Guías de la gestoría

Programa Auto+ 2026: ayudas al coche y a la furgoneta eléctrica para particulares, autónomos y empresas

Actualizada el 5 de octubre de 2026 · Revisado por Jaime Piñeira Pardo, colegiado ICAM nº 138826

La respuesta corta

El Programa Auto+ es la ayuda estatal de 2026 para comprar un vehículo con etiqueta CERO. A 5 de octubre de 2026 sus dos líneas están abiertas hasta el 31 de diciembre a las 14:00: la Línea 1, para particulares, da hasta 4.500 € por coche; la Línea 2, para autónomos y empresas, hasta 6.000 € por coche y 7.500 € por furgoneta. Se concede por orden de llegada.

Se lo tramitamos nosotros de principio a fin.

Usted lo describe en un chat y firma; nosotros lo presentamos ante la Administración. Precio fijo desde 250,00 € (IVA incluido), más la tasa oficial si la hay.

Ver el trámite

Novedades y normativa aplicable

  • 23-7-2026: el BOE publica el Real Decreto 609/2026, bases del Programa Auto+.
  • 4-8-2026: abre la Línea 1 (particulares), 350 M€.
  • 24-9-2026: el BOE publica el extracto de la convocatoria de la Línea 2 (BDNS 931088), 50 M€.
  • 1-10-2026: abre la Línea 2 (autónomos y empresas), hasta el 31-12-2026 a las 14:00.
  • 2026: los importes del Fondo Social para el Clima (7.000 € por turismo, 12.000 € por furgoneta) no se aplican este año.

¿Qué es el Plan Auto+ 2026 y quién puede pedirlo?

El Programa Auto+ (también Plan Auto+ o Auto plus) es la ayuda del Ministerio de Industria y Turismo para comprar coches, furgonetas, motos y cuadriciclos eléctricos o electrificados. Sus bases están en el Real Decreto 609/2026, de 22 de julio. Se aplica en toda España y lo gestiona el propio Ministerio, no su comunidad autónoma. Está vigente hasta el 31 de diciembre de 2030, con convocatorias anuales.

Tiene dos líneas separadas, y cada solicitante solo cabe en una. La Línea 1 es para personas físicas mayores de edad, con residencia legal en España, que no realicen una actividad económica. La Línea 2 es para empresas con personalidad jurídica propia, de cualquier tamaño, y para personas físicas que desarrollen una actividad económica y estén dadas de alta en el Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores de la AEAT o en el censo foral equivalente.

Lo que decide la línea no es el uso del vehículo, sino si usted realiza una actividad económica. Un autónomo de alta no puede pedir la Línea 1 aunque el coche sea para la familia. Los concesionarios y puntos de venta con epígrafe del IAE 615.1 o 654.1 no pueden ser beneficiarios.

En las dos líneas hay que estar al corriente con Hacienda y la Seguridad Social y no tener pendiente ningún reintegro de ayudas del Estado. La ayuda no es un descuento en el concesionario: el Ministerio la ingresa por transferencia al beneficiario después de resolver.

¿Cuánto da el Plan Auto+? Importes máximos por vehículo

Cada línea fija un importe máximo por vehículo (vea la tabla). En la Línea 2 el máximo de turismos y furgonetas depende además del tamaño del solicitante: autónomos y microempresas cobran más que el resto de empresas, según la definición europea de microempresa (Recomendación de la Comisión de 6 de mayo de 2003). Para un autónomo, una furgoneta eléctrica N1 puede llegar a 7.500 € y un turismo a 6.000 €; para un particular, 5.000 € y 4.500 €.

Ese máximo es un techo. La cantidad real sale de sumar unos porcentajes según la motorización, el precio y dónde se fabrica el vehículo (sección siguiente), y nunca supera el coste del vehículo sin impuestos.

El Real Decreto recoge también importes más altos (7.000 € por turismo y 12.000 € por furgoneta) para autónomos y microempresas de ciertas actividades, ligados al Fondo Social para el Clima. No se aplican en 2026: la convocatoria de la Línea 2 de este año no los incluye. Desconfíe de quien se los prometa.

¿Cómo se calcula la ayuda exacta de su coche o furgoneta?

La ayuda se calcula sumando tres criterios, cada uno como porcentaje del importe máximo de su categoría, y nunca pasa del 100 % de ese máximo.

Criterio eléctrico (E1): un 50 % si el vehículo es eléctrico puro (de batería o de pila de combustible) y un 25 % si es híbrido enchufable o eléctrico de autonomía extendida.

Criterio económico (E2): en turismos M1, un 25 % si el precio es de hasta 35.000 € y un 15 % si lo supera; en el resto de vehículos, un 25 %. Cuenta el precio de factura sin impuestos, con extras y servicios incluidos y descontadas las rebajas comerciales.

Criterio europeo (E3): un 15 % más si el vehículo se monta en la Unión Europea y otro 10 % si además la batería cumple los requisitos de fabricación europea de la norma. No depende de lo que diga el vendedor: el sistema del Ministerio consulta la Lista Blanca del Programa Auto+, publicada en su portal de ayudas, y si el modelo no está, no suma.

Dos topes de precio sin impuestos dejan el vehículo fuera: 45.000 € en turismos M1 (en la Línea 2, solo los de hasta siete plazas) y 10.000 € en motos L3e, L4e y L5e.

¿Qué coches, furgonetas y motos entran en el Auto+?

Solo vehículos con la etiqueta ambiental CERO de la DGT: eléctricos puros de batería (BEV), de pila de combustible (FCEV), de autonomía extendida (EREV) e híbridos enchufables (PHEV). Cuenta la etiqueta del vehículo concreto: un híbrido enchufable sin etiqueta CERO no entra. Un híbrido no enchufable, de gas o de combustión no entra.

Categorías admitidas: turismos M1 (hasta ocho plazas además del conductor), furgonetas N1 de hasta 3.500 kg (o 4.250 kg si el exceso se debe solo al sistema eléctrico y no aumenta la carga), motos L3e, L4e y L5e y cuadriciclos L6e y L7e. Quedan fuera autobuses (M2 y M3) y camiones N2 y N3.

En 2026 valen los vehículos nuevos matriculados por primera vez en España desde el 1 de enero de 2026. También otros vehículos, como los kilómetro cero, de demostración o de gerencia, con primera matriculación en España desde el 1 de enero de 2025, comprados en un concesionario o punto de venta del grupo fabricante o importador y con un máximo de doce meses entre esa matriculación y la factura. Un coche usado comprado a otro particular no entra.

La ayuda se da una sola vez por vehículo: si ese coche ya recibió el Auto+ con un titular anterior, no se puede volver a pedir. El programa no exige achatarrar un vehículo viejo ni cubre la instalación del punto de recarga.

¿Qué cambia en el Plan Auto+ para empresas y autónomos (Línea 2)?

La Línea 2 admite, además de la compra, el leasing financiero y el renting formalizados en España con un contrato de al menos tres años; el vehículo puede matricularse a nombre de la empresa de renting o leasing. Si se lo piden, tendrá que enseñar los recibos mensuales de los dos años siguientes a la concesión.

Una empresa puede obtener ayuda para un máximo de diez vehículos y un autónomo para un máximo de tres. En la Línea 1 el límite es un vehículo por persona.

Las ayudas de la Línea 2 son de minimis (Reglamento UE 2023/2831): cuentan para el tope de ayudas de minimis que su negocio puede recibir, y la resolución de concesión lo indica de forma expresa. Si ya ha agotado ese margen con otras ayudas, no cabe esta.

El dinero va separado: 42 M€ para empresas y 8 M€ para autónomos, que dan para unas 1.300 ayudas de 6.000 €. Como se reparte por orden de llegada, cuanto antes se presente, mejor.

Para este caso publicamos la ficha Programa Auto+ para autónomos y empresas (Línea 2): comprobamos si su vehículo y su negocio encajan, preparamos la documentación, la presentamos como su representante y la seguimos hasta la resolución. Si es particular, su ficha es Programa Auto+ para particulares (Línea 1). Puede ver el importe actualizado en la ficha.

¿Qué documentos hay que presentar para pedir el Auto+?

Todos los solicitantes: ficha técnica (tarjeta ITV) y permiso de circulación definitivos (no valen los provisionales); certificado bancario de la cuenta de cobro, a nombre del beneficiario; factura de compra a su nombre (salvo renting y leasing); y justificantes bancarios del pago en los que se vean el solicitante, el punto de venta que cobró, la fecha, el vehículo y el importe. Si interviene un empresario o profesional, no se puede pagar en efectivo un importe de 1.000 € o más.

Si financió la compra: contrato de financiación que identifique el vehículo por matrícula o bastidor y certificado de la entidad financiera con el importe financiado, la fecha del pago al concesionario, quién pagó y quién cobró.

El descuento de 1.000 €: en turismos y furgonetas nuevos (M1 y N1), la factura debe reflejar un descuento del vendedor de al menos 1.000 € sin impuestos, con un concepto claramente ligado al Programa Auto+. Ese descuento no se exige en los vehículos comprados antes de que se abriera el plazo de solicitudes de la convocatoria de 2026.

Solo en la Línea 2: certificado de situación censal de la AEAT (si es autónomo, vale también el de su hacienda foral) y, si es renting o leasing, el contrato de al menos tres años. Si solicita una sociedad, además: certificado del Registro Mercantil que acredite quién la representa (o poder notarial depositado en el Registro con su justificante) y certificado de ayudas de minimis de la BDNS, que se descarga en la sede de Hacienda. Si acumula más de 30.000 € de ayuda solicitada, debe acreditar también que cumple los plazos de pago a proveedores.

Los certificados de estar al corriente con Hacienda y la Seguridad Social no hacen falta si autoriza en el formulario que el Ministerio los consulte.

¿Hasta cuándo se puede pedir el Auto+ y qué pasa si se acaba el dinero?

Las dos líneas cierran el 31 de diciembre de 2026 a las 14:00 (hora peninsular). La Línea 1 abrió el 4 de agosto con 350 M€ y la Línea 2 el 1 de octubre con 50 M€.

Se concede por orden de presentación: al registrar la solicitud, el sistema reserva la cuantía de forma provisional. Agotado el crédito, se pueden seguir presentando solicitudes hasta el 31 de diciembre, pero entran en una lista de espera que solo avanza si otros desisten o aumenta el presupuesto, y no dan derecho a la ayuda. No hemos podido confirmar cuánto crédito queda en cada línea: no espere a última hora.

Si falta algún documento, el Ministerio da diez días para subsanarlo; si no, le tiene por desistido. Los datos del beneficiario y del vehículo escritos en el formulario no se pueden corregir después (solo la cuenta bancaria): con un error ahí, salvo que sea un error de forma evidente, que el Ministerio puede corregir de oficio, hay que desistir y presentar otra solicitud, que vuelve al final de la cola.

Luego llega una propuesta de resolución provisional, con diez días hábiles para alegar, y la resolución de la Secretaría de Estado de Industria. Si no se resuelve a tiempo, se entiende desestimada. Contra la resolución cabe recurso de reposición en un mes o el recurso contencioso-administrativo.

Cobrada la ayuda, debe mantener el vehículo a su nombre (o al de la empresa de renting o leasing) y matriculado en España al menos dos años desde la concesión. Si lo vende o lo da de baja antes, se reclama entera, con intereses de demora, salvo robo, siniestro, sustitución por defecto grave de fábrica o fallecimiento.

¿Puede Managora pedir la ayuda Auto+ por usted?

Sí. La norma permite que la solicitud la presente un representante nombrado por el interesado, autorizado mediante una declaración responsable en el modelo del portal de ayudas del Ministerio. Los concesionarios y las empresas de renting también pueden hacerlo, pero no en exclusiva. En la Línea 1 el sistema del Ministerio ya nos ha admitido como representantes.

Comprobamos que su vehículo y su situación encajan en la línea correcta, calculamos la ayuda, revisamos que la factura y los justificantes de pago cumplen lo que exige el Ministerio (son los documentos con más requisitos de forma), presentamos con nuestra firma electrónica de representante y atendemos los requerimientos hasta la resolución.

Usted no nos tiene que dar nunca su certificado digital. Firma la autorización de representación y nos sube los documentos. Si su empresa necesita el certificado de minimis, que la sede de Hacienda solo entrega con certificado electrónico, lo descargamos nosotros: su empresa nos inscribe como apoderados en el Registro Electrónico de Apoderamientos de la Administración General del Estado y le guiamos paso a paso.

Si el concesionario ya presentó la solicitud por usted, no se puede duplicar: es una ayuda por vehículo. Nuestro servicio sirve cuando compró sin que nadie se la tramitara o cuando quiere que alguien revise el expediente antes de que un error lo deje fuera. Puede ver el importe actualizado en cada ficha.

Paso a paso

  1. 1

    Compruebe en qué línea está(Antes de comprar)

    Si realiza una actividad económica (autónomo o sociedad), Línea 2. Si no, Línea 1. No se puede elegir: lo decide su situación.

  2. 2

    Compruebe el vehículo(Antes de comprar)

    Etiqueta CERO, categoría admitida, precio sin impuestos por debajo del tope y, para el criterio europeo, modelo en la Lista Blanca.

  3. 3

    Pida la factura bien hecha(Al comprar)

    En turismos y furgonetas nuevos, con el descuento del vendedor de al menos 1.000 € ligado al Programa Auto+. Pague por banco: nada en efectivo desde 1.000 €.

  4. 4

    Matricule y reúna los documentos definitivos(Tras la matriculación)

    Ficha técnica y permiso de circulación definitivos, certificado de la cuenta, justificantes de pago y, según el caso, contrato de financiación, renting o leasing, certificado censal, Registro Mercantil y minimis.

  5. 5

    Firme la autorización de representación(Al encargarnos el trámite)

    Si la presentamos nosotros, firma la declaración responsable en el modelo del portal del Ministerio. No nos da su certificado digital.

  6. 6

    Presentación en el sistema del Ministerio(Hasta el 31-12-2026 a las 14:00; cuanto antes, mejor)

    La solicitud se registra en el sistema telemático de gestión (STG), se reserva de forma provisional la cuantía y llega un correo de confirmación.

  7. 7

    Atienda requerimientos y alegaciones(10 días y 10 días hábiles)

    Si falta algo, hay diez días para subsanarlo. Tras la propuesta de resolución provisional, diez días hábiles para alegar.

  8. 8

    Cobro y mantenimiento(2 años desde la concesión)

    El Ministerio paga por transferencia tras la resolución. Mantenga el vehículo a su nombre (o al de la empresa de renting o leasing) y matriculado en España al menos dos años.

Un ejemplo

Un fontanero autónomo compra en octubre de 2026 una furgoneta N1 eléctrica pura, nueva, por 32.000 € sin impuestos. El modelo está en la Lista Blanca por montaje en la UE, pero no por la batería. La factura recoge un descuento Auto+ del concesionario de 1.000 €.

  • Importe máximo: furgoneta N1 para autónomo, 7.500 €.
  • Criterio eléctrico: eléctrica pura, 50 %.
  • Criterio económico: no es un turismo, 25 %.
  • Criterio europeo: montaje en la UE, 15 %; batería, 0 %.
  • Suma: 50 % + 25 % + 15 % = 90 %.
  • Ayuda: 90 % de 7.500 € = 6.750 €.
  • Si la misma furgoneta la comprara una empresa que no es microempresa: 90 % de 5.000 € = 4.500 €.

El autónomo pediría 6.750 € de ayuda, que se suman al descuento de 1.000 € de la factura. Cobra la ayuda por transferencia tras la resolución y debe mantener la furgoneta a su nombre dos años.

Estado del Programa Auto+ a 5 de octubre de 2026

LíneaPara quiénEstadoPlazoPresupuestoConvocatoria
Línea 1Particulares sin actividad económica, mayores de edad y con residencia legal en EspañaAbiertaDel 4-8-2026 (10:00) al 31-12-2026 (14:00)350 M€BDNS 922783
Línea 2Autónomos de alta en el censo y empresas de cualquier tamañoAbiertaDel 1-10-2026 (10:00) al 31-12-2026 (14:00)50 M€: 42 M€ empresas y 8 M€ autónomosBDNS 931088; extracto BOE-B-2026-30841 (24-9-2026)

Importe máximo de la ayuda por vehículo

Tipo de vehículoParticulares (Línea 1)Autónomos y microempresas (Línea 2)Resto de empresas (Línea 2)
Turismo M14.500 €6.000 €4.500 €
Furgoneta N15.000 €7.500 €5.000 €
Moto L3e, L4e, L5e1.100 €1.100 €1.100 €
Cuadriciclo L6e y L7e1.500 €1.500 €1.500 €

Porcentaje del importe máximo que suma cada criterio

CriterioCondiciónPorcentaje
Eléctrico (E1)Eléctrico puro (BEV o FCEV)50 %
Eléctrico (E1)Híbrido enchufable (PHEV) o autonomía extendida (EREV)25 %
Económico (E2)Turismo M1 de hasta 35.000 € sin impuestos25 %
Económico (E2)Turismo M1 de más de 35.000 € y hasta 45.000 € sin impuestos (en la Línea 2, sin tope si tiene ocho o nueve plazas)15 %
Económico (E2)Resto de vehículos (N1, motos, cuadriciclos)25 %
Europeo (E3)Montaje final en la UE (modelo en la Lista Blanca)15 %
Europeo (E3)Además, batería con fabricación europea según la norma (modelo en la Lista Blanca)10 %

Plan Auto+: Línea 1 (particulares) o Línea 2 (autónomos y empresas)

Línea 1: particularesLínea 2: autónomos y empresas
Quién la pidePersona física mayor de edad, con residencia legal en España y sin actividad económicaEmpresas con personalidad jurídica y autónomos de alta en el censo de la AEAT o foral (no concesionarios con IAE 615.1 o 654.1)
Presupuesto350 M€50 M€ (8 M€ para autónomos)
Máximo por coche M14.500 €6.000 € autónomos y microempresas; 4.500 € resto
Máximo por furgoneta N15.000 €7.500 € autónomos y microempresas; 5.000 € resto
Renting o leasingNo: solo compra en propiedadSí, con contrato de al menos tres años
Vehículos con ayudaUno por personaHasta 10 por empresa y 3 por autónomo
MinimisNoSí: cuenta para su tope de ayudas de minimis
Documentos extraNinguno específicoCertificado censal; las sociedades, además, certificado del Registro Mercantil y de minimis
Nuestra fichaPrograma Auto+ para particularesPrograma Auto+ para autónomos y empresas

Formularios y dónde se presenta

Preguntas frecuentes

¿Puedo pedir el Plan Auto+ si compré el coche eléctrico antes de que abriera la convocatoria?

Sí, si es nuevo y se matriculó por primera vez en España desde el 1 de enero de 2026 (o es otro vehículo, como un kilómetro cero o de demostración, que cumple las condiciones). Si lo compró antes de que se abriera el plazo, la factura no necesita el descuento de 1.000 €.

¿El Plan Auto+ cubre el renting de un coche eléctrico?

Solo en la Línea 2, para autónomos y empresas, y con un contrato de renting o leasing financiero de al menos tres años. Los particulares solo pueden pedirlo por una compra en propiedad, al contado o financiada.

¿Los híbridos enchufables tienen ayuda del Auto+?

Sí, siempre que el vehículo tenga la etiqueta CERO, pero reciben menos: el criterio eléctrico les da un 25 % del máximo frente al 50 % de un eléctrico puro. Los híbridos no enchufables no entran.

¿Cuántos vehículos puede subvencionar una empresa con el Auto+?

Hasta diez por empresa y tres por autónomo en la Línea 2. Un particular, uno.

¿Puedo vender el coche después de cobrar la ayuda?

No durante los dos años siguientes a la concesión: si lo vende o lo da de baja antes, devuelve la ayuda entera, con intereses de demora, salvo robo, siniestro, defecto grave de fábrica o fallecimiento.

¿El Auto+ es compatible con otras ayudas a la compra?

Sí, con otras ayudas para el mismo vehículo que no sean instrumentos de la Unión Europea, siempre que entre todas no pasen del 80 % de su coste sin impuestos. Hay que comunicarlo al Ministerio.

Se lo tramitamos nosotros de principio a fin.

Usted lo describe en un chat y firma; nosotros lo presentamos ante la Administración. Precio fijo desde 250,00 € (IVA incluido), más la tasa oficial si la hay.

Ver el trámite

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El precio, la tasa oficial y los plazos actualizados están en cada ficha.

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