Salir de ASNEF, Experian y la CIRBE tras la exoneración de deudas

Salir de ASNEF, Experian y la CIRBE tras la exoneración de deudas se presenta ante Entidades acreedoras afectadas y sistemas de información crediticia (ASNEF, de Equifax; Badexcug, de Experian), Central de Información de Riesgos del Banco de España y, si no corrigen el dato, la Agencia Española de Protección de Datos. Con Managora lo hace 100% online: responde unas preguntas, firma un mandato digital y nosotros redactamos, firmamos y presentamos su solicitud por usted. Lo que le cobramos: desde 199 €. Tasa oficial: Sin tasas. Los requerimientos a los acreedores y a los ficheros, el derecho de acceso, el informe CIRBE, la reclamación ante el Banco de España con el formulario FDU-030 y la reclamación ante la AEPD son gratuitos. Los envíos que hacemos nosotros, con constancia de la fecha de recepción, van dentro del precio. Lo único que puede pagar usted es el franqueo si envía por correo al Banco de España el FDU-030 (o el FDU-031 para pedir su informe CIRBE); entregarlo en persona no cuesta nada.

Con su auto de exoneración, requerimos por escrito a cada acreedor que le anotó que comunique la exoneración a los ficheros a los que informó y que rectifique la CIRBE, y a ASNEF (de Equifax), Badexcug (de Experian) y los demás sistemas, que actualicen o supriman la anotación de la deuda exonerada; si no sabe qué figura, pedimos antes el acceso a sus datos. Para la CIRBE le dejamos preparado el formulario FDU-030 del Banco de España, que usted firma a mano y envía. Si en un mes alguno no contesta o lo deniega, presentamos la reclamación ante la AEPD, incluida en el precio.

Lo que le cobramos
desde 199 €
Honorario Managora
199,00 € (IVA 21% incl.)
Tasa oficial
Sin tasas. Los requerimientos a los acreedores y a los ficheros, el derecho de acceso, el informe CIRBE, la reclamación ante el Banco de España con el formulario FDU-030 y la reclamación ante la AEPD son gratuitos. Los envíos que hacemos nosotros, con constancia de la fecha de recepción, van dentro del precio. Lo único que puede pagar usted es el franqueo si envía por correo al Banco de España el FDU-030 (o el FDU-031 para pedir su informe CIRBE); entregarlo en persona no cuesta nada.
Plazo de resolución
Enviamos los requerimientos a los acreedores y a los ficheros dentro de los 2 días hábiles siguientes a que usted firme el mandato; si hay que pedir el acceso para saber qué figura, ese escrito sale en el mismo plazo. Cada destinatario tiene un mes desde que lo recibe para contestar, prorrogable dos meses más si se lo comunica dentro del primero. En la CIRBE, por la vía del Banco de España, la entidad contesta en 15 días hábiles. Si pasado el plazo alguno no contesta o lo deniega, presentamos la reclamación ante la AEPD, que tiene hasta 3 meses para admitirla y hasta 6 meses desde la admisión para resolver.
Qué recibe
Solicitud

Desglose del coste: Hasta 3 acreedores 199,00 €; De 4 a 10 acreedores 299,00 €; Más de 10 acreedores 399,00 € (IVA incluido en los tres). El nivel lo marca el número de acreedores que le anotaron en algún fichero, contando cada entidad una sola vez. Incluye los requerimientos a acreedores y ficheros, el FDU-030 preparado para la CIRBE y la reclamación ante la AEPD si hace falta. Sin tasas: nada de esto tiene coste oficial..

Salir de ASNEF, Experian y la CIRBE tras la exoneración de deudas: ¿cómo se tramita?

  1. 1Conteste las preguntas (unos 5 minutos) y suba el auto de exoneración y, si los tiene, su informe CIRBE y las cartas de los ficheros.
  2. 2Si su auto todavía no permite pedir el borrado (por ejemplo, porque es de exoneración provisional), se lo decimos antes de pagar.
  3. 3Pago: 199,00 € hasta 3 acreedores, 299,00 € de 4 a 10 y 399,00 € más de 10 (IVA incluido). Sin tasas.
  4. 4Firma del mandato desde su móvil.
  5. 5Dentro de los 2 días hábiles siguientes requerimos por escrito a cada acreedor que comunique la exoneración a los ficheros a los que informó y que rectifique la CIRBE, y a cada fichero que actualice o suprima la anotación de la deuda exonerada. Si no sabe qué figura, en el mismo plazo pedimos el acceso a sus datos.
  6. 6Si aparece en la CIRBE, le dejamos preparado el formulario FDU-030 (y, si no tiene su informe, el FDU-031 para pedirlo gratis): usted lo firma a mano y lo envía por correo al Banco de España, C/ Alcalá 48, 28014 Madrid, o lo entrega en persona. No necesita certificado ni Cl@ve.
  7. 7Le avisamos de cada respuesta. Si pasado el plazo alguno no contesta o lo deniega, presentamos la reclamación ante la AEPD, incluida en el precio, y la seguimos hasta que resuelva. Si la AEPD exige su firma, se la dejamos preparada para que la firme a mano, sin certificado ni Cl@ve.

¿Qué documentos necesita?

  • •El auto de exoneración (con liquidación de la masa activa, tras un concurso sin masa, o de exoneración definitiva con plan de pagos), entero y con la parte que identifica los créditos exonerados; si tiene el testimonio o la diligencia de firmeza, también.
  • •Su informe de riesgos CIRBE, si aparece en la CIRBE y ya lo tiene.
  • •La carta, el correo o la pantalla de ASNEF, Badexcug u otro fichero donde figura la anotación, si la conserva.

Base legal y a tener en cuenta

  • El auto de exoneración con liquidación de la masa activa, o el de exoneración definitiva con plan de pagos, incorpora un mandamiento a los acreedores afectados para que comuniquen la exoneración a los sistemas de información crediticia a los que informaron del impago, y el deudor puede pedir testimonio del auto y requerir él mismo a esos sistemas que actualicen sus registros (art. 492 ter del texto refundido de la Ley Concursal). La norma no fija plazo; quien recibe la solicitud tiene un mes para contestar, prorrogable dos meses más avisando dentro del primero (art. 12.3 del Reglamento (UE) 2016/679). Con la exoneración provisional del plan de pagos no hay mandamiento: llega con la definitiva.
  • Escribimos a la vez al acreedor y al fichero. El acreedor responde de que la deuda que anotó exista y sea exacta (art. 20.2 de la Ley Orgánica 3/2018), y la Agencia Española de Protección de Datos ha llegado a dar por diligente al fichero que negó la baja porque debía pedirla la entidad que hizo la inclusión. Los datos de impago solo pueden mantenerse mientras persista el incumplimiento (art. 20.1.d), y una deuda exonerada ya no puede reclamarse (art. 490 del texto refundido).
  • Lo que la exoneración no alcanza puede seguir anotado: las deudas no exonerables (alimentos, responsabilidad civil derivada de delito, multas penales y sanciones administrativas muy graves, la parte del crédito público que excede del límite exonerable o la deuda con garantía real dentro del valor de la garantía, entre otras); las deudas que no figuraban en la relación de acreedores del concurso, porque solo se exoneran los créditos reseñados e identificados en el auto (Tribunal Supremo, sentencias 254/2026 y 260/2026, de 18 de febrero); las anotaciones a nombre de quienes avalaron su deuda o la firmaron con usted (avalistas, fiadores y codeudores solidarios), porque la exoneración no les alcanza (art. 492.1), y, en gananciales, las de su cónyuge mientras no obtenga él mismo la exoneración (art. 491).
  • La CIRBE no es un fichero de morosos, sino el registro de los riesgos que las entidades declaran al Banco de España, que no puede modificar esos datos. La rectificación se pide a la entidad y, si no la corrige, a través del Banco de España con el formulario FDU-030: la entidad contesta en 15 días hábiles y, mientras tanto, se suspende la cesión de ese dato a terceros (arts. 65 y 66 de la Ley 44/2002). Esa vía solo cabe para las operaciones que el informe identifica con su código, las de entidades con las que usted tiene más de 1.000 euros de riesgo acumulado. Una deuda exonerada tiene que desaparecer de la CIRBE, no quedar como extinguida.
  • El Banco de España solo admite que otra persona firme por usted el FDU-030 o pida su informe CIRBE con un poder en documento público para ese trámite. Por eso se lo dejamos preparado y lo firma usted a mano. El informe CIRBE es gratuito y se pide sin certificado ni Cl@ve, en persona con cita previa o por correo a C/ Alcalá 48, 28014 Madrid, con el formulario FDU-031 firmado y copia de su DNI o NIE.
  • La reclamación ante la AEPD (art. 77 del Reglamento (UE) 2016/679) por un derecho desatendido solo se admite si antes se ejerció ese derecho ante el responsable y este no contestó en plazo o lo hizo de forma insatisfactoria; por eso va al final y con copia de nuestros escritos. La AEPD tiene hasta 3 meses para admitirla y hasta 6 meses desde la admisión para resolver. El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (asuntos C-26/22 y C-64/22, de 7-12-2023) ha declarado que una agencia privada de información crediticia no puede conservar los datos de una exoneración más tiempo que el registro público.

Salir de ASNEF, Experian y la CIRBE tras la exoneración de deudas: preguntas frecuentes

Salir de ASNEF, Experian y la CIRBE tras la exoneración de deudas: ¿cuánto cuesta?

Le cobramos desde 199 €: nuestra gestión y, si la hay, la tasa oficial fija que adelantamos. Hasta 3 acreedores 199,00 €; De 4 a 10 acreedores 299,00 €; Más de 10 acreedores 399,00 € (IVA incluido en los tres). El nivel lo marca el número de acreedores que le anotaron en algún fichero, contando cada entidad una sola vez. Incluye los requerimientos a acreedores y ficheros, el FDU-030 preparado para la CIRBE y la reclamación ante la AEPD si hace falta. Sin tasas: nada de esto tiene coste oficial.. El honorario de Managora es 199,00 €, IVA 21% incluido (164,46 € de base + 34,54 € de IVA). La tasa oficial del organismo (suplido, sin IVA) es: Sin tasas. Los requerimientos a los acreedores y a los ficheros, el derecho de acceso, el informe CIRBE, la reclamación ante el Banco de España con el formulario FDU-030 y la reclamación ante la AEPD son gratuitos. Los envíos que hacemos nosotros, con constancia de la fecha de recepción, van dentro del precio. Lo único que puede pagar usted es el franqueo si envía por correo al Banco de España el FDU-030 (o el FDU-031 para pedir su informe CIRBE); entregarlo en persona no cuesta nada..

Salir de ASNEF, Experian y la CIRBE tras la exoneración de deudas: ¿cuánto tarda?

Enviamos los requerimientos a los acreedores y a los ficheros dentro de los 2 días hábiles siguientes a que usted firme el mandato; si hay que pedir el acceso para saber qué figura, ese escrito sale en el mismo plazo. Cada destinatario tiene un mes desde que lo recibe para contestar, prorrogable dos meses más si se lo comunica dentro del primero. En la CIRBE, por la vía del Banco de España, la entidad contesta en 15 días hábiles. Si pasado el plazo alguno no contesta o lo deniega, presentamos la reclamación ante la AEPD, que tiene hasta 3 meses para admitirla y hasta 6 meses desde la admisión para resolver.

Salir de ASNEF, Experian y la CIRBE tras la exoneración de deudas: ¿qué documentos necesito?

Necesita tener a mano: El auto de exoneración (con liquidación de la masa activa, tras un concurso sin masa, o de exoneración definitiva con plan de pagos), entero y con la parte que identifica los créditos exonerados; si tiene el testimonio o la diligencia de firmeza, también., Su informe de riesgos CIRBE, si aparece en la CIRBE y ya lo tiene., La carta, el correo o la pantalla de ASNEF, Badexcug u otro fichero donde figura la anotación, si la conserva.. No los sube aquí: recogemos los datos por el chat guiado.

¿Quién presenta el trámite?

Lo presenta Managora en su nombre ante Entidades acreedoras afectadas y sistemas de información crediticia (ASNEF, de Equifax; Badexcug, de Experian), Central de Información de Riesgos del Banco de España y, si no corrigen el dato, la Agencia Española de Protección de Datos. Usted solo aporta los datos por el chat y firma un mandato; nosotros preparamos, firmamos y registramos.

¿Se puede hacer online?

Sí. Todo el proceso es online: responde unas preguntas en el chat guiado, firma un mandato simple en pantalla y recibe el acuse y los documentos oficiales por email, con plena validez legal.

Trámites relacionados

Información basada en la normativa vigente y en la sede oficial del organismo competente: Entidades acreedoras afectadas y sistemas de información crediticia (ASNEF, de Equifax; Badexcug, de Experian), Central de Información de Riesgos del Banco de España y, si no corrigen el dato, la Agencia Española de Protección de Datos ↗.

Managora Gestion SL (CIF B88823893) es una empresa privada. No somos Entidades acreedoras afectadas y sistemas de información crediticia (ASNEF, de Equifax; Badexcug, de Experian), Central de Información de Riesgos del Banco de España y, si no corrigen el dato, la Agencia Española de Protección de Datos, ni estamos vinculados, autorizados ni aprobados por ningún organismo público, y este sitio no es una sede electrónica. Lo que usted paga en esta página es nuestro honorario por preparar, firmar y presentar el trámite en su nombre: es distinto de la tasa oficial, que cuando la hay es del organismo y se le muestra por separado. Puede realizar este trámite usted mismo, directamente ante Entidades acreedoras afectadas y sistemas de información crediticia (ASNEF, de Equifax; Badexcug, de Experian), Central de Información de Riesgos del Banco de España y, si no corrigen el dato, la Agencia Española de Protección de Datos.

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