Arraigo socioformativo: residencia temporal por formación (RD 1155/2024)

Arraigo socioformativo: residencia temporal por formación (RD 1155/2024) se presenta ante Oficina de Extranjería - Secretaría de Estado de Migraciones. Con Managora lo hace 100% online: responde unas preguntas, firma un mandato digital y nosotros redactamos, firmamos y presentamos su solicitud por usted. Coste total orientativo: 429 €. Tasa oficial: Tasa modelo 790-052, epígrafe 2.3.1 (38,28 €). Importe de la Orden PJC/617/2025.

Le tramitamos la solicitud de arraigo socioformativo al amparo del RD 1155/2024 (art. 125.1.d), requisitos generales art. 126 y específicos art. 127.d). Para personas con 2 años de permanencia continuada en España (art. 126.b) que estén matriculadas o cursando una de las formaciones del art. 52.1.b) y 52.1.e) 5.º (FP, enseñanzas de adultos), o que se comprometan a una formación de los Servicios Públicos de Empleo orientada al Catálogo del art. 75.1. No exige medios económicos, pero sí un informe de integración social (art. 127.d in fine).

Guía práctica: Arraigo en Espana en 2026: tipos, requisitos y cual le corresponde. Requisitos, plazos y pasos, explicados.

Coste total orientativo
429 €
Honorario Managora
390,00 € (IVA 21% incl.)
Tasa oficial
Tasa modelo 790-052, epígrafe 2.3.1 (38,28 €). Importe de la Orden PJC/617/2025. (suplido, sin IVA)
Plazo de resolución
Plazo de resolución: 3 meses desde la presentación. Silencio NEGATIVO. Vigencia inicial: 1 año (art. 125.2). Prórroga condicionada al informe del centro sobre la promoción de curso o a la prueba del título obtenido (art. 132.b).
Qué recibe
Solicitud

Desglose del coste: 429,00 € en un solo pago: nuestra gestión 390,00 € (IVA 21% incl.) y la tasa de extranjería (modelo 790-052, epígrafe 2.3.1, 38,28 €), que adelantamos nosotros. Coste cerrado (no incluye la posterior tasa de la TIE, 16,08 €, en su caso)..

Arraigo socioformativo: residencia temporal por formación (RD 1155/2024): ¿cómo se tramita?

  1. 1Conteste las preguntas del chat (~10 minutos).
  2. 2Comprobamos los 2 años de permanencia, que la formación sea de las admitidas por el art. 127.d), el informe de integración social y los antecedentes.
  3. 3Pago de 429,00 €, tasa 790-052 incluida.
  4. 4Firma del mandato desde su móvil.
  5. 5Presentamos la solicitud telemáticamente vía Mercurio en la Oficina de Extranjería de su provincia.
  6. 6Recibe acuse, copia íntegra de la solicitud, mandato firmado y factura.

¿Qué documentos necesita?

  • Pasaporte completo en vigor.
  • Certificado de empadronamiento histórico que acredite los 2 años de residencia.
  • Certificado de antecedentes penales en España.
  • Certificado de antecedentes penales del país de origen, apostillado.
  • Documento que acredite la matrícula o admisión en el centro formativo (sello oficial), o el compromiso de formación de los Servicios Públicos de Empleo.
  • Programa de la formación con duración total y horas.
  • Informe de integración social emitido por la CCAA o la Corporación local (art. 127.d in fine, en los términos del art. 127.c).
  • Si aplica, certificación de homologación del centro o del programa formativo.
  • Justificante de pago tasa modelo 790-052, epígrafe 2.3.1 (38,28 €).

Base legal y a tener en cuenta

  • Marco: RD 1155/2024 arts. 125.1.d) (tipo «arraigo socioformativo»), 126 (requisitos generales, incluidos los 2 años de permanencia del art. 126.b) y 127.d) (requisitos específicos). Verificado contra el texto consolidado del BOE (BOE-A-2024-24099).
  • No se exigen medios económicos propios, pero el art. 127.d) in fine SÍ exige un informe de integración social en los términos del art. 127.c). No confundir con el arraigo social.
  • Formaciones admitidas: las de los arts. 52.1.b) y 52.1.e) 5.º (incluido el nivel uno) y la oferta presencial de las enseñanzas obligatorias de educación de personas adultas; o el compromiso de una formación de los Servicios Públicos de Empleo orientada al Catálogo del art. 75.1. El reglamento NO fija duración mínima de la formación.
  • Si la matrícula tiene plazo oficial, la solicitud debe presentarse en los 2 meses anteriores al inicio de ese plazo. La matrícula se acredita ante la Oficina de Extranjería en los 3 meses siguientes a la notificación de la concesión; no acreditarla extingue la autorización (art. 127.d).
  • Requisito añadido por el RD 316/2026 (art. 126.h): no ser titular de una autorización de estancia o residencia, ni ser interesado en un procedimiento de concesión, prórroga, renovación o modificación de una.
  • Habilita para trabajar por cuenta ajena un máximo de 30 horas semanales en cómputo global, con salario mínimo del SMI o del convenio aplicable en proporción a la jornada (art. 131.b).
  • La prórroga se condiciona al informe del centro que certifique la promoción a segundo curso (grado básico o medio), o a la prueba del título o certificado obtenido si terminó la formación antes de finalizar el año (art. 132.b).
  • Plazo de resolución: 3 meses, silencio NEGATIVO. Vigencia inicial 1 año (art. 125.2). Tasa 790-052 (38,28 €) al presentar + 790-012 (16,08 €) para la TIE tras la concesión.
  • Conexiones naturales: arraigo_social, arraigo_socio_laboral_2025_rd_1155, primera_tie_extranjeria.

Arraigo socioformativo: residencia temporal por formación (RD 1155/2024): preguntas frecuentes

Arraigo socioformativo: residencia temporal por formación (RD 1155/2024): ¿cuánto cuesta?

El coste total orientativo (gestión + tasas e impuestos oficiales) es 429 €: 429,00 € en un solo pago: nuestra gestión 390,00 € (IVA 21% incl.) y la tasa de extranjería (modelo 790-052, epígrafe 2.3.1, 38,28 €), que adelantamos nosotros. Coste cerrado (no incluye la posterior tasa de la TIE, 16,08 €, en su caso).. El honorario de Managora es 390,00 €, IVA 21% incluido (322,31 € de base + 67,69 € de IVA). La tasa oficial del organismo (suplido, sin IVA) es: Tasa modelo 790-052, epígrafe 2.3.1 (38,28 €). Importe de la Orden PJC/617/2025..

Arraigo socioformativo: residencia temporal por formación (RD 1155/2024): ¿cuánto tarda?

Plazo de resolución: 3 meses desde la presentación. Silencio NEGATIVO. Vigencia inicial: 1 año (art. 125.2). Prórroga condicionada al informe del centro sobre la promoción de curso o a la prueba del título obtenido (art. 132.b).

Arraigo socioformativo: residencia temporal por formación (RD 1155/2024): ¿qué documentos necesito?

Necesita tener a mano: Pasaporte completo en vigor., Certificado de empadronamiento histórico que acredite los 2 años de residencia., Certificado de antecedentes penales en España., Certificado de antecedentes penales del país de origen, apostillado., Documento que acredite la matrícula o admisión en el centro formativo (sello oficial), o el compromiso de formación de los Servicios Públicos de Empleo., Programa de la formación con duración total y horas., Informe de integración social emitido por la CCAA o la Corporación local (art. 127.d in fine, en los términos del art. 127.c)., Si aplica, certificación de homologación del centro o del programa formativo., Justificante de pago tasa modelo 790-052, epígrafe 2.3.1 (38,28 €).. No los sube aquí: recogemos los datos por el chat guiado.

¿Quién presenta el trámite?

Lo presenta Managora en su nombre ante Oficina de Extranjería - Secretaría de Estado de Migraciones. Usted solo aporta los datos por el chat y firma un mandato; nosotros preparamos, firmamos y registramos.

¿Se puede hacer online?

Sí. Todo el proceso es online: responde unas preguntas en el chat guiado, firma un mandato simple en pantalla y recibe el acuse y los documentos oficiales por email, con plena validez legal.

Trámites relacionados

Información basada en la normativa vigente y en la sede oficial del organismo competente: Oficina de Extranjería - Secretaría de Estado de Migraciones.

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