Estudio de su tarjeta o crédito revolving: si hay caso y cuánto ha pagado de más
Estudio de su tarjeta o crédito revolving: si hay caso y cuánto ha pagado de más se presenta ante Managora (informe propio: este estudio no se presenta ante ningún organismo). Con Managora lo hace 100% online: responde unas preguntas, firma un mandato digital y nosotros redactamos, firmamos y presentamos su certificado por usted. Lo que le cobramos: 149 €.
Analizamos su contrato y sus extractos y le entregamos un informe con tres cosas: si su caso entra por el tipo de interés que le aplicaron o por la información que no le dieron al contratar, cuánto dinero ha pagado por encima del capital que realmente dispuso, y qué parte de ese dinero sigue siendo reclamable hoy. El tipo medio con el que comparamos su TAE lo ponemos nosotros: es el que se publicaba para tarjetas y crédito revolving en el mes en que usted firmó, no el de ahora. Usted no tiene que buscar ese dato ni calcular nada. Este estudio no reclama nada todavía a la financiera: es el informe que dice si hay caso y con qué cifra se reclama después.
- Lo que le cobramos
- 149 €
- Honorario Managora
- 149,00 € (IVA 21% incl.)
- Tasa oficial
- Sin tasa
- Plazo de resolución
- Le entregamos el informe en 5 días hábiles desde que tengamos el contrato y los extractos. Tenga en cuenta que la devolución del dinero alcanza los últimos cinco años y se cuenta cuota a cuota: cada mes que pasa sin reclamar resta una cuota del cálculo.
- Qué recibe
- Certificado oficial
Desglose del coste: Estudio 149,00 € (IVA 21% incl.). No hay tasa que pagar: el informe no se presenta ante ningún organismo. Si después nos encarga la demanda, estos 149,00 € se descuentan de su precio..
Estudio de su tarjeta o crédito revolving: si hay caso y cuánto ha pagado de más: ¿cómo se tramita?
- 1Conteste las preguntas del chat y suba sus papeles (~8 minutos).
- 2Pago de 149,00 € (IVA 21% incl.). No hay tasa.
- 3Firma del mandato desde su móvil.
- 4Leemos el contrato y los extractos y comparamos su interés con el tipo medio que se publicaba el mes en que usted firmó.
- 5Recibe por email un informe con el veredicto, el cálculo de lo pagado por encima del capital dispuesto y qué parte sigue siendo reclamable hoy, más la recomendación del siguiente paso.
- 6Si después nos encarga la demanda, le descontamos estos 149,00 € de su precio.
¿Qué documentos necesita?
- •El contrato de la tarjeta o del crédito revolving, con sus condiciones.
- •Los extractos o liquidaciones mensuales, cuantos más meses mejor.
- •La carta de la empresa que le reclame la deuda, solo si no es la entidad original.
Base legal y a tener en cuenta
- El estudio se apoya en la Ley de 23 de julio de 1908 sobre nulidad de los contratos de préstamos usurarios, conocida como Ley Azcárate. Su artículo 1 declara nulo el préstamo en el que se estipula un interés notablemente superior al normal del dinero y manifiestamente desproporcionado con las circunstancias del caso. De ahí que comparemos la TAE de su contrato con el tipo medio que se publicaba para este tipo de crédito en el mes en que usted firmó, y no con el de hoy.
- El artículo 3 de esa misma ley dice qué ocurre cuando la nulidad se declara: usted queda obligado a devolver solo la suma que recibió, y la entidad debe devolverle lo que haya cobrado por encima de ese capital. Ese es justamente el cálculo que recoge el informe al sumar sus cuotas, cuánto dispuso usted de verdad y cuánto ha pagado por encima.
- Si el interés no llega a ser notablemente superior al del mes de la firma, el informe examina el contrato por la vía de la transparencia. El artículo 80 del texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios exige que las cláusulas no negociadas individualmente sean concretas, claras y sencillas, y además accesibles y legibles: desde el 1 de junio de 2022 no se entiende cumplido ese requisito si la letra mide menos de 2,5 milímetros o si el poco contraste con el fondo dificulta la lectura.
- El artículo 82 del mismo texto refundido considera abusiva la cláusula que, en contra de las exigencias de la buena fe, causa en perjuicio del consumidor un desequilibrio importante entre los derechos y las obligaciones de las partes, y pone en la entidad la carga de probar que una cláusula se negoció individualmente. El artículo 83 añade que esas cláusulas son nulas de pleno derecho y se tienen por no puestas, y que también lo son las condiciones incorporadas de modo no transparente en perjuicio del consumidor.
- En el mismo sentido, la Directiva 93/13/CEE del Consejo, de 5 de abril de 1993, sobre las cláusulas abusivas en los contratos celebrados con consumidores, exige en su artículo 5 que las cláusulas propuestas por escrito estén redactadas de forma clara y comprensible, y ordena que, en caso de duda sobre su sentido, prevalezca la interpretación más favorable para el consumidor.
- Conviene distinguir dos plazos, porque no son lo mismo. La nulidad de pleno derecho no caduca, de modo que el contrato puede discutirse aunque hayan pasado muchos años. La devolución del dinero es otra cosa: el artículo 1964.2 del Código Civil somete las acciones personales a una prescripción de cinco años, que en un crédito revolving se cuenta cuota a cuota. Dicho en claro, cada mes que pasa sin reclamar sale del cálculo la cuota más antigua.
- El artículo 1973 del Código Civil interrumpe la prescripción por el ejercicio de la acción ante los tribunales, por la reclamación extrajudicial y por cualquier acto de reconocimiento de la deuda. Por eso le preguntamos si ya escribió usted a la entidad y en qué fecha: si lo hizo, el tramo de cuotas que todavía puede reclamarse puede ser mayor del que parece.
- Conviene que sepa de antemano hasta dónde llega la vía del supervisor. Los artículos 29 y 30 de la Ley 44/2002, de Medidas de Reforma del Sistema Financiero, obligan a la entidad a tener un departamento de atención a la clientela y permiten acudir después al servicio de reclamaciones del Banco de España, pero el informe que este emite no obliga a la entidad a devolverle nada ni sustituye a una resolución judicial.
- Lo que usted recibe aquí es un dictamen, no una reclamación: no interrumpe ningún plazo frente a la entidad y todavía no le pide el dinero a nadie. Le dice si su caso entra, por qué vía y con qué cifra, para que decida el siguiente paso con los números delante; nunca le anticipamos cuánto va a recuperar. Si después hay que escribir a la entidad o acudir a los tribunales, eso se contrata aparte, y tenga en cuenta que el artículo 5 de la Ley Orgánica 1/2025, de eficiencia del Servicio Público de Justicia, exige haber intentado antes una negociación por alguno de los medios adecuados de solución de controversias para que la demanda civil sea admitida.
Estudio de su tarjeta o crédito revolving: si hay caso y cuánto ha pagado de más: preguntas frecuentes
Estudio de su tarjeta o crédito revolving: si hay caso y cuánto ha pagado de más: ¿cuánto cuesta?
Le cobramos 149 €: nuestra gestión y, si la hay, la tasa oficial fija que adelantamos. Estudio 149,00 € (IVA 21% incl.). No hay tasa que pagar: el informe no se presenta ante ningún organismo. Si después nos encarga la demanda, estos 149,00 € se descuentan de su precio.. El honorario de Managora es 149,00 €, IVA 21% incluido (123,14 € de base + 25,86 € de IVA). Este trámite no tiene tasa oficial del organismo.
Estudio de su tarjeta o crédito revolving: si hay caso y cuánto ha pagado de más: ¿cuánto tarda?
Le entregamos el informe en 5 días hábiles desde que tengamos el contrato y los extractos. Tenga en cuenta que la devolución del dinero alcanza los últimos cinco años y se cuenta cuota a cuota: cada mes que pasa sin reclamar resta una cuota del cálculo.
Estudio de su tarjeta o crédito revolving: si hay caso y cuánto ha pagado de más: ¿qué documentos necesito?
Necesita tener a mano: El contrato de la tarjeta o del crédito revolving, con sus condiciones., Los extractos o liquidaciones mensuales, cuantos más meses mejor., La carta de la empresa que le reclame la deuda, solo si no es la entidad original.. No los sube aquí: recogemos los datos por el chat guiado.
¿Quién presenta el trámite?
Lo presenta Managora en su nombre ante Managora (informe propio: este estudio no se presenta ante ningún organismo). Usted solo aporta los datos por el chat y firma un mandato; nosotros preparamos, firmamos y registramos.
¿Se puede hacer online?
Sí. Todo el proceso es online: responde unas preguntas en el chat guiado, firma un mandato simple en pantalla y recibe el acuse y los documentos oficiales por email, con plena validez legal.
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Información basada en la normativa vigente y en la sede oficial del organismo competente: Managora (informe propio: este estudio no se presenta ante ningún organismo) ↗.
Managora Gestion SL (CIF B88823893) es una empresa privada. No somos Managora (informe propio: este estudio no se presenta ante ningún organismo), ni estamos vinculados, autorizados ni aprobados por ningún organismo público, y este sitio no es una sede electrónica. Lo que usted paga en esta página es nuestro honorario por preparar, firmar y presentar el trámite en su nombre: es distinto de la tasa oficial, que cuando la hay es del organismo y se le muestra por separado. Puede realizar este trámite usted mismo, directamente ante Managora (informe propio: este estudio no se presenta ante ningún organismo).
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