Cambio de titularidad de actividad económica (traspaso)
Cambio de titularidad de actividad económica (traspaso) se presenta ante Ayuntamiento + Agencia Estatal de Administración Tributaria. Con Managora lo hace 100% online: responde unas preguntas, firma un mandato digital y nosotros redactamos, firmamos y presentamos su solicitud por usted. Coste total orientativo: 146 €. Tasa oficial: Variable según ordenanza municipal (en general gratuita la AEAT)
Cambio de titularidad de actividad económica con doble rama: comunicación al Ayuntamiento (subrogación en licencia) + alta/baja censal AEAT (036/037 + 840) + efecto LAU 32 (subida hasta 20 % y notificación 1 mes). Marco: Ley 17/2009 + Ley 12/2012 + RSCL RD 1372/1986 art. 13 + RD 1065/2007 RGAGI arts. 9-11 + LGT 39-43 + TRLRHL 90 + LAU 32-33 + Ley 39/2015. 8 supuestos.
- Coste total orientativo
- 146 €
- Honorario Managora
- 146,00 € (IVA 21% incl.)
- Tasa oficial
- Variable según ordenanza municipal (en general gratuita la AEAT) (suplido, sin IVA)
- Plazo de resolución
- Comunicación municipal en 1 mes; censal AEAT en 1 mes.
- Dónde se presenta
- Ayuntamiento + Agencia Estatal de Administración Tributaria ↗
- Qué recibe
- Solicitud
Desglose del coste: Gestión 146,00 € (IVA 21% incl.). La parte de la AEAT suele ser gratuita, pero el Ayuntamiento puede cobrar una tasa de subrogación en la licencia, variable según la ordenanza..
Cambio de titularidad de actividad económica (traspaso): ¿cómo se tramita?
- 1Conteste las preguntas (~8 minutos).
- 2Calculamos rama municipal + rama censal AEAT + efecto LAU 32.
- 3Pago 146,00 € (IVA 21% incl.).
- 4Presentamos comunicación al Ayuntamiento y modelos 036/037 + 840.
¿Qué documentos necesita?
- •DNI/NIE/CIF cedente y cesionario.
- •Escritura/contrato de traspaso o documentación de sucesión.
- •Licencia previa vigente del cedente.
- •Certificado de estar al corriente AEAT/SS del cedente.
- •Notificación fehaciente al arrendador (LAU 32.4) si aplica.
Base legal y a tener en cuenta
- Marco: Ley 17/2009 + Ley 12/2012 + RSCL + RGAGI + LGT + TRLRHL + LAU.
- SI EL NEGOCIO ES DE HOSTELERÍA, ESTE NO ES SU TRÁMITE: use traspaso_negocio_hosteleria. Un bar no se rige por la Ley 12/2012 (su anexo no incluye la agrupación 67 del IAE), y el traspaso de un local de hostelería exige auditar qué ampara de verdad la licencia heredada, si hay expediente abierto y toda la mochila del sector (sanidad, música, máquina recreativa, tabaco).
- Cuidado con responsabilidad solidaria LGT 42.1.c y LGSS 23.
- Conexiones: alta_iae_modelo_840, modelo_036, modelo_037, declaracion_responsable_apertura_local.
Cambio de titularidad de actividad económica (traspaso): preguntas frecuentes
Cambio de titularidad de actividad económica (traspaso): ¿cuánto cuesta?
El coste total orientativo (gestión + tasas e impuestos oficiales) es 146 €: Gestión 146,00 € (IVA 21% incl.). La parte de la AEAT suele ser gratuita, pero el Ayuntamiento puede cobrar una tasa de subrogación en la licencia, variable según la ordenanza.. El honorario de Managora es 146,00 €, IVA 21% incluido (120,66 € de base + 25,34 € de IVA). La tasa oficial del organismo (suplido, sin IVA) es: Variable según ordenanza municipal (en general gratuita la AEAT).
Cambio de titularidad de actividad económica (traspaso): ¿cuánto tarda?
Comunicación municipal en 1 mes; censal AEAT en 1 mes.
Cambio de titularidad de actividad económica (traspaso): ¿qué documentos necesito?
Necesita tener a mano: DNI/NIE/CIF cedente y cesionario., Escritura/contrato de traspaso o documentación de sucesión., Licencia previa vigente del cedente., Certificado de estar al corriente AEAT/SS del cedente., Notificación fehaciente al arrendador (LAU 32.4) si aplica.. No los sube aquí: recogemos los datos por el chat guiado.
¿Quién presenta el trámite?
Lo presenta Managora en su nombre ante Ayuntamiento + Agencia Estatal de Administración Tributaria. Usted solo aporta los datos por el chat y firma un mandato; nosotros preparamos, firmamos y registramos.
¿Se puede hacer online?
Sí. Todo el proceso es online: responde unas preguntas en el chat guiado, firma un mandato simple en pantalla y recibe el acuse y los documentos oficiales por email, con plena validez legal.
Trámites relacionados
- Alta como autónomo (Hacienda y Seguridad Social)
- Baja como autónomo (Hacienda + RETA)
- Aplazamiento de deuda con la Seguridad Social (LGSS art. 23 + RD 1415/2004)
- Aplazamiento o fraccionamiento de deuda con la AEAT (art. 65 LGT)
- Solicitud de devolución de ingresos indebidos (LGT art. 221 + RD 520/2005)
- Tarifa Plana de autónomos: solicitud de bonificación
Información basada en la normativa vigente y en la sede oficial del organismo competente: Ayuntamiento + Agencia Estatal de Administración Tributaria ↗.
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