División horizontal - escritura e inscripción RP

División horizontal - escritura e inscripción RP se presenta ante Notario + Registro de la Propiedad correspondiente. Con Managora lo hace 100% online: responde unas preguntas, firma un mandato digital y nosotros redactamos, firmamos y presentamos su solicitud por usted. Coste total orientativo: 423 €. Tasa oficial: AJD según CCAA (modelo 600) más 150-500 € de registro. Además, la división horizontal exige escritura pública notarial, con arancel notarial a su cargo proporcional al valor del inmueble.

Tramitamos la escritura pública de división horizontal de un edificio (art. 5 LPH + art. 8 LH) y su inscripción en el Registro de la Propiedad. Aplicable a edificios plurifamiliares existentes, obra nueva, divisiones tumbadas (chalets adosados, urbanizaciones) y comunidades complejas con subcomunidades. Validamos licencia urbanística, coeficientes (deben sumar 100,00 %), descripción de cada elemento privativo y aspectos fiscales (modelo 600 AJD). Tras la inscripción, cada vivienda/local recibe IDUFIR propio y puede venderse independientemente.

Guía práctica: Obra nueva, division horizontal y otras inscripciones en el Registro de la Propiedad. Requisitos, plazos y pasos, explicados.

Coste total orientativo
423 €
Honorario Managora
423,00 € (IVA 21% incl.)
Tasa oficial
AJD según CCAA (modelo 600) más 150-500 € de registro. Además, la división horizontal exige escritura pública notarial, con arancel notarial a su cargo proporcional al valor del inmueble. (suplido, sin IVA)
Plazo de resolución
Sin plazo legal estricto. Sin inscripción no se pueden vender los elementos privativos por separado.
Qué recibe
Solicitud

Desglose del coste: Gestión 423,00 € (IVA 21% incl.) + notaría desde unos 150 € + registro de 150 a 500 €. Además AJD (modelo 600) variable según el valor del inmueble y la comunidad autónoma..

División horizontal - escritura e inscripción RP: ¿cómo se tramita?

  1. 1Conteste las preguntas del chat (~15 minutos).
  2. 2Validamos automáticamente que los coeficientes sumen 100,00 %, que la licencia urbanística esté concedida y que cada elemento esté correctamente descrito (art. 5 LPH).
  3. 3Si el edificio está sólo proyectado, le explicamos la secuencia: declaración de obra nueva primero, división horizontal después.
  4. 4Pago de 423,00 € (IVA 21% incl.) por la gestión + ~600-1.500 € notaría + ~150-500 € registro + AJD según CCAA.
  5. 5Firma del mandato desde su móvil.
  6. 6Le redactamos el borrador de la escritura con la descripción del edificio, los elementos privativos, las cuotas y los estatutos.
  7. 7Coordinamos cita notarial.
  8. 8Tramitamos el modelo 600 AJD ante la oficina liquidadora.
  9. 9Presentación al Registro de la Propiedad.
  10. 10Tras la inscripción, cada elemento privativo recibe IDUFIR propio.

¿Qué documentos necesita?

  • Escritura o nota simple del solar / edificio.
  • Licencia urbanística municipal de división horizontal.
  • Proyecto técnico arquitectónico con planos de cada elemento privativo.
  • Certificado catastral del inmueble.
  • Si edificio terminado: certificado final de obra emitido por el técnico director.
  • Si edificio en construcción: declaración de obra nueva en construcción.
  • Cédula habitabilidad (algunas CCAA).
  • Libro del Edificio.
  • Estatutos y, en su caso, reglamento interno (recomendados).

Base legal y a tener en cuenta

  • Marco: art. 5 Ley 49/1960 LPH + art. 8 LH + Reglamento Hipotecario art. 53 + RD 1093/1997 + art. 26 RDLeg 7/2015 Ley del Suelo.
  • Forma OBLIGATORIA: escritura pública (art. 1280.1 CC). Inscripción OBLIGATORIA en RP para oponibilidad a terceros.
  • Requisito previo: LICENCIA URBANÍSTICA MUNICIPAL de división horizontal (art. 26 LS). Plazos típicos del Ayuntamiento 2-3 meses.
  • Coeficientes: deben sumar EXACTAMENTE 100,00 % (art. 5 LPH). Se calculan en proporción a superficie útil, ponderable por situación, orientación y uso.
  • Estatutos: NO obligatorios pero MUY recomendables. Posteriormente requieren acuerdos comunitarios (3/5 votos generales o unanimidad para temas patrimoniales art. 17 LPH) más onerosos.
  • AJD modelo 600: muchas CCAA bonifican o eximen la división horizontal. Verificamos su CCAA específica.
  • Tras la inscripción: cada elemento privativo recibe IDUFIR propio y puede venderse independientemente. Esto desbloquea el cluster compraventa.
  • Modalidades: normal (edificio existente), con obra nueva (típico promoción), tumbada (chalets adosados, urbanizaciones), compleja (subcomunidades).
  • Costes orientativos: notaría 600-1.500 €, registro 150-500 € (varían por número de elementos y complejidad).
  • Conexiones: tras división horizontal, normalmente compraventa de cada elemento; cada nuevo titular debe declarar al Catastro (use cambio_titularidad_catastro) si la comunicación notarial automática del art. 14 LCI no funciona.

División horizontal - escritura e inscripción RP: preguntas frecuentes

División horizontal - escritura e inscripción RP: ¿cuánto cuesta?

El coste total orientativo (gestión + tasas e impuestos oficiales) es 423 €: Gestión 423,00 € (IVA 21% incl.) + notaría desde unos 150 € + registro de 150 a 500 €. Además AJD (modelo 600) variable según el valor del inmueble y la comunidad autónoma.. El honorario de Managora es 423,00 €, IVA 21% incluido (349,59 € de base + 73,41 € de IVA). La tasa oficial del organismo (suplido, sin IVA) es: AJD según CCAA (modelo 600) más 150-500 € de registro. Además, la división horizontal exige escritura pública notarial, con arancel notarial a su cargo proporcional al valor del inmueble..

División horizontal - escritura e inscripción RP: ¿cuánto tarda?

Sin plazo legal estricto. Sin inscripción no se pueden vender los elementos privativos por separado.

División horizontal - escritura e inscripción RP: ¿qué documentos necesito?

Necesita tener a mano: Escritura o nota simple del solar / edificio., Licencia urbanística municipal de división horizontal., Proyecto técnico arquitectónico con planos de cada elemento privativo., Certificado catastral del inmueble., Si edificio terminado: certificado final de obra emitido por el técnico director., Si edificio en construcción: declaración de obra nueva en construcción., Cédula habitabilidad (algunas CCAA)., Libro del Edificio., Estatutos y, en su caso, reglamento interno (recomendados).. No los sube aquí: recogemos los datos por el chat guiado.

¿Quién presenta el trámite?

Lo presenta Managora en su nombre ante Notario + Registro de la Propiedad correspondiente. Usted solo aporta los datos por el chat y firma un mandato; nosotros preparamos, firmamos y registramos.

¿Se puede hacer online?

Sí. Todo el proceso es online: responde unas preguntas en el chat guiado, firma un mandato simple en pantalla y recibe el acuse y los documentos oficiales por email, con plena validez legal.

Trámites relacionados

Información basada en la normativa vigente y en la sede oficial del organismo competente: Notario + Registro de la Propiedad correspondiente.

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Lo presentamos por usted, de principio a fin.

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