Programa Auto+ para autónomos y empresas (Línea 2): ayuda a la compra de vehículo eléctrico
Programa Auto+ para autónomos y empresas (Línea 2): ayuda a la compra de vehículo eléctrico se presenta ante Ministerio de Industria y Turismo (D.G. de Programas Industriales). Con Managora lo hace 100% online: responde unas preguntas, firma un mandato digital y nosotros redactamos, firmamos y presentamos su solicitud por usted. Lo que le cobramos: desde 299 €. Tasa oficial: Ninguna: pedir la ayuda no cuesta nada ante el Ministerio. Solo si su sociedad no tiene ya el certificado del Registro Mercantil sobre quién la representa, el Registro cobra su arancel por expedirlo.
Le pedimos la ayuda del Programa Auto+ para autónomos y empresas (Línea 2), abierta hasta el 31 de diciembre de 2026 por orden de llegada mientras quede crédito: hasta 6.000 € por turismo y 7.500 € por furgoneta si es autónomo o microempresa, y hasta 4.500 € y 5.000 € para el resto de empresas. Comprobamos que usted y cada vehículo cumplen, calculamos la ayuda, preparamos toda la documentación y presentamos la solicitud como su representante autorizado, con seguimiento hasta la resolución.
Guía práctica: CAP, tarjeta de movilidad reducida y Plan MOVES. Requisitos, plazos y pasos, explicados.
- Lo que le cobramos
- desde 299 €
- Honorario Managora
- 299,00 € (IVA 21% incl.)
- Tasa oficial
- Ninguna: pedir la ayuda no cuesta nada ante el Ministerio. Solo si su sociedad no tiene ya el certificado del Registro Mercantil sobre quién la representa, el Registro cobra su arancel por expedirlo.
- Plazo de resolución
- Del 1 de octubre de 2026 (10:00) al 31 de diciembre de 2026 (14:00, hora peninsular), por orden de presentación hasta agotar los 50 M€ (42 M€ para empresas y 8 M€ para autónomos). Agotado el crédito, las solicitudes entran en lista de espera sin derecho a la ayuda salvo que se libere presupuesto: presentamos en cuanto tenemos sus documentos.
- Dónde se presenta
- Ministerio de Industria y Turismo (D.G. de Programas Industriales) ↗
- Qué recibe
- Solicitud
Desglose del coste: Un vehículo 299 €. Dos o tres vehículos 449 €. De cuatro a diez vehículos 699 € (solo empresas). IVA incluido. Sin tasas ante el Ministerio: la ayuda la cobra usted..
Programa Auto+ para autónomos y empresas (Línea 2): ayuda a la compra de vehículo eléctrico: ¿cómo se tramita?
- 1Conteste las preguntas (unos 8 minutos) y suba los documentos que ya tenga.
- 2Comprobamos que usted y cada vehículo cumplen la convocatoria y calculamos la ayuda de cada uno.
- 3Pago según el número de vehículos: 299 €, 449 € o 699 € (IVA incluido).
- 4Firma de la autorización de representación en el modelo del Ministerio. Si es una sociedad, nos inscribe además como apoderados en el Registro Electrónico de Apoderamientos de la Administración General del Estado para descargar nosotros su certificado de minimis: le dejamos todo preparado y le guiamos.
- 5Presentamos la solicitud en el sistema del Ministerio, le entregamos el justificante y seguimos el expediente hasta la resolución, subsanaciones incluidas.
¿Qué documentos necesita?
- •Factura de cada vehículo (con el descuento Auto+ de al menos 1.000 € en turismos y furgonetas nuevos comprados desde el 1 de octubre de 2026).
- •Ficha técnica y permiso de circulación definitivos de cada vehículo.
- •Justificantes bancarios del pago y, si financió la compra, contrato de financiación y certificado de la entidad financiera.
- •Contrato de renting o leasing financiero de al menos 3 años, si es su caso.
- •Certificado de titularidad de la cuenta bancaria.
- •Si es una sociedad: certificado del Registro Mercantil sobre quién la representa, o poder notarial depositado en el Registro Mercantil (si no lo tiene, lo pedimos nosotros); certificado de ayudas de minimis de la Base de Datos Nacional de Subvenciones (lo descargamos nosotros con el apoderamiento que nos da) y, si lo que pide en total pasa de 30.000 €, la acreditación de que paga a sus proveedores en plazo.
- •Certificado de situación censal de Hacienda (si no lo tiene, lo pedimos nosotros).
Requisitos previos que también hacemos nosotros
Este trámite puede exigirle documentos que también tramitamos. Si su caso pide alguno y no lo tiene, pídanoslo aquí y vuelva cuando lo tenga:
Base legal y a tener en cuenta
- Convocatoria 2026 de la Línea 2 del Programa Auto+ (Real Decreto 609/2026 y orden de 22 de septiembre de 2026): abierta del 1 de octubre de 2026 a las 10:00 al 31 de diciembre de 2026 a las 14:00, hora peninsular. Hay 50 millones de euros (42 para empresas y 8 para autónomos), que se reparten por orden de presentación. Agotado el crédito, las solicitudes entran en lista de espera y no dan derecho a la ayuda salvo que se libere presupuesto: conviene presentar cuanto antes.
- Importe máximo por vehículo. Autónomos y microempresas: 6.000 € el turismo, 7.500 € la furgoneta, 1.100 € la moto y 1.500 € el cuadriciclo. Resto de empresas: 4.500 €, 5.000 €, 1.100 € y 1.500 €. La ayuda real suma porcentajes de ese máximo: 50 % si es eléctrico puro o de pila de combustible (25 % si es híbrido enchufable o de autonomía extendida), 25 % por precio (15 % en turismos de más de 35.000 €) y hasta un 25 % más si el modelo está en la Lista Blanca del Ministerio por montaje y batería europeos.
- Qué vehículos entran: solo con etiqueta CERO; nuevos matriculados desde el 1 de enero de 2026, o seminuevos comprados en un concesionario del grupo de la marca con primera matrícula desde el 1 de enero de 2025 y no más de 12 meses hasta la factura; en compra, leasing financiero o renting de al menos 3 años. Precio máximo sin impuestos: 45.000 € en turismos de hasta 7 plazas (los de 8 y 9 plazas no tienen tope) y 10.000 € en motos. No entran autobuses, autocares ni camiones (M2, M3, N2 y N3). Como máximo, 10 vehículos por empresa y 3 por autónomo. Los concesionarios no pueden pedirla.
- En turismos y furgonetas nuevos, la factura debe llevar un descuento del concesionario de al menos 1.000 € ligado al Programa Auto+. Si compró antes del 1 de octubre de 2026, ese descuento no se le exige.
- Es una ayuda de minimis: cuenta para el tope europeo de este tipo de ayudas. Es compatible con otras ayudas para el mismo vehículo hasta el 80 % de su coste, siempre que no sean fondos de la Unión Europea.
- Los datos del beneficiario y del vehículo no se pueden corregir una vez presentada la solicitud (solo la cuenta bancaria): por eso los revisamos con usted antes de presentar.
- Hay que mantener el vehículo a su nombre (o al de la empresa de renting o leasing) y matriculado en España al menos 2 años desde la concesión; si no, se devuelve la ayuda.
Programa Auto+ para autónomos y empresas (Línea 2): ayuda a la compra de vehículo eléctrico: preguntas frecuentes
Programa Auto+ para autónomos y empresas (Línea 2): ayuda a la compra de vehículo eléctrico: ¿cuánto cuesta?
Le cobramos desde 299 €: nuestra gestión y, si la hay, la tasa oficial fija que adelantamos. Un vehículo 299 €. Dos o tres vehículos 449 €. De cuatro a diez vehículos 699 € (solo empresas). IVA incluido. Sin tasas ante el Ministerio: la ayuda la cobra usted.. El honorario de Managora es 299,00 €, IVA 21% incluido (247,11 € de base + 51,89 € de IVA). La tasa oficial del organismo (suplido, sin IVA) es: Ninguna: pedir la ayuda no cuesta nada ante el Ministerio. Solo si su sociedad no tiene ya el certificado del Registro Mercantil sobre quién la representa, el Registro cobra su arancel por expedirlo..
Programa Auto+ para autónomos y empresas (Línea 2): ayuda a la compra de vehículo eléctrico: ¿cuánto tarda?
Del 1 de octubre de 2026 (10:00) al 31 de diciembre de 2026 (14:00, hora peninsular), por orden de presentación hasta agotar los 50 M€ (42 M€ para empresas y 8 M€ para autónomos). Agotado el crédito, las solicitudes entran en lista de espera sin derecho a la ayuda salvo que se libere presupuesto: presentamos en cuanto tenemos sus documentos.
Programa Auto+ para autónomos y empresas (Línea 2): ayuda a la compra de vehículo eléctrico: ¿qué documentos necesito?
Necesita tener a mano: Factura de cada vehículo (con el descuento Auto+ de al menos 1.000 € en turismos y furgonetas nuevos comprados desde el 1 de octubre de 2026)., Ficha técnica y permiso de circulación definitivos de cada vehículo., Justificantes bancarios del pago y, si financió la compra, contrato de financiación y certificado de la entidad financiera., Contrato de renting o leasing financiero de al menos 3 años, si es su caso., Certificado de titularidad de la cuenta bancaria., Si es una sociedad: certificado del Registro Mercantil sobre quién la representa, o poder notarial depositado en el Registro Mercantil (si no lo tiene, lo pedimos nosotros); certificado de ayudas de minimis de la Base de Datos Nacional de Subvenciones (lo descargamos nosotros con el apoderamiento que nos da) y, si lo que pide en total pasa de 30.000 €, la acreditación de que paga a sus proveedores en plazo., Certificado de situación censal de Hacienda (si no lo tiene, lo pedimos nosotros).. No los sube aquí: recogemos los datos por el chat guiado.
¿Quién presenta el trámite?
Lo presenta Managora en su nombre ante Ministerio de Industria y Turismo (D.G. de Programas Industriales). Usted solo aporta los datos por el chat y firma un mandato; nosotros preparamos, firmamos y registramos.
¿Se puede hacer online?
Sí. Todo el proceso es online: responde unas preguntas en el chat guiado, firma un mandato simple en pantalla y recibe el acuse y los documentos oficiales por email, con plena validez legal.
Trámites relacionados
- Recurso a multa de tráfico (DGT)
- Identificación del conductor responsable: DGT / órgano denunciante
- DEV: Dirección Electrónica Vial (notificaciones DGT)
- Recuperación del permiso tras pérdida de vigencia (puntos o psicofísica)
- Cambio de titularidad de vehículo (DGT)
- DGT - Cambio de domicilio (vehículo y/o permiso de conducir)
Información basada en la normativa vigente y en la sede oficial del organismo competente: Ministerio de Industria y Turismo (D.G. de Programas Industriales) ↗.
Managora Gestion SL (CIF B88823893) es una empresa privada. No somos Ministerio de Industria y Turismo (D.G. de Programas Industriales), ni estamos vinculados, autorizados ni aprobados por ningún organismo público, y este sitio no es una sede electrónica. Lo que usted paga en esta página es nuestro honorario por preparar, firmar y presentar el trámite en su nombre: es distinto de la tasa oficial, que cuando la hay es del organismo y se le muestra por separado. Puede realizar este trámite usted mismo, directamente ante Ministerio de Industria y Turismo (D.G. de Programas Industriales).
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