Comunicación de baja voluntaria del trabajador (ET art. 49.1.d)
Comunicación de baja voluntaria del trabajador (ET art. 49.1.d) se presenta ante Burofax / Comunicación firmada al empresario. Con Managora lo hace 100% online: responde unas preguntas, firma un mandato digital y nosotros redactamos, firmamos y presentamos su solicitud por usted. Coste total orientativo: 11 €. Tasa oficial: Sin tasa.
Le redactamos la comunicación de baja voluntaria (dimisión) al empresario con preaviso adecuado al convenio colectivo. Calcula los días de preaviso cumplidos y advierte del riesgo de descuento del finiquito por incumplimiento. Avisa de la pérdida del derecho al desempleo contributivo (art. 267.1.a LGSS) y solicita la entrega del certificado de empresa y finiquito al IBAN del trabajador.
Guía práctica: Denunciar a la Inspeccion de Trabajo y obligaciones laborales de la empresa. Requisitos, plazos y pasos, explicados.
- Coste total orientativo
- 11 €
- Honorario Managora
- 11,00 € (IVA 21% incl.)
- Tasa oficial
- Sin tasa. (suplido, sin IVA)
- Plazo de resolución
- Preaviso conforme al convenio colectivo (suele ser 15-30 días).
- Dónde se presenta
- Burofax / Comunicación firmada al empresario ↗
- Qué recibe
- Papeleta / escrito oficial
Desglose del coste: Gestión 11,00 € (IVA 21% incl.), sin tasa por la comunicación de baja voluntaria al empresario..
Comunicación de baja voluntaria del trabajador (ET art. 49.1.d): ¿cómo se tramita?
- 1Conteste las preguntas del chat (~5 minutos).
- 2Calculamos el preaviso del convenio.
- 3Advertimos de pérdida de paro contributivo y posibles descuentos.
- 4Pago de 11,00 € (IVA 21% incl.) por la asesoría y redacción.
- 5Le entregamos comunicación lista para burofax o entrega firmada.
¿Qué documentos necesita?
- •DNI / NIE.
- •Contrato de trabajo.
- •Convenio colectivo.
- •IBAN finiquito.
Base legal y a tener en cuenta
- Marco: art. 49.1.d) ET + convenio colectivo.
- La baja voluntaria NO genera derecho a paro contributivo (art. 267.1.a LGSS).
- Incumplimiento de preaviso: descuento del finiquito.
- El empresario está obligado al certificado de empresa (art. 209 LGSS).
- Conexiones naturales: finiquito_calculo, certificado_empresa.
Comunicación de baja voluntaria del trabajador (ET art. 49.1.d): preguntas frecuentes
Comunicación de baja voluntaria del trabajador (ET art. 49.1.d): ¿cuánto cuesta?
El coste total orientativo (gestión + tasas e impuestos oficiales) es 11 €: Gestión 11,00 € (IVA 21% incl.), sin tasa por la comunicación de baja voluntaria al empresario.. El honorario de Managora es 11,00 €, IVA 21% incluido (9,09 € de base + 1,91 € de IVA). La tasa oficial del organismo (suplido, sin IVA) es: Sin tasa..
Comunicación de baja voluntaria del trabajador (ET art. 49.1.d): ¿cuánto tarda?
Preaviso conforme al convenio colectivo (suele ser 15-30 días).
Comunicación de baja voluntaria del trabajador (ET art. 49.1.d): ¿qué documentos necesito?
Necesita tener a mano: DNI / NIE., Contrato de trabajo., Convenio colectivo., IBAN finiquito.. No los sube aquí: recogemos los datos por el chat guiado.
¿Quién presenta el trámite?
Lo presenta Managora en su nombre ante Burofax / Comunicación firmada al empresario. Usted solo aporta los datos por el chat y firma un mandato; nosotros preparamos, firmamos y registramos.
¿Se puede hacer online?
Sí. Todo el proceso es online: responde unas preguntas en el chat guiado, firma un mandato simple en pantalla y recibe el acuse y los documentos oficiales por email, con plena validez legal.
Trámites relacionados
- Reclamación por despido y papeleta SMAC
- Cálculo y recibo de finiquito laboral
- Denuncia ante la Inspección de Trabajo y Seguridad Social (ITSS)
- Comunicación de convocatoria de huelga legal (RDL 17/1977 + art. 28.2 CE)
- Denuncia a la Inspección de Trabajo por incumplimiento de PRL (LPRL Ley 31/1995 + LISOS)
- Denuncia a la ITSS por acoso sexual o por razón de sexo (LO 3/2007 + LISOS 8.13)
Información basada en la normativa vigente y en la sede oficial del organismo competente: Burofax / Comunicación firmada al empresario ↗.
¿Empezamos con «Comunicación de baja voluntaria del trabajador (ET art. 49.1.d)»?
Lo presentamos por usted, de principio a fin.
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