La pension de jubilacion (INSS): ordinaria y anticipada

Actualizada el 16 de julio de 2026 · Revisado por Jaime Piñeira Pardo, colegiado ICAM138826

La pensión de jubilación del INSS es la prestación que cobra de por vida quien deja de trabajar cumpliendo edad y cotización. En 2026 la edad ordinaria es 65 años si acredita 38 años y 3 meses cotizados, o 66 años y 10 meses en otro caso. También cabe jubilarse antes, con reducción. Managora calcula su pensión, prepara la solicitud y la presenta por usted ante el INSS.

Se lo tramitamos nosotros de principio a fin.

Usted lo describe en un chat y firma; nosotros lo presentamos ante la Administración. Precio fijo desde 181,50 € (IVA incluido), más la tasa oficial si la hay.

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Qué es la pensión de jubilación y quién puede pedirla

La pensión de jubilación contributiva es una prestación económica vitalicia que abona el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) cuando usted cesa en el trabajo por razón de edad y ha cotizado el tiempo suficiente. Es la modalidad general del sistema (existe además una pensión no contributiva para quien no reúne cotización, con requisitos distintos).

Para acceder a la pensión contributiva en 2026 debe cumplir tres condiciones básicas: alcanzar la edad exigida, tener cotizados al menos 15 años y que 2 de esos años estén dentro de los 15 años inmediatamente anteriores al momento de solicitarla (el llamado periodo específico de carencia).

Cotizar el mínimo de 15 años le da derecho a la pensión, pero no al importe completo: con 15 años se reconoce el 50 por ciento de su base reguladora. Cuantos más años haya cotizado, mayor es el porcentaje, hasta el 100 por cien. Por eso conviene revisar su vida laboral antes de solicitarla.

Edad ordinaria de jubilación en 2026

La edad ordinaria en 2026 no es única: depende de cuánto haya cotizado a lo largo de su vida. Si acredita 38 años y 3 meses o más de cotización, puede jubilarse a los 65 años. Si no llega a esa cotización, la edad ordinaria es de 66 años y 10 meses.

Este calendario sube de forma progresiva cada año. A partir de 2027 la edad general será de 67 años, y se mantendrá la posibilidad de jubilarse a los 65 para quienes acrediten carreras largas de cotización (38 años y 6 meses).

La consecuencia práctica es sencilla: una carrera de cotización larga le permite jubilarse antes y sin penalización. Managora revisa su informe de vida laboral y le dice con exactitud a qué edad puede jubilarse usted en función de sus años cotizados.

Cómo se calcula: base reguladora y porcentaje

La pensión resulta de aplicar un porcentaje a su base reguladora. La base reguladora es, en esencia, el promedio de sus bases de cotización durante un periodo largo de su vida laboral. En 2026 conviven dos formas de calcularla y se aplica la que le resulte más favorable: la fórmula tradicional toma los últimos 25 años cotizados, y la nueva opción permite descartar los peores meses de un periodo algo más amplio. El INSS calcula ambas y elige la que le beneficia.

Sobre esa base reguladora se aplica el porcentaje según años cotizados. Con 15 años corresponde el 50 por ciento. A partir de ahí cada mes adicional cotizado suma un porcentaje, hasta alcanzar el 100 por cien. En 2026 el 100 por cien se logra con 36 años y 6 meses cotizados. Como referencia orientativa, 25 años equivalen aproximadamente al 73 por ciento y 30 años en torno al 85 por ciento.

Importante: el 100 por cien es el 100 por cien de su base reguladora propia, no la pensión más alta del sistema. Existe además una pensión máxima anual que actúa como tope, de modo que aunque el cálculo diera un importe superior, la cuantía queda limitada a ese máximo. El importe exacto que le corresponde a usted lo detallamos en la ficha del trámite tras revisar su vida laboral.

Jubilación anticipada voluntaria

La jubilación anticipada por voluntad del trabajador le permite retirarse hasta 2 años antes de su edad ordinaria. En 2026 la edad mínima queda en 63 años si acredita carrera larga, o en 64 años y 10 meses en el resto de casos.

Los requisitos son más exigentes que en la jubilación ordinaria: debe acreditar al menos 35 años cotizados (2 de ellos dentro de los 15 años anteriores) y la pensión resultante debe superar la pensión mínima que le correspondería al cumplir los 65 años de edad; si no la supera, no se permite anticipar.

Adelantar la jubilación conlleva un coeficiente reductor permanente: la pensión se reduce por cada mes que se anticipa, y esa reducción se mantiene toda la vida. El porcentaje depende de los meses de adelanto y de los años cotizados (a más cotización, menos penalización). Dado que la tabla es técnica y cambia cada año, en la ficha del trámite calculamos su reducción exacta antes de que decida.

Jubilación anticipada forzosa (involuntaria)

La jubilación anticipada forzosa está pensada para quien pierde el empleo por causas ajenas a su voluntad (despido colectivo u objetivo, extinción por causas empresariales, fuerza mayor u otros supuestos legalmente tasados). Permite adelantar la jubilación hasta 4 años respecto de la edad ordinaria.

Requiere haber cotizado al menos 33 años, estar inscrito como demandante de empleo durante un periodo previo y acreditar que el cese no fue voluntario. Al ser involuntaria, la ley la trata con algo más de flexibilidad en la edad, pero también aplica coeficientes reductores permanentes.

En la modalidad forzosa la reducción total de la pensión puede ser mayor que en la voluntaria, no porque el coeficiente aplicado por cada mes sea más duro (para un mismo número de meses adelantados suele ser igual o incluso algo más favorable), sino porque se permite adelantar hasta 4 años en lugar de 2. Managora comprueba si su situación encaja en alguno de los supuestos de cese involuntario y calcula el impacto exacto en su pensión.

Plazos, documentación y qué hace Managora

La solicitud puede presentarse hasta 3 meses antes de la fecha prevista de jubilación y también dentro de los 3 meses posteriores. Presentarla con antelación evita quedarse sin ingresos entre el cese y el cobro de la pensión.

La documentación habitual incluye su DNI o documento de identidad, el informe de vida laboral, los datos bancarios donde desea cobrar y, según el caso, el certificado de empresa o los documentos que acrediten el cese. En la jubilación anticipada forzosa se añade la prueba de la causa de extinción del contrato.

Managora hace el trabajo completo por usted: revisa su vida laboral, calcula qué modalidad le conviene (ordinaria, anticipada voluntaria o forzosa), reúne la documentación, presenta la solicitud ante el INSS en su nombre y hace el seguimiento hasta la resolución. Puede ver el detalle y el importe actualizado del servicio en las fichas de trámite de jubilación ordinaria (jubilacion_inss) y de jubilación anticipada (jubilacion_anticipada).

Preguntas frecuentes

¿Cuántos años hay que cotizar para cobrar pensión de jubilación?

El mínimo son 15 años cotizados, y 2 de ellos deben caer dentro de los 15 años anteriores a la solicitud. Con 15 años se reconoce el 50 por ciento de la base reguladora. Para llegar al 100 por cien en 2026 se necesitan 36 años y 6 meses cotizados.

¿A qué edad me puedo jubilar en 2026?

Si tiene cotizados 38 años y 3 meses o más, a los 65 años. Si no llega a esa cifra, la edad ordinaria en 2026 es de 66 años y 10 meses. Managora revisa su vida laboral y le confirma su edad exacta.

¿Cuánto se reduce la pensión si me jubilo antes de tiempo?

Se aplica un coeficiente reductor permanente por cada mes que adelanta la jubilación. La reducción es mayor cuanto antes se jubila y cuantos menos años haya cotizado, y se mantiene de por vida. El porcentaje exacto lo calculamos en la ficha del trámite antes de que decida.

¿Qué diferencia hay entre la jubilación anticipada voluntaria y la forzosa?

La voluntaria es decisión suya y permite adelantar hasta 2 años, con 35 años cotizados. La forzosa se aplica cuando pierde el empleo por causas ajenas a su voluntad, permite adelantar hasta 4 años y exige 33 años cotizados. Los coeficientes de reducción son distintos en cada una.

¿Qué papeles necesito para solicitar la pensión?

Su documento de identidad, el informe de vida laboral, los datos bancarios de cobro y, según el caso, el certificado de empresa o el documento que acredite el cese. Managora reúne y comprueba toda la documentación por usted.

¿La pensión de jubilación tributa en el IRPF?

Sí. La pensión de jubilación se considera rendimiento del trabajo y tributa en el IRPF, con las retenciones que correspondan según su cuantía y situación personal. No paga cotizaciones sociales sobre ella.

Se lo tramitamos nosotros de principio a fin.

Usted lo describe en un chat y firma; nosotros lo presentamos ante la Administración. Precio fijo desde 181,50 € (IVA incluido), más la tasa oficial si la hay.

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El precio, la tasa oficial y los plazos actualizados están en cada ficha.

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