Registro de la Propiedad Intelectual (RPI): inscripción de obra de autor

Registro de la Propiedad Intelectual (RPI): inscripción de obra de autor se presenta ante Ministerio de Cultura, Registro Central de la Propiedad Intelectual. Con Managora lo hace 100% online: responde unas preguntas, firma un mandato digital y nosotros redactamos, firmamos y presentamos su solicitud por usted. Lo que le cobramos: 200 €. Tasa oficial: Tasa Mº Cultura, variable según Orden anual (~13-26 € por obra)

Inscripción de obra en el Registro de la Propiedad Intelectual (RPI), Mº Cultura o registros territoriales CCAA. Marco: RDLeg 1/1996 TRLPI arts. 1, 10, 14-23, 26 y 144-145 + RD 281/2003 + Convenio de Berna + Ley 39/2015. 10 tipos de obra (literaria, musical, audiovisual, software, base datos, etc.) · presunción de titularidad (art. 145 TRLPI) · duración vida del autor + 70 años.

Guía práctica: Registrar una patente, un diseno o una obra: proteger su creación. Requisitos, plazos y pasos, explicados.

Lo que le cobramos
200 €
Honorario Managora
200,00 € (IVA 21% incl.)
Tasa oficial
Tasa Mº Cultura, variable según Orden anual (~13-26 € por obra)
Plazo de resolución
Resolución 6 meses (silencio positivo art. 24 RD 281/2003).
Qué recibe
Solicitud

Desglose del coste: Gestión 200,00 € (IVA 21% incl.) más tasa del registro (~13 a 26 € por obra según orden anual y CCAA); varia con el número de obras inscritas..

Registro de la Propiedad Intelectual (RPI): inscripción de obra de autor: ¿cómo se tramita?

  1. 1Conteste las preguntas (~8 minutos).
  2. 2Verificamos originalidad, autoría, ámbito y tasa.
  3. 3Pago 200,00 € (IVA 21% incl.).
  4. 4Generamos solicitud + ejemplar identificativo declarado + alertas (software/base datos).

¿Qué documentos necesita?

  • DNI/NIE del solicitante.
  • Ejemplar identificativo de la obra (copia firmada / hash digital).
  • Justificante pago tasa.
  • Documento de cesión si la hay.

Base legal y a tener en cuenta

  • Marco: TRLPI + RD 281/2003 + Berna.
  • El derecho nace con la creación; el registro es declarativo y de prueba.
  • Conexión natural: isbn_issn_deposito_legal (publicación) (defensa).

Registro de la Propiedad Intelectual (RPI): inscripción de obra de autor: preguntas frecuentes

Registro de la Propiedad Intelectual (RPI): inscripción de obra de autor: ¿cuánto cuesta?

Le cobramos 200 €: nuestra gestión y, si la hay, la tasa oficial fija que adelantamos. Gestión 200,00 € (IVA 21% incl.) más tasa del registro (~13 a 26 € por obra según orden anual y CCAA); varia con el número de obras inscritas.. El honorario de Managora es 200,00 €, IVA 21% incluido (165,29 € de base + 34,71 € de IVA). La tasa oficial del organismo (suplido, sin IVA) es: Tasa Mº Cultura, variable según Orden anual (~13-26 € por obra).

Registro de la Propiedad Intelectual (RPI): inscripción de obra de autor: ¿cuánto tarda?

Resolución 6 meses (silencio positivo art. 24 RD 281/2003).

Registro de la Propiedad Intelectual (RPI): inscripción de obra de autor: ¿qué documentos necesito?

Necesita tener a mano: DNI/NIE del solicitante., Ejemplar identificativo de la obra (copia firmada / hash digital)., Justificante pago tasa., Documento de cesión si la hay.. No los sube aquí: recogemos los datos por el chat guiado.

¿Quién presenta el trámite?

Lo presenta Managora en su nombre ante Ministerio de Cultura, Registro Central de la Propiedad Intelectual. Usted solo aporta los datos por el chat y firma un mandato; nosotros preparamos, firmamos y registramos.

¿Se puede hacer online?

Sí. Todo el proceso es online: responde unas preguntas en el chat guiado, firma un mandato simple en pantalla y recibe el acuse y los documentos oficiales por email, con plena validez legal.

Trámites relacionados

Información basada en la normativa vigente y en la sede oficial del organismo competente: Ministerio de Cultura, Registro Central de la Propiedad Intelectual.

Managora Gestion SL (CIF B88823893) es una empresa privada. No somos Ministerio de Cultura, Registro Central de la Propiedad Intelectual, ni estamos vinculados, autorizados ni aprobados por ningún organismo público, y este sitio no es una sede electrónica. Lo que usted paga en esta página es nuestro honorario por preparar, firmar y presentar el trámite en su nombre: es distinto de la tasa oficial, que cuando la hay es del organismo y se le muestra por separado. Puede realizar este trámite usted mismo, directamente ante Ministerio de Cultura, Registro Central de la Propiedad Intelectual.

¿Empezamos con «Registro de la Propiedad Intelectual (RPI): inscripción de obra de autor»?

Lo presentamos por usted, de principio a fin.

Empezar ahora →