Incapacidad permanente (INSS): parcial, total, absoluta o gran invalidez

Incapacidad permanente (INSS): parcial, total, absoluta o gran invalidez se presenta ante Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS). Con Managora lo hace 100% online: responde unas preguntas, firma un mandato digital y nosotros redactamos, firmamos y presentamos su solicitud por usted. Coste total orientativo: 36 €.

Le tramitamos la solicitud de prestación por Incapacidad Permanente ante el INSS. Cubrimos los 4 grados (parcial, total, total cualificada, absoluta y gran invalidez) y las 4 contingencias (EC, ANL, AT, EP). Calculamos su cuantía estimada según base reguladora, comprobamos carencia mínima y suplementaria, y le orientamos vía PNC si no llega a la contributiva.

Guía práctica: Baja medica e incapacidad: temporal y permanente. Requisitos, plazos y pasos, explicados.

Coste total orientativo
36 €
Honorario Managora
36,00 € (IVA 21% incl.)
Tasa oficial
Sin tasa
Plazo de resolución
El INSS resuelve en 135 días naturales máximo desde la solicitud (art. 6 RD 1300/1995). Silencio negativo. La pensión tiene efectos desde la fecha del hecho causante.
Qué recibe
Solicitud

Desglose del coste: Gestión 36,00 € (IVA 21% incl.). La solicitud de incapacidad permanente ante el INSS no tiene tasa oficial..

Incapacidad permanente (INSS): parcial, total, absoluta o gran invalidez: ¿cómo se tramita?

  1. 1Conteste las preguntas del chat (~10 minutos).
  2. 2Calculamos cuantía estimada por grado, verificamos carencia mínima y le orientamos.
  3. 3Pago de 36,00 € (IVA 21% incl.).
  4. 4Firma del mandato desde su móvil.
  5. 5Presentamos la solicitud al INSS por su sede electrónica con su certificado digital o Cl@ve. Recibirá citación al EVI en semanas.
  6. 6Recibe acuse de presentación INSS, copia íntegra de la solicitud, mandato firmado y factura.

¿Qué documentos necesita?

  • Informe médico de síntesis (resumen del cuadro clínico) firmado por médico de Atención Primaria o servicio de Inspección.
  • Informes médicos de los especialistas que le tratan (traumatólogo, reumatólogo, neurólogo, oncólogo, etc.).
  • Pruebas complementarias relevantes (RM, TAC, electromiograma, biopsia, etc.).
  • Si AT/EP: parte de accidente de trabajo o reconocimiento de enfermedad profesional.
  • Si Gran Invalidez: informe de necesidad de asistencia de tercera persona, escala Barthel/Lawton-Brody.
  • Vida laboral actualizada.
  • Certificado de empresa con la última base de cotización (solo régimen general).

Base legal y a tener en cuenta

  • Plazo legal de resolución del INSS: 135 días naturales (art. 6 RD 1300/1995). Si pasa sin resolución expresa, silencio NEGATIVO. Abre vía a reclamación previa (30 días) y demanda Juzgado Social.
  • Carencia mínima: AT/EP no exigen carencia. EC y ANL exigen 1/4 del periodo entre los 20 años y la fecha del hecho causante (mínimo 5 años) o, si tiene <31 años, la mitad del periodo entre 16 y la fecha. Carencia suplementaria: 1/5 de la exigida en los últimos 10 años.
  • IP Absoluta y Gran Invalidez están EXENTAS de IRPF (art. 7.f LIRPF). IP Total tributa como rendimiento del trabajo y es compatible con trabajo en otra profesión.
  • Si no llega a IP contributiva por carencia, oriente a Pensión No Contributiva de Invalidez (PNC, gestión IMSERSO/CCAA, requisitos económicos).
  • El procedimiento siempre incluye reconocimiento por el EVI (Equipo de Valoración de Incapacidades). Lleve TODOS los informes médicos en mano el día de la cita.

Incapacidad permanente (INSS): parcial, total, absoluta o gran invalidez: preguntas frecuentes

Incapacidad permanente (INSS): parcial, total, absoluta o gran invalidez: ¿cuánto cuesta?

El coste total orientativo (gestión + tasas e impuestos oficiales) es 36 €: Gestión 36,00 € (IVA 21% incl.). La solicitud de incapacidad permanente ante el INSS no tiene tasa oficial.. El honorario de Managora es 36,00 €, IVA 21% incluido (29,75 € de base + 6,25 € de IVA). Este trámite no tiene tasa oficial del organismo.

Incapacidad permanente (INSS): parcial, total, absoluta o gran invalidez: ¿cuánto tarda?

El INSS resuelve en 135 días naturales máximo desde la solicitud (art. 6 RD 1300/1995). Silencio negativo. La pensión tiene efectos desde la fecha del hecho causante.

Incapacidad permanente (INSS): parcial, total, absoluta o gran invalidez: ¿qué documentos necesito?

Necesita tener a mano: Informe médico de síntesis (resumen del cuadro clínico) firmado por médico de Atención Primaria o servicio de Inspección., Informes médicos de los especialistas que le tratan (traumatólogo, reumatólogo, neurólogo, oncólogo, etc.)., Pruebas complementarias relevantes (RM, TAC, electromiograma, biopsia, etc.)., Si AT/EP: parte de accidente de trabajo o reconocimiento de enfermedad profesional., Si Gran Invalidez: informe de necesidad de asistencia de tercera persona, escala Barthel/Lawton-Brody., Vida laboral actualizada., Certificado de empresa con la última base de cotización (solo régimen general).. No los sube aquí: recogemos los datos por el chat guiado.

¿Quién presenta el trámite?

Lo presenta Managora en su nombre ante Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS). Usted solo aporta los datos por el chat y firma un mandato; nosotros preparamos, firmamos y registramos.

¿Se puede hacer online?

Sí. Todo el proceso es online: responde unas preguntas en el chat guiado, firma un mandato simple en pantalla y recibe el acuse y los documentos oficiales por email, con plena validez legal.

Trámites relacionados

Información basada en la normativa vigente y en la sede oficial del organismo competente: Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS).

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Lo presentamos por usted, de principio a fin.

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