División horizontal - escritura e inscripción RP
División horizontal - escritura e inscripción RP se presenta ante Notario + Registro de la Propiedad correspondiente. Con Managora lo hace 100% online: responde unas preguntas, firma un mandato digital y nosotros redactamos, firmamos y presentamos su solicitud por usted. Coste total orientativo: 423 €. Tasa oficial: AJD según CCAA (modelo 600) más 150-500 € de registro. Además, la división horizontal exige escritura pública notarial, con arancel notarial a su cargo proporcional al valor del inmueble.
Tramitamos la escritura pública de división horizontal de un edificio (art. 5 LPH + art. 8 LH) y su inscripción en el Registro de la Propiedad. Aplicable a edificios plurifamiliares existentes, obra nueva, divisiones tumbadas (chalets adosados, urbanizaciones) y comunidades complejas con subcomunidades. Validamos licencia urbanística, coeficientes (deben sumar 100,00 %), descripción de cada elemento privativo y aspectos fiscales (modelo 600 AJD). Tras la inscripción, cada vivienda/local recibe IDUFIR propio y puede venderse independientemente.
Guía práctica: Obra nueva, division horizontal y otras inscripciones en el Registro de la Propiedad. Requisitos, plazos y pasos, explicados.
- Coste total orientativo
- 423 €
- Honorario Managora
- 423,00 € (IVA 21% incl.)
- Tasa oficial
- AJD según CCAA (modelo 600) más 150-500 € de registro. Además, la división horizontal exige escritura pública notarial, con arancel notarial a su cargo proporcional al valor del inmueble. (suplido, sin IVA)
- Plazo de resolución
- Sin plazo legal estricto. Sin inscripción no se pueden vender los elementos privativos por separado.
- Dónde se presenta
- Notario + Registro de la Propiedad correspondiente ↗
- Qué recibe
- Solicitud
Desglose del coste: Gestión 423,00 € (IVA 21% incl.) + notaría desde unos 150 € + registro de 150 a 500 €. Además AJD (modelo 600) variable según el valor del inmueble y la comunidad autónoma..
División horizontal - escritura e inscripción RP: ¿cómo se tramita?
- 1Conteste las preguntas del chat (~15 minutos).
- 2Validamos automáticamente que los coeficientes sumen 100,00 %, que la licencia urbanística esté concedida y que cada elemento esté correctamente descrito (art. 5 LPH).
- 3Si el edificio está sólo proyectado, le explicamos la secuencia: declaración de obra nueva primero, división horizontal después.
- 4Pago de 423,00 € (IVA 21% incl.) por la gestión + ~600-1.500 € notaría + ~150-500 € registro + AJD según CCAA.
- 5Firma del mandato desde su móvil.
- 6Le redactamos el borrador de la escritura con la descripción del edificio, los elementos privativos, las cuotas y los estatutos.
- 7Coordinamos cita notarial.
- 8Tramitamos el modelo 600 AJD ante la oficina liquidadora.
- 9Presentación al Registro de la Propiedad.
- 10Tras la inscripción, cada elemento privativo recibe IDUFIR propio.
¿Qué documentos necesita?
- •Escritura o nota simple del solar / edificio.
- •Licencia urbanística municipal de división horizontal.
- •Proyecto técnico arquitectónico con planos de cada elemento privativo.
- •Certificado catastral del inmueble.
- •Si edificio terminado: certificado final de obra emitido por el técnico director.
- •Si edificio en construcción: declaración de obra nueva en construcción.
- •Cédula habitabilidad (algunas CCAA).
- •Libro del Edificio.
- •Estatutos y, en su caso, reglamento interno (recomendados).
Base legal y a tener en cuenta
- Marco: art. 5 Ley 49/1960 LPH + art. 8 LH + Reglamento Hipotecario art. 53 + RD 1093/1997 + art. 26 RDLeg 7/2015 Ley del Suelo.
- Forma OBLIGATORIA: escritura pública (art. 1280.1 CC). Inscripción OBLIGATORIA en RP para oponibilidad a terceros.
- Requisito previo: LICENCIA URBANÍSTICA MUNICIPAL de división horizontal (art. 26 LS). Plazos típicos del Ayuntamiento 2-3 meses.
- Coeficientes: deben sumar EXACTAMENTE 100,00 % (art. 5 LPH). Se calculan en proporción a superficie útil, ponderable por situación, orientación y uso.
- Estatutos: NO obligatorios pero MUY recomendables. Posteriormente requieren acuerdos comunitarios (3/5 votos generales o unanimidad para temas patrimoniales art. 17 LPH) más onerosos.
- AJD modelo 600: muchas CCAA bonifican o eximen la división horizontal. Verificamos su CCAA específica.
- Tras la inscripción: cada elemento privativo recibe IDUFIR propio y puede venderse independientemente. Esto desbloquea el cluster compraventa.
- Modalidades: normal (edificio existente), con obra nueva (típico promoción), tumbada (chalets adosados, urbanizaciones), compleja (subcomunidades).
- Costes orientativos: notaría 600-1.500 €, registro 150-500 € (varían por número de elementos y complejidad).
- Conexiones: tras división horizontal, normalmente compraventa de cada elemento; cada nuevo titular debe declarar al Catastro (use cambio_titularidad_catastro) si la comunicación notarial automática del art. 14 LCI no funciona.
División horizontal - escritura e inscripción RP: preguntas frecuentes
División horizontal - escritura e inscripción RP: ¿cuánto cuesta?
El coste total orientativo (gestión + tasas e impuestos oficiales) es 423 €: Gestión 423,00 € (IVA 21% incl.) + notaría desde unos 150 € + registro de 150 a 500 €. Además AJD (modelo 600) variable según el valor del inmueble y la comunidad autónoma.. El honorario de Managora es 423,00 €, IVA 21% incluido (349,59 € de base + 73,41 € de IVA). La tasa oficial del organismo (suplido, sin IVA) es: AJD según CCAA (modelo 600) más 150-500 € de registro. Además, la división horizontal exige escritura pública notarial, con arancel notarial a su cargo proporcional al valor del inmueble..
División horizontal - escritura e inscripción RP: ¿cuánto tarda?
Sin plazo legal estricto. Sin inscripción no se pueden vender los elementos privativos por separado.
División horizontal - escritura e inscripción RP: ¿qué documentos necesito?
Necesita tener a mano: Escritura o nota simple del solar / edificio., Licencia urbanística municipal de división horizontal., Proyecto técnico arquitectónico con planos de cada elemento privativo., Certificado catastral del inmueble., Si edificio terminado: certificado final de obra emitido por el técnico director., Si edificio en construcción: declaración de obra nueva en construcción., Cédula habitabilidad (algunas CCAA)., Libro del Edificio., Estatutos y, en su caso, reglamento interno (recomendados).. No los sube aquí: recogemos los datos por el chat guiado.
¿Quién presenta el trámite?
Lo presenta Managora en su nombre ante Notario + Registro de la Propiedad correspondiente. Usted solo aporta los datos por el chat y firma un mandato; nosotros preparamos, firmamos y registramos.
¿Se puede hacer online?
Sí. Todo el proceso es online: responde unas preguntas en el chat guiado, firma un mandato simple en pantalla y recibe el acuse y los documentos oficiales por email, con plena validez legal.
Trámites relacionados
Información basada en la normativa vigente y en la sede oficial del organismo competente: Notario + Registro de la Propiedad correspondiente ↗.
¿Empezamos con «División horizontal - escritura e inscripción RP»?
Lo presentamos por usted, de principio a fin.
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