Prestación por riesgo durante el embarazo
Prestación por riesgo durante el embarazo se presenta ante INSS / Mutua colaboradora. Con Managora lo hace 100% online: responde unas preguntas, firma un mandato digital y nosotros redactamos, firmamos y presentamos su solicitud por usted. Lo que le cobramos: 150 €.
Tramitamos ante INSS o mutua colaboradora la prestación por riesgo durante el embarazo (arts. 186-189 LGSS): 100 % de la base reguladora desde la suspensión del contrato (art. 45.1.d ET). Para trabajadoras cuyas condiciones de trabajo afectan al embarazo y no es posible adaptar el puesto.
Guía práctica: Prestaciones familiares del INSS: embarazo, lactancia y orfandad. Requisitos, plazos y pasos, explicados.
- Lo que le cobramos
- 150 €
- Honorario Managora
- 150,00 € (IVA 21% incl.)
- Tasa oficial
- Sin tasa
- Plazo de resolución
- Resolución 30 días. Inicio prestación día siguiente a la suspensión del contrato.
- Dónde se presenta
- INSS / Mutua colaboradora ↗
- Qué recibe
- Solicitud
Desglose del coste: Gestión 150,00 € (IVA 21% incl.). La solicitud de la prestación ante el INSS o la mutua no tiene tasa; es usted quien cobra la prestación..
Prestación por riesgo durante el embarazo: ¿cómo se tramita?
- 1Conteste las preguntas del chat (~10 minutos).
- 2Validamos certificación SPS + informe empresarial.
- 3Pago de 150,00 € (IVA 21% incl.).
- 4Firma del mandato desde su móvil.
- 5Presentación de la solicitud ante INSS o mutua colaboradora.
- 6Cobro mensual hasta inicio del permiso por nacimiento (16 semanas).
¿Qué documentos necesita?
- •Certificación médica del SPS de riesgo durante el embarazo.
- •Informe empresarial de imposibilidad de adaptación / cambio de puesto.
- •Evaluación de riesgos del puesto (art. 16 LPRL).
- •Vida laboral.
- •Certificación de bases de cotización (últimos 6 meses).
Requisitos previos que también hacemos nosotros
Para este trámite necesita documentos que también tramitamos. Si le falta alguno, pídanoslo aquí y vuelva cuando lo tenga:
Base legal y a tener en cuenta
- Marco: arts. 186-189 LGSS + RD 295/2009 + art. 26 LPRL.
- Cuantía: 100 % base reguladora (contingencias profesionales).
- Imprescindible certificación SPS + informe empresarial de imposible adaptación.
- Suspende el contrato (art. 45.1.d ET) y libera de cotizar a la trabajadora.
- Transición automática a prestación por nacimiento (16 semanas) tras parto.
Prestación por riesgo durante el embarazo: preguntas frecuentes
Prestación por riesgo durante el embarazo: ¿cuánto cuesta?
Le cobramos 150 €: nuestra gestión y, si la hay, la tasa oficial fija que adelantamos. Gestión 150,00 € (IVA 21% incl.). La solicitud de la prestación ante el INSS o la mutua no tiene tasa; es usted quien cobra la prestación.. El honorario de Managora es 150,00 €, IVA 21% incluido (123,97 € de base + 26,03 € de IVA). Este trámite no tiene tasa oficial del organismo.
Prestación por riesgo durante el embarazo: ¿cuánto tarda?
Resolución 30 días. Inicio prestación día siguiente a la suspensión del contrato.
Prestación por riesgo durante el embarazo: ¿qué documentos necesito?
Necesita tener a mano: Certificación médica del SPS de riesgo durante el embarazo., Informe empresarial de imposibilidad de adaptación / cambio de puesto., Evaluación de riesgos del puesto (art. 16 LPRL)., Vida laboral., Certificación de bases de cotización (últimos 6 meses).. No los sube aquí: recogemos los datos por el chat guiado.
¿Quién presenta el trámite?
Lo presenta Managora en su nombre ante INSS / Mutua colaboradora. Usted solo aporta los datos por el chat y firma un mandato; nosotros preparamos, firmamos y registramos.
¿Se puede hacer online?
Sí. Todo el proceso es online: responde unas preguntas en el chat guiado, firma un mandato simple en pantalla y recibe el acuse y los documentos oficiales por email, con plena validez legal.
Trámites relacionados
Información basada en la normativa vigente y en la sede oficial del organismo competente: INSS / Mutua colaboradora ↗.
Managora Gestion SL (CIF B88823893) es una empresa privada. No somos INSS / Mutua colaboradora, ni estamos vinculados, autorizados ni aprobados por ningún organismo público, y este sitio no es una sede electrónica. Lo que usted paga en esta página es nuestro honorario por preparar, firmar y presentar el trámite en su nombre: es distinto de la tasa oficial, que cuando la hay es del organismo y se le muestra por separado. Puede realizar este trámite usted mismo, directamente ante INSS / Mutua colaboradora.
¿Empezamos con «Prestación por riesgo durante el embarazo»?
Lo presentamos por usted, de principio a fin.
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