Aplazamiento de deuda con la Seguridad Social (LGSS art. 23 + RD 1415/2004)

Aplazamiento de deuda con la Seguridad Social (LGSS art. 23 + RD 1415/2004) se presenta ante Sede Electrónica TGSS, Importass. Con Managora lo hace 100% online: responde unas preguntas, firma un mandato digital y nosotros redactamos, firmamos y presentamos su solicitud por usted. Coste total orientativo: 23 €. Tasa oficial: Sin tasa.

Le redactamos la solicitud de aplazamiento ante la TGSS para cuotas empresariales del régimen general, autónomos (RETA), empleados de hogar, recargos e intereses. Excluye cuotas obreras y de accidentes de trabajo (inaplazables). Aplica el umbral de 30.000 € exento de garantía y, en su caso, ofrece aval bancario, seguro de caución, hipoteca o solicitud de dispensa motivada (art. 33 RD 1415/2004).

Guía práctica: Aplazar deudas con Hacienda y la Seguridad Social. Requisitos, plazos y pasos, explicados.

Coste total orientativo
23 €
Honorario Managora
23,00 € (IVA 21% incl.)
Tasa oficial
Sin tasa. (suplido, sin IVA)
Plazo de resolución
Resolución 6 meses (silencio negativo). Plazos de pago: 24-60 meses según importe.
Qué recibe
Solicitud

Desglose del coste: Gestión 23,00 € (IVA 21% incl.). Sin tasa. La deuda aplazada devenga intereses de demora y, por encima de 30.000 €, exige garantía con coste propio..

Aplazamiento de deuda con la Seguridad Social (LGSS art. 23 + RD 1415/2004): ¿cómo se tramita?

  1. 1Conteste las preguntas del chat (~7 minutos).
  2. 2Excluimos cuotas inaplazables.
  3. 3Aplicamos umbral 30.000 € exento de garantía.
  4. 4Pago de 23,00 € (IVA 21% incl.) por la asesoría y redacción.
  5. 5Le entregamos solicitud lista para Importass.

¿Qué documentos necesita?

  • DNI/NIE/CIF.
  • Justificantes de cotización pendiente.
  • Justificantes situación económica.
  • Aval bancario / seguro de caución (si > 30.000 €).

Base legal y a tener en cuenta

  • Marco: art. 23 LGSS + RD 1415/2004 + Orden ISM/385/2024.
  • Cuotas obreras y AT-EP: INAPLAZABLES.
  • Umbral exención garantía: 30.000 €.
  • Impago plazo: vía ejecutiva por todo el resto.
  • Conexiones naturales: alta_autonomo, plan_pagos_aplazamiento_aeat, recurso_alzada_inss.

Aplazamiento de deuda con la Seguridad Social (LGSS art. 23 + RD 1415/2004): preguntas frecuentes

Aplazamiento de deuda con la Seguridad Social (LGSS art. 23 + RD 1415/2004): ¿cuánto cuesta?

El coste total orientativo (gestión + tasas e impuestos oficiales) es 23 €: Gestión 23,00 € (IVA 21% incl.). Sin tasa. La deuda aplazada devenga intereses de demora y, por encima de 30.000 €, exige garantía con coste propio.. El honorario de Managora es 23,00 €, IVA 21% incluido (19,01 € de base + 3,99 € de IVA). La tasa oficial del organismo (suplido, sin IVA) es: Sin tasa..

Aplazamiento de deuda con la Seguridad Social (LGSS art. 23 + RD 1415/2004): ¿cuánto tarda?

Resolución 6 meses (silencio negativo). Plazos de pago: 24-60 meses según importe.

Aplazamiento de deuda con la Seguridad Social (LGSS art. 23 + RD 1415/2004): ¿qué documentos necesito?

Necesita tener a mano: DNI/NIE/CIF., Justificantes de cotización pendiente., Justificantes situación económica., Aval bancario / seguro de caución (si > 30.000 €).. No los sube aquí: recogemos los datos por el chat guiado.

¿Quién presenta el trámite?

Lo presenta Managora en su nombre ante Sede Electrónica TGSS, Importass. Usted solo aporta los datos por el chat y firma un mandato; nosotros preparamos, firmamos y registramos.

¿Se puede hacer online?

Sí. Todo el proceso es online: responde unas preguntas en el chat guiado, firma un mandato simple en pantalla y recibe el acuse y los documentos oficiales por email, con plena validez legal.

Trámites relacionados

Información basada en la normativa vigente y en la sede oficial del organismo competente: Sede Electrónica TGSS, Importass.

¿Empezamos con «Aplazamiento de deuda con la Seguridad Social (LGSS art. 23 + RD 1415/2004)»?

Lo presentamos por usted, de principio a fin.

Empezar ahora →