Ayuda por contratar a un trabajador en su comunidad autónoma

Ayuda por contratar a un trabajador en su comunidad autónoma se presenta ante Servicio público de empleo o consejería de empleo de su comunidad autónoma. Con Managora lo hace 100% online: responde unas preguntas, firma un mandato digital y nosotros redactamos, firmamos y presentamos su solicitud por usted. Lo que le cobramos: desde 249 €.

Le tramitamos la ayuda autonómica por contratar: la del primer trabajador de un autónomo, la de jóvenes y la de colectivos con dificultades de empleo, según lo que tenga abierto su comunidad (Andalucía, Aragón, Navarra, Comunidad de Madrid, Cantabria, Canarias, Comunitat Valenciana o Illes Balears). Antes de cobrarle comprobamos que la convocatoria sigue abierta, que el contrato y la persona contratada encajan y que usted sigue en plazo, que en varias comunidades es de un mes desde el alta. Preparamos la solicitud completa y la presentamos por usted, o le guiamos para que la firme con su Cl@ve donde la sede no admita representante. No incluye el contrato ni el alta del trabajador en la Seguridad Social: tienen que estar hechos ya (en Illes Balears es al revés, la ayuda se pide antes de contratar).

Lo que le cobramos
desde 249 €
Honorario Managora
248,99 € (IVA 21% incl.)
Tasa oficial
Sin tasa
Plazo de resolución
Cada comunidad tiene su cierre y, en varias, un plazo personal de un mes desde el alta de la persona contratada en la Seguridad Social (Aragón, Comunidad de Madrid y Cantabria; en Navarra, desde el inicio del contrato), que es el que más ayudas hace perder. Cierres verificados a 5 de octubre de 2026: Canarias (+UNO 52) y Comunitat Valenciana (LABORA), el 15 de octubre de 2026; Aragón, el 30 de octubre de 2026, solo para contratos iniciados hasta el 30 de septiembre de 2026; Andalucía (Emplea-T), el 31 de octubre de 2026; Navarra, el 30 de noviembre de 2026, para contratos iniciados hasta el 31 de octubre de 2026; Illes Balears (SOIB personas cualificadas), el 30 de septiembre de 2027. La Comunidad de Madrid (contratación de jóvenes) y Cantabria las tienen abiertas de forma permanente. La mayoría se conceden por orden de llegada y pueden cerrarse antes si se agota el crédito.
Qué recibe
Solicitud

Desglose del coste: Un contrato 249 €. Dos o tres contratos 349 €. Cuatro o más contratos 449 €. IVA incluido. Sin tasa: pedir la ayuda no cuesta nada ante la administración..

Ayuda por contratar a un trabajador en su comunidad autónoma: ¿cómo se tramita?

  1. 1Conteste las preguntas (unos 5 minutos). Comprobamos si su comunidad tiene la ayuda abierta, si el contrato y la persona contratada encajan y si sigue en plazo. Si no, se lo decimos ahí mismo y no paga nada.
  2. 2Suba el contrato y el alta en la Seguridad Social de cada persona contratada.
  3. 3Pago de 249 €, 349 € o 449 € (IVA incluido) según el número de contratos.
  4. 4Firma de la autorización de representación. Si su comunidad pide además un trámite propio (apud acta en Canarias, Registro de Representantes en la Comunitat Valenciana, formulario de representación en la Comunidad de Madrid, alta de gestores en el SOIB), le guiamos para hacerlo. En la Comunitat Valenciana ese paso se hace con su certificado digital, y en la Comunidad de Madrid, con su certificado digital o su DNIe.
  5. 5Preparamos los modelos que tiene que firmar la persona contratada cuando la convocatoria los pide, presentamos la solicitud, le entregamos el justificante y seguimos el expediente hasta la resolución.

¿Qué documentos necesita?

  • •Contrato de trabajo firmado de cada persona contratada.
  • •Alta en la Seguridad Social de cada persona contratada (resolución de alta o informe de datos para la cotización).
  • •En la Comunitat Valenciana: informes de plantilla media y vida laboral de la empresa de la Seguridad Social, y el justificante del formulario de indicadores firmado por la persona contratada.
  • •En Illes Balears: certificado de plantilla media de los últimos 12 meses de la Seguridad Social.
  • •Acreditación del colectivo de la persona contratada (discapacidad, violencia de género, exclusión social), si da derecho a la ayuda o a más cuantía.

Requisitos previos que también hacemos nosotros

Este trámite puede exigirle documentos que también tramitamos. Si su caso pide alguno y no lo tiene, pídanoslo aquí y vuelva cuando lo tenga:

Base legal y a tener en cuenta

  • Qué incluye: comprobamos los requisitos, preparamos la solicitud y los modelos que firma la persona contratada, la presentamos y seguimos el expediente hasta la resolución. No incluye el contrato ni el alta del trabajador en la Seguridad Social, que tienen que estar hechos antes de pedir la ayuda (salvo en Illes Balears, donde se pide antes de contratar).
  • Convocatorias abiertas verificadas a 5 de octubre de 2026: Andalucía, Emplea-T Líneas 1 y 2 (hasta el 31 de octubre de 2026); Aragón, contratación de la primera persona trabajadora de un autónomo (hasta el 30 de octubre de 2026, contratos iniciados hasta el 30 de septiembre); Comunidad Foral de Navarra, primera contratación de un autónomo (hasta el 30 de noviembre de 2026, contratos iniciados hasta el 31 de octubre); Canarias, +UNO 52 (hasta el 15 de octubre de 2026); Comunitat Valenciana, LABORA para colectivos de atención prioritaria (hasta el 15 de octubre de 2026); Illes Balears, SOIB personas cualificadas (hasta el 30 de septiembre de 2027); Comunidad de Madrid, contratación de jóvenes, y Cantabria, ayudas a la contratación del Servicio Cántabro de Empleo (permanentes). Cerradas: Galicia (30 de septiembre de 2026) y Cataluña, TU+1 (29 de julio de 2026).
  • Cuantías por contrato a jornada completa: Andalucía, 18.000 € la primera contratación de un autónomo y 15.000 € las siguientes y las de pymes, 2.000 € más si es una mujer; Aragón, de 5.500 € a 7.200 € (9.000 € si es víctima de violencia de género); Navarra, de 5.000 € a 8.500 €, con 1.000 € más por mujer (no se suma a los 8.500 €) y 1.000 € más en localidades rurales de menos de 5.000 habitantes (salvo Aranguren, Beriain, Berrioplano, Cendea de Olza, Cizur, Egüés, Galar, Valle de Elorz y Orkoien); Comunidad de Madrid, 5.500 € más incrementos (2.000 € más si es el primer trabajador de un autónomo); Cantabria, de 7.000 € a 9.000 € el contrato indefinido nuevo, más suplementos; Canarias, 5.000 € (6.000 € en municipios de menos de 10.000 habitantes); Comunitat Valenciana, de 10.000 € a 25.000 €; Illes Balears, hasta 35.000 € de costes laborales del primer año. A tiempo parcial, donde se admite, baja en proporción.
  • El plazo que aprieta es el suyo: un mes desde el alta de la persona contratada en Aragón, la Comunidad de Madrid y Cantabria, y desde el inicio del contrato en Navarra; fuera de ese mes la solicitud se inadmite. En Andalucía, Aragón, Canarias, la Comunitat Valenciana e Illes Balears se concede por orden de llegada hasta agotar el crédito, así que conviene presentar cuanto antes.
  • Obligan a mantener el empleo: 24 meses en Andalucía y en la Comunitat Valenciana, 2 años en Aragón (si la persona se va, hay que sustituirla en 2 meses), 3 años en Cantabria, 12 meses en Canarias y en la Comunidad de Madrid (6 en el contrato para la práctica profesional) y un año en Navarra (si la persona se va, hay que sustituirla en un mes). Si no se cumple, hay que devolver la ayuda.
  • Representación: la presentamos como su representante en Andalucía, Aragón, Cantabria, Canarias, la Comunidad de Madrid, la Comunitat Valenciana e Illes Balears, pero en varias hace falta un paso suyo: en Canarias, apud acta o inscripción en el registro de apoderamientos; en la Comunitat Valenciana, inscribirnos antes en su Registro de Representantes, lo que se hace con su certificado digital; en la Comunidad de Madrid, firmar electrónicamente el formulario de representación con su certificado digital o su DNIe; en Illes Balears, pedir al SOIB que nos dé de alta como gestores en ESOIB. En Navarra, si la sede no admite representante, usted firma con su Cl@ve o su certificado y nosotros lo dejamos todo preparado. Nunca le pedimos su certificado digital.
  • Compatibilidades: la ayuda de Illes Balears es incompatible con otras ayudas para la misma finalidad y con las bonificaciones de cuotas a la Seguridad Social; en Aragón no puede pedirla quien haya cobrado en los dos años anteriores otra ayuda para promover el empleo autónomo, salvo la Cuota Cero.

Ayuda por contratar a un trabajador en su comunidad autónoma: preguntas frecuentes

Ayuda por contratar a un trabajador en su comunidad autónoma: ¿cuánto cuesta?

Le cobramos desde 249 €: nuestra gestión y, si la hay, la tasa oficial fija que adelantamos. Un contrato 249 €. Dos o tres contratos 349 €. Cuatro o más contratos 449 €. IVA incluido. Sin tasa: pedir la ayuda no cuesta nada ante la administración.. El honorario de Managora es 248,99 €, IVA 21% incluido (205,78 € de base + 43,21 € de IVA). Este trámite no tiene tasa oficial del organismo.

Ayuda por contratar a un trabajador en su comunidad autónoma: ¿cuánto tarda?

Cada comunidad tiene su cierre y, en varias, un plazo personal de un mes desde el alta de la persona contratada en la Seguridad Social (Aragón, Comunidad de Madrid y Cantabria; en Navarra, desde el inicio del contrato), que es el que más ayudas hace perder. Cierres verificados a 5 de octubre de 2026: Canarias (+UNO 52) y Comunitat Valenciana (LABORA), el 15 de octubre de 2026; Aragón, el 30 de octubre de 2026, solo para contratos iniciados hasta el 30 de septiembre de 2026; Andalucía (Emplea-T), el 31 de octubre de 2026; Navarra, el 30 de noviembre de 2026, para contratos iniciados hasta el 31 de octubre de 2026; Illes Balears (SOIB personas cualificadas), el 30 de septiembre de 2027. La Comunidad de Madrid (contratación de jóvenes) y Cantabria las tienen abiertas de forma permanente. La mayoría se conceden por orden de llegada y pueden cerrarse antes si se agota el crédito.

Ayuda por contratar a un trabajador en su comunidad autónoma: ¿qué documentos necesito?

Necesita tener a mano: Contrato de trabajo firmado de cada persona contratada., Alta en la Seguridad Social de cada persona contratada (resolución de alta o informe de datos para la cotización)., En la Comunitat Valenciana: informes de plantilla media y vida laboral de la empresa de la Seguridad Social, y el justificante del formulario de indicadores firmado por la persona contratada., En Illes Balears: certificado de plantilla media de los últimos 12 meses de la Seguridad Social., Acreditación del colectivo de la persona contratada (discapacidad, violencia de género, exclusión social), si da derecho a la ayuda o a más cuantía.. No los sube aquí: recogemos los datos por el chat guiado.

¿Quién presenta el trámite?

Lo presenta Managora en su nombre ante Servicio público de empleo o consejería de empleo de su comunidad autónoma. Usted solo aporta los datos por el chat y firma un mandato; nosotros preparamos, firmamos y registramos.

¿Se puede hacer online?

Sí. Todo el proceso es online: responde unas preguntas en el chat guiado, firma un mandato simple en pantalla y recibe el acuse y los documentos oficiales por email, con plena validez legal.

Trámites relacionados

Información basada en la normativa vigente y en la sede oficial del organismo competente: Servicio público de empleo o consejería de empleo de su comunidad autónoma ↗.

Managora Gestion SL (CIF B88823893) es una empresa privada. No somos Servicio público de empleo o consejería de empleo de su comunidad autónoma, ni estamos vinculados, autorizados ni aprobados por ningún organismo público, y este sitio no es una sede electrónica. Lo que usted paga en esta página es nuestro honorario por preparar, firmar y presentar el trámite en su nombre: es distinto de la tasa oficial, que cuando la hay es del organismo y se le muestra por separado. Puede realizar este trámite usted mismo, directamente ante Servicio público de empleo o consejería de empleo de su comunidad autónoma.

¿Empezamos con «Ayuda por contratar a un trabajador en su comunidad autónoma»?

Lo presentamos por usted, de principio a fin.

Empezar ahora →