Partición y adjudicación de herencia
Partición y adjudicación de herencia se presenta ante Notaría competente del último domicilio del causante. Con Managora lo hace 100% online: responde unas preguntas, firma un mandato digital y nosotros redactamos, firmamos y presentamos su solicitud por usted. Coste total orientativo: 362 €. Tasa oficial: Sin tasa de organismo. La partición tributa por el Impuesto sobre Sucesiones (ISD) de cada heredero (cuota variable por CCAA, con bonificaciones en Grupos I-II) y, si incluye inmuebles urbanos, por la plusvalía municipal (IIVTNU). Si se formaliza en escritura pública (obligatorio para inscribir inmuebles), se añaden el arancel notarial y el del Registro de la Propiedad, a su cargo.
Tramitamos la partición y adjudicación de los bienes hereditarios entre los coherederos por vía notarial: elegimos la notaría competente, redactamos el cuaderno particional, otorgamos la escritura, liquidamos los impuestos e inscribimos en el Registro de la Propiedad. Detectamos el modo aplicable (partición hecha por el testador, contador-partidor testamentario, contador-partidor dativo nombrado por notario o partición unánime de los herederos). Validamos cuotas, homogeneidad de lotes (art. 1061 CC), bienes indivisibles con compensación dineraria (art. 1062 CC), aceptación previa de la herencia, ISD en plazo y la intervención del Ministerio Fiscal cuando hay menores (art. 166 CC). Si los herederos no llegan a ningún acuerdo, la única salida es la división judicial, que exige procurador y no está incluida en este trámite: se lo decimos con claridad y trabajamos para que el acuerdo sea posible.
Guía práctica: Pasos al fallecer: seguros, particion, renuncia y beneficio de inventario. Requisitos, plazos y pasos, explicados.
- Coste total orientativo
- 362 €
- Honorario Managora
- 362,00 € (IVA 21% incl.)
- Tasa oficial
- Sin tasa de organismo. La partición tributa por el Impuesto sobre Sucesiones (ISD) de cada heredero (cuota variable por CCAA, con bonificaciones en Grupos I-II) y, si incluye inmuebles urbanos, por la plusvalía municipal (IIVTNU). Si se formaliza en escritura pública (obligatorio para inscribir inmuebles), se añaden el arancel notarial y el del Registro de la Propiedad, a su cargo. (suplido, sin IVA)
- Plazo de resolución
- Partición notarial: 2-6 semanas tras el acuerdo. Contador-partidor dativo: 1-3 meses. Plazo de rescisión por lesión: 4 años (art. 1076 CC). La división judicial, para el caso de que no haya acuerdo, exige procurador y no está incluida en este trámite.
- Dónde se presenta
- Notaría competente del último domicilio del causante ↗
- Qué recibe
- Solicitud
Desglose del coste: Gestión 362,00 € (IVA 21% incl.). Con inmuebles, escritura notarial (desde unos 60 €) y Registro (desde unos 25 €). Aparte: ISD de cada heredero y plusvalía municipal (IIVTNU), ambos variables..
Partición y adjudicación de herencia: ¿cómo se tramita?
- 1Conteste las preguntas del chat (~15-20 minutos).
- 2Detectamos el modo aplicable, validamos cuotas (suma 100 %), homogeneidad de lotes y compensaciones por bienes indivisibles.
- 3Pago de 362,00 € (IVA 21% incl.).
- 4Firma del mandato desde su móvil.
- 5Coordinamos con la notaría que designamos nosotros: redacción del cuaderno particional, otorgamiento de la escritura, autoliquidaciones (ISD si pendiente, IIVTNU), inscripción en el Registro de la Propiedad y cambio de titularidad en cuentas bancarias y vehículos.
- 6Recibe la copia autorizada de la escritura y los justificantes registrales.
¿Qué documentos necesita?
- •Certificación literal de defunción del causante.
- •Testamento (copia autorizada) o acta notarial de declaración de herederos.
- •Escritura pública o documento privado de aceptación de herencia de cada heredero.
- •DNI/NIE en vigor de cada heredero (y representante legal si lo hay).
- •Notas simples actualizadas de los inmuebles del causante.
- •Tasaciones / valoraciones de los bienes (notas catastrales, certificados bancarios).
- •Justificante del ISD presentado o de la prórroga solicitada.
- •Si hay menor: autorización judicial / consentimiento del Ministerio Fiscal cuando proceda (art. 166 CC).
Base legal y a tener en cuenta
- Modo unánime (art. 1058 CC) es la vía más habitual: todos los herederos firman ante notario el cuaderno particional.
- Contador-partidor testamentario (art. 1057.1 CC): plazo de 1 año para realizar la partición desde la aceptación.
- Contador-partidor dativo (art. 1057.2 CC + Ley 15/2015): herederos y legatarios que representen >=50 % del haber pueden pedir al notario el nombramiento.
- División judicial (LEC 782-805): es la única vía cuando no hay acuerdo, se sustancia ante el Juzgado de 1ª Instancia del último domicilio del causante y exige procurador, por lo que NO está incluida en este trámite. Este trámite cubre la partición notarial; si vemos que el acuerdo no es posible, se lo decimos antes de que gaste dinero.
- Igualdad y homogeneidad de lotes (art. 1061 CC): cada heredero recibe bienes de la misma naturaleza, calidad o especie. Tolerancia de ~5 % de desvío.
- Bienes indivisibles (art. 1062 CC): si la cosa es de cómoda división o se desmerece mucho, se adjudica a un solo heredero con compensación dineraria a los demás. Tipo: vivienda principal, empresa familiar, vehículo de valor.
- Plazo de rescisión por lesión (art. 1075-1077 CC): 4 años desde la partición si la lesión supera el 25 % del valor del lote.
- Forma escritura pública obligatoria si hay inmuebles (art. 14 LH + 1280.1 CC) o si es contador-partidor dativo. Tras la partición: inscripción registral, IIVTNU si inmuebles urbanos, cambio de titularidad bancaria y DGT.
- Coste notarial estimado: 400 € base + 0,1 % del activo (suplido al notario).
Partición y adjudicación de herencia: preguntas frecuentes
Partición y adjudicación de herencia: ¿cuánto cuesta?
El coste total orientativo (gestión + tasas e impuestos oficiales) es 362 €: Gestión 362,00 € (IVA 21% incl.). Con inmuebles, escritura notarial (desde unos 60 €) y Registro (desde unos 25 €). Aparte: ISD de cada heredero y plusvalía municipal (IIVTNU), ambos variables.. El honorario de Managora es 362,00 €, IVA 21% incluido (299,17 € de base + 62,83 € de IVA). La tasa oficial del organismo (suplido, sin IVA) es: Sin tasa de organismo. La partición tributa por el Impuesto sobre Sucesiones (ISD) de cada heredero (cuota variable por CCAA, con bonificaciones en Grupos I-II) y, si incluye inmuebles urbanos, por la plusvalía municipal (IIVTNU). Si se formaliza en escritura pública (obligatorio para inscribir inmuebles), se añaden el arancel notarial y el del Registro de la Propiedad, a su cargo..
Partición y adjudicación de herencia: ¿cuánto tarda?
Partición notarial: 2-6 semanas tras el acuerdo. Contador-partidor dativo: 1-3 meses. Plazo de rescisión por lesión: 4 años (art. 1076 CC). La división judicial, para el caso de que no haya acuerdo, exige procurador y no está incluida en este trámite.
Partición y adjudicación de herencia: ¿qué documentos necesito?
Necesita tener a mano: Certificación literal de defunción del causante., Testamento (copia autorizada) o acta notarial de declaración de herederos., Escritura pública o documento privado de aceptación de herencia de cada heredero., DNI/NIE en vigor de cada heredero (y representante legal si lo hay)., Notas simples actualizadas de los inmuebles del causante., Tasaciones / valoraciones de los bienes (notas catastrales, certificados bancarios)., Justificante del ISD presentado o de la prórroga solicitada., Si hay menor: autorización judicial / consentimiento del Ministerio Fiscal cuando proceda (art. 166 CC).. No los sube aquí: recogemos los datos por el chat guiado.
¿Quién presenta el trámite?
Lo presenta Managora en su nombre ante Notaría competente del último domicilio del causante. Usted solo aporta los datos por el chat y firma un mandato; nosotros preparamos, firmamos y registramos.
¿Se puede hacer online?
Sí. Todo el proceso es online: responde unas preguntas en el chat guiado, firma un mandato simple en pantalla y recibe el acuse y los documentos oficiales por email, con plena validez legal.
Trámites relacionados
Información basada en la normativa vigente y en la sede oficial del organismo competente: Notaría competente del último domicilio del causante ↗.
¿Empezamos con «Partición y adjudicación de herencia»?
Lo presentamos por usted, de principio a fin.
Empezar ahora →