Reclamación formal a la financiera de su tarjeta revolving, por burofax con acuse
Reclamación formal a la financiera de su tarjeta revolving, por burofax con acuse se presenta ante Servicio de atención a la clientela de la entidad financiera (envío por burofax con acuse de recibo). Con Managora lo hace 100% online: responde unas preguntas, firma un mandato digital y nosotros redactamos, firmamos y presentamos su solicitud por usted. Lo que le cobramos: 199 €.
Redactamos y enviamos a su financiera la reclamación formal por el interés de su tarjeta o línea revolving: pedimos que se deje sin efecto el interés aplicado y que le devuelvan todo lo cobrado por encima del dinero que usted dispuso, con la cifra ya calculada y el detalle de dónde sale. Va por burofax con acuse de recibo, que entra en el precio. Es el paso que conviene dar antes que ningún otro: la reclamación por escrito interrumpe el plazo de prescripción, que vuelve a contar desde cero el día en que la entidad recibe el burofax. Lo reclamable alcanza los cinco años anteriores a esa fecha y se cuenta cuota a cuota, así que cada mes de espera deja fuera una cuota.
- Lo que le cobramos
- 199 €
- Honorario Managora
- 199,00 € (IVA 21% incl.)
- Tasa oficial
- Sin tasa
- Plazo de resolución
- Una vez recibido el burofax, el servicio de atención a la clientela de la entidad tiene un mes para resolver. Si deja pasar ese mes sin contestar, o contesta que no, queda abierta la vía del servicio de reclamaciones del Banco de España y, después de esa, la judicial. Conviene saber de antemano que el informe del Banco de España no obliga a la entidad a pagar. Nosotros enviamos el burofax dentro de los 3 días hábiles siguientes a que usted complete sus datos y firme el mandato.
- Dónde se presenta
- Servicio de atención a la clientela de la entidad financiera (envío por burofax con acuse de recibo) ↗
- Qué recibe
- Solicitud
Desglose del coste: Gestión 199,00 € (IVA 21% incl.). Incluye el cálculo de lo pagado de más, la redacción del escrito y el envío por burofax con acuse de recibo y certificación de contenido. No hay tasa que pagar a ningún organismo..
Reclamación formal a la financiera de su tarjeta revolving, por burofax con acuse: ¿cómo se tramita?
- 1Conteste las preguntas del chat y suba los documentos que tenga (unos 8 minutos).
- 2Pago de 199,00 € (IVA 21% incl.), con el burofax y el acuse de recibo incluidos.
- 3Firma del mandato desde su móvil.
- 4Calculamos con sus extractos cuánto ha pagado por encima del dinero que dispuso y redactamos la reclamación con esa cifra y su detalle. Si ya contrató con nosotros el estudio previo de su tarjeta, partimos de ese informe y no le volvemos a cobrar el cálculo.
- 5Enviamos el escrito por burofax con acuse de recibo y certificación de contenido al servicio de atención a la clientela de la entidad.
- 6Recibe el escrito enviado, el justificante del burofax con la certificación de contenido y el acuse de recibo, el mandato firmado y la factura.
- 7Vigilamos el mes de respuesta y le decimos por escrito qué toca después según lo que conteste la entidad. Si hay que seguir, seguimos nosotros.
¿Qué documentos necesita?
- •Contrato de la tarjeta o de la línea de crédito revolving, o las condiciones que conserve. Si no lo tiene, se lo pedimos nosotros a la financiera antes de reclamar.
- •Extractos o liquidaciones mensuales de la tarjeta, cuantos más meses mejor. Si le faltan meses, suba los que tenga.
- •DNI o NIE del titular por las dos caras.
- •Si ya reclamó antes: su escrito anterior y la respuesta de la entidad, si la hubo.
Base legal y a tener en cuenta
- La reclamación se dirige al servicio de atención a la clientela que toda entidad financiera está obligada a tener por el artículo 29 de la Ley 44/2002, de Medidas de Reforma del Sistema Financiero. Ese servicio es gratuito y tiene el deber de atender y resolver por escrito la reclamación que usted presente; el artículo 29.5.b) le fija un plazo de un mes desde la presentación para hacerlo.
- El fundamento principal del escrito es la Ley de 23 de julio de 1908 sobre nulidad de los contratos de préstamo usurarios. Su artículo 1 declara nulo todo préstamo en que se estipule un interés notablemente superior al normal del dinero y manifiestamente desproporcionado con las circunstancias del caso.
- Si el contrato se declara nulo por usura, el artículo 3 de esa misma ley obliga a que usted devuelva únicamente la suma que recibió: todo lo que haya pagado por encima de ese capital, intereses, comisiones y seguros vinculados incluidos, tiene que serle reintegrado.
- De forma subsidiaria se alega el carácter abusivo de las condiciones del contrato al amparo de los artículos 82 y 83 del texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios, que declaran nulas de pleno derecho las cláusulas no negociadas individualmente que causan un desequilibrio importante en perjuicio del consumidor, así como las condiciones incorporadas de modo no transparente.
- La nulidad del contrato no caduca, pero la devolución del dinero sí tiene límite en el tiempo: el artículo 1964.2 del Código Civil fija en cinco años el plazo de las acciones personales y la restitución se cuenta cuota a cuota. Por eso lo reclamable alcanza los cinco años anteriores a la fecha de la reclamación y cada mes que pasa deja una cuota fuera.
- El artículo 1973 del Código Civil establece que la reclamación extrajudicial interrumpe la prescripción. Interrumpir no es congelar el reloj: el plazo vuelve a contar desde cero el día en que la entidad recibe su escrito. De ahí que se envíe por burofax con acuse de recibo, porque el acuse es la prueba de esa fecha.
- Agotado el mes sin respuesta, o con respuesta negativa, puede acudirse al servicio de reclamaciones del Banco de España, previsto en el artículo 30 de la Ley 44/2002. Conviene que usted sepa que ese servicio resuelve mediante informes motivados que no vinculan a la entidad y que no tienen carácter de acto administrativo recurrible, de modo que no sustituyen a una reclamación judicial.
- Si más adelante hiciera falta demandar, la ley exige haber intentado antes un acuerdo: el artículo 5 de la Ley Orgánica 1/2025 convierte la actividad negociadora previa en requisito para que el juzgado admita la demanda, y esta reclamación sirve precisamente para acreditar ese intento. El pleito, si llega a ser necesario, se contrata aparte.
- Ninguna reclamación garantiza la devolución, porque la entidad puede desestimarla. Lo que sí queda asegurado es que su petición conste por escrito, con fecha cierta y con la cantidad reclamada detallada, y que el plazo de prescripción vuelva a contar desde ese día.
Reclamación formal a la financiera de su tarjeta revolving, por burofax con acuse: preguntas frecuentes
Reclamación formal a la financiera de su tarjeta revolving, por burofax con acuse: ¿cuánto cuesta?
Le cobramos 199 €: nuestra gestión y, si la hay, la tasa oficial fija que adelantamos. Gestión 199,00 € (IVA 21% incl.). Incluye el cálculo de lo pagado de más, la redacción del escrito y el envío por burofax con acuse de recibo y certificación de contenido. No hay tasa que pagar a ningún organismo.. El honorario de Managora es 199,00 €, IVA 21% incluido (164,46 € de base + 34,54 € de IVA). Este trámite no tiene tasa oficial del organismo.
Reclamación formal a la financiera de su tarjeta revolving, por burofax con acuse: ¿cuánto tarda?
Una vez recibido el burofax, el servicio de atención a la clientela de la entidad tiene un mes para resolver. Si deja pasar ese mes sin contestar, o contesta que no, queda abierta la vía del servicio de reclamaciones del Banco de España y, después de esa, la judicial. Conviene saber de antemano que el informe del Banco de España no obliga a la entidad a pagar. Nosotros enviamos el burofax dentro de los 3 días hábiles siguientes a que usted complete sus datos y firme el mandato.
Reclamación formal a la financiera de su tarjeta revolving, por burofax con acuse: ¿qué documentos necesito?
Necesita tener a mano: Contrato de la tarjeta o de la línea de crédito revolving, o las condiciones que conserve. Si no lo tiene, se lo pedimos nosotros a la financiera antes de reclamar., Extractos o liquidaciones mensuales de la tarjeta, cuantos más meses mejor. Si le faltan meses, suba los que tenga., DNI o NIE del titular por las dos caras., Si ya reclamó antes: su escrito anterior y la respuesta de la entidad, si la hubo.. No los sube aquí: recogemos los datos por el chat guiado.
¿Quién presenta el trámite?
Lo presenta Managora en su nombre ante Servicio de atención a la clientela de la entidad financiera (envío por burofax con acuse de recibo). Usted solo aporta los datos por el chat y firma un mandato; nosotros preparamos, firmamos y registramos.
¿Se puede hacer online?
Sí. Todo el proceso es online: responde unas preguntas en el chat guiado, firma un mandato simple en pantalla y recibe el acuse y los documentos oficiales por email, con plena validez legal.
Trámites relacionados
- Reclamación completa de su tarjeta o crédito revolving, de principio a fin
- Reclamación a su banco ante el Banco de España (DCMR)
- Solicitud a la financiera del contrato y el histórico de su tarjeta revolving
- Estudio de su tarjeta o crédito revolving: si hay caso y cuánto ha pagado de más
- Respuesta al fondo o a la empresa de recobro que le reclama la deuda de su tarjeta
- Demanda nulidad tarjeta revolving por usura/cláusulas abusivas (Ley Azcárate + TRLGDCU + STS 149/2020, 258/2023)
Información basada en la normativa vigente y en la sede oficial del organismo competente: Servicio de atención a la clientela de la entidad financiera (envío por burofax con acuse de recibo) ↗.
Managora Gestion SL (CIF B88823893) es una empresa privada. No somos Servicio de atención a la clientela de la entidad financiera (envío por burofax con acuse de recibo), ni estamos vinculados, autorizados ni aprobados por ningún organismo público, y este sitio no es una sede electrónica. Lo que usted paga en esta página es nuestro honorario por preparar, firmar y presentar el trámite en su nombre: es distinto de la tasa oficial, que cuando la hay es del organismo y se le muestra por separado. Puede realizar este trámite usted mismo, directamente ante Servicio de atención a la clientela de la entidad financiera (envío por burofax con acuse de recibo).
¿Empezamos con «Reclamación formal a la financiera de su tarjeta revolving, por burofax con acuse»?
Lo presentamos por usted, de principio a fin.
Empezar ahora →