Ley Dependencia: PEVS, cuidador familiar y asistente personal

Ley Dependencia: PEVS, cuidador familiar y asistente personal se presenta ante CCAA, Consejería de Servicios Sociales / Dependencia + IMSERSO. Con Managora lo hace 100% online: responde unas preguntas, firma un mandato digital y nosotros redactamos, firmamos y presentamos su solicitud por usted. Lo que le cobramos: 200 €.

Tramitamos el Programa Individual de Atención (PIA) tras el reconocimiento del grado de dependencia: elección entre PEVS (servicio acreditado), PECEF (cuidador familiar) o PEAP (asistente personal) con cálculo de cuantía orientativa según grado y capacidad económica. Marco: Ley 39/2006 SAAD arts. 14-19, 28-29 + RD 1051/2013 + RD 675/2023 + Resolución IMSERSO 23/2/2022. 6 prestaciones + 3 grados.

Guía práctica: Reconocimiento del grado de discapacidad y de dependencia. Requisitos, plazos y pasos, explicados.

Lo que le cobramos
200 €
Honorario Managora
200,00 € (IVA 21% incl.)
Tasa oficial
Sin tasa
Plazo de resolución
Resolución del PIA hasta 6 meses (Ley 39/2006 art. 28 + LPACAP); efectos económicos desde la fecha de solicitud.
Qué recibe
Solicitud

Desglose del coste: Gestión 200,00 € (IVA 21% incl.), sin tasa: la solicitud del PIA (Ley de Dependencia) ante la CCAA es gratuita..

Ley Dependencia: PEVS, cuidador familiar y asistente personal: ¿cómo se tramita?

  1. 1Conteste las preguntas (~12 minutos).
  2. 2Validamos prestación elegida vs grado, acreditación del centro y documentación.
  3. 3Pago 200,00 € (IVA 21% incl.).
  4. 4Le entregamos solicitud + checklist + alertas.

¿Qué documentos necesita?

  • Resolución del reconocimiento de grado de dependencia.
  • BVD (Baremo Valoración de Dependencia).
  • Informe social del trabajador social municipal.
  • Informe de salud reciente.
  • DNI/NIE del beneficiario + representante si procede.
  • Certificado de empadronamiento.
  • IBAN para abono.
  • Para PECEF: convivencia 1 año previo del cuidador.
  • Para PEVS: certificación del centro acreditado SAAD.

Requisitos previos que también hacemos nosotros

Para este trámite necesita documentos que también tramitamos. Si le falta alguno, pídanoslo aquí y vuelva cuando lo tenga:

Base legal y a tener en cuenta

  • Marco: Ley 39/2006 SAAD + RD 1051/2013 + RD 675/2023 + Resolución IMSERSO 23/2/2022.
  • PECEF es prestación EXCEPCIONAL (art. 18.2): preferente el servicio profesional.
  • PEVS solo financia centros acreditados.
  • Conexiones naturales: solicitud_reconocimiento_grado_dependencia, solicitud_reconocimiento_grado_discapacidad, tarjeta_pmr_movilidad_reducida, pnc_invalidez.

Ley Dependencia: PEVS, cuidador familiar y asistente personal: preguntas frecuentes

Ley Dependencia: PEVS, cuidador familiar y asistente personal: ¿cuánto cuesta?

Le cobramos 200 €: nuestra gestión y, si la hay, la tasa oficial fija que adelantamos. Gestión 200,00 € (IVA 21% incl.), sin tasa: la solicitud del PIA (Ley de Dependencia) ante la CCAA es gratuita.. El honorario de Managora es 200,00 €, IVA 21% incluido (165,29 € de base + 34,71 € de IVA). Este trámite no tiene tasa oficial del organismo.

Ley Dependencia: PEVS, cuidador familiar y asistente personal: ¿cuánto tarda?

Resolución del PIA hasta 6 meses (Ley 39/2006 art. 28 + LPACAP); efectos económicos desde la fecha de solicitud.

Ley Dependencia: PEVS, cuidador familiar y asistente personal: ¿qué documentos necesito?

Necesita tener a mano: Resolución del reconocimiento de grado de dependencia., BVD (Baremo Valoración de Dependencia)., Informe social del trabajador social municipal., Informe de salud reciente., DNI/NIE del beneficiario + representante si procede., Certificado de empadronamiento., IBAN para abono., Para PECEF: convivencia 1 año previo del cuidador., Para PEVS: certificación del centro acreditado SAAD.. No los sube aquí: recogemos los datos por el chat guiado.

¿Quién presenta el trámite?

Lo presenta Managora en su nombre ante CCAA, Consejería de Servicios Sociales / Dependencia + IMSERSO. Usted solo aporta los datos por el chat y firma un mandato; nosotros preparamos, firmamos y registramos.

¿Se puede hacer online?

Sí. Todo el proceso es online: responde unas preguntas en el chat guiado, firma un mandato simple en pantalla y recibe el acuse y los documentos oficiales por email, con plena validez legal.

Trámites relacionados

Información basada en la normativa vigente y en la sede oficial del organismo competente: CCAA, Consejería de Servicios Sociales / Dependencia + IMSERSO.

Managora Gestion SL (CIF B88823893) es una empresa privada. No somos CCAA, Consejería de Servicios Sociales / Dependencia + IMSERSO, ni estamos vinculados, autorizados ni aprobados por ningún organismo público, y este sitio no es una sede electrónica. Lo que usted paga en esta página es nuestro honorario por preparar, firmar y presentar el trámite en su nombre: es distinto de la tasa oficial, que cuando la hay es del organismo y se le muestra por separado. Puede realizar este trámite usted mismo, directamente ante CCAA, Consejería de Servicios Sociales / Dependencia + IMSERSO.

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