Arraigo familiar: residencia temporal por vínculo con español o UE
Le tramitamos la solicitud de arraigo familiar al amparo del nuevo RD 1155/2024, art. 134. A diferencia del arraigo social, no exige residencia previa de 2 años, ni informe de arraigo, ni medios económicos del solicitante. Cubrimos las 5 modalidades: progenitor de menor español, hijo de español de origen, cónyuge/pareja de español o UE, ascendiente o descendiente de primer grado de español, y vía residual de familiar de UE.
- Precio Managora
- 49,00 €
- Tasa oficial
- 12,76
- Plazo
- Plazo de resolución: 3 meses desde la presentación. Silencio NEGATIVO. Vigencia inicial: 5 años (a diferencia del arraigo social que es 1 año).
- Dónde se presenta
- Oficina de Extranjería - Secretaría de Estado de Migraciones
- Qué recibe
- Solicitud
Cómo lo hacemos
- 1Conteste las preguntas del chat (~10 minutos).
- 2Identificamos su modalidad correcta y comprobamos vínculo familiar, convivencia (si aplica) y antecedentes.
- 3Pago de 49 €.
- 4Firma del mandato desde su móvil.
- 5Presentamos la solicitud telemáticamente vía Mercurio en la Oficina de Extranjería de su provincia.
- 6Recibe acuse de Extranjería, copia íntegra de la solicitud, mandato firmado y factura.
Qué necesita tener a mano
- •Pasaporte completo en vigor (todas las páginas).
- •Certificado de antecedentes penales en España (sede.mjusticia.gob.es), vigencia 6 meses.
- •Certificado de antecedentes penales del país de origen, traducido y apostillado, vigencia 6 meses.
- •Si modalidad progenitor de menor español: certificado de nacimiento del menor (literal del Registro Civil), libro de familia, certificado de empadronamiento conjunto, certificado de escolarización, tarjeta sanitaria del menor, justificante de gastos a cargo (cuotas, alimentación, médico, ropa).
- •Si modalidad cónyuge: certificado de matrimonio (literal del Registro Civil) o certificado del Registro de Parejas de Hecho. Certificado de empadronamiento conjunto.
- •Si modalidad hijo de español de origen: certificación literal de nacimiento del padre/madre español emitida en los últimos 6 meses. Su propia certificación literal de nacimiento traducida y apostillada.
- •Si modalidad ascendiente/descendiente de español: certificaciones literales de nacimiento que acrediten el parentesco directo, traducidas y apostilladas.
- •Justificante de pago tasa modelo 790-052 (12,76 €).
A tener en cuenta
- El arraigo familiar es la modalidad más rápida y favorable: vigencia 5 años (vs 1 año del social), sin residencia previa, sin informe de arraigo y sin medios económicos del solicitante.
- Modalidad progenitor de menor español: el ÚNICO requisito de fondo es la convivencia + cargo del menor. Si está separado/divorciado del otro progenitor, custodia compartida y guarda visitas también valen.
- Modalidad cónyuge: la convivencia actual es CRÍTICA. Si están separados de hecho o en proceso de divorcio, la solicitud se deniega. Si vive en provincia distinta del cónyuge, riesgo alto.
- Modalidad hijo de español de origen: el padre/madre debe ser español DE ORIGEN, no sobrevenida. Si tiene la nacionalidad por residencia o por opción, NO encaja aquí.
- Familiar UE: prioritariamente intente la tarjeta de familiar de ciudadano UE (RD 240/2007). El arraigo familiar UE es residual.
- Plazo de resolución: 3 meses, silencio NEGATIVO. Tasa 790-052 (12,76 €) + 790-012 (16,08 €) tras concesión. Nuestros 199 € cubren gestión completa con el abogado de extranjería.
Preguntas frecuentes
¿Cuánto cuesta tramitar arraigo familiar: residencia temporal por vínculo con español o ue con Managora?
El precio del servicio de Managora es 49,00 €. La tasa oficial del organismo es: 12,76.
¿Cuánto tarda?
Plazo de resolución: 3 meses desde la presentación. Silencio NEGATIVO. Vigencia inicial: 5 años (a diferencia del arraigo social que es 1 año).
¿Qué documentos necesito?
Necesita tener a mano: Pasaporte completo en vigor (todas las páginas)., Certificado de antecedentes penales en España (sede.mjusticia.gob.es), vigencia 6 meses., Certificado de antecedentes penales del país de origen, traducido y apostillado, vigencia 6 meses., Si modalidad progenitor de menor español: certificado de nacimiento del menor (literal del Registro Civil), libro de familia, certificado de empadronamiento conjunto, certificado de escolarización, tarjeta sanitaria del menor, justificante de gastos a cargo (cuotas, alimentación, médico, ropa)., Si modalidad cónyuge: certificado de matrimonio (literal del Registro Civil) o certificado del Registro de Parejas de Hecho. Certificado de empadronamiento conjunto., Si modalidad hijo de español de origen: certificación literal de nacimiento del padre/madre español emitida en los últimos 6 meses. Su propia certificación literal de nacimiento traducida y apostillada., Si modalidad ascendiente/descendiente de español: certificaciones literales de nacimiento que acrediten el parentesco directo, traducidas y apostilladas., Justificante de pago tasa modelo 790-052 (12,76 €).. No los sube aquí: recogemos los datos por el chat guiado.
¿Quién presenta el trámite?
Lo presenta Managora en su nombre ante Oficina de Extranjería - Secretaría de Estado de Migraciones. Usted solo aporta los datos por el chat y firma un mandato; nosotros preparamos, firmamos y registramos.
¿Es válido legalmente?
Sí. Usted firma un mandato simple en pantalla que nos autoriza a actuar en su nombre. Recibe el acuse y los documentos oficiales por email, con plena validez.
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