Declaración de obra nueva e inscripción RP
Tramitamos la escritura de declaración de obra nueva (art. 28 RDLeg 7/2015 + art. 8 LH) en sus 3 modalidades: en construcción, terminada o por antigüedad. Validamos licencia urbanística (excepto antigüedad), certificado final de obra, cédula habitabilidad, Libro del Edificio, seguros decenales LOE (con excepción de autopromoción) y coordenadas georreferenciadas obligatorias desde Ley 13/2015. Calculamos AJD (1,5 % del valor de la obra) y le acompañamos hasta la inscripción registral. Es el paso PREVIO natural a la división horizontal en promociones.
- Precio Managora
- 49,00 €
- Tasa oficial
- AJD 1,5 % del valor de la obra (variable por CCAA) más 150-500 € de registro. Además, la declaración de obra nueva exige escritura pública notarial, con arancel notarial a su cargo proporcional al valor declarado.
- Plazo
- Sin plazo legal estricto. Sin inscripción no se puede vender el inmueble como construido y obstaculiza compraventas, herencias y financiación.
- Dónde se presenta
- Notario + Registro de la Propiedad correspondiente
- Qué recibe
- Solicitud
Cómo lo hacemos
- 1Conteste las preguntas del chat (~12 minutos).
- 2Detectamos la modalidad apta (en construcción / terminada / por antigüedad) según su situación.
- 3Validamos licencia, certificados, seguros y coordenadas - le indicamos qué falta antes de ir al notario.
- 4Calculamos AJD (1,5 % del valor de la obra) y posibles bonificaciones autonómicas para autopromoción.
- 5Pago de 49 € por la gestión + ~700-2.000 € notaría + ~200-500 € registro + AJD (~2.700 € en una obra de 180.000 €).
- 6Firma del mandato desde su móvil.
- 7Le redactamos el borrador de la escritura de declaración de obra nueva.
- 8Coordinamos cita notarial.
- 9Tramitamos modelo 600 AJD y, si fuera necesario, le obtenemos coordenadas georreferenciadas.
- 10Presentación al Registro de la Propiedad e inscripción.
- 11Si plurifamiliar: encadenamos con división horizontal en la misma escritura o posterior.
Qué necesita tener a mano
- •DNI / NIE / CIF del promotor.
- •Escritura o nota simple del solar / parcela.
- •Licencia urbanística (excepto en modalidad por antigüedad).
- •Si en construcción: certificación técnica de inicio de obra firmada.
- •Si terminada: certificado final de obra del técnico director.
- •Si terminada y vivienda: cédula de habitabilidad o licencia de ocupación.
- •Si terminada y vivienda: Libro del Edificio.
- •Si terminada y vivienda residencial no autopromoción: póliza de seguros decenales LOE.
- •Coordenadas georreferenciadas (Ley 13/2015) y certificado catastral descriptivo y gráfico.
- •Si por antigüedad: certificación técnica de antigüedad o documentación que la acredite (recibos IBI antiguos, fotos aéreas catastrales, etc.).
A tener en cuenta
- Marco: art. 28 RDLeg 7/2015 LS + art. 8 LH + arts. 47/50/52 RD 1093/1997 + Ley 38/1999 LOE + Ley 13/2015 (coordenadas georreferenciadas obligatorias) + Ley 41/2007 (simplificación).
- 3 modalidades: EN CONSTRUCCIÓN (art. 28.1 - permite venta sobre plano), TERMINADA (art. 28.4 - habitable y vendible), POR ANTIGÜEDAD (art. 28.6 - edificación sin licencia donde han prescrito acciones urbanísticas).
- Plazos por antigüedad: 6 años en suelo urbano consolidado/urbanizable, 4 años en rural. En suelo no urbanizable de ESPECIAL PROTECCIÓN, en muchas CCAA la acción NO PRESCRIBE: la legalización por antigüedad puede no ser viable.
- Coordenadas georreferenciadas obligatorias desde Ley 13/2015 (art. 9.b LH). Sin ellas el RP suspenderá la inscripción.
- Vivienda residencial nueva: SEGUROS DECENALES obligatorios (Ley 38/1999 LOE art. 19) - garantía estructural 10 años. Excepción: autopromotor para uso propio si no transmite en 10 años (DA 2ª LOE).
- Cédula de habitabilidad / licencia de ocupación: obligatoria para inscribir vivienda terminada (art. 28.4.b LS + normativa autonómica).
- Libro del Edificio (art. 7 LOE): obligatorio para vivienda. Contiene proyecto, modificaciones, certificado final e instrucciones de uso/mantenimiento.
- AJD: 1,5 % del valor declarado de la obra (general). Algunas CCAA bonifican autopromoción de vivienda habitual (Andalucía, Madrid, Cataluña con condiciones).
- Conexiones: si vivienda plurifamiliar, encadenamos con division_horizontal_rp (puede ser la misma escritura). Si vendió: cambio_titularidad_catastro tras venta.
- Sin inscripción registral, el inmueble no se puede vender como 'construido' - solo como 'solar' al que después se aplicaría obra nueva en construcción al comprador. Esto bloquea compraventas y financiación.
Preguntas frecuentes
¿Cuánto cuesta tramitar declaración de obra nueva e inscripción rp con Managora?
El precio del servicio de Managora es 49,00 €. La tasa oficial del organismo es: AJD 1,5 % del valor de la obra (variable por CCAA) más 150-500 € de registro. Además, la declaración de obra nueva exige escritura pública notarial, con arancel notarial a su cargo proporcional al valor declarado..
¿Cuánto tarda?
Sin plazo legal estricto. Sin inscripción no se puede vender el inmueble como construido y obstaculiza compraventas, herencias y financiación.
¿Qué documentos necesito?
Necesita tener a mano: DNI / NIE / CIF del promotor., Escritura o nota simple del solar / parcela., Licencia urbanística (excepto en modalidad por antigüedad)., Si en construcción: certificación técnica de inicio de obra firmada., Si terminada: certificado final de obra del técnico director., Si terminada y vivienda: cédula de habitabilidad o licencia de ocupación., Si terminada y vivienda: Libro del Edificio., Si terminada y vivienda residencial no autopromoción: póliza de seguros decenales LOE., Coordenadas georreferenciadas (Ley 13/2015) y certificado catastral descriptivo y gráfico., Si por antigüedad: certificación técnica de antigüedad o documentación que la acredite (recibos IBI antiguos, fotos aéreas catastrales, etc.).. No los sube aquí: recogemos los datos por el chat guiado.
¿Quién presenta el trámite?
Lo presenta Managora en su nombre ante Notario + Registro de la Propiedad correspondiente. Usted solo aporta los datos por el chat y firma un mandato; nosotros preparamos, firmamos y registramos.
¿Es válido legalmente?
Sí. Usted firma un mandato simple en pantalla que nos autoriza a actuar en su nombre. Recibe el acuse y los documentos oficiales por email, con plena validez.
Trámites relacionados
¿Empezamos con declaración de obra nueva e inscripción rp?
Lo presentamos por usted, de principio a fin.
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