Solicitud de devolución de ingresos indebidos (LGT art. 221 + RD 520/2005)
Solicitud de devolución de ingresos indebidos (LGT art. 221 + RD 520/2005) se presenta ante AEAT / Hacienda CCAA / Ayuntamiento competente. Con Managora lo hace 100% online: responde unas preguntas, firma un mandato digital y nosotros redactamos, firmamos y presentamos su solicitud por usted. Lo que le cobramos: 300 €. Tasa oficial: Sin tasa.
Le redactamos la solicitud para recuperar tributos pagados de más por duplicidad, exceso, prescripción o resolución administrativa o judicial que declare improcedente el ingreso. Plazo de 4 años desde el ingreso. Procedente para AEAT, Haciendas autonómicas y locales, TGSS y otras tasas. Intereses de demora desde el ingreso indebido (LGT art. 32).
Guía práctica: Aplazar deudas con Hacienda y la Seguridad Social. Requisitos, plazos y pasos, explicados.
- Lo que le cobramos
- 300 €
- Honorario Managora
- 300,00 € (IVA 21% incl.)
- Tasa oficial
- Sin tasa.
- Plazo de resolución
- Resolución 6 meses (silencio negativo). Devolución 30 días desde resolución estimatoria.
- Dónde se presenta
- AEAT / Hacienda CCAA / Ayuntamiento competente ↗
- Qué recibe
- Solicitud
Desglose del coste: Honorarios de gestión 300,00 € (IVA 21% incl.). Sin tasa: la solicitud de devolución no tiene coste oficial..
Solicitud de devolución de ingresos indebidos (LGT art. 221 + RD 520/2005): ¿cómo se tramita?
- 1Conteste las preguntas (~7 minutos).
- 2Pago de 300,00 € (IVA 21% incl.).
- 3Le entregamos solicitud lista para sede del organismo.
¿Qué documentos necesita?
- •Justificante del ingreso.
- •Liquidación o autoliquidación.
- •Resolución previa (si procede).
- •DNI/NIF/CIF.
Base legal y a tener en cuenta
- Marco: LGT art. 221 + RD 520/2005 arts. 14-20.
- Plazo prescripción 4 años (art. 66 LGT).
- Intereses de demora desde el ingreso (art. 32 LGT).
- Conexiones naturales: revision_oficio_aeat, recurso_reposicion_administrativo, reclamacion_economico_administrativa.
Solicitud de devolución de ingresos indebidos (LGT art. 221 + RD 520/2005): preguntas frecuentes
Solicitud de devolución de ingresos indebidos (LGT art. 221 + RD 520/2005): ¿cuánto cuesta?
Le cobramos 300 €: nuestra gestión y, si la hay, la tasa oficial fija que adelantamos. Honorarios de gestión 300,00 € (IVA 21% incl.). Sin tasa: la solicitud de devolución no tiene coste oficial.. El honorario de Managora es 300,00 €, IVA 21% incluido (247,93 € de base + 52,07 € de IVA). La tasa oficial del organismo (suplido, sin IVA) es: Sin tasa..
Solicitud de devolución de ingresos indebidos (LGT art. 221 + RD 520/2005): ¿cuánto tarda?
Resolución 6 meses (silencio negativo). Devolución 30 días desde resolución estimatoria.
Solicitud de devolución de ingresos indebidos (LGT art. 221 + RD 520/2005): ¿qué documentos necesito?
Necesita tener a mano: Justificante del ingreso., Liquidación o autoliquidación., Resolución previa (si procede)., DNI/NIF/CIF.. No los sube aquí: recogemos los datos por el chat guiado.
¿Quién presenta el trámite?
Lo presenta Managora en su nombre ante AEAT / Hacienda CCAA / Ayuntamiento competente. Usted solo aporta los datos por el chat y firma un mandato; nosotros preparamos, firmamos y registramos.
¿Se puede hacer online?
Sí. Todo el proceso es online: responde unas preguntas en el chat guiado, firma un mandato simple en pantalla y recibe el acuse y los documentos oficiales por email, con plena validez legal.
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Información basada en la normativa vigente y en la sede oficial del organismo competente: AEAT / Hacienda CCAA / Ayuntamiento competente ↗.
Managora Gestion SL (CIF B88823893) es una empresa privada. No somos AEAT / Hacienda CCAA / Ayuntamiento competente, ni estamos vinculados, autorizados ni aprobados por ningún organismo público, y este sitio no es una sede electrónica. Lo que usted paga en esta página es nuestro honorario por preparar, firmar y presentar el trámite en su nombre: es distinto de la tasa oficial, que cuando la hay es del organismo y se le muestra por separado. Puede realizar este trámite usted mismo, directamente ante AEAT / Hacienda CCAA / Ayuntamiento competente.
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