSJyFP 25/10/2022 + CC arts. 17, 22, 23 + LO 1/2008.
- Plazo legal 2 años + prórrogas (vigilar prórroga vigente).
- Nacionalidad DE ORIGEN: NO obliga a renunciar a la nacionalidad actual.
- Conexiones naturales: jura_promesa_nacionalidad_espanola, inscripcion_nacimiento_rc.
Nacionalidad española de origen por Ley de Memoria Democrática (nietos): preguntas frecuentes
Nacionalidad española de origen por Ley de Memoria Democrática (nietos): ¿se puede solicitar todavía?
No. La ventana para pedir la nacionalidad por la Ley de Memoria Democrática (DA 8.ª de la Ley 20/2022) se CERRÓ el 22 de octubre de 2025, tras la prórroga de un año. Ya no se puede presentar esta opción: quien no la pidió a tiempo, no puede hacerlo ahora.
¿Cuál es la vía vigente?
Nacionalidad española por residencia. Le tramitamos la solicitud de nacionalidad española por residencia ante el Ministerio de Justicia. Verificamos el plazo legal según su supuesto (10 años general, 5 refugiado, 2 iberoamericano/sefardí/Andorra/Filipinas/Guinea Ecuatorial/Portugal, 1 casado con español/nacido en España/hijo o nieto de español de origen), comprobamos pruebas Cervantes (DELE A2 + CCSE) y antecedentes penales en España y país de origen apostillados.
Trámites relacionados
Información basada en la normativa vigente y en la sede oficial del organismo competente: Registro Civil consular del país de residencia ↗.
¿Empezamos con «Nacionalidad española por residencia»?
Lo presentamos por usted, de principio a fin.
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