Ingreso Mínimo Vital (IMV)
Ingreso Mínimo Vital (IMV) se presenta ante INSS - sede electrónica de la Seguridad Social. Con Managora lo hace 100% online: responde unas preguntas, firma un mandato digital y nosotros redactamos, firmamos y presentamos su solicitud por usted. Lo que le cobramos: 250 €.
Tramitamos su solicitud de Ingreso Mínimo Vital ante el INSS (Ley 19/2021 + RD 789/2022). Calculamos automáticamente la renta garantizada según la composición de su unidad de convivencia (un 30 % más por cada miembro a partir del segundo, con tope del 220 %, y un 22 % de complemento si la familia es monoparental), validamos requisitos de edad (>= 23 años o >= 18 con menores a cargo) y residencia legal (>= 1 año, eximen víctimas de trata, violencia de género y refugiados), comprobamos qué otras prestaciones cobra (la pensión no contributiva y la RAI son compatibles: no hay que renunciar a ellas) y los umbrales de patrimonio. Le decimos exactamente cuánto le corresponde al mes.
Guía práctica: Solicitar el paro: prestación, subsidio e inscripción. Requisitos, plazos y pasos, explicados.
- Lo que le cobramos
- 250 €
- Honorario Managora
- 250,00 € (IVA 21% incl.)
- Tasa oficial
- Sin tasa
- Plazo de resolución
- Resolución INSS: 6 meses. Silencio administrativo NEGATIVO (art. 28.3 Ley 19/2021). Efectos: primer día del mes siguiente a la solicitud.
- Dónde se presenta
- INSS - sede electrónica de la Seguridad Social ↗
- Qué recibe
- Solicitud
Desglose del coste: Gestión 250,00 € (IVA 21% incl.). Sin tasas: el IMV es una prestación que usted cobra del INSS, no un coste oficial a pagar..
Ingreso Mínimo Vital (IMV): ¿cómo se tramita?
- 1Conteste las preguntas del chat (~10 minutos).
- 2Calculamos automáticamente la renta garantizada y el importe mensual estimado.
- 3Validamos edad, residencia, compatibilidad con otras prestaciones y patrimonio.
- 4Pago de 250,00 € (IVA 21% incl.) (sin tasa administrativa).
- 5Firma del mandato desde su móvil.
- 6Si no tiene el certificado de empadronamiento histórico, se lo tramitamos nosotros en su ayuntamiento.
- 7Presentación telemática en sede.seg-social.gob.es (formulario IMV) o, si no es viable, cita previa en CAISS.
- 8Recepción de la resolución del INSS (plazo 6 meses, silencio NEGATIVO).
¿Qué documentos necesita?
- •DNI o NIE del titular y de todos los miembros de la unidad de convivencia.
- •Certificado de empadronamiento histórico colectivo del último año.
- •Libro de familia o equivalente.
- •Sentencia de divorcio/separación con convenio regulador (si aplica).
- •Certificado de víctima de violencia de género o trata (si aplica).
- •Certificado de discapacidad igual o superior al 65 % del órgano competente de su comunidad (si aplica).
- •Tarjeta o autorización de residencia, o certificado del registro central de extranjeros (si es extranjero).
- •Certificado de inscripción como pareja de hecho o documento público de constitución (si aplica).
Requisitos previos que también hacemos nosotros
Para este trámite necesita documentos que también tramitamos. Si le falta alguno, pídanoslo aquí y vuelva cuando lo tenga:
- Empadronamiento: alta, cambio de domicilio o certificado120 €
- Certificado del Registro Civil (nacimiento, matrimonio o defunción)99 €
Y lo que preste un tercero, se lo organizamos
- Traducción jurada al español
- Apostilla o legalización de un documento extranjero
No tiene que buscar a nadie: lo coordinamos nosotros. Al prestarlo un tercero se presupuesta aparte y no va dentro del precio de este trámite, y le decimos el importe antes de encargarlo.
Base legal y a tener en cuenta
- Marco: Ley 19/2021 de 20 diciembre, modificada por el RDL 6/2022, el RDL 2/2024 y la Ley 1/2026 de 8 de abril. El RD 789/2022 no es el reglamento general: regula solo la compatibilidad con las rentas del trabajo. Las cuantías cuelgan del RD de revalorización de cada año (para 2026, el RD 39/2026).
- Naturaleza: prestación no contributiva, estructural, derecho subjetivo gestionado por el INSS (no por SEPE).
- Requisitos de acceso (art. 10) y solo estos dos: residencia legal y efectiva de un año, y vulnerabilidad económica. NO es requisito haber solicitado antes otras prestaciones: eso era del RDL 20/2020 y no pasó a la Ley 19/2021.
- Edad del titular (art. 5.2): >= 23 años o >= 18 si emancipado con menores a cargo, víctima de trata/violencia de género, refugiado o asilado.
- Residencia: 1 año continuado de residencia legal y efectiva en España. Eximen víctimas de trata, violencia de género, refugiados y retornados.
- Renta garantizada (art. 13.2 + anexo I): para un solo miembro, el 100 % del importe anual de las pensiones no contributivas dividido por doce, o sea que se revaloriza cada enero. Escala: +30 % por cada miembro adicional A PARTIR DEL SEGUNDO, con tope del 220 %. No distingue adultos de menores. Aparte, +22 % de complemento de monoparentalidad.
- Patrimonio máximo (art. 11.3 + anexo II): tres veces la renta garantizada de un adulto solo, con escala de +0,4 por miembro adicional y tope de 2,6. Vivienda habitual EXCLUIDA del cómputo.
- Compatibilidad: COMPATIBLE con rentas del trabajo o autónomo (incentivos al empleo), con la pensión no contributiva y con la Renta Activa de Inserción. Las pensiones, contributivas y no contributivas, no vetan el IMV: se descuentan de la renta garantizada y el IMV se reconoce por la diferencia (art. 13.6). INCOMPATIBLE solo con la asignación económica por hijo o menor a cargo (DT 6.ª, con derecho de opción) y con las pensiones asistenciales de la Ley 45/1960 (DT 9.ª).
- NO es requisito estar inscrito como demandante de empleo. El antiguo art. 36.1.g lo exigía y lo suprimió la DF 35.2 del RDL 6/2022; la DA 11.ª encarga al INSS remitir los datos para que el servicio de empleo inscriba de oficio.
- Plazo INSS: 6 meses desde la entrada de la solicitud en su registro; transcurridos sin resolución expresa se entiende DESESTIMADA (art. 28.3 Ley 19/2021). Efectos económicos desde el primer día del mes siguiente a la solicitud (art. 14).
- Revisión anual obligatoria de circunstancias: nueva acreditación de rentas, patrimonio y composición de la UC.
- Conexión: si el titular cobra subsidio o prestación contributiva, el IMV puede complementarla; analizamos comparativa antes de tramitar.
Ingreso Mínimo Vital (IMV): preguntas frecuentes
Ingreso Mínimo Vital (IMV): ¿cuánto cuesta?
Le cobramos 250 €: nuestra gestión y, si la hay, la tasa oficial fija que adelantamos. Gestión 250,00 € (IVA 21% incl.). Sin tasas: el IMV es una prestación que usted cobra del INSS, no un coste oficial a pagar.. El honorario de Managora es 250,00 €, IVA 21% incluido (206,61 € de base + 43,39 € de IVA). Este trámite no tiene tasa oficial del organismo.
Ingreso Mínimo Vital (IMV): ¿cuánto tarda?
Resolución INSS: 6 meses. Silencio administrativo NEGATIVO (art. 28.3 Ley 19/2021). Efectos: primer día del mes siguiente a la solicitud.
Ingreso Mínimo Vital (IMV): ¿qué documentos necesito?
Necesita tener a mano: DNI o NIE del titular y de todos los miembros de la unidad de convivencia., Certificado de empadronamiento histórico colectivo del último año., Libro de familia o equivalente., Sentencia de divorcio/separación con convenio regulador (si aplica)., Certificado de víctima de violencia de género o trata (si aplica)., Certificado de discapacidad igual o superior al 65 % del órgano competente de su comunidad (si aplica)., Tarjeta o autorización de residencia, o certificado del registro central de extranjeros (si es extranjero)., Certificado de inscripción como pareja de hecho o documento público de constitución (si aplica).. No los sube aquí: recogemos los datos por el chat guiado.
¿Quién presenta el trámite?
Lo presenta Managora en su nombre ante INSS - sede electrónica de la Seguridad Social. Usted solo aporta los datos por el chat y firma un mandato; nosotros preparamos, firmamos y registramos.
¿Se puede hacer online?
Sí. Todo el proceso es online: responde unas preguntas en el chat guiado, firma un mandato simple en pantalla y recibe el acuse y los documentos oficiales por email, con plena validez legal.
Trámites relacionados
Información basada en la normativa vigente y en la sede oficial del organismo competente: INSS - sede electrónica de la Seguridad Social ↗.
Managora Gestion SL (CIF B88823893) es una empresa privada. No somos INSS - sede electrónica de la Seguridad Social, ni estamos vinculados, autorizados ni aprobados por ningún organismo público, y este sitio no es una sede electrónica. Lo que usted paga en esta página es nuestro honorario por preparar, firmar y presentar el trámite en su nombre: es distinto de la tasa oficial, que cuando la hay es del organismo y se le muestra por separado. Puede realizar este trámite usted mismo, directamente ante INSS - sede electrónica de la Seguridad Social.
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