Poderes y apoderamientos de empresa: notarial y electronico (Apodera/REA)
Actualizada el 16 de julio de 2026 · Revisado por Jaime Piñeira Pardo, colegiado ICAM nº 138826
Un poder de empresa autoriza a otra persona a actuar en su nombre. El poder mercantil se otorga en escritura ante notario y se inscribe en el Registro Mercantil (oponible a terceros tras el BORME) para operar con bancos y clientes. El apoderamiento electronico (Apodera de la AEAT o el REA) es gratuito y se tramita en la sede electronica. Managora otorga, inscribe y revoca ambos por usted.
Se lo tramitamos nosotros de principio a fin.
Usted lo describe en un chat y firma; nosotros lo presentamos ante la Administración. Precio fijo desde 96,00 € (IVA incluido), más la tasa oficial si la hay.
Novedades y normativa aplicable
- Codigo de Comercio (Real Decreto de 22 de agosto de 1885), articulos 281 a 302: apoderados y mandatarios generales del comerciante (factores).
- Codigo de Comercio, articulo 21: los actos sujetos a inscripcion solo son oponibles a terceros de buena fe desde su publicacion en el BORME (principio de publicidad material).
- Texto refundido de la Ley de Sociedades de Capital (Real Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de julio): representacion de la sociedad y apoderamientos.
- Reglamento del Registro Mercantil (Real Decreto 1784/1996), articulo 94: los poderes generales y sus revocaciones son actos de inscripcion obligatoria; la inscripcion no es constitutiva (el poder es valido desde la escritura).
- Ley 39/2015, de 1 de octubre, articulo 6: Registro Electronico de Apoderamientos (REA); tres tipos de poder y validez maxima de 5 años desde la inscripcion.
- Ley 39/2015, articulo 14: las personas juridicas estan obligadas a relacionarse electronicamente con la Administracion, lo que hace practicamente imprescindible el apoderamiento electronico para delegar en una gestoria.
- A 17 de julio de 2026 no consta reforma sustantiva; sigue vigente el marco anterior.
¿Que es un poder de empresa y para que sirve?
Un poder de empresa es el acto por el que la sociedad (poderdante) autoriza a otra persona (apoderado) a actuar en su nombre y por su cuenta. El Codigo de Comercio (articulo 281) permite al comerciante constituir apoderados o mandatarios generales o singulares para que hagan el trafico en su nombre o le auxilien en el.
Segun su alcance, el poder puede ser general (facultades amplias sobre la actividad de la empresa) o especial o limitado (solo determinados actos, por ejemplo operar en un banco o presentar impuestos).
Ademas hay que distinguir dos planos que a menudo se confunden: el poder mercantil, que es un poder de derecho privado para actuar frente a terceros (bancos, clientes, proveedores), y el apoderamiento administrativo, que solo habilita para actuar ante la Administracion en su sede electronica. Managora prepara el que necesite en cada caso.
¿Que diferencia hay entre poder notarial y apoderamiento electronico?
El poder notarial mercantil se otorga en escritura publica ante notario, es inscribible en el Registro Mercantil y sirve para actuar frente a terceros privados: firmar contratos, operar en cuentas bancarias, comprar o vender, representar a la sociedad. Su fuerza frente a terceros de buena fe se refuerza con la inscripcion y la publicacion en el BORME.
El apoderamiento electronico (Apodera de la AEAT o el REA) es un apoderamiento administrativo: solo vale para tramitar ante la Administracion en la sede electronica (presentar declaraciones, recibir notificaciones, iniciar procedimientos). Se otorga apud acta, sin necesidad de notario, y es gratuito.
Consecuencia practica: si va a delegar en una gestoria como Managora tanto la firma con terceros como los tramites ante Hacienda, puede necesitar los dos. Uno no sustituye al otro. Puede comparar ambos en la tabla y en la comparativa de esta guia.
¿Como se otorga un poder mercantil ante notario?
El poder mercantil nace con la escritura publica. El organo de administracion decide a quien apodera y con que facultades, Managora redacta el poder con el alcance exacto, y el administrador lo firma ante notario, que comprueba la capacidad y emite el juicio de suficiencia de las facultades.
La inscripcion del poder general en el Registro Mercantil del domicilio social es obligatoria, aunque no constitutiva: el poder es valido y eficaz desde la escritura, sin necesidad de estar inscrito. Ahora bien, hasta que el poder no se inscribe y se publica en el BORME no es plenamente oponible a los terceros de buena fe (Codigo de Comercio, articulo 21), por lo que la inscripcion es imprescindible para dar seguridad frente a bancos y clientes.
Puede ver el importe actualizado (arancel de notaria y de Registro) en la ficha del tramite nombramiento_apoderado_general. Managora se encarga de la redaccion, del otorgamiento y de la inscripcion por usted.
¿Como se apodera a una gestoria en la AEAT (Apodera) y en el REA?
Apodera es el registro de apoderamientos de la Agencia Tributaria para realizar gestiones tributarias por Internet. Se puede dar de alta de tres formas: con la identificacion electronica del poderdante (certificado, DNIe o Cl@ve), por comparecencia presencial en una oficina de la AEAT, o mediante documento publico (poder notarial) o documento privado con firma notarialmente legitimada, que el apoderado presenta en el registro electronico de la Agencia. Segun el tramite, el apoderado debe aceptar el apoderamiento en la sede (por ejemplo para la recepcion de notificaciones).
El apoderamiento en la AEAT puede ser general (todos los tramites tributarios), para la recepcion de comunicaciones y notificaciones, o especifico por tramite o modelo. Puede otorgarlo a favor de una o varias personas.
El REA (Registro Electronico de Apoderamientos) esta regulado en el articulo 6 de la Ley 39/2015 y cubre cualquier Administracion publica. Distingue tres tipos de poder (general, por Administracion concreta o limitado a determinados tramites), se otorga apud acta (comparecencia electronica en la sede o presencial en las oficinas de asistencia) y tiene una validez maxima de cinco años desde la inscripcion. Managora se da de alta como su apoderado en Apodera y en el REA y tramita en su nombre. Vea las fichas apoder_a_aeat_general y apoderamiento_rea_aeat.
¿Como se revoca un poder de empresa?
El poder mercantil notarial se revoca por el mismo camino que se otorgo: acuerdo del organo, escritura publica de revocacion e inscripcion en el Registro Mercantil. Hasta que la revocacion se inscribe y se publica en el BORME, los terceros de buena fe pueden seguir considerando vigente el poder anterior, por lo que conviene inscribirla cuanto antes, notificar al apoderado y recuperar la copia autorizada.
El apoderamiento electronico se revoca de forma inmediata por el propio poderdante en la sede: en Apodera (AEAT) desde la consulta y revocacion de apoderamientos otorgados, y en el REA desde el punto de acceso general. Managora tramita la revocacion por usted; puede ver el detalle en la ficha revocacion_poder_mercantil.
¿Que cambia en 2026?
El marco sigue siendo el consolidado en años anteriores. Para las personas juridicas, el articulo 14 de la Ley 39/2015 obliga a relacionarse por medios electronicos con la Administracion, lo que convierte el apoderamiento electronico en la via practica para delegar los tramites en una gestoria.
A 17 de julio de 2026 no consta una reforma sustantiva de estos apoderamientos: continuan vigentes el Codigo de Comercio (articulos 281 y siguientes), el texto refundido de la Ley de Sociedades de Capital, el Reglamento del Registro Mercantil (articulo 94) y el articulo 6 de la Ley 39/2015, con el limite de cinco años del REA.
Paso a paso
- 1
Decidir el apoderado y las facultades(Previo a la escritura)
El organo de administracion acuerda a quien apodera y con que facultades (generales o limitadas: bancarias, contratacion, laboral, representacion ante organismos). Managora le ayuda a delimitarlas para no dar mas poder del necesario.
- 2
Preparar la escritura de poder
Managora redacta el poder con el alcance exacto que necesita y reune la documentacion de la sociedad (escritura de constitucion, cargo vigente del administrador y NIF).
- 3
Otorgar ante notario(Acto unico)
El administrador firma la escritura publica de poder; el notario comprueba la capacidad y emite el juicio de suficiencia de las facultades otorgadas.
- 4
Inscribir en el Registro Mercantil(Calificacion hasta 15 dias habiles desde el asiento de presentacion)
Se presenta la copia autorizada en el Registro Mercantil del domicilio social. La inscripcion del poder general es obligatoria, aunque no constitutiva (el poder ya es valido desde la escritura), e imprescindible para que sea plenamente oponible a los terceros de buena fe.
- 5
Publicacion en el BORME
Inscrito el poder, se publica un extracto en el Boletin Oficial del Registro Mercantil; desde ese momento es plenamente oponible a terceros de buena fe.
- 6
Dar de alta el apoderamiento electronico (opcional)
Si el apoderado va a tramitar por Internet (impuestos, notificaciones), Managora se da de alta ademas como apoderado en Apodera (AEAT) o en el REA para actuar en su nombre en la sede electronica.
Tipos de apoderamiento electronico (articulo 6 Ley 39/2015 / REA)
| Tipo | Alcance |
|---|---|
| a) General | Cualquier actuacion administrativa y ante cualquier Administracion |
| b) Por Administracion | Cualquier tramite, pero ante una Administracion u organismo concreto |
| c) Limitado | Solo los tramites concretos especificados en el poder |
Vias para dar de alta un apoderamiento en la AEAT (Apodera)
| Via | En que consiste | Aceptacion del apoderado |
|---|---|---|
| Identificacion electronica del poderdante | El poderdante entra en la sede con certificado, DNIe o Cl@ve y designa al apoderado | Segun el tramite (recepcion de notificaciones: si) |
| Comparecencia presencial | El poderdante firma el documento de otorgamiento en una oficina de la AEAT | Queda formalizado en el acto |
| Documento publico o privado con firma legitimada | El apoderado presenta el poder notarial (o documento privado con firma notarialmente legitimada) en el registro electronico de la AEAT | La AEAT lo incorpora tras su revision |
Plazos orientativos del poder mercantil notarial
| Fase | Plazo orientativo |
|---|---|
| Otorgamiento de la escritura ante notario | Acto unico (mismo dia) |
| Presentacion en el Registro Mercantil | Recomendable de inmediato |
| Calificacion e inscripcion registral | Hasta 15 dias habiles desde el asiento de presentacion |
| Publicacion del extracto en el BORME | Tras la inscripcion |
Poder notarial mercantil frente a apoderamiento electronico
| Poder notarial mercantil | Apoderamiento electronico (Apodera/REA) | |
|---|---|---|
| Para que sirve | Actuar en el trafico: bancos, contratos, compraventas, representar a la sociedad | Tramitar ante la Administracion en su sede (impuestos, notificaciones) |
| Ante quien vale | Terceros privados y organismos | Solo Administraciones publicas |
| Como se otorga | Escritura publica ante notario | Apud acta: comparecencia electronica con certificado/Cl@ve o presencial |
| Interviene notario | Si | No (salvo alta por documento publico) |
| Coste oficial | Arancel de notaria y Registro Mercantil (ver ficha) | Gratuito |
| Registro | Registro Mercantil (obligatorio, no constitutivo) y BORME | Apodera (AEAT) o REA (art. 6 Ley 39/2015) |
| Vigencia | Hasta que se revoca | En el REA, maximo 5 años (prorrogable) |
| Revocacion | Escritura e inscripcion en el RM (eficaz frente a terceros desde el BORME) | Inmediata en la propia sede electronica |
Formularios y dónde se presenta
- Apodera. Registro de apoderamientos de la AEAT (sede electronica) ↗
- Apoderamiento para la realizacion de tramites y actuaciones en materia tributaria por Internet (AEAT) ↗
- Solicitud de alta de poder mediante documento publico o privado con firma legitimada para tramites tributarios (AEAT)
- REA. Registro Electronico de Apoderamientos (Punto de Acceso General) ↗
- Escritura publica de poder mercantil (notaria) e inscripcion en el Registro Mercantil del domicilio social
Preguntas frecuentes
¿Necesito notario para apoderar a mi gestoria en Hacienda?
No. El apoderamiento electronico (Apodera de la AEAT o el REA) se otorga en la sede con su certificado, DNIe o Cl@ve, sin notario y de forma gratuita. El notario solo hace falta para el poder mercantil que se usa frente a terceros privados.
¿El poder de Hacienda sirve para que firmen contratos por mi empresa?
No. El apoderamiento electronico solo habilita para tramitar ante la Administracion. Para firmar con bancos, clientes o proveedores necesita un poder mercantil notarial, que Managora prepara e inscribe por usted.
¿Es obligatorio inscribir el poder en el Registro Mercantil?
Si. La inscripcion de un poder general en el Registro Mercantil es obligatoria, aunque no es constitutiva: el poder ya es valido y eficaz desde la escritura. Ahora bien, hasta que se inscribe y se publica en el BORME no es plenamente oponible a los terceros de buena fe, que podrian discutir la representacion; por eso es imprescindible inscribirlo cuanto antes. Managora lo inscribe por usted.
¿Cuanto dura un apoderamiento electronico?
En el REA, el maximo legal es de 5 años desde la inscripcion, y se puede prorrogar. El poder notarial mercantil no caduca por el paso del tiempo: sigue vigente hasta que se revoca.
¿Como quito un poder que ya he dado?
El poder notarial se revoca por escritura publica e inscripcion en el Registro Mercantil (surte efecto frente a terceros desde el BORME). El apoderamiento electronico se revoca al instante en la propia sede. Managora tramita ambas revocaciones por usted.
¿Puede mi empresa tener varios apoderados a la vez?
Si. Puede otorgar poderes generales o limitados a varias personas y, en Apodera o el REA, asignar a cada apoderado solo los tramites concretos que decida.
Se lo tramitamos nosotros de principio a fin.
Usted lo describe en un chat y firma; nosotros lo presentamos ante la Administración. Precio fijo desde 96,00 € (IVA incluido), más la tasa oficial si la hay.
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El precio, la tasa oficial y los plazos actualizados están en cada ficha.
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