Apoderamiento general AEAT (Apoder@): alternativa al REA
Apoderamiento general AEAT (Apoder@): alternativa al REA se presenta ante Agencia Estatal de Administración Tributaria, Registro Apoder@. Con Managora lo hace 100% online: responde unas preguntas, firma un mandato digital y nosotros redactamos, firmamos y presentamos su solicitud por usted. Lo que le cobramos: 120 €.
Alta, modificación o revocación de apoderamiento general AEAT a través del registro Apoder@ (alternativa al REA general de la AGE). Marco: RD 1065/2007 RGAGI art. 111 + Resolución AEAT 18/5/2010 + LGT 46-48 + Ley 39/2015 5-6 y 14. 5 actuaciones · 7 categorías (GENERALNOT, GENERALSEPL, GENERALSUM, GENERAL_INSP, GENRECAUDAEAT, GENRECURADM, AUTORIZA) · vigencia máx. 5 años.
Guía práctica: Poderes y apoderamientos de empresa: notarial y electrónico (Apodera/REA). Requisitos, plazos y pasos, explicados.
- Lo que le cobramos
- 120 €
- Honorario Managora
- 120,00 € (IVA 21% incl.)
- Tasa oficial
- Sin tasa
- Plazo de resolución
- Resolución 1-3 semanas; inscripción inmediata en sede con Cl@ve/certificado.
- Dónde se presenta
- Agencia Estatal de Administración Tributaria, Registro Apoder@ ↗
- Qué recibe
- Solicitud
Desglose del coste: Gestión 120,00 € (IVA 21% incl.). El apoderamiento Apoder@ de la AEAT no tiene tasa, coste totalmente fijo..
Apoderamiento general AEAT (Apoder@): alternativa al REA: ¿cómo se tramita?
- 1Conteste las preguntas (~5 minutos).
- 2Validamos categorías Apoder@ y vigencia.
- 3Pago 120,00 € (IVA 21% incl.).
- 4Inscribimos / modificamos / revocamos en Apoder@ AEAT.
¿Qué documentos necesita?
- •DNI/NIE en vigor del poderdante y del apoderado.
- •Escritura de poder o de nombramiento si el poderdante es persona jurídica.
- •Justificación del cargo / facultades del representante PJ.
Requisitos previos que también hacemos nosotros
Para este trámite necesita documentos que también tramitamos. Si le falta alguno, pídanoslo aquí y vuelva cuando lo tenga:
Base legal y a tener en cuenta
- Marco: RD 1065/2007 art. 111 + Resolución AEAT 18/5/2010 + LGT 46-48 + Ley 39/2015 5-6 y 14.
- Alternativa al REA general de la AGE; categorías Apoder@ específicas tributarias.
- Conexiones: apoderamiento_rea_aeat (REA general AGE), nombramiento_apoderado_general (mercantil).
Apoderamiento general AEAT (Apoder@): alternativa al REA: preguntas frecuentes
Apoderamiento general AEAT (Apoder@): alternativa al REA: ¿cuánto cuesta?
Le cobramos 120 €: nuestra gestión y, si la hay, la tasa oficial fija que adelantamos. Gestión 120,00 € (IVA 21% incl.). El apoderamiento Apoder@ de la AEAT no tiene tasa, coste totalmente fijo.. El honorario de Managora es 120,00 €, IVA 21% incluido (99,17 € de base + 20,83 € de IVA). Este trámite no tiene tasa oficial del organismo.
Apoderamiento general AEAT (Apoder@): alternativa al REA: ¿cuánto tarda?
Resolución 1-3 semanas; inscripción inmediata en sede con Cl@ve/certificado.
Apoderamiento general AEAT (Apoder@): alternativa al REA: ¿qué documentos necesito?
Necesita tener a mano: DNI/NIE en vigor del poderdante y del apoderado., Escritura de poder o de nombramiento si el poderdante es persona jurídica., Justificación del cargo / facultades del representante PJ.. No los sube aquí: recogemos los datos por el chat guiado.
¿Quién presenta el trámite?
Lo presenta Managora en su nombre ante Agencia Estatal de Administración Tributaria, Registro Apoder@. Usted solo aporta los datos por el chat y firma un mandato; nosotros preparamos, firmamos y registramos.
¿Se puede hacer online?
Sí. Todo el proceso es online: responde unas preguntas en el chat guiado, firma un mandato simple en pantalla y recibe el acuse y los documentos oficiales por email, con plena validez legal.
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- Aplazamiento o fraccionamiento de deuda con la AEAT (art. 65 LGT)
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Información basada en la normativa vigente y en la sede oficial del organismo competente: Agencia Estatal de Administración Tributaria, Registro Apoder@ ↗.
Managora Gestion SL (CIF B88823893) es una empresa privada. No somos Agencia Estatal de Administración Tributaria, Registro Apoder@, ni estamos vinculados, autorizados ni aprobados por ningún organismo público, y este sitio no es una sede electrónica. Lo que usted paga en esta página es nuestro honorario por preparar, firmar y presentar el trámite en su nombre: es distinto de la tasa oficial, que cuando la hay es del organismo y se le muestra por separado. Puede realizar este trámite usted mismo, directamente ante Agencia Estatal de Administración Tributaria, Registro Apoder@.
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