Constitución de Sociedad Limitada (SL)
Constitución de Sociedad Limitada (SL) se presenta ante Punto de Atención al Emprendedor (PAE) / Notario / Registro Mercantil. Con Managora lo hace 100% online: responde unas preguntas, firma un mandato digital y nosotros redactamos, firmamos y presentamos su solicitud por usted. Lo que le cobramos: desde 549 €.
Tramitamos la constitución de su SL con el abogado mercantil. Detectamos cuál de las dos vías le conviene, que se distinguen por los estatutos y no por el capital: Express por CIRCE y Documento Único Electrónico con estatutos tipo (art. 15 de la Ley 14/2013), u Ordinaria notarial con estatutos a medida (art. 16). El capital mínimo es de 1 € desde la Ley 18/2022, Crea y Crece, en cualquiera de las dos. Validamos denominación, objeto social CNAE, socios fundadores con sus aportaciones y porcentajes, y el órgano de administración elegido.
Guía práctica: Crear una sociedad limitada: cómo montar su SL o SLU. Requisitos, plazos y pasos, explicados.
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- Lo que le cobramos
- desde 549 €
- Honorario Managora
- 549,00 € (IVA 21% incl.)
- Tasa oficial
- Sin tasa
- Plazo de resolución
- La vía Express por CIRCE con estatutos tipo es la más rápida, y la Ordinaria notarial con estatutos a medida la más lenta, porque el plazo real depende de la agenda de la notaría y del Registro Mercantil de su provincia. Le damos una estimación con su caso delante, no antes.
- Qué recibe
- Solicitud
Desglose del coste: Gestión desde 549,00 € (IVA 21% incl.), sin tasa oficial. El honorario depende de la complejidad de la constitución, no del capital: Constitución Sencilla 549 €, con estatutos tipo CIRCE, aportaciones dinerarias y socios personas físicas con DNI o NIE; Constitución Media 784 €, cuando lleva estatutos a medida, consejo de administración o cuatro o más socios; y Constitución Compleja 1.258 €, cuando algún socio es una sociedad, algún socio no tiene DNI ni NIE español o hay aportaciones no dinerarias. El nivel lo deciden sus respuestas, no usted, y verá el importe exacto antes de pagar. Aparte van los aranceles de notaría y Registro Mercantil, que fija la norma: en la constitución telemática, 60 € y 40 € con estatutos tipo y capital de hasta 3.100 €, y 150 € y 100 € en los demás casos, más el de la certificación de denominación. La publicación en el BORME no paga tasa y la constitución está exenta de ITP-AJD..
Constitución de Sociedad Limitada (SL): ¿cómo se tramita?
- 1Conteste las preguntas del chat (~15 minutos) sobre denominación, objeto, capital, socios y órgano de administración.
- 2Determinamos la vía (Express u Ordinaria) y validamos los datos. Detectamos errores frecuentes (porcentajes que no suman 100, aportaciones inconsistentes, CNAE no especificado).
- 3Pago del honorario según la complejidad de su constitución: 549,00 €, 784,00 € o 1.258,00 € (IVA 21% incl.). Sale de sus respuestas y lo ve exacto antes de pagar.
- 4Firma del mandato desde su móvil.
- 5El abogado mercantil prepara la documentación: si Express, se rellena el DUE y CIRCE asigna notario. Si Ordinaria, se redactan estatutos a medida y se cita al notario elegido.
- 6Recibe escritura pública firmada, NIF provisional, inscripción en RM, alta AEAT (036) y todos los documentos. La sociedad queda operativa.
¿Qué documentos necesita?
- •DNI / NIE en vigor de cada socio fundador.
- •Si socios personas jurídicas: escritura de constitución y CIF.
- •Si aportaciones dinerarias: certificado bancario de ingreso del capital en cuenta a nombre de la sociedad en formación.
- •Justificante del domicilio social: contrato de arrendamiento o autorización de uso.
- •DNI del/los administrador/es y aceptación del cargo.
Requisitos previos que también hacemos nosotros
Este trámite puede exigirle documentos que también tramitamos. Si su caso pide alguno y no lo tiene, pídanoslo aquí y vuelva cuando lo tenga:
Y lo que preste un tercero, se lo organizamos
- Notaría: firma de escritura o acta notarialOrganizar la firma son 50 € más (IVA incluido), que se suman al precio de este trámite. La minuta del notario la paga usted aparte.
No tiene que buscar a nadie: lo coordinamos nosotros. Al prestarlo un tercero se presupuesta aparte y no va dentro del precio de este trámite, y le decimos el importe antes de encargarlo.
Base legal y a tener en cuenta
- Capital social: la Ley 18/2022 (Crea y Crece) rebajó el mínimo a 1 € modificando el art. 4 LSC para TODAS las sociedades limitadas. NO crea ningún tipo social nuevo ni ningún régimen llamado "SL Emprendedor": esa figura no existe. Lo que sí hizo fue SUPRIMIR el art. 4 bis (sociedad limitada de formación sucesiva) y DEROGAR el título XII (sociedad nueva empresa), que eran los regímenes que sí tenían nombre propio. El "Emprendedor de Responsabilidad Limitada" del art. 7 de la Ley 14/2013 es una PERSONA FÍSICA, no una sociedad: no confundir.
- Mientras el capital no alcance los 3.000 € rigen las dos reglas del art. 4.1 LSC, y valen igual por vía express que por notarial. Primera: destinar a la reserva legal al menos el 20 % del beneficio de cada ejercicio hasta que reserva y capital sumen 3.000 €. Segunda: en caso de liquidación, voluntaria o forzosa, si el patrimonio no basta para pagar las deudas sociales, los socios responden SOLIDARIAMENTE de la diferencia entre 3.000 € y el capital suscrito. Fuera de la liquidación no hay responsabilidad personal añadida: decirlo sin ese matiz asusta de más.
- Estatutos tipo (CIRCE): rápidos pero no permiten cláusulas personalizadas. Si hay varios socios con pactos especiales (anti-dilución, derecho de preferencia, restricciones a la transmisión, blindaje del administrador), use estatutos a medida. APORTAR BIENES EN VEZ DE DINERO (herramientas, móviles, una furgoneta) NO cierra los estatutos tipo ni la vía express: el modelo oficial de estatutos-tipo no menciona las aportaciones, que van en la escritura, y el formulario del DUE tiene casilla para describir el bien y su valor. Lo que cambia es que a la notaría hay que llevar un documento con la valoración y que a nosotros nos lleva más trabajo, por eso sube de tramo el honorario. Lo que SÍ deja fuera de los estatutos tipo es que administre una persona jurídica; y lo que sube el arancel de 60/40 € a 150/100 € es no acogerse a estatutos tipo o superar los 3.100 € de capital, nunca la naturaleza de la aportación.
- Sociedad unipersonal (1 socio): debe constar en la denominación ("S.L.U.") y la unipersonalidad se inscribe en el RM. Hay obligaciones específicas para operaciones vinculadas socio-sociedad.
- Tras la constitución: alta en AEAT (modelo 036), apertura de cuenta bancaria definitiva, alta en Seguridad Social si va a contratar empleados, posible alta de los administradores en RETA si tienen control efectivo.
- Costes de terceros: los aranceles de notaría y Registro los fija la norma (60 € y 40 € con estatutos tipo y capital de hasta 3.100 €; 150 € y 100 € en los demás casos), y a ellos se suma el de la certificación del RMC; el alta en la AEAT no tiene coste y la publicación en el BORME no paga tasa. Nuestra gestión con el abogado mercantil hasta sociedad operativa va aparte y su importe exacto lo ve antes de pagar.
- Tras la constitución, cluster relacionado: depósito anual de cuentas anuales (modelo único RM), modelo 200/202 IS, modelo 232 operaciones vinculadas, modificación de estatutos, ampliación/reducción de capital, etc.
Constitución de Sociedad Limitada (SL): preguntas frecuentes
Constitución de Sociedad Limitada (SL): ¿cuánto cuesta?
Le cobramos desde 549 €: nuestra gestión y, si la hay, la tasa oficial fija que adelantamos. Gestión desde 549,00 € (IVA 21% incl.), sin tasa oficial. El honorario depende de la complejidad de la constitución, no del capital: Constitución Sencilla 549 €, con estatutos tipo CIRCE, aportaciones dinerarias y socios personas físicas con DNI o NIE; Constitución Media 784 €, cuando lleva estatutos a medida, consejo de administración o cuatro o más socios; y Constitución Compleja 1.258 €, cuando algún socio es una sociedad, algún socio no tiene DNI ni NIE español o hay aportaciones no dinerarias. El nivel lo deciden sus respuestas, no usted, y verá el importe exacto antes de pagar. Aparte van los aranceles de notaría y Registro Mercantil, que fija la norma: en la constitución telemática, 60 € y 40 € con estatutos tipo y capital de hasta 3.100 €, y 150 € y 100 € en los demás casos, más el de la certificación de denominación. La publicación en el BORME no paga tasa y la constitución está exenta de ITP-AJD.. El honorario de Managora es 549,00 €, IVA 21% incluido (453,72 € de base + 95,28 € de IVA). Este trámite no tiene tasa oficial del organismo.
Constitución de Sociedad Limitada (SL): ¿cuánto tarda?
La vía Express por CIRCE con estatutos tipo es la más rápida, y la Ordinaria notarial con estatutos a medida la más lenta, porque el plazo real depende de la agenda de la notaría y del Registro Mercantil de su provincia. Le damos una estimación con su caso delante, no antes.
Constitución de Sociedad Limitada (SL): ¿qué documentos necesito?
Necesita tener a mano: DNI / NIE en vigor de cada socio fundador., Si socios personas jurídicas: escritura de constitución y CIF., Si aportaciones dinerarias: certificado bancario de ingreso del capital en cuenta a nombre de la sociedad en formación., Justificante del domicilio social: contrato de arrendamiento o autorización de uso., DNI del/los administrador/es y aceptación del cargo.. No los sube aquí: recogemos los datos por el chat guiado.
¿Quién presenta el trámite?
Lo presenta Managora en su nombre ante Punto de Atención al Emprendedor (PAE) / Notario / Registro Mercantil. Usted solo aporta los datos por el chat y firma un mandato; nosotros preparamos, firmamos y registramos.
¿Se puede hacer online?
Sí. Todo el proceso es online: responde unas preguntas en el chat guiado, firma un mandato simple en pantalla y recibe el acuse y los documentos oficiales por email, con plena validez legal.
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Información basada en la normativa vigente y en la sede oficial del organismo competente: Punto de Atención al Emprendedor (PAE) / Notario / Registro Mercantil ↗.
Managora Gestion SL (CIF B88823893) es una empresa privada. No somos Punto de Atención al Emprendedor (PAE) / Notario / Registro Mercantil, ni estamos vinculados, autorizados ni aprobados por ningún organismo público, y este sitio no es una sede electrónica. Lo que usted paga en esta página es nuestro honorario por preparar, firmar y presentar el trámite en su nombre: es distinto de la tasa oficial, que cuando la hay es del organismo y se le muestra por separado. Puede realizar este trámite usted mismo, directamente ante Punto de Atención al Emprendedor (PAE) / Notario / Registro Mercantil.
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