Ayudas por contratar en 2026: primer trabajador de un autónomo, jóvenes y colectivos, comunidad por comunidad
Actualizada el 5 de octubre de 2026 · Revisado por Jaime Piñeira Pardo, colegiado ICAM nº 138826
La respuesta corta
Contratar en 2026 puede darle de 4.500 a 35.000 € por contrato a jornada completa, según su comunidad y el caso, pero casi todas estas ayudas tienen un plazo corto. A 5 de octubre de 2026 siguen abiertas Emplea-T en Andalucía (18.000 € al autónomo que contrata por primera vez, hasta el 31 de octubre), la de jóvenes de Madrid (5.500 €, permanente) y líneas en otras seis comunidades. Aparte están las bonificaciones estatales en la cuota.
Se lo tramitamos nosotros de principio a fin.
Usted lo describe en un chat y firma; nosotros lo presentamos ante la Administración. Precio fijo desde 248,99 € (IVA incluido), más la tasa oficial si la hay.
Novedades y normativa aplicable
- 16 de junio de 2026: Andalucía amplía hasta el 31 de octubre el plazo de Emplea-T, Líneas 1 y 2 (BOJA n.º 114).
- 21 de mayo de 2026: LABORA amplía hasta el 15 de octubre sus líneas de contratación indefinida (DOGV n.º 10367); el 6 de agosto el DOGV n.º 10423 publica la subida a 5,3 millones del crédito de la línea de colectivos de atención prioritaria.
- 16 de junio de 2026: Canarias publica la convocatoria +UNO 52, con 500.000 € (BOC n.º 119).
- 28 de julio de 2026: Baleares convoca la línea SOIB de personas cualificadas, con plazo del 29 de julio de 2026 al 30 de septiembre de 2027 (BOIB n.º 94).
- 28 de agosto de 2026: Aragón eleva a 3.425.000 € el crédito de su programa de autónomos (BOA n.º 167).
- 2 de septiembre de 2026: el Real Decreto-ley 22/2026 sube al 75 % la bonificación de las empresas de Ceuta y Melilla desde el 1 de septiembre.
- 14 de septiembre de 2026: Madrid amplía en 3,85 millones el crédito de 2026 para las ayudas de contratación de jóvenes (BOCM n.º 219).
- Cierres de 2026: Cataluña TU+1 (29 de julio), Castilla y León (14 de agosto) y Galicia TR349F (30 de septiembre).
¿Qué ayudas hay por contratar a un trabajador en 2026?
Hay dos tipos y conviene no confundirlos. La subvención autonómica es un pago que le da su comunidad por un contrato concreto, casi siempre indefinido, con su convocatoria, su plazo y un crédito limitado. La bonificación estatal del Real Decreto-ley 1/2023 es un descuento mensual en la cotización a la Seguridad Social, igual en toda España, sin convocatoria, que depende del colectivo al que pertenece la persona contratada.
Para el autónomo que contrata por primera vez hay líneas propias en Andalucía, Aragón, Navarra y Canarias (esta, solo para contratar a personas de 52 años o más), y Madrid suma 2.000 € a su ayuda de jóvenes. Para contratar a jóvenes, desempleados o colectivos concretos, sea o no su primer trabajador, están Madrid, la Comunitat Valenciana, Cantabria y Baleares.
Casi todas se conceden por orden de llegada hasta agotar el crédito. Que la sede diga «en plazo» no garantiza que quede dinero el día que usted presente.
¿Qué comunidades pagan por contratar al primer trabajador de un autónomo?
Andalucía (Emplea-T, Línea 1): 18.000 € por un contrato indefinido a jornada completa, abierta hasta el 31 de octubre de 2026. La explicamos a fondo en el apartado siguiente.
Aragón (INAEM): 5.500 € si contrata a un hombre y 6.000 € si contrata a una mujer, por contrato indefinido a jornada completa. Suma un 10 % por cada uno de estos casos: menor de 25 años, mayor de 52, parado de larga duración o centro de trabajo en una localidad de menos de 5.000 habitantes, con un tope de 7.200 € (9.000 € si es una mujer víctima de violencia de género). La sede marca el plazo abierto hasta el 30 de octubre de 2026, pero solo entran contratos firmados entre el 1 de octubre de 2025 y el 30 de septiembre de 2026, y cada solicitud se presenta en el mes siguiente al alta del trabajador. Debe ser su primer contrato dentro de los 24 meses desde que empezó la actividad. Los contratos firmados desde el 1 de octubre de 2026 no tienen convocatoria publicada.
Navarra (Servicio Navarro de Empleo): 5.000 € por contrato indefinido a jornada completa; 6.000 € si la persona es mayor de 55 años o menor de 30 inscrita en Garantía Juvenil; 7.000 € si es parada de larga duración, cobra Renta Garantizada o el Ingreso Mínimo Vital, tiene una discapacidad del 33 % o más o viene de un itinerario de inserción; 8.500 € si es víctima de violencia de género. Se suman 1.000 € si es mujer (salvo en el caso de 8.500 €) y 1.000 € si el centro está en una localidad rural de menos de 5.000 habitantes, salvo en nueve municipios del área de Pamplona (Aranguren, Beriain, Berrioplano, Cendea de Olza, Cizur, Egüés, Galar, Valle de Elorz y Orkoien). Valen contratos iniciados entre el 1 de enero y el 31 de octubre de 2026, y cada solicitud se presenta en un mes desde el día siguiente al inicio del contrato. El cierre general es el 30 de noviembre de 2026. Exige no haber tenido personal contratado en los 12 meses previos y mantener el contrato un año.
Canarias (+UNO 52): 5.000 € por la primera contratación indefinida de una persona de 52 años o más, o 6.000 € si el autónomo y su actividad están en un municipio de menos de 10.000 habitantes. No puede tener a nadie contratado al firmar ni en los 6 meses anteriores, y el contrato se mantiene 12 meses. Cierra el 15 de octubre de 2026 a las 23:59 y reparte 500.000 € por orden de llegada.
Cerradas: el TU+1 de Cataluña (22.320 € por contrato) cerró el 29 de julio de 2026, el TR349F de Galicia (de 7.500 a 14.400 €) el 30 de septiembre de 2026 y el programa de primer trabajador del ECYL de Castilla y León el 14 de agosto de 2026. Hoy no se pueden pedir y no nos consta fecha de una nueva convocatoria.
¿Cuánto paga Emplea-T en Andalucía y hasta cuándo se puede pedir?
La Junta amplió el plazo de las Líneas 1 y 2 de Emplea-T hasta el 31 de octubre de 2026 (BOJA n.º 114, de 16 de junio). Según la convocatoria, vale cualquier contrato que empiece entre el 1 de enero de 2026 y el último día del plazo, y el alta en la Seguridad Social puede llegar hasta 10 días después de presentar la solicitud. Es decir, quien contrató en verano y no la pidió todavía está a tiempo, y quien va a contratar en octubre puede presentar antes del alta si esta llega en esos 10 días.
Línea 1, primera contratación de un autónomo: 18.000 € a jornada completa, 9.000 € a jornada parcial de al menos el 50 %, más 2.000 € o 1.000 € si es una mujer. Línea 2, para pymes y para la segunda contratación de un autónomo: 15.000 € y 7.500 €, con los mismos incrementos. Las dos líneas suman 68 millones de euros.
La persona contratada debe estar desempleada el día anterior al inicio del contrato y ser menor de 30 años, mayor de 45 o parada de larga duración de cualquier edad. El contrato subvencionado tiene que durar 24 meses, y la plantilla fija tiene que crecer: se compara la de los 3 meses anteriores con la de los 3 meses posteriores al inicio, sin extinciones de contratos indefinidos por causa imputable a usted.
Riesgo: se concede por orden de entrada y la Junta puede cerrar antes una línea si se agota el crédito, con una resolución en el BOJA. A 5 de octubre no consta ninguna. La Junta tiene 6 meses para resolver y, si no contesta, la solicitud se entiende desestimada.
La convocatoria admite expresamente al representante: presenta él con su certificado y adjunta el Anexo VI de apoderamiento, que firman usted y el apoderado. Por eso esta ayuda la presentamos nosotros por usted. Si su caso es otro, la Línea 5 paga 20.000 € (más 2.000 € si es mujer) por el contrato indefinido de una persona tras sus prácticas del programa EPES, y está abierta hasta el 30 de noviembre de 2026.
¿Qué ayudas hay para contratar jóvenes en la Comunidad de Madrid?
Madrid paga 5.500 € por contrato a tiempo completo en tres líneas: la 2, contrato indefinido inicial; la 3, contrato formativo para la práctica profesional; la 4, contrato de formación en alternancia. La sede la marca «En plazo: permanente» y cada solicitud se presenta en el mes siguiente al alta del joven en la Seguridad Social. La convocatoria de 2026 llega hasta el 31 de diciembre, aunque la Dirección General puede cerrar antes una línea si se agota el crédito.
Los incrementos se acumulan: 500 € si es mujer; 500 € si tiene hijos menores de 16 años o ascendientes dependientes a su cargo, que suben a 1.000 € si, además de tener hijos menores de 16 años, es familia monoparental, monomarental o numerosa; 2.000 € si es la primera contratación de un autónomo sin asalariados en los 12 meses anteriores (solo en la línea 2); y 1.000 € si quien contrata es una empresa emergente inscrita como tal.
El joven tiene que ser menor de 30 años al firmar y, el día anterior al contrato, estar inscrito como demandante de empleo desempleado y como beneficiario en el Fichero de Garantía Juvenil. En la línea 2, la inscripción como demandante tiene que haber durado al menos 30 días seguidos justo antes del contrato. Compruébelo antes de firmar: si falta un día, no hay ayuda y no se puede arreglar después.
Otras condiciones: centro de trabajo en Madrid, contrato en modelo del SEPE, estar al corriente con Hacienda y Seguridad Social y mantener el contrato 12 meses (líneas 2 y 4) o 6 meses (línea 3). A tiempo parcial la ayuda baja en proporción, con un mínimo del 75 % de la jornada. En la línea 2 hay un máximo de 10 contratos por beneficiario y año.
El crédito de 2026 empezó en 14 millones y ya se ha ampliado dos veces, la última por Orden de 3 de septiembre (BOCM de 14 de septiembre) porque el dinero autorizado era «insuficiente» para las solicitudes recibidas. La sede incluye un formulario de otorgamiento de representación (Formulario II) que admite a una persona jurídica como representante, así que la presentamos nosotros con ese formulario firmado electrónicamente por usted y por nosotros.
¿Qué ayudas hay por contratar desempleados en la Comunitat Valenciana, Cantabria y Baleares?
Comunitat Valenciana (LABORA, colectivos de atención prioritaria): 10.000 € por contrato indefinido a jornada completa; 12.500 € si es una mujer en exclusión social, parada de larga duración o mayor de 50, o una persona con discapacidad; 20.000 € si es una mujer víctima de violencia de género; 25.000 € con discapacidad severa. La persona debe llevar al menos 3 meses seguidos desempleada e inscrita en LABORA, la plantilla tiene que crecer frente a la media de los 30 días previos y el contrato se mantiene 24 meses. Se pide después de firmar y dar de alta, con un máximo de 2 contratos por empleador. Cierra el 15 de octubre de 2026 a las 23:59; la línea hermana de jóvenes de Garantía Juvenil (de 10.000 a 25.000 €) cierra el mismo día.
En LABORA la jornada parcial queda fuera, salvo en discapacidad severa. Para presentar en su nombre tenemos que estar inscritos antes en el Registro de Representantes de la ACCV, y esa inscripción la inicia usted con su certificado. Con el plazo tan cerca, si quiere pedirla hay que empezar ya.
Cantabria (Servicio Cántabro de Empleo): es permanente y cada solicitud se presenta en el mes siguiente al alta. El Programa I paga de 7.000 a 9.000 € por contrato indefinido inicial a jornada completa de jóvenes de Garantía Juvenil, parados de larga duración, mujeres de más de 45 años, personas que vienen de empresas de inserción o perceptores del Ingreso Mínimo Vital o de la Renta Social Básica, con suplementos de 1.000 € o 2.000 € (víctima de violencia de género, discapacidad, municipio en despoblación, ciertas actividades) hasta un máximo teórico de 15.000 €. El Programa II paga 4.500 € (5.500 € si es mujer) por convertir un contrato formativo en indefinido, y el Programa III, de 4.000 a 6.000 €, por convertir en indefinido un contrato de sustitución. Hay que mantener el contrato 3 años; en el Programa I la plantilla media tiene que crecer y en los Programas II y III basta con mantenerla.
Baleares (SOIB, personas cualificadas): cubre los costes laborales del primer año de un contrato indefinido a jornada completa, hasta 35.000 € con grado universitario, 29.000 € con FP de grado superior y 25.000 € con FP de grado medio, más hasta 600 € de gastos de gestoría ligados a esa contratación. Es para autónomos y empresas de hasta 9 trabajadores con 2 años de actividad. La persona tiene que estar desempleada y ser joven de 18 a 29 años, mujer de 30 a 44 o mayor de 45, y se selecciona con una oferta publicada en el SOIB. Aquí el orden es al revés: primero se pide la ayuda y, una vez concedida, se contrata en 4 meses (ampliables a 6). Está abierta hasta el 30 de septiembre de 2027, pero solo hay 412.500 € para 2026 y es incompatible con las bonificaciones en la cuota.
¿Qué bonificaciones estatales hay por contratar en 2026?
Valen en toda España, para empresas y autónomos, y no se solicitan: la Seguridad Social las aplica sola en la liquidación de cuotas con los datos del alta del trabajador, que cuentan como declaración responsable. La más común es la de parados de larga duración (inscritos 12 de los últimos 18 meses): 110 € al mes, o 128 € si es mujer o tiene 45 años o más, durante 3 años. Tiene la lista completa en la tabla de abajo.
Obligación clave: mantener a la persona de alta al menos 3 años; si no, se pierde la bonificación y se devuelve con recargo e intereses. No cuentan como incumplimiento la dimisión, la jubilación, la muerte o la incapacidad permanente total, absoluta o gran invalidez del trabajador (ni la jubilación, muerte o incapacidad permanente del empresario), la baja en el periodo de prueba ni los despidos objetivos o disciplinarios que no se declaren improcedentes. Hay que estar al corriente en la fecha del alta, y quedan fuera los parientes hasta segundo grado y quien trabajó en la empresa en los 12 meses anteriores con contrato indefinido o en los 6 anteriores con temporal.
Ojo con lo que circula: la bonificación de 275 € al mes por jóvenes de Garantía Juvenil solo cubrió contratos firmados entre el 1 de septiembre de 2023 y el 31 de agosto de 2024. Un contrato firmado hoy no la cobra.
Si usted es autónomo y tiene a su cargo un hijo menor de 12 años o un familiar dependiente, la Ley del Estatuto del Trabajo Autónomo (art. 30) le bonifica hasta 12 meses el 100 % de su propia cuota por contingencias comunes, sin la parte de incapacidad temporal y calculada sobre su base media de los 12 meses anteriores (el 50 % si el contrato es a tiempo parcial de al menos media jornada) cuando contrata a alguien. Exige no haber tenido asalariados en los 12 meses anteriores, mantener el contrato durante toda la bonificación y un mínimo de 3 meses, sustituir al trabajador en 30 días si se va y seguir de alta 6 meses después. Es compatible con los demás incentivos a la contratación.
En Ceuta y Melilla, las empresas de los sectores que fija la norma tienen una bonificación del 75 % en las cuotas devengadas desde el 1 de septiembre de 2026 (antes era el 50 %).
¿Qué requisitos se repiten y qué pasa si el trabajador se va antes?
El plazo es lo primero. En Madrid, Aragón, Navarra y Cantabria la solicitud se presenta en un mes desde el alta o el inicio del contrato, y una solicitud presentada fuera de ese mes no prospera (las bases de Navarra dicen expresamente que se inadmite). Quien pierde la ayuda casi nunca incumple un requisito: llega tarde.
La persona contratada casi siempre tiene que estar desempleada e inscrita en el servicio público de empleo el día anterior al contrato. Se comprueba antes de firmar, porque después no tiene arreglo.
Los familiares suelen quedar fuera: Navarra, LABORA y las bonificaciones estatales excluyen a los parientes hasta segundo grado, y Aragón también, salvo los hijos menores de 30 años. Todas piden estar al corriente con Hacienda y la Seguridad Social, y varias exigen que la plantilla crezca de verdad.
Si el trabajador se va antes de tiempo, lo normal es sustituirlo en un plazo corto o devolver la ayuda: Aragón da 2 meses para sustituir y la bonificación del art. 30 del Estatuto del Trabajo Autónomo, 30 días. Los periodos de mantenimiento van de 6 meses (Madrid, línea 3) a 3 años (Cantabria y las bonificaciones estatales).
¿Cómo pedimos la ayuda por contratar por usted?
Con la ficha «Ayuda por contratar a un trabajador en su comunidad autónoma» nos encargamos de la ayuda de su comunidad de principio a fin: antes de cobrarle comprobamos que usted, la persona contratada y el contrato cumplen los requisitos (colectivo, inscripción como demandante, tipo de contrato, jornada, plantilla, familiares) y que sigue en plazo; después preparamos la solicitud y los anexos, la presentamos y seguimos el expediente hasta la resolución. El contrato y el alta del trabajador en la Seguridad Social tienen que estar hechos antes de encargárnosla; en Baleares es al revés, porque la ayuda se pide antes de contratar. Puede ver el importe actualizado en la ficha.
Presentamos nosotros en nombre de usted donde la convocatoria lo admite: Andalucía, Madrid, Aragón, Cantabria y Baleares con el documento de representación que pide cada una; Canarias con un apoderamiento apud acta o inscrito en Apodera, que usted otorga por vía electrónica o en persona; y la Comunitat Valenciana tras inscribirnos en el Registro de Representantes de la ACCV. En Navarra la convocatoria no dice si admite representante: si la sede no lo admite, firma usted con su Cl@ve y nosotros lo dejamos todo preparado y le guiamos paso a paso. Nunca le pedimos su certificado digital.
Casi todas las convocatorias exigen estar al corriente con Hacienda y con la Seguridad Social. Si necesita los certificados, la ficha «Certificado de estar al corriente de pagos (Hacienda y Seguridad Social)» se los consigue; puede ver el importe actualizado en la ficha.
Paso a paso
- 1
1. Compruebe la ayuda de su comunidad antes de contratar(Antes de firmar el contrato)
Mire si su comunidad tiene una línea abierta y qué colectivo exige (edad, desempleo, Garantía Juvenil, primera contratación). En Baleares la ayuda se pide antes de contratar; en Andalucía puede pedirse antes del alta si esta llega en los 10 días siguientes; en el resto, después.
- 2
2. Confirme la inscripción de la persona que va a contratar(Antes de firmar el contrato)
Pida el justificante de inscripción como demandante de empleo y, en Madrid, el de Garantía Juvenil. Debe estar vigente el día anterior al contrato (en Madrid línea 2, 30 días seguidos; en LABORA, 3 meses).
- 3
3. Obtenga los certificados de estar al corriente(Antes de presentar la solicitud)
Hacienda y Seguridad Social. Sin ellos, la solicitud se deniega o se requiere.
- 4
4. Firme el contrato y dé de alta al trabajador(El día de inicio del contrato)
Contrato indefinido (o formativo, en las líneas 3 y 4 de Madrid) con la jornada que exija la convocatoria (completa en LABORA y en el Programa I de Cantabria; mínimo del 50 % en Andalucía, Aragón y Canarias; mínimo del 75 % en Madrid). El alta fija el inicio del plazo para pedir.
- 5
5. Firme la representación y presentamos la solicitud(En un mes desde el alta (Madrid, Aragón, Navarra, Cantabria); hasta el 15 de octubre de 2026 a las 23:59 (LABORA y Canarias); hasta el 31 de octubre de 2026 (Andalucía))
Usted firma el documento de representación que pide su comunidad (o, en Canarias, otorga el apud acta o el poder en Apodera; en la Comunitat Valenciana, inicia la inscripción en la ACCV) y nosotros presentamos en la sede. En Navarra, si la sede no admite representante, firma usted con su Cl@ve y le guiamos.
- 6
6. Mantenga el contrato y la plantilla el tiempo exigido(Durante todo el periodo de mantenimiento)
De 6 meses a 3 años según la ayuda. Si el trabajador se va, sustitúyalo dentro del plazo que marque la convocatoria y conserve nóminas y justificantes para la justificación.
Un ejemplo
Una autónoma de Madrid sin asalariados en los últimos 12 meses contrata de forma indefinida, a jornada completa, a una joven de 24 años inscrita como demandante desempleada desde hace dos meses y en Garantía Juvenil el día anterior al contrato.
- Línea 2 (contrato indefinido inicial): 5.500 €
- Incremento por contratar a una mujer: +500 €
- Incremento por primera contratación de un autónomo (solo línea 2): +2.000 €
- Total: 5.500 + 500 + 2.000 = 8.000 €
- Condiciones: solicitud en el mes siguiente al alta y contrato mantenido 12 meses
8.000 € de subvención. Si en lugar de Madrid estuviera en Andalucía y cumpliera Emplea-T Línea 1 (joven menor de 30 años, desempleada el día anterior), el mismo contrato daría 18.000 + 2.000 = 20.000 €, con 24 meses de mantenimiento y solicitud hasta el 31 de octubre de 2026.
Ayudas autonómicas por contratar, comunidad por comunidad (estado a 5 de octubre de 2026)
| Comunidad | Programa | Estado | Plazo | Cuantía por contrato | Para quién | ¿Presenta Managora? |
|---|---|---|---|---|---|---|
| Andalucía | Emplea-T Línea 1 (primera contratación de autónomo) | Abierta | Hasta el 31-10-2026 (contratos desde el 1-1-2026) | 18.000 € completa / 9.000 € parcial; +2.000 € / +1.000 € si es mujer | Autónomos sin nadie contratado en 12 meses; contratado menor de 30, mayor de 45 o parado de larga duración | Sí, con el Anexo VI de apoderamiento |
| Andalucía | Emplea-T Línea 2 (pymes y segunda contratación) | Abierta | Hasta el 31-10-2026 | 15.000 € / 7.500 €; mismos incrementos | Pymes y autónomos que ya han contratado antes | Sí, con el Anexo VI de apoderamiento |
| Aragón | INAEM, contratación de la primera persona trabajadora | Abierta | Hasta el 30-10-2026; un mes desde el alta; contratos hasta el 30-9-2026 | 5.500 € (hombre) / 6.000 € (mujer); hasta 7.200 € (9.000 € víctima de violencia de género) | Autónomo que contrata a su primer trabajador desempleado en sus 24 primeros meses | Sí, con documento de representación |
| Canarias | +UNO 52 | Abierta | Hasta el 15-10-2026, 23:59 | 5.000 € / 6.000 € en municipios de menos de 10.000 hab. | Autónomo sin contratados en 6 meses que contrata a alguien de 52 años o más | Sí, con apud acta o Apodera |
| Cantabria | SCE, Programas I, II y III (Decreto 31/2023) | Permanente | Un mes desde el alta | Programa I: de 7.000 a 9.000 € más suplementos (máximo teórico 15.000 €); Programa II: 4.500 € (5.500 € si es mujer); Programa III: de 4.000 a 6.000 € | Pymes y autónomos que contratan a colectivos prioritarios | Sí, con el apartado de representante del modelo |
| Comunidad de Madrid | Contratación de jóvenes, líneas 2, 3 y 4 | Permanente | Un mes desde el alta; convocatoria 2026 hasta el 31-12-2026 | 5.500 € + incrementos (+2.000 € si es el primer trabajador de un autónomo) | Joven menor de 30, demandante y en Garantía Juvenil | Sí, con el Formulario II |
| Comunitat Valenciana | LABORA, colectivos de atención prioritaria | Abierta | Hasta el 15-10-2026, 23:59 | 10.000 € general; 12.500 €, 20.000 € o 25.000 € según colectivo | Empleadores privados, autónomos incluidos; desempleado inscrito 3 meses | Sí, previa inscripción en el Registro de Representantes de la ACCV |
| Comunitat Valenciana | LABORA, jóvenes de Garantía Juvenil | Abierta | Hasta el 15-10-2026, 23:59 | 10.000 €; 12.500 €, 22.000 € o 25.000 € según el caso | Jóvenes cualificados de Garantía Juvenil | Por confirmar en su ficha; en la línea de colectivos, sí, previa inscripción en la ACCV |
| Illes Balears | SOIB, personas cualificadas 2026-2027 | Abierta | Hasta el 30-9-2027 (se pide antes de contratar) | Hasta 35.000 €, 29.000 € o 25.000 € según titulación, + hasta 600 € de gestoría | Autónomos y empresas de hasta 9 trabajadores con 2 años de actividad | Sí, como persona apoderada |
| Navarra | Contratación de un empleado por autónomos | Abierta | Hasta el 30-11-2026; un mes desde el inicio del contrato; contratos hasta el 31-10-2026 | De 5.000 a 8.500 €; +1.000 € mujer; +1.000 € rural | Autónomo sin personal en 12 meses | No consta; si la sede no lo admite, firma usted con Cl@ve y le guiamos |
| Cataluña | TU+1 | Cerrada | Cerró el 29-7-2026 | 22.320 € (jornada completa) | Autónomo o SLU sin asalariados | No se puede pedir |
| Galicia | TR349F | Cerrada | Cerró el 30-9-2026 | De 7.500 a 14.400 € | Autónomos (1.ª a 3.ª contratación indefinida) | No se puede pedir |
| Castilla y León | ECYL, programa de primer trabajador | Cerrada | Cerró el 14-8-2026 | No verificada | Autónomos | No se puede pedir |
Bonificaciones estatales por contratar en 2026 (Real Decreto-ley 1/2023), por mes y a jornada completa
| Colectivo contratado | Bonificación | Duración |
|---|---|---|
| Parado de larga duración (inscrito 12 de los últimos 18 meses) | 110 €/mes; 128 €/mes si es mujer o tiene 45 años o más | 3 años |
| Mujer víctima de violencia de género, violencias sexuales o trata | 128 €/mes | 4 años |
| Víctima del terrorismo | 128 €/mes | 4 años |
| Persona en exclusión social acreditada | 128 €/mes | 4 años |
| Persona con capacidad intelectual límite | 128 €/mes | 4 años |
| Contrato formativo que pasa a indefinido | 128 €/mes; 147 €/mes si es mujer | 3 años |
| Persona con discapacidad (contrato indefinido en empresa ordinaria) | De 4.500 a 6.300 €/año | Todo el contrato |
| Desempleado que sustituye a un autónomo durante su descanso por nacimiento, riesgo en el embarazo o lactancia | 366 €/mes | Mientras coincidan contrato y prestación |
| Empresas de Ceuta y Melilla en los sectores tasados | 75 % de contingencias comunes y conceptos de recaudación conjunta | Cuotas desde el 1-9-2026 |
| Jóvenes de Garantía Juvenil | Ya no se aplica a contratos nuevos (solo cubrió del 1-9-2023 al 31-8-2024) | No disponible |
Subvención autonómica o bonificación estatal: en qué se diferencian
| Subvención autonómica por contratar | Bonificación estatal en la cuota (RDL 1/2023) | |
|---|---|---|
| Qué recibe | Un importe por contrato (de 4.500 a 35.000 € a jornada completa, según comunidad y caso) | Un descuento en la cotización según el colectivo (en los colectivos de la tabla, de 110 a 366 € al mes, o de 4.500 a 6.300 € al año con discapacidad) |
| Dónde se aplica | Solo en su comunidad, con su convocatoria | En toda España |
| Cómo se pide | Solicitud en la sede autonómica, con plazo | No se pide: la Seguridad Social la aplica con los datos del alta |
| Plazo | Corto: un mes desde el alta o una fecha de cierre | Sin convocatoria; depende de comunicar bien el alta |
| Riesgo de quedarse sin ella | Alto: crédito limitado y orden de llegada | Bajo si se cumplen los requisitos del colectivo |
| Mantenimiento | De 6 meses a 3 años según la ayuda | 3 años con carácter general |
| ¿Se pueden sumar? | Depende de las bases: el SOIB de Baleares es incompatible con las bonificaciones | Una sola bonificación por trabajador y, si se suma a otras ayudas con la misma finalidad, como mucho el 60 % del coste salarial anual |
Formularios y dónde se presenta
- Andalucía: Emplea-T, Línea 1 (procedimiento 25715) y Línea 2 (procedimiento 25716), con Anexo VI de apoderamiento ↗
- Aragón: Programa de emprendedores autónomos, contratación de la primera persona trabajadora ↗
- Canarias: +UNO 52, trámite 10927 de la sede ↗
- Cantabria: solicitud de los Programas I y II del Servicio Cántabro de Empleo ↗
- Comunidad de Madrid: ayudas a la contratación de jóvenes (ficha A275) ↗
- Comunidad de Madrid: Formulario II, otorgamiento de representación (2618FA1_25) ↗
- Comunitat Valenciana: LABORA, contratación indefinida de colectivos de atención prioritaria (G107779) ↗
- Comunitat Valenciana: inscripción en el Registro de Representantes de la ACCV ↗
- Illes Balears: SOIB, oportunidades de empleo para personas cualificadas 2026-2027 (sede CAIB) ↗
- Navarra: subvención a autónomos para la contratación de un empleado ↗
Preguntas frecuentes
¿Hay una ayuda estatal por contratar al primer trabajador siendo autónomo?
No hay una subvención estatal de pago único: las de primer trabajador son autonómicas (Andalucía, Aragón, Navarra, Canarias para contratar a personas de 52 años o más y el incremento de Madrid). A nivel estatal tiene las bonificaciones en la cuota según el colectivo contratado y, si tiene un hijo menor de 12 años o un familiar dependiente, la bonificación del 100 % de su cuota por contingencias comunes (sin la parte de incapacidad temporal) del art. 30 del Estatuto del Trabajo Autónomo.
Contraté hace dos meses y no pedí nada. ¿Llego a tiempo?
En Madrid, Aragón, Navarra y Cantabria, no: el plazo es de un mes desde el alta o el inicio del contrato. En Andalucía, sí, si el contrato empezó desde el 1 de enero de 2026 y presenta hasta el 31 de octubre. En la Comunitat Valenciana el plazo general termina el 15 de octubre de 2026, pero qué contratos entran lo fija la convocatoria: lo comprobamos con la fecha del suyo antes de presentar.
¿Puedo cobrar la subvención autonómica y además la bonificación en la cuota?
Depende de la convocatoria. La norma estatal permite una sola bonificación por trabajador y, si se suma a otras ayudas con la misma finalidad, limita el total al 60 % del coste salarial anual. El SOIB de Baleares es incompatible con las bonificaciones. En el resto, lo comprobamos en las bases antes de presentar.
¿Qué pasa si el trabajador se va antes de tiempo?
Normalmente hay que sustituirlo en un plazo corto (por ejemplo, 2 meses en Aragón) o devolver la ayuda. En las bonificaciones estatales, si no se mantiene el empleo 3 años, se pierde y se devuelve con recargo e intereses, salvo que la baja sea por dimisión, jubilación, muerte o incapacidad permanente total o absoluta del trabajador, en el periodo de prueba o por un despido objetivo o disciplinario que no se declare improcedente: esas bajas no cuentan como incumplimiento.
¿Puedo contratar a un familiar y pedir la ayuda?
En general, no. Navarra, LABORA y las bonificaciones estatales excluyen a los parientes hasta segundo grado, y Aragón también, salvo los hijos menores de 30 años. Compruébelo en las bases de su comunidad antes de firmar.
¿Tengo que dar mi certificado digital para que la presentéis?
No. Donde la convocatoria admite representante, presentamos con nuestro certificado y el documento de representación que pide cada comunidad. Donde hace falta un paso suyo (el apud acta o el poder en Apodera en Canarias, o la inscripción en el Registro de Representantes de la ACCV, que se inicia con su certificado), lo da usted con su propia firma electrónica y nosotros se lo dejamos todo preparado.
Se lo tramitamos nosotros de principio a fin.
Usted lo describe en un chat y firma; nosotros lo presentamos ante la Administración. Precio fijo desde 248,99 € (IVA incluido), más la tasa oficial si la hay.
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El precio, la tasa oficial y los plazos actualizados están en cada ficha.
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