Constituir una Sociedad Limitada (SL): pasos, capital y cuentas
Actualizada el 16 de julio de 2026 · Revisado por Jaime Piñeira Pardo, colegiado ICAM nº 138826
Constituir una Sociedad Limitada (SL) es crear una empresa con responsabilidad limitada al capital aportado. Sirve a emprendedores, autónomos y socios que quieren separar su patrimonio del negocio. Los pasos: certificación de denominación, aportación del capital (mínimo un euro), escritura ante notario, inscripción en el Registro Mercantil y NIF. Managora prepara toda la documentación, coordina la firma y presenta el trámite por usted.
Se lo tramitamos nosotros de principio a fin.
Usted lo describe en un chat y firma; nosotros lo presentamos ante la Administración. Precio fijo desde 301,29 € (IVA incluido), más la tasa oficial si la hay.
Qué es una Sociedad Limitada y para quién es
La sociedad de responsabilidad limitada (SL o SRL) es la forma jurídica más habitual para emprender en España. Su rasgo esencial es que los socios responden de las deudas de la empresa con el capital aportado y no con su patrimonio personal, salvo las excepciones que fija la ley.
Puede constituirla una sola persona (SL unipersonal) o varias, sean personas físicas o jurídicas. Encaja para autónomos que quieren dar el salto a sociedad, para socios que emprenden juntos y para pequeñas y medianas empresas.
El proceso completo tiene cinco hitos: reservar el nombre, aportar el capital, firmar la escritura ante notario, inscribir la sociedad en el Registro Mercantil y obtener el NIF. Managora se ocupa de todos ellos por usted.
Paso 1: la certificación negativa de denominación (Registro Mercantil Central)
El primer paso es reservar el nombre de la sociedad. Se solicita al Registro Mercantil Central (RMC), que emite la certificación negativa de denominación: un documento que acredita que el nombre elegido no coincide con otro ya registrado.
Conviene indicar varias opciones de nombre por orden de preferencia, porque el RMC concede la primera que esté libre. Sin este certificado el notario no puede autorizar la escritura de constitución.
La certificación tiene una vigencia de tres meses para otorgar la escritura y reserva el nombre a su favor durante seis meses. Si caduca, se solicita de nuevo. Puede ver el importe actualizado y encargarnos este paso en la ficha de la certificación de denominación.
Paso 3: escritura ante notario e inscripción en el Registro Mercantil
Con la certificación de denominación y los estatutos preparados, la sociedad se constituye mediante escritura pública ante notario. En la escritura constan los socios, sus aportaciones, el objeto social, el domicilio, el órgano de administración y los estatutos.
Firmada la escritura, se presenta para su inscripción en el Registro Mercantil de la provincia del domicilio social. Con la inscripción la sociedad adquiere personalidad jurídica plena y su constitución se publica en el BORME.
Managora prepara los estatutos, coordina la firma ante notario y tramita la inscripción por usted, sin que tenga que buscar ni gestionar cada oficina por su cuenta.
Paso 4: el NIF y la vía telemática CIRCE/DUE
La sociedad necesita número de identificación fiscal (NIF). Primero se solicita un NIF provisional a la Agencia Tributaria con el modelo 036, aportando el acuerdo de constitución y la certificación de denominación. Con la sociedad ya inscrita se obtiene el NIF definitivo.
Existe un plazo para completar la documentación del NIF definitivo tras la constitución, por lo que conviene no dejar el trámite abierto.
Buena parte del proceso puede hacerse de forma telemática mediante el sistema CIRCE y el Documento Único Electrónico (DUE), que se tramita en un Punto de Atención al Emprendedor (PAE). El DUE unifica en un solo formulario las comunicaciones a notaría, Registro Mercantil, Agencia Tributaria y Seguridad Social, lo que acorta mucho los plazos. Managora gestiona esta vía por usted: puede iniciarla desde la ficha de constitución de SL.
Obligación posterior: el depósito anual de cuentas
Constituir la SL no es el final. Cada año la sociedad debe depositar sus cuentas anuales en el Registro Mercantil. Es una obligación legal cuyo incumplimiento acarrea consecuencias.
Los plazos habituales son estos: los administradores formulan las cuentas dentro de los tres meses siguientes al cierre del ejercicio; la junta general las aprueba dentro de los seis primeros meses de cada ejercicio (cuando el ejercicio coincide con el año natural, antes del 30 de junio del año siguiente al cierre); y las cuentas se depositan en el Registro Mercantil dentro del mes siguiente a su aprobación.
Si transcurre un año desde el cierre sin depositar las cuentas, el Registro cierra la hoja de la sociedad y quedan bloqueadas casi todas las inscripciones, además de posibles sanciones. Managora prepara y presenta el depósito cada año: puede consultar el detalle en la ficha del depósito de cuentas anuales.
Preguntas frecuentes
¿Cuánto se tarda en constituir una SL?
Depende de la vía. Por la vía telemática con CIRCE y estatutos tipo puede resolverse en pocos días hábiles. La vía tradicional suele llevar de dos a cuatro semanas por los tiempos de notaría y Registro. Managora prioriza la vía telemática cuando encaja con su caso.
¿De verdad basta con un euro de capital?
Sí, el mínimo legal es un euro desde la Ley Crea y Crece. Ahora bien, mientras el capital no llegue a 3.000 euros hay que dotar una reserva legal reforzada y los socios asumen cierta responsabilidad en caso de liquidación. Por eso conviene fijar un capital adecuado a la actividad.
¿Puedo crear la SL yo solo?
Sí. Se llama sociedad limitada unipersonal y puede constituirla una única persona física o jurídica. El proceso es el mismo, solo que se hace constar expresamente el carácter unipersonal.
¿Qué documentos necesito para empezar?
Básicamente su documento de identidad (y el de los demás socios), el nombre elegido para la sociedad, el objeto social (a qué se va a dedicar), el domicilio social y la aportación de capital. Managora le indica exactamente qué aportar y prepara el resto.
¿Es obligatorio pasar por notario?
Sí. La constitución de una SL exige escritura pública ante notario e inscripción en el Registro Mercantil. Managora coordina la cita y la firma por usted, de modo que no tenga que buscar ni gestionar la notaría por su cuenta.
¿Qué pasa si un año no deposito las cuentas?
Si pasa un año desde el cierre del ejercicio sin depositar, el Registro Mercantil cierra la hoja de la sociedad: no podrá inscribir cambios de administradores, ampliaciones de capital ni la mayoría de actos, y pueden imponerse sanciones. Managora se ocupa del depósito cada año para evitarlo.
Se lo tramitamos nosotros de principio a fin.
Usted lo describe en un chat y firma; nosotros lo presentamos ante la Administración. Precio fijo desde 301,29 € (IVA incluido), más la tasa oficial si la hay.
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El precio, la tasa oficial y los plazos actualizados están en cada ficha.
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